EXTRACTO de 5 de junio de 2026 de la Resolución de 2 de junio de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios al desarrollo rural de Galicia y se convoca la decimoséptima edición (código de procedimiento MR709A).

DOG Núm. 111
Martes, 16 de junio de 2026

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

EXTRACTO de 5 de junio de 2026 de la Resolución de 2 de junio de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios al desarrollo rural de Galicia y se convoca la decimoséptima edición (código de procedimiento MR709A).

BDNS (Identif.): 912497.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912497 (minimis xeral)

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912496 (minimis agrícola)

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912492

Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Primero. Objeto

Fomentar actuaciones que animen a la participación privada en el proceso de desarrollo rural mediante la concesión de premios a iniciativas de desarrollo rural.

Segundo. Beneficiarios

Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 2 de junio de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras de los premios al desarrollo rural de Galicia y se convoca la decimoséptima edición (código de procedimiento MR709A).

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de 84.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Sexto. Otros datos

Este procedimiento se tramita en régimen de concurrencia competitiva.

Santiago de Compostela, 5 de junio de 2026

Mª Paz Rodríguez Rivera
Directora general de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260616/AnuncioO90-090626-0002_es.html