ORDEN de 23 de septiembre de 2024 por la que se establecen los servicios mínimos dirigidos a garantizar los servicios esenciales durante la huelga convocada para el día 27 de septiembre de 2024.

DOG Núm. 186
Jueves, 26 de septiembre de 2024
Pág. 52067

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 23 de septiembre de 2024 por la que se establecen los servicios mínimos dirigidos a garantizar los servicios esenciales durante la huelga convocada para el día 27 de septiembre de 2024.

El artículo 28.2 de la Constitución española reconoce, como derecho fundamental de la persona, el derecho a la huelga. El ejercicio de este derecho queda condicionado al mantenimiento de los servicios esenciales definidos en el artículo 2 del Decreto 155/1988, de 9 de junio (DOG núm. 116, de 20 de junio).

Los sindicatos Confederación General del Trabajo (CGT) y Sindicato Único de Trabajadores Solidaridad Obrera comunicaron una convocatoria de huelga general para la totalidad de las personas trabajadoras de las empresas y organismos públicos de España, que se iniciará a las 00:00 horas del 27 de septiembre de 2024 y finalizará a las 23:59 horas de ese mismo día.

En las empresas, administraciones y organismos que tengan varios turnos de trabajo, el comienzo de la huelga se efectuará en el primer turno, aunque comience antes de las 00:00 horas del día 27 de septiembre, y su finalización tendrá lugar una vez terminado el último turno, aunque se prolongue después de las 00:00 horas del día 28 de septiembre. Asimismo, en aquellas empresas que tengan un único turno de trabajo que comience antes de las 00:00 horas del día 27 de septiembre, el paro se iniciará a la hora de comienzo de la actividad laboral y finalizará el día 27 de septiembre a la hora en que concluya esta.

La necesaria conciliación entre el ejercicio del derecho constitucional de huelga y el mantenimiento de los servicios esenciales obliga a esta Administración autonómica gallega, de acuerdo con la normativa vigente, a fijar unos servicios mínimos indispensables para el funcionamiento de los servicios esenciales, que se concretan en esta orden.

De este modo, se establecen servicios mínimos respecto de los sectores y actividades cuya regulación es competencia de alguna de las consellerías de la Xunta de Galicia y que pueden afectar al desarrollo ordinario de la actividad ciudadana, en el sentido del artículo 2 del Decreto 155/1988, de 9 de junio: es decir, sanidad, seguridad, protección civil, transportes y comunicaciones, medios de comunicación social, registros públicos, edificios, bienes e instalaciones públicos, asistencia social y educación, servicios de vigilancia y extinción de incendios y bomberos.

Los criterios determinantes para la fijación de los servicios mínimos establecidos en la presente orden han tenido en cuenta los distintos pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en relación con los servicios esenciales fijados en las jornadas de las anteriores huelgas de 8 de junio de 2010, 29 de septiembre de 2010, 27 de enero de 2011, 29 de marzo de 2012, 14 de noviembre de 2012 y 8 de marzo de 2018, así como la Sentencia núm.415/2019, de 25 de septiembre.

Aunque es cierto que dicho tribunal dictó sentencias que anulaban las normas por las que se establecían los referidos servicios mínimos, no es menos cierto que esas sentencias vinieron motivadas fundamentalmente por el déficit de expresión de la ponderación de los factores y criterios tenidos en cuenta para su fijación y consideraron insuficiente la motivación en la determinación de las prestaciones mínimas garantizadas.

Por todo ello, en el caso concreto y teniendo en cuenta los pronunciamientos anteriores, se pretende dar a conocer más justificadamente, si cabe, los criterios en virtud de los cuales se procedió a identificar los servicios mínimos como esenciales y a determinar los efectivos necesarios para asegurarlos a la luz de la presente convocatoria de huelga. Todo ello observando la necesaria proporción entre el sacrificio para el derecho de las personas trabajadoras y los bienes e intereses que se tienen que salvaguardar.

Se tiene en cuenta, igualmente, el hecho de que la huelga se desarrollará únicamente durante un período de un día.

• En el ámbito de la Presidencia de la Xunta de Galicia es preciso fijar los servicios mínimos en el Centro Superior de Hostelería de Galicia (CSHG), que, integrado como área en la Dirección de Profesionalización de la Agencia de Turismo de Galicia, es un centro de enseñanza superior adscrito a la Universidad de Santiago de Compostela que forma directivos hosteleros y gestores en cocina, y en el que se imparte el grado en Gestión de Empresas Hosteleras.

El CSHG ofrece residencia a su alumnado y cuenta, en este curso 2024/25, con un total de 244 alumnos, de los cuales 90 residen en el centro.

Los centros residenciales docentes tienen como característica propia la presencia del alumnado fuera del horario lectivo para realizar actos de la vida cotidiana, como estudiar, dormir o comer. En estos centros debe quedar garantizada, por lo tanto, la atención mínima del personal de conserjería para atender las instalaciones y el alumnado. El servicio de conserjería está externalizado, a través del correspondiente contrato de servicios. La propuesta que se formula respeta el criterio de fijar como servicios mínimos los que normalmente se prestan con ocasión de un domingo o día festivo.

Por otra lado, en relación con la Corporación RTVG, se justifica la fijación de los servicios mínimos adoptados en razón de las siguientes circunstancias:

1. El carácter esencial que revisten los servicios de comunicación audiovisual, no solo por la determinación expresa del legislador (Ley 9/2011, de 9 de noviembre), sino también por su incidencia en el ejercicio de los derechos fundamentales a comunicar y recibir información veraz por cualquiera medio de difusión (art. 20.1.d) de la CE) y en aplicación de la Ley 13/2022, de 7 de julio, general de la comunicación audiovisual, que reserva por norma el carácter de servicio esencial para el servicio público de comunicación audiovisual. La condición de servicio esencial se reserva en la actualidad para el servicio público de comunicación audiovisual (Ley 13/2022), esto es, para aquellos servicios de comunicación audiovisual que son de titularidad pública. En plena concordancia con el indicado, la Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia, establece que el servicio público de radio y televisión de titularidad de la Comunidad Autónoma de Galicia es un servicio esencial para la comunidad.

Concurren, por tanto, en el presente caso los presupuestos normativos establecidos en el artículo 10 del Real decreto ley 17/1977 para aquellas huelgas convocadas en empresas encargadas de prestar cualquier género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad. El hecho en que pueden imponerse medidas limitadoras se componen de dos elementos: uno, la cualificación del servicio («servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad») y otro, de carácter circunstancial («y concurran circunstancias de especial gravedad). No es suficiente así con la cualificación del servicio para justificar las medidas limitativas, sino que estas, de ser el caso, deben ajustarse a las circunstancias, que deben ser no solo graves sino de especial gravedad, como la urgencia de no asegurar la emisión y la comunicación informativa relevante cuando es el único medio audiovisual de titularidad pública de Galicia.

2. La necesidad de precisar, según un criterio el más estricto posible, aquellos aspectos cuyo mantenimiento debe considerarse indispensable con la finalidad de asegurar la satisfacción del interés público afectado y aquellos otros aspectos que pueden quedar suspendidos temporalmente a consecuencia de la huelga, sin merma del interés general de la comunidad. De modo que la consideración de un servicio como esencial no puede suponer la supresión del derecho de huelga del personal que había tenido que prestarlo, sino la necesidad de disponer de las medidas precisas para su mantenimiento o, dicho de otra forma, para asegurar la prestación de los trabajos que sean necesarios para la cobertura mínima de los derechos, libertades o bienes que satisface dicho servicio, sin que exija alcanzar el nivel de rendimiento habitual ni asegurar su funcionamiento normal.

La determinación de los servicios mínimos debe obedecer a un criterio de proporcionalidad, eligiendo tan sólo el mínimo esencial para asegurar la emisión de los canales de comunicación y la retransmisión de la información de carácter esencial. Esta proporcionalidad se pone de manifiesto con la propia cuantificación de estos efectivos mínimos, pues el personal con horario habitual de trabajo un día comparable de programación común está integrado por unos 679 efectivos y el personal que atiende a las tareas cualificadas como servicios mínimos solo alcanzan los 151.

