Lunes, 27 de octubre de 2025
III. Otras disposiciones
Consellería del Medio Rural
ORDEN de 20 de octubre de 2025 por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR651A).
La Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR651A), regula en su artículo 23.2 el plazo para la finalización y la justificación de los trabajos: el 30 de octubre para la anualidad 2025 y el 30 de junio para la anualidad 2026.
La ola de fuegos del mes de agosto de 2025, en la que se quemaron más de 100.000 ha en el territorio de la Comunidad Autónoma, tuvo como consecuencia que en torno a un 25 % de las solicitudes presentadas en plazo estuvieran afectadas, dado que las superficies sobre las que se solicitaron los trabajos objeto de la ayuda resultaron quemadas, en algunos casos en su totalidad. Este nuevo escenario hace necesaria una nueva inspección para verificar las superficies de trabajo propuestas en las solicitudes de ayuda y su viabilidad antes de su concesión, por lo que el plazo de finalización y justificación de los trabajos de la anualidad 2025 establecido para el 30 de octubre es de imposible cumplimiento.
Por lo tanto, esta orden debe ser modificada de tal forma que permita que la totalidad de los trabajos preventivos pueda realizarse y justificarse dentro del plazo establecido para la anualidad 2026.
Consecuentemente con todo lo anterior, esta consellería, en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,
DISPONE:
Artículo único. Modificación de la Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR651A)
La Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR651A), queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica el artículo 23.2, que queda redactado como sigue:
«2. El plazo máximo para la finalización y la justificación de los trabajos finaliza el 30 de junio de 2026».
Disposición final única
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 20 de octubre de 2025
María José Gómez Rodríguez
Conselleira del Medio Rural
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20251027/AnuncioG0426-211025-0001_es.html