De acuerdo con los anteriores fundamentos, se estima necesario:

I. Garantizar la producción y emisión de los programas informativos que son considerados imprescindibles para el mantenimiento de los servicios públicos esenciales de información a la comunidad. La «programación informativa» que sea establecida con dicho carácter de servicio esencial exigirá que queden debidamente expresadas o identificadas las siguientes circunstancias o datos, de hecho que demuestren en dicha «programación informativa» el cumplimiento de estas dos exigencias que siguen:

1ª. Por un lado, su «necesidad» para garantizar, en el mínimo que resulta exigible, los derechos fundamentales de libertad de expresión y de información del artículo 20 de la Constitución; en este sentido, los efectivos que se presentan en esta resolución hacen referencia a los mínimos indispensables para asegurar la emisión, producción y continuidad de los espacios considerados de contenido informativo esencial. En servicios mínimos se encuentran los efectivos precisos para la emisión de las noticias esenciales, de relevancia, o que precisen inmediatez y con valor informativo. El número de efectivos se determina para una duración inferior a la habitual de estos espacios informativos, por lo que en el caso de asistencia a la huelga de la totalidad del plantel se garantice esta duración reducida como información esencial.

En concreto, en la programación actual de los medios de comunicación que conforman la Corporación se consideran imprescindibles para mantener los servicios públicos esenciales de información a la comunidad los siguientes programas informativos.

• En la Televisión de Galicia:

– Bos días, espacio informativo matinal diario. Se trata de un espacio que es el primer avance del día de noticias a la ciudadanía gallega.

– Galicia Noticias, informativo de proximidad comarcal y local que tiene una importancia estructural con atención informativa diferenciada y la referencia en el ámbito comarcal.

– Telexornal 1, espacio informativo de referencia en Galicia en el que alcanza a la actualidad gallega, española y mundial.

– Telexornal 2, espacio informativo de actualidad que actualiza y repasa la información de la jornada.

• En la Radio Gallega:

– Galicia por diante, espacio matinal radiofónico en el que se tratan contenidos informativos y de actualidad.

– A Crónica 1, espacio informativo del mediodía.

– A Crónica 2, espacio informativo de noche.

– Los boletines horarios, que se concretan en pequeños espacios de unos 3/4 minutos que se producen dentro de la programación común en las franjas horarias, que a lo largo del día actualizan la información más relevante de la jornada.

La convocatoria de servicios mínimos permite elaborar estos espacios informativos en la TVG y en la Radio Gallega. Su duración será determinada por el seguimiento de la huelga por parte del personal.

• En el canal G2: la redifusión, como es habitual, de los espacios informativos mínimos del primer canal con posterioridad a su emisión, para la que solo se necesita fijar servicios mínimos para asegurar esta.

• En los canales digitales: se dispondrá de un mínimo para actualizar la información de carácter esencial en la jornada, en tanto que actualmente es el modo de acceso a la información preferido de parte importante de la población más joven.

• Los programas no informativos, directos o grabados no se dotan de servicios mínimos, como tampoco están en servicios mínimos las informaciones de deportes o del tiempo. Aunque la información meteorológica podría adquirir la consideración de servicio esencial a la comunidad en caso de que en la jornada de huelga se torne en una información relevante en función de las circunstancias climáticas. Cuando no sea posible la emisión de un espacio por el seguimiento de la huelga, se emitirá en redifusión un programa ya emitido con anterioridad.

2ª. Por otro, su «proporcionalidad». Es decir, la actividad informativa mantenida como servicio mínimo comporta una disminución, no solo de la total actividad televisiva o radiofónica de cualquier clase de contenido que se desarrolle en circunstancias de normalidad, sino también de la actividad audiovisual realizada en esas mismas circunstancias de normalidad. La afectación de la huelga será más o menos visible en función del seguimiento por parte del personal.

Con estas dos consideraciones, en el caso de seguimiento mayoritario de la huelga, la reducción de los programas informativos mencionados y la supresión de otros de carácter eminentemente informativo y de actualidad durante la jornada del día 27 de septiembre de 2024, producirá una disminución de la actividad informativa habitual, que proporcionará una visibilidad notable del seguimiento de la huelga y producirá una variación total de la programación habitual diaria en el caso de alto seguimiento.

Como norma general, en cuanto al número concreto de efectivos en cada una de las unidades orgánicas que conforman la Corporación, se convoca en servicios mínimos a un efectivo por categoría profesional para ejecutar las tareas que hacen posible la emisión, soporte y la creación informativa por cada turno de trabajo (mañana, tarde y noche). De forma excepcional, en determinadas categorías profesionales puede ser necesaria la convocatoria de más de un profesional para garantizar la cobertura informativa esencial y técnica, teniendo en cuenta su relevancia para los servicios informativos o para las tareas específicas a desarrollar, que deben ser las habituales sin vulnerar el derecho a la huelga de otros trabajadores/as. Las excepciones son:

1. Informadores de TVG en San Marcos: incluye personal de las categorías profesionales de redactores, locutores de TVG y RG y auxiliares de redacción necesarios para sacar adelante la información de carácter esencial de la jornada en los turnos de mañana, tarde y noche del 27 de septiembre. En concreto:

a. Bos días: el programa informativo de la mañana en su franja informativa requiere el trabajo de un redactor/a y de la presentadora habitual en servicios mínimos para actualizar las noticias del primer espacio informativo de referencia en el día en la TVG.

b. Galicia Noticias: la comunicación de proximidad y, en concreto, la que emplea la comarca como unidad de referencia, tiene una importancia estructural en Galicia. Se trata de un telediario líder en su franja en la comunidad autónoma. Por ser el único en Galicia que transmite esta información frente al ámbito más generalista de los otros formatos, Galicia Noticias tiene un interés real y expreso en apartarse del partidismo y propiciar la participación ciudadana centrándose en el ámbito social e informativo de la comunidad. En este sentido, son necesarios dos redactores de turno de mañana para poder realizar esta aproximación a la información local de la comunidad gallega. El presentador de este espacio no está en mínimos.

c. Telediario 1: el espacio de referencia informativa en Galicia para desarrollar la información esencial de carácter prioritaria para la comunidad precisa del presentador habitual, cuatro informadores en la redacción y dos en exteriores para las coberturas que se hagan precisas a lo largo de la mañana.

d. Telediario 2: la actualización informativa de última hora requiere un equipo mínimo de cinco informadores en redacción y uno en exteriores del turno de tarde.

e. En cada uno de los centros de trabajo se convoca en servicios mínimos un informador por turno, es decir, uno de mañana y otro de tarde, para garantizar la cobertura básica informativa de cada una de las áreas geográficas: Lugo, Ourense, A Coruña-Ferrol y Pontevedra-Vigo.

Además, los informadores van acompañados para las coberturas por reporteros gráficos que toman la imagen y sonido con el fin de elaborar las piezas informativas para alimentar estos programas. Para cubrir estas informaciones, trabajando en conjunto con los informadores, se necesitan siete reporteros gráficos (6 de mañana y 1 de tarde) en el centro de trabajo de San Marcos y uno por turno (mañana y tarde) en cada delegación (A Coruña, Vigo, Ourense y Lugo).

La parte de documentación y archivo resulta imprescindible para poder ilustrar la información esencial que pueda cubrirse en la jornada de huelga. El personal convocado tiene que cubrir el horario de atención y producción de los informativos para garantizar las validaciones y peticiones de los redactores sobre el sistema de gestión del archivo (tedial). Se considera preciso convocar a dos documentalistas en el turno de mañana y uno en el turno de tarde para cubrir la franja horaria de producción y emisión de los espacios informativos mencionados.

2. Informadores de la Radio Gallega en San Marcos: los redactores, locutores de radio o auxiliares de redacción necesarios para sacar adelante los programas informativos de carácter esencial de la mañana, el mediodía y la noche del día 27 de septiembre son:

a. Galicia por Diante: es necesario convocar al coordinador del turno de madrugada que pone en marcha el servicio mínimo informativo de este formato.

b. Boletines horarios informativos: es preciso convocar a tres informadores (uno por cada turno: mañana, tarde y noche) para poder preparar y locutar los boletines informativos para garantizar la pieza emitida cada hora, que incluye la información básica de servicio público. Aunque, de manera habitual y dependiendo de la organización del trabajo de la jornada, en ocasiones son varios informadores los que locutan los boletines en un turno; teniendo en cuenta el criterio de proporcionalidad se convoca a una persona por turno para esta tarea.

c. A Crónica 1: es el programa informativo del mediodía en la Radio Gallega, que necesita para su emisión convocar a la persona coordinadora y presentadora y a una informadora para elaborar las noticias.

d. A Crónica 2 es el programa informativo de la tarde en la Radio Gallega, que precisa para su emisión convocar la persona coordinadora y presentadora y a una informadora para elaborar las noticias.

e. En cada una de las delegaciones se convoca en servicios mínimos a una persona informadora para garantizar la cobertura básica de cada una de las áreas geográficas: Lugo, Ourense, A Coruña-Ferrol y Pontevedra-Vigo.

3. En la TVG resulta necesario convocar en servicios mínimos con carácter general un efectivo de cada una de las categorías profesionales de ámbito técnico por cada uno de los turnos, a excepción de lo que se explica a continuación. En esta convocatoria de servicios mínimos, los medios técnicos necesarios para asegurar la emisión de los informativos se ven reducidos, de forma que se prescinde de ciertos profesionales que acercan calidad y profesionalidad al formato, teniendo en cuenta que se prevé que los formatos sean más sencillos y básicos.

La ejecución de los servicios informativos mínimos establecidos requiere disponer de un plató con medios técnicos y un efectivo por categoría profesional y turno para asegurar la producción, fondos y rótulos de las noticias, la realización y demás parte técnica de producción informativa. Los casos concretos de colectivos que exigen convocar más de un efectivo y las razones que la motivan son:

El área de grafismo exige disponer del personal necesario para el cumplimiento de las directrices legales en día de huelga y no modificar las funciones habituales de cada trabajador/a. En el servicio de grafismo existen además dos localizaciones: la denominada «librería», donde se ejecuta la ingesta de gráficos, y el control, que lanza los gráficos en los directos. Sin estas figuras trabajando simultáneamente en localizaciones separadas y con diferentes tareas no sería posible lanzar titulares o rótulos durante los programas informativos. Por tanto, es necesario convocar cuatro efectivos entre los turnos para poder asumir estas funciones esenciales.

El área de producción necesita tener personal convocado en servicios mínimos para realizar las labores de producción esenciales para la emisión de los programas informativos, como vías, señales, permisos, descargas, escaleta de producción, etc. En concreto, los tres efectivos del turno de mañana se dedican a coordinar, respectivamente, el informativo del programa Bos Días, las salidas de los reporteros gráficos y el informativo Telediario1. El productor convocado en el turno de tarde coordina el Telediario 2.

Lo mismo ocurre con el colectivo de los realizadores y ayudantes de realización, en la mañana son precisos los realizadores habituales del Bos Días, el Galicia Noticias y el Telediario1, y en la tarde el del Telediario2. Además, los ayudantes de realización correspondientes, asumen sus funciones habituales, cada uno en el programa en el que está asignado. Cada programa tiene efectivos de ayudantes de realización para las tareas de regidor, mezclador, ayudante del realizador, operador de la pantalla de watch-out y otro ayudante para hacer de nexo entre los programas informativos que se realizan en el plató de la pantalla y el control.

El colectivo de los operadores montadores de vídeo se especializó tras el proceso de digitalización de la TVG. Los operadores de PAM son los que atienden específicamente las señales y directos que se graban para los informativos. Es habitual que entren hasta 7-8 señales en simultáneo, por lo que son precisos dos operadores de PAM por turno para el control y envío. Los operadores de MAM trabajan con el departamento de documentación preparando el material que les solicita informativos y haciendo la ingesta de materiales externos. Son precisos dos efectivos en el turno de la mañana para poder atender las piezas de los informativos y uno en el de la tarde. Los operadores de media son los gestores del sistema de producción de entradas y envío a controles de las piezas de los informativos y son necesarios dos efectivos por turno para poder mantener los flujos de producción. Además, se precisa un operador de posproducción por turno y un operador montador de vídeo en cada uno de los centros de trabajo para la correcta edición de las piezas informativas.

II. Asegurar la continuidad de las emisiones radiofónicas y televisivas, con el objeto de que por razones de máxima urgencia y necesidad deba cubrirse algún acontecimiento de actualidad que por su premura obligue a su cobertura con la mayor agilidad posible. Tal garantía exige fijar servicios mínimos en la parte técnica de emisiones y continuidad, con el objeto de poder cubrir una eventual incidencia de cualquier ámbito. En este sentido, el soporte y mantenimientos de las emisiones incluye efectivos de los departamentos de:

– Continuidad: en esta área crítica para la retransmisión televisiva se establecen dos operadores de continuidad de manera permanente, necesarios para poder ajustar las redifusiones y programas de la TVG, tanto los previstos como las variaciones que se tengan que hacer durante el día por posibles efectos del seguimiento de la huelga, incluidas las del canal G2. Debido a los horarios asignados al personal es preciso convocar a ocho efectivos para hacer esta cobertura con dos operadores de continuidad y no dejar horarios desprovistos.

– Emisiones: es preciso un mínimo de tres trabajadores/as durante la jornada, ya que cada uno de ellos tiene asignado el control de la emisión de cada uno de los canales en las que se retransmite el contenido informativo esencial, como responsables de la elaboración del minutado, la segmentación y la comprobación técnica de la parrilla para emitir sin incidencia.

– Soporte tecnológico de medios, tanto en la TVG como en la Radio Gallega, para la continuidad de la emisión: La TVG requiere disponer de un efectivo por categoría profesional y turno para asegurar la grabación, la iluminación, el sonido y demás parte técnica necesaria para la emisión continuada.

En la Radio Gallega, la parte técnica de los informativos la realiza la categoría profesional de los técnicos de control, y es imprescindible disponer de un técnico por turno de Control Central, que garantice la emisión y la correcta gestión de las señales, es decir, por lo menos 3 técnicos que asuman las tareas del control central. Además, dos técnicos durante la madrugada, dos técnicos de estudio durante la mañana (franja con mayor carga de señales externas) que garanticen la realización de los informativos en servicios mínimos y boletines horarios sin modificar las tareas habituales de cada trabajador/a, y un técnico en función de estudio durante la tarde (franja con menor carga de señales externas), que garantice la realización de los informativos y boletines horarios en servicios mínimos. También es habitual cuando existe un cambio de turno entre un día y otro, que para la cobertura de los horarios a caballo entre una jornada y otra se deba convocar a dos trabajadores/as diferentes; es el caso de los turnos entre viernes y sábado, que se produce un cambio de personal.

Por lo tanto, en los días de semana se precisa convocar 8 efectivos de la categoría profesional técnico de control para tener cubiertas estas tareas durante las 24 horas de huelga.

– Operaciones, emisiones y mantenimiento técnico: en la parte del control central, el núcleo donde se hace el control de las señales, es preciso tener un técnico electrónico por turno para cubrir las franjas de emisión de los programas informativos de información esencial. En el área de explotación, que es operaciones técnicas, es imprescindible la presencia de dos técnicos por turno, ya que es un servicio que tiene que estar cubierto 24 horas para la emisión y los técnicos tienen que atender dos salas de trabajo diferentes para mantener las máquinas en uso y poder dar soporte a las consolas de mezcla en los controles y los dispositivos electrónicos (la de operaciones técnicas y la sala RAC).

Existen además otras áreas de servicios generales que son necesarias de cara a dar soporte en caso de incidencias a cada uno de los departamentos:

– Servicio de sistemas: donde es fundamental dar un soporte informático al personal. Después del proceso de digitalización ocurrido en la TVG a finales del año 2018, todos los flujos de trabajo y herramientas mudaron para adaptar el trabajo al nuevo sistema. Este trabajo de dar soporte es clave en este momento, ya que la plataforma de digitalización aún se está estabilizando en algunas de sus funciones y mejoras y es preciso un servicio de apoyo a los profesionales ante cualquier incidencia técnica que les impida realizar sus tareas.

– El Grupo Soporte es una unidad dependiente del servicio de sistemas que da soporte tecnológico a la plataforma digital de la TVG y que resuelve las incidencias que pueden afectar a la correcta emisión televisiva. Es una unidad de soporte crítica que resuelve las incidencias de la redacción de informativos. Por la mañana, que es el turno de mayor producción informativa, son precisos dos efectivos de cara a poder garantizar la resolución en tiempo de las casuísticas técnicas habituales de la plataforma digital en la CRTVG.

– Instalaciones y almacenes: se necesita disponer de un almacenista por turno para poder abrir los almacenes de cámaras y material técnico para poder suministrar los equipos necesarios para desarrollar su trabajo al resto de profesionales en servicios mínimos.

– Mantenimiento: el personal de este departamento, entre otras tareas, atiende incidencias relacionadas con la electricidad, ya que el mantenimiento de la instalación eléctrica de alta y baja tensión de la CRTVG es imprescindible para garantizar la emisión en caso de incidencia en cada uno de los turnos (mañana, tarde y noche).

III. La consideración de la extensión geográfica y temporal de la convocatoria de huelga afecta a la gestión de los servicios públicos esenciales de radiodifusión sonora y televisión. En la adopción de tales medidas que garanticen el mantenimiento de los servicios se debe ponderar la extensión territorial y personal, la duración prevista y las demás circunstancias concurrentes en la huelga, así como las concretas necesidades del servicio y la naturaleza de los derechos o bienes constitucionalmente protegidos sobre los que aquella repercute.

La CRTVG es el único medio de comunicación audiovisual de carácter público con cobertura autonómica, por lo tanto, el único medio con el deber y posibilidad de asegurar este servicio informativo esencial.

La duración temporal de la convocatoria de la huelga afecta a todo el personal en todos los turnos, lo que obliga a convocar en servicios mínimos personal de diferentes turnos (mañana, tarde, noche) para cubrir una misma tarea o cobertura técnica. La convocatoria en servicios mínimos se efectúa de manera que no suponga cambio de horario, de funciones, tareas habituales y otras circunstancias del personal. Podría darse la circunstancia de que, por cuestiones organizativas o por ausencias justificadas del personal, el personal asignado en servicios mínimos no coincida exactamente con la categoría profesional asignada o sustituya la función esencial descrita de una ausencia justificada.

• En el ámbito de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes resulta necesaria la fijación de servicios mínimos en el funcionamiento de los registros administrativos, tanto en los servicios centrales como en los servicios periféricos, para garantizar las actuaciones de la ciudadanía, cuyo incumplimiento puede suponer la pérdida o perjuicio de sus derechos. Se considera, asimismo, esencial el mantenimiento de los edificios administrativos con el objeto de garantizar el correcto funcionamiento de sus instalaciones en las posibles situaciones de emergencia que pudiesen acontecer.

En el ámbito de la Secretaría General para el Deporte, el Centro Gallego de Tecnificación Deportiva (CGTD) tiene a su cargo diariamente 90 deportistas residentes menores de edad y 12 deportistas residentes mayores de 18 años, bajo la responsabilidad directa de la Xunta de Galicia, y entre sus obligaciones con ellos/as está la de darles el desayuno, almuerzo y cena, así como el cuidado durante su pernocta. Junto a estos/as deportistas, también comen en el CGTD 59 deportistas externos y 27 entrenadores/as. Además, el CGTD da servicio a 18 clubs y 1450 deportistas de la zona, y dadas las circunstancias actuales, es de las pocas instalaciones deportivas que puede dar servicio a los deportes autorizados.

La atención indispensable que les es debida a estos/as residentes menores de edad justifica plenamente los servicios mínimos necesarios un viernes, lectivo a todos los efectos, para el mantenimiento de las instalaciones operativas y su accesibilidad a los/las menores residentes, al ser tres edificios diferenciados y distanciados entre ellos, con una superficie de 30.000 metros cuadrados. Asimismo, en el desayuno, almuerzo y cena, por el volumen de usuarios del servicio, se reparte el servicio en dos turnos de acceso, pues el personal responsable tiene que dispensar la alimentación a cada uno de los usuarios.

A la vista del horario de huelga el próximo 27 de septiembre, se ha tenido en cuenta para el establecimiento de los servicios mínimos indispensables la circunstancia de que la actividad desarrollada los viernes es muy elevada. Los viernes la actividad comienza a las 7:30 horas y acaba a las 22:00 horas con el cierre de las instalaciones deportivas, quedando a esa hora solo la actividad en la residencia de deportistas, por lo que es precisa la supervisión de estos y que se verifique que se encuentren bien, así como el cumplimiento de los períodos de descanso y la supervisión de los residentes mayores de edad. En consecuencia, por lo que se refiere a la jornada de noche, se establecen los servicios mínimos imprescindibles para el desarrollo de esta actividad de supervisión.

Los servicios mínimos expresados para los tres turnos de las instalaciones del Centro Gallego de Tecnificación Deportiva tienen la siguiente justificación:

Turno de noche, de las 22:00 horas a las 5:30 horas:

– Dos trabajadores/as: subalterno/a y preceptor/a de noche.

– Ambos tienen funciones diferenciadas, por lo que no se pueden sustituir uno al otro. El ordenanza se encarga de las propias instalaciones y de su funcionamiento, mientras que el preceptor vela por los deportistas residentes en el CGTD, que son 90 deportistas menores de edad, que no pueden quedar solos por la noche por tal motivo, y 12 deportistas mayores de edad.

Turno de mañana, de las 7:30 horas a las 15:00 horas:

– 1 oficial/a de cocina: es el mínimo imprescindible, ya que se necesita para poder hacer el almuerzo para 161 deportistas. Se han tenido en cuenta las necesidades tanto de cocina como de las camareras/camareros en la modificación del menú, para que pudiese ser asumido por dicho servicio, que se ha de prestar –sobre todo a los menores de edad– al haber muchos deportistas que viven muy lejos del CGTD.

– 1 subalterno/a: es una instalación deportiva de más de 30.000 metros cuadrados, con tres edificios bien diferenciados e instalaciones deportivas exteriores, que no se puede cerrar por el propio funcionamiento interno de la misma. Por lo tanto, es imprescindible que esté una persona porque los subalternos son los que custodian las llaves de los diferentes espacios y los encargados de dar acceso a cada uno de ellos a los diferentes usuarios.

– 2 camarero/as-limpiadores/as: es el mínimo imprescindible, ya que se necesita para poder preparar el comedor de la residencia y para dispensar el desayuno y almuerzo –que tienen que ser servidos por los/las camareros/as– de 161 deportistas, que se reparten en dos turnos debido a su volumen. Se han tenido en cuenta las necesidades tanto de cocina como de las/los camareras/camareros en la modificación del menú, para que pudiese ser asumido por dicho servicio, que se ha de prestar –sobre todo a los menores de edad– al haber muchos deportistas que viven muy lejos del CGTD.

– 1 preceptora: única responsable de los becarios menores de edad, tanto de los residentes como de los externos que hacen uso de la residencia para la merienda en los recreos del instituto, así como para el acceso al comedor. En un grupo tan numeroso de residentes siempre hay algún deportista enfermo que tiene que ser atendido en su habitación, del que se encargan los/las preceptores/as. Asimismo, con la convocatoria de huelga existen alumnos del instituto que no van a la misma y tienen que quedar en la residencia, por lo que es necesario este personal para su control y supervisión.

Turno de tarde, de las 14:30 horas a las 22:00 horas:

– 1 subalterno/a: es una instalación deportiva de más de 30.000 metros cuadrados, con tres edificios bien diferenciados e instalaciones deportivas exteriores, que no se puede cerrar por el propio funcionamiento interno de la misma, teniendo en cuenta además que la mayor parte del uso de la instalación se hace por la tarde, tanto por los becarios del CGTD como por los clubs de la ciudad autorizados. Por lo tanto, una persona es imprescindible que esté, ya que lo subalternos son los que custodian las llaves de los diferentes espacios y los encargados de dar acceso a cada uno de ellos a los diferentes usuarios.

En el ámbito de la Administración de justicia, la necesaria conciliación entre el ejercicio del derecho constitucional de huelga y el mantenimiento de los servicios esenciales obliga a esta Administración autonómica gallega, de acuerdo con la normativa vigente, a fijar unos servicios mínimos indispensables para el funcionamiento esencial prestado por la Administración de justicia en Galicia que permitan compaginar el derecho a la huelga de los trabajadores con el mantenimiento de los servicios esenciales necesarios para garantizar el servicio público.

En este sentido, y de conformidad con la doctrina del Tribunal Constitucional y con la jurisprudencia dictada en la materia, y en particular con la Sentencia 463/2018, de 7 de noviembre, del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, se consideran servicios esenciales necesarios para garantizar el servicio público:

1. Servicios de guardia de juzgados, fiscalías e Instituto de Medicina Legal.

2. Juicios orales en el orden penal de causas con preso.

3. Medidas precautorias o provisionales en materia de familia, de violencia sobre la mujer y de libertad provisional, entre otras.

4. Actuaciones relativas a la violencia de género en los juzgados de violencia sobre la mujer, sean o no exclusivos.

5. Actuaciones urgentes del Registro Civil, tales como la expedición de licencias de enterramiento, entre otras certificaciones necesarias para obtener documentos de obligado cumplimiento o relacionados con deberes administrativos impuestos o con el ejercicio de otros derechos fundamentales, así como las de obligado cumplimiento prioritario e inexcusable cuya naturaleza es registral: inscripciones de nacimiento, defunciones, matrimonios…

6. Registro de asuntos y documentos en que venza un plazo preestablecido por ley y cuyo vencimiento pueda deparar pérdida de derechos a la ciudadanía, así como la tramitación de aquellos expedientes en los que venza un plazo perentorio e improrrogable, aquellas actuaciones en las que venza un plazo improrrogable establecido en la ley cuyo incumplimiento pueda afectar al derecho de la tutela judicial efectiva y aquellas cuya urgencia venga determinada por un precepto legal o por los bienes jurídicos en juego.

Para la fijación de los servicios mínimos, la Administración tiene en cuenta igualmente los criterios determinantes que establece la doctrina del Tribunal Constitucional y la jurisprudencia contencioso-administrativa recaída en la materia.

Asimismo, debe tenerse en cuenta que de producirse durante la jornada de huelga alguna de las actuaciones urgentes o esenciales de las establecidas por el artículo 42 del Reglamento 1/2005, del Consejo General del Poder Judicial, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, o por la normativa procesal correspondiente, estas no podrían ser atendidas por el juzgado de guardia, dado que el juzgado competente está en horas de audiencia, motivo este por el que es preciso disponer de un mínimo de personal en los distintos órganos judiciales que figuran en el articulado para atender a las actuaciones urgentes e inaplazables, sin vulnerar la atribución de competencias previstas en las correspondientes leyes procesales y en el citado Reglamento 1/2005. Es necesario señalar, a modo de ejemplo, las siguientes: autorización de medidas precautorias o de permisos extraordinarios, por parte del juzgado de menores; autorización de entrada en domicilio, medidas sanitarias urgentes de salud pública, medidas precautorias en materia de extranjería, asilo político y refugiado que impliquen expulsión, devolución o retorno, por parte de los juzgados de lo contencioso-administrativo; autorización para internamiento, medidas cautelares para protección de incapaz, restitución o retorno de menores en los supuestos de sustracción internacional, por parte de los juzgados de familia; celebración de vistas que puedan afectar a los derechos de los trabajadores y trabajadoras, tales como las demandas de tutela de derechos fundamentales y libertades públicas, y actuaciones declaradas urgentes por la legislación procesal, tales como medidas cautelares necesarias para asegurar la efectividad de la tutela judicial, por parte de los juzgados de lo social; medidas por derechos fundamentales de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia; …

En la fijación de los servicios mínimos se pretende, pues, una proporcionalidad entre el servicio esencial que hay que prestar y la garantía del ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores. En este sentido, el establecimiento del personal mínimo para garantizar dichos servicios esenciales tiene en consideración los siguientes criterios que se exponen a continuación de forma general, con independencia de la justificación concreta que para cada tipo de órgano o jurisdicción se especifique en cada supuesto.

Para garantizar la prestación de los referidos servicios esenciales se establecen, por tanto, los servicios mínimos que se concretan a continuación, la extensión territorial, las diferentes dotaciones de personal en función del órgano concreto y las distintas funciones de los diversos cuerpos, en su caso, así como también las distintas localizaciones de los órganos en los edificios judiciales según la localidad y la existencia de órganos especializados en algunas ciudades, entre otros.

En este sentido se tiene en cuenta, igualmente, la distinción entre órganos jurisdiccionales y aquellos órganos que no lo son, ya que en estos últimos o bien no se establecen servicios mínimos, o bien los servicios que se fijan son inferiores a los establecidos en los primeros, por cuanto que estos atienden a los bienes jurídicamente objeto de mayor protección. Igualmente, dentro de los órganos jurisdiccionales se hace una distinción en función de los bienes jurídicos protegidos, que en síntesis consiste en la distinción entre aquellos órganos que atienden asuntos relativos a la jurisdicción penal (como los juzgados de lo penal, de vigilancia penitenciaria, de violencia sobre la mujer o los juzgados mixtos) y aquellos otros que no los atienden, partiendo por lo tanto de la prestación de un mayor número de servicios esenciales durante la huelga en aquellos órganos que garantizan bienes jurídicos especialmente protegidos por el ordenamiento jurídico, y esencialmente bienes personalísimos y primarios como, entre otros, la libertad de las personas. En definitiva, el número de efectivos fijados en estos órganos va a ser superior al fijado para los otros, que seguirán la pauta general.

Además, las diferencias de dotaciones existentes en los órganos judiciales en función de los distintos órdenes jurisdiccionales, de sus necesidades concretas, de las funciones que atienden o de su ubicación en las distintas localidades, entre otras razones, justifican que no exista una uniformidad total en la fijación del número de funcionarios/as que deben constituir los mencionados servicios mínimos.

Asimismo, las distintas funciones que corresponden a cada cuerpo funcionarial, establecidas por los artículos 476 y siguientes de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, hacen necesaria, en la determinación de los efectivos que deben atender los servicios esenciales en cada órgano, la concurrencia del personal funcionario de los distintos cuerpos que sea imprescindible para garantizar estos servicios esenciales. En este sentido, el personal funcionario del cuerpo de auxilio judicial, por sus funciones, no se considera preciso para garantizar los servicios esenciales en determinados órganos, como en el caso del Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga) o de los juzgados de paz; o incluso esta Administración entiende suficiente, casi en la totalidad de los restantes supuestos, que el personal funcionario designado servicio mínimo sea compartido por distintos juzgados o secciones de los tribunales. Solo se estima necesaria la fijación de un auxilio judicial en cada órgano en aquellos supuestos en que o bien exista un único órgano por jurisdicción o en la localidad, o bien se entienda necesaria su presencia por causa de las materias que dicho órgano atiende, como por ejemplo en el caso de violencia sobre la mujer.

Hay que señalar, asimismo, que en los juzgados de primera instancia e instrucción se hace un tratamiento individualizado, diferenciando aquellos partidos judiciales con dos, tres o cuatro juzgados, y se fijan dotaciones mínimas para cada caso, estableciendo así que el personal funcionario de auxilio judicial será compartido para todos los juzgados, sean estos partidos de tres o cuatro juzgados, e inclusive compartido el auxilio judicial del juzgado de guardia en el supuesto de partidos judiciales con dos juzgados.

Por otra parte, y en aras de una mayor protección del derecho fundamental de huelga, esta Administración, respecto del personal funcionario de los cuerpos de gestión y tramitación, ha estimado que el servicio mínimo, en aquellos órganos donde podrían atenderse los servicios esenciales con la presencia de un/una único/a funcionario/a, que son la regla general, podría designarse tanto de un cuerpo como de otro; y ha establecido con carácter excepcional la necesidad de un/una funcionario/a tanto del cuerpo de gestión como de tramitación en los juzgados de lo penal, de vigilancia penitenciaria o de violencia sobre la mujer, por cuanto los asuntos que atienden afectan a los bienes jurídicos más protegidos por el ordenamiento vigente, como puede ser la libertad. Se debe señalar por último, al respecto, que si bien en los registros civiles exclusivos no se ha estimado necesaria en la dotación la presencia del/de la funcionario/a de auxilio judicial, sí se estima precisa la designación de dos gestores/as o tramitadores/as tanto para las funciones relacionadas con defunciones como para las restantes actuaciones de carácter urgente consideradas servicio esencial, por el volumen de los servicios de este carácter que prestan los citados órganos.

En conclusión, por lo tanto, como regla general esta Administración no ha fijado, en aras de la protección del derecho de huelga, servicios mínimos en aquellos órganos que no atienden servicios esenciales, estableciendo en aquellos que sí los atienden las dotaciones mínimas que los puedan garantizar. En este sentido, no se designan funcionarios/as del cuerpo de auxilio judicial en algunos órganos, o bien en ciertos casos estos funcionarios/as son compartidos por distintos órganos judiciales; y, con respecto al personal funcionario de los cuerpos de gestión o tramitación, se establece como norma general la suficiencia de un/una funcionario/a de los citados cuerpos por órgano, de forma alternativa.

Entrando ya en la concreta justificación que motiva el número de efectivos establecidos para cada tipo de órgano o jurisdicción, se señala que:

En el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el establecimiento de los servicios mínimos estriba en la necesidad de atender, entre otras, las siguientes cuestiones: registro de asuntos en que venza un plazo preestablecido por ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos; actuaciones en las que venza un plazo improrrogable preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda afectar a la tutela judicial efectiva; causas con preso; actuaciones relativas a violencia doméstica y de género; apostillas; o procesos declarados de carácter urgente por la legislación procesal, tales como despidos colectivos.

En el caso de la Secretaría de Gobierno, órgano que se encarga de las apostillas, se establece el mínimo, un/una funcionario/a, que se estima suficiente para atender los servicios esenciales. Este/a podrá ser tanto del cuerpo de gestión como de tramitación, en aras de garantizar una mayor protección del derecho de huelga.

Respecto de la Oficina de Registro y Reparto, se fija la dotación de servicios mínimos tipo, con un/una funcionario/a, que podrá ser tanto del cuerpo de gestión como de tramitación, en aras de garantizar esta mayor protección del derecho de huelga, para la realización de las funciones de registro y reparto de los asuntos en que venza un plazo preestablecido. Además, contará con un/una funcionario/a de auxilio judicial.

En el caso de las salas, dado que operan por secciones, se estima necesario que en cada una de ellas exista un/una funcionario/a del cuerpo de gestión o tramitación, compartiendo estas secciones un/una único/a funcionario/a de auxilio, que deberá atender los servicios mínimos de todas las secciones de la sala. En el caso de la Sala de lo Civil y Penal, dado que no opera en secciones, se fija un/una funcionario/a de auxilio único para la citada sala.

Por lo que respecta a las audiencias provinciales, dicho establecimiento de los servicios mínimos estriba en la necesidad de atender, entre otras, las siguientes cuestiones: registro de asuntos en los que venza un plazo preestablecido por ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos; actuaciones en las que venza un plazo improrrogable y preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda afectar a la tutela judicial efectiva; atención de sala en causas con preso; medidas cautelares (prisión provisional, libertad provisional…); medidas en materia de derecho de familia, incluidas las derivadas de los juzgados de violencia sobre la mujer; o actuaciones en ejecución de sentencia que afecten a derechos fundamentales (libertades…).

En el caso de la oficina de registro y reparto se fijan los servicios mínimos tipo con un/una funcionario/a, que podrá ser tanto del cuerpo de gestión como de tramitación, en aras de garantizar una mayor protección del derecho de huelga; y con un/una funcionario/a del cuerpo de auxilio judicial.

En el caso de las audiencias provinciales, que se estructuran en secciones, alguna de las cuales no se localiza en la capital de provincia –como sucede con las de Santiago de Compostela o Vigo–, se estima necesario que, en el caso de las secciones civiles, en cada una de ellas exista un/una funcionario/a del cuerpo de gestión o tramitación, compartiendo cada dos secciones un/una único/a funcionario/a de auxilio, y se establece que solo en el caso de ser el número de secciones impar, un/una funcionario/a de auxilio deberá atender una única sección.

En el caso de las secciones penales y mixtas, tal y como sucede con los restantes juzgados que atienden asuntos de jurisdicción penal –que protege bienes jurídicos especialmente protegidos por el ordenamiento vigente, y esencialmente bienes personalísimos y primarios como, entre otros, la libertad de las personas–, el número de efectivos fijados se aparta de la regla general en lo tocante al personal funcionario del cuerpo de gestión y tramitación, ya que se establece la necesidad de un/una funcionario/a de cada uno de estos cuerpos. Asimismo, se fija un/una funcionario/a de auxilio por cada respectiva sección.

En los juzgados de guardia se fundamenta en la necesidad de atender las actuaciones que surgen durante el servicio de guardia que tienen carácter esencial.

En los registros civiles se fundamenta en la necesidad de atender las actuaciones del Registro Civil que tengan carácter esencial.

En los registros civiles exclusivos no se ha estimado necesaria la dotación de personal funcionario de auxilio judicial. Respecto del personal funcionario de los cuerpos de gestión y tramitación, sí se considera precisa la designación de dos gestores/as o tramitadores/as para atender aquellos servicios esenciales relacionados con defunciones, por el carácter esencial de la expedición de certificaciones en esta materia, y de dos gestores/as o tramitadores/as para las restantes actuaciones de carácter urgente consideradas servicio esencial que se agrupan.

En los juzgados de primera instancia estriba en la necesidad de atender, entre otras, las siguientes cuestiones: registro de asuntos en los que venza un plazo preestablecido por ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos; actuaciones en las que venza un plazo improrrogable preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda afectar a la tutela judicial efectiva; actuaciones propias del Registro Civil; adopción de medidas cautelares o provisionales urgentes cuya demora dificulte la efectividad de la tutela judicial; procesos en materia de familia; internamientos; o atención a las salas de vistas.

Respecto de la concreta justificación del número de efectivos, la dotación de servicios mínimos sigue la pauta general: un/una funcionario/a, que bien puede ser de gestión o bien de tramitación, en aras de garantizar el derecho de huelga del personal; y un auxilio judicial compartido por cada dos juzgados o fracción. Este mínimo, no obstante, se incrementa en aquellos juzgados que tienen atribuidas competencias en materia de familia, en los cuales se ven afectados los derechos de los menores, entre otros; así como también en los que tienen funciones de registro civil.

En los juzgados de lo mercantil radica en la necesidad de atender, entre otras, las siguientes cuestiones: registro de asuntos en los que venza un plazo preestablecido por ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos; actuaciones en las que venza un plazo improrrogable preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda afectar a la tutela judicial efectiva, tales como medidas cautelares o provisionales urgentes en materia mercantil; embargos preventivos de buques; medidas cautelares cuya demora dificulte la efectividad de la tutela judicial, tales como en materia de patentes y relacionadas con la propiedad intelectual e industrial; o despidos colectivos en sede concursal.

Respecto de la concreta dotación de los servicios mínimos, se ha establecido la dotación mínima de la que se parte en aquellos órganos que atienden servicios esenciales: un/una funcionario/a, que bien puede ser de gestión o bien de tramitación, en aras de garantizar el derecho de huelga del personal; y un auxilio judicial compartido por cada dos juzgados o fracción.

Respecto de los juzgados de instrucción, estriba en la necesidad de atender, entre otras, las siguientes cuestiones: registro de asuntos en los que venza un plazo preestablecido por ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos; actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos; o la adopción de medidas cautelares o provisionales urgentes (peticiones de libertad provisional, alejamientos, prisión provisional…).

Respecto de la concreta dotación de los servicios mínimos, igualmente en este supuesto se ha establecido la dotación mínima de la que se parte en aquellos órganos que atienden servicios esenciales: un/una funcionario/a, que bien puede ser de gestión o bien de tramitación, en aras de garantizar el derecho de huelga del personal; y un auxilio judicial compartido por cada dos juzgados o fracción.

Exclusivamente se apartan de esta regla general aquellos juzgados que estén de guardia, en los cuales, tal y como ya se ha expuesto y justificado con anterioridad, se debe contar con la dotación habitual durante la prestación de este servicio; y aquellos que tengan competencias en materia de violencia sobre la mujer, donde, por los bienes jurídicos protegidos y el carácter esencial de gran parte de sus actuaciones, los servicios mínimos se deben incrementar en un/una funcionario/a más por cuerpo, en atención, asimismo, a las distintas funciones atribuidas a cada uno de ellos.

En cuanto a los juzgados de lo penal, se fundamenta en la necesidad de garantizar la celebración de juicios orales en causas con preso, asegurando de este modo las vistas con preso señaladas, así como en la de atender aquellas actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos, las diligencias urgentes y los asuntos de violencia de género.

En la medida en que la jurisdicción penal protege los bienes jurídicos especialmente protegidos por el ordenamiento jurídico, y esencialmente bienes personalísimos y primarios como, entre otros, la libertad de las personas, el número de efectivos fijados en los juzgados de lo penal se aparta de la regla general en lo tocante al personal funcionario de los cuerpos de gestión y tramitación, ya que se establece la necesidad de un/una funcionario/a de cada uno de estos cuerpos. No obstante, en lo tocante al personal funcionario de auxilio judicial la dotación de los servicios mínimos sigue el tipo fijado con carácter general: un/una funcionario/a por cada dos juzgados o fracción.

En los juzgados de menores estriba en la necesidad de atender, entre otras, las siguientes cuestiones: actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los menores; adopción de medidas cautelares o provisionales urgentes (internamientos de menores…); celebración de vistas con menor sujeto a medida de internamiento; o tramitación de permisos extraordinarios.

Respecto de la concreta dotación de los servicios mínimos, igualmente en este supuesto se ha establecido la dotación mínima de la que se parte en aquellos órganos que atienden servicios esenciales: un/una funcionario/a, que bien puede ser de gestión o bien de tramitación, en aras de garantizar el derecho de huelga del personal. El auxilio judicial es único por juzgado, dado que solo existe un único juzgado de menores en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra.

En los juzgados de lo contencioso-administrativo, estriba en la necesidad de atender, entre otras, las siguientes cuestiones: actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos; adopción de medidas cautelares o provisionales urgentes (como autorizaciones de entrada en domicilio, autorizaciones en materia sanitaria…); procesos de tramitación preferente o en materia de derechos fundamentales.

Respecto de la concreta dotación de los servicios mínimos, también en este supuesto se ha establecido la dotación mínima de la que se parte en aquellos órganos que atienden servicios esenciales: un/una funcionario/a, que bien puede ser de gestión o bien de tramitación, en aras de garantizar el derecho de huelga del personal; y un auxilio judicial compartido por cada dos juzgados o fracción.

En los juzgados de lo social radica en la necesidad de atender, entre otras, las siguientes cuestiones: actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos, asegurando de esta forma la celebración de vistas que puedan afectar a los derechos de los trabajadores, tales como las demandas de tutela de derechos fundamentales y libertades públicas; actuaciones declaradas urgentes por la legislación procesal, tales como medidas cautelares necesarias para asegurar la efectividad de la tutela judicial, procesos de conflictos colectivos, impugnaciones de altas médicas, vacaciones, movilidad geográfica, modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo, suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor, o procedimientos para el ejercicio de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o convencionalmente.

Respecto de la concreta dotación de los servicios mínimos, igualmente en este supuesto se ha establecido la dotación mínima de la que se parte en aquellos órganos que atienden servicios esenciales: un/una funcionario/a, que bien puede ser de gestión o bien de tramitación, en aras de garantizar el derecho de huelga del personal; y un auxilio judicial compartido por cada dos juzgados o fracción.

En el caso de los juzgados de vigilancia penitenciaria estriba en la necesidad de atender aquellas actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los internos, así como en la de tutelar los derechos de los presos.

Respecto de la justificación de la concreta dotación de efectivos, al igual que se ha motivado respecto de los juzgados de lo penal, y en la medida en que los juzgados de vigilancia penitenciaria garantizan bienes jurídicos especialmente protegidos por el ordenamiento jurídico, y esencialmente bienes personalísimos y primarios como, entre otros, la libertad de las personas, el número de efectivos fijados en estos juzgados se aparta de la regla general en lo tocante al personal funcionario de los cuerpos de gestión y tramitación, ya que se establece la necesidad de un/una funcionario/a de cada uno de estos cuerpos. En lo tocante al personal funcionario de auxilio judicial se establece un/una funcionario/a como servicio mínimo, dado que no existe más de un juzgado de este tipo en la misma localidad.

En los juzgados exclusivos de violencia sobre la mujer se fundamenta en la necesidad de atender, entre otras, las siguientes cuestiones: actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos; adopción de medidas cautelares o provisionales urgentes en materia de familia o de violencia sobre la mujer; o causas con detenido en la materia.

Respecto de la justificación de la concreta dotación de efectivos, al igual que se ha motivado respecto de los juzgados de lo penal o de los de vigilancia penitenciaria, en los que la dotación de servicios mínimos también es coincidente, y dado que estos juzgados especializados del orden penal garantizan bienes jurídicos especialmente protegidos por el ordenamiento jurídico, el número de efectivos fijados en estos juzgados se aparta de la regla general en lo tocante a los funcionarios de los cuerpos de gestión y tramitación, ya que se establece la necesidad de un/una funcionario/a de cada uno de estos cuerpos. En lo tocante a los funcionarios de auxilio judicial se establece un/una funcionario/a como servicio mínimo, puesto que no existe más de un juzgado de este tipo en la misma localidad.

En relación con los juzgados de primera instancia e instrucción de cada localidad, al tratarse de órganos con competencias en materia civil y penal, y con funciones concurrentes, en su caso, de Registro Civil y/o de violencia sobre la mujer, la justificación se fundamenta en la necesidad de atender aquellas actuaciones, civiles y penales, en las que venza un plazo preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a los ciudadanos, así como en la de atender causas con detenidos o presos, actuaciones urgentes de Registro Civil o de violencia sobre la mujer y adopción de medidas cautelares o provisionales urgentes, entre otras cuestiones.

En el establecimiento de los servicios mínimos de los juzgados de primera instancia e instrucción se hace un tratamiento individualizado, diferenciando aquellos partidos judiciales con dos, tres o cuatro juzgados, fijando las mínimas dotaciones para cada caso, y se establece así que el personal funcionario de auxilio judicial será compartido para todos los juzgados, sean estos partidos de tres o cuatro juzgados, e inclusive compartido el auxilio judicial del juzgado de guardia en el supuesto de partidos judiciales con dos juzgados.

Respecto de la fijación de un/una funcionario/a de los cuerpos de tramitación y de gestión, se sigue la misma pauta que para los juzgados de la jurisdicción penal, dado que en este caso puede atender no solamente servicios esenciales relacionados con el Registro Civil, sino también aquellos relacionados, tal y como se ha expuesto con anterioridad, con los bienes jurídicos objeto de superior protección.

En las oficinas de registro y reparto de los decanatos se fundamenta en el hecho de que se trata de un servicio que tiene encomendada, entre otras funciones principales, la de la recepción de demandas y escritos dirigidos a todos los órganos judiciales del partido judicial, lo que podría afectar a la tutela judicial efectiva, especialmente si se trata del vencimiento de un plazo preestablecido en la ley.

En la asignación del número de efectivos en servicios mínimos se tiene en cuenta el volumen de registros diferentes en cada partido judicial, así como el número de efectivos que vienen realizando estas funciones con carácter general. En todos estos servicios mínimos se mantiene la pauta general por la que el personal funcionario puede ser tanto del cuerpo de gestión como de tramitación, en aras de garantizar el derecho de huelga del personal. En los decanatos de los juzgados de primera instancia e instrucción se fija el mínimo: un/una funcionario/a de gestión o tramitación.

Por lo que respecta a los servicios comunes de atención a la ciudadanía y a la víctima, se trata de un servicio que tiene encomendada, entre otras funciones principales, la de la asistencia a las víctimas de delitos.

Respecto de la concreta dotación de servicios mínimos, se fija la dotación mínima: un/una funcionario/a por cada servicio.

En los servicios comunes de notificaciones y embargos radica en la necesidad de asegurar la realización de actos de comunicación de carácter urgente.

La concreta dotación de servicios mínimos se aparta del tipo mínimo que permite un/una funcionario/a de gestión o de tramitación, ya que se estima necesaria la presencia de un/una funcionario/a de cada uno de estos cuerpos en atención a las funciones encomendadas a estos servicios, como sucede con la Comisión Judicial. Asimismo, hay que señalar que este servicio presta asistencia a todos los órganos del partido judicial en el que está constituido.

En las oficinas de las fiscalías se fundamenta en la necesidad de, entre otras cuestiones, garantizar las medidas cautelares o provisionales urgentes en materia de familia, de violencia sobre la mujer y de libertad provisional.

Respecto de la concreta dotación de servicios mínimos, se sigue la pauta del tipo mínimo que se viene estableciendo salvo en el caso de las fiscalías provinciales, en que se designa un/una funcionario/a a mayores a fin de garantizar aquellos servicios esenciales relacionados con los menores, y en el caso de las secciones territoriales, donde se establece el mínimo para permitir la apertura del servicio: un/una funcionario/a.

En relación con el Imelga, se fundamenta en la necesidad de garantizar el servicio que le es propio en la materia: la prestación del servicio de guardia; la asistencia medicoforense al juzgado de guardia; el levantamiento de cadáveres; la asistencia a detenidos y a víctimas de violencia de género; la asistencia en los internamientos; autopsias; la atención a aquellas actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la ley cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos a la ciudadanía; o la redacción de informes urgentes, entre otros.

La dotación de los servicios mínimos está constituida, por lo tanto, por el personal que presta el servicio de guardia y, asimismo, por un/una funcionario/a del cuerpo de tramitación, dado que el Imelga no cuenta con personal funcionario de gestión, para dar soporte, registrar y dar trámite a aquellas actuaciones urgentes descritas con anterioridad que puedan constituir servicio esencial.

Por último, en los juzgados de paz se fundamenta en la necesidad de garantizar la apertura y el servicio esencial que les es propio en la materia, principalmente de Registro Civil.

Respecto de la dotación, también en este supuesto se fija la dotación mínima (un/una funcionario/a por juzgado de paz) con la finalidad de garantizar la apertura del servicio, dado que la ausencia de este/a único/a funcionario/a implicaría la paralización del servicio, asegurando así las funciones de certificación que les son propias en materia de registro civil.

En relación con la Dirección General de Emergencias e Interior, esta propone servicios mínimos teniendo en cuenta que presta servicio ordinario y permanente al Centro Integrado de Atención a las Emergencias 112 en A Estrada.

La Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, creó la Agencia Gallega de Emergencias (en lo sucesivo, Axega), configurándola como un ente instrumental para la gestión de las emergencias, y estableciendo como una de sus funciones la de gestionar el Centro Integrado de Atención de Emergencias 112 Galicia (en lo sucesivo, CIAE 112) y prestar materialmente la asistencia requerida por la ciudadanía a través del mismo, o dar traslado, según se establezca reglamentariamente, de aquellas que corresponda atender a otros organismos competentes en la materia.

La Gerencia es el órgano ejecutivo de la Axega y le compete su gestión ordinaria. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 292/2008, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Axega, además de las funciones recogidas en el artículo 11 del Estatuto de la Axega, a la Gerencia le corresponden, entre otras, las funciones de organización, dirección técnica y gestión del CIAE 11; la propuesta de planificación, dotación, coordinación y supervisión de medios y recursos para la intervención y gestión de emergencias; la coordinación operativa de las actuaciones que en materia de servicios contra incendios y salvamento local le atribuyan los planes y programas de protección civil y la coordinación del CIAE 112 con otros organismos públicos y privados, fomentando la firma de protocolos y acuerdos de colaboración. Debido a la naturaleza de sus funciones, resulta una figura esencial en la gestión de las emergencias, y por lo tanto, en el funcionamiento de la propia Axega y del CIAE 112.

La Axega cuenta entre su personal con dos puestos administrativos, que realizan tareas de tramitación administrativa, telefónica y registro, así como de apoyo a la Gerencia en su gestión ordinaria, por lo que resulta necesario fijar unos servicios mínimos, debido al carácter de sus funciones.

Finalmente, entre las funciones de la persona titular del área del CIAE 112 Galicia destacan la gestión operativa y la supervisión del CIAE 112, así como la elaboración y revisión de los protocolos de actuación y gestión de emergencias del CIAE 112 con sujeción a estándares de calidad. Por lo tanto, también se considera un efectivo fundamental en cualquier tipo de incidencia o anomalía en el funcionamiento del CIAE 112.

El servicio prestado desde el CIAE 112 tiene carácter fundamental y esencial para la ciudadanía. El volumen de llamadas o atención requerida depende de las emergencias acaecidas, catástrofes, accidentes y demás situaciones de urgencia, que tienen, por definición, carácter imprevisible, por lo que el servicio debe estar suficientemente dimensionado para atenderlas.

El número de trabajadores/as que se establece como servicios mínimos, dadas las características del servicio dispensado por el CIAE 112 de Galicia, resulta imprescindible para mantener la adecuada cobertura en la atención de las emergencias y para evitar que se produzcan graves perjuicios a la población.

En la fijación de los servicios mínimos se parte del hecho de que el CIAE 112 funciona las 24 horas del día, 7 días a la semana y los 365 días del año. La carga de trabajo a lo largo de una jornada viene determinada, en primer lugar, por el número de incidencias que se produzcan y la cantidad de llamadas que efectúe la ciudadanía al número 112, ante las cuales el servicio, como se ha señalado, debe contar con el número de profesionales suficiente para prestar la atención que se demanda.

Se ha tenido en cuenta que el mes de septiembre es un mes donde usualmente se dan episodios de incendios forestales, los cuales son imprevisibles pero hacen que aumente el número de incidencias, lo que repercute en la mayor necesidad de personal y operación en atención telefónica del 112.

Igualmente, se ha tenido en cuenta que actualmente se encuentran integrados en el CIAE 112, en su sede de A Estrada, la Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia-061 (que se trasladó en el mes de octubre de 2018) y la Unidad de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma-UPA (desde julio de 2018), lo que incide en las labores de gestión tecnológica.

Es necesario señalar, además, que desde el 112, además de la prestación de asistencia a las personas que la requieren ante situaciones de urgencia, se llevan a cabo otros servicios, como la difusión de información a la ciudadanía, por ejemplo ante situaciones de riesgo, siendo un medio fundamental las redes sociales y la web del 112, que permiten trasladar información dotada de inmediatez, veraz y contrastada, lo que constituye una herramienta de autoprotección de las personas ante situaciones de emergencia que puedan acontecer.

Por cuanto antecede, y atendido el carácter esencial de este servicio público, se establecen los servicios mínimos, determinados en función de las diversas categorías del personal en cada turno de trabajo, puesto que las funciones y trabajo que cada una lleva a cabo, por su especialidad, no son sustituibles o intercambiables por otras. En este sentido hay que reseñar que la gestión operativa del CIAE 112 integra las siguientes áreas: jefatura de explotación operativa; área de operación del CIAE 112; área de formación; área de comunicación, prensa e imagen; y área de calidad, protocolos y documentación.

En primer lugar, dentro del denominado personal de estructura, encontramos los efectivos de la jefatura de explotación operativa. Debemos reseñar que esta figura es fundamental en la prestación del servicio, puesto que está relacionada con la gestión de recursos humanos. En el caso de producirse cualquier tipo de problema durante el día 27 de septiembre de 2024, si resultase preciso incrementar el número de operadores en la sala por un aumento de llamadas por situaciones de emergencia, entraría esta figura del personal de jefatura de explotación operativa, que haría en primera instancia también labores de apoyo a la operación hasta que llegasen los refuerzos necesarios. Además, llevan el control de la actuación e incidencias del CIAE 112, así como la dirección y evaluación de los resultados. Esta categoría debe contar con presencia en el centro durante la mañana y la tarde, por si resultase preciso llevar a cabo un redimensionamiento en la sala ante una situación de emergencia que lo haga necesario. La jefatura de explotación operativa realiza la coordinación, el control y la supervisión de las tareas realizadas por el personal de la gestión operativa y se encarga de verificar el adecuado dimensionamiento. Entre sus funciones podemos destacar el control de cumplimiento de las funciones; la detección de la necesidad de activación de recursos extraordinarios a los previstos, elevándola a la decisión de la Gerencia de la Axega; la modificación de los procedimientos de actuación de la Sala de Operaciones del CIAE 112; la gestión de las solicitudes de particulares, organismos y/o colaboradores externos (juzgados, fuerzas y cuerpos de seguridad, etc.); y la adecuación de los recursos materiales y humanos necesarios para garantizar el correcto servicio a la ciudadanía. Las funciones del personal de jefatura de explotación operativa no pueden ser desarrolladas por ningún otro personal.

Dentro del personal de estructura hallamos también el área de Comunicación, Prensa e Imagen. La tarea principal de este departamento se centra en la relación del CIAE 112 Galicia con los medios de comunicación a efectos de facilitar la información necesaria requerida por ellos. Sus funciones no son intercambiables con otra categoría de personal. El personal de prensa y comunicación se encarga, entre otras tareas, de la actualización de información a través de las redes sociales del 112. Las redes sociales constituyen un canal fundamental para hacer llegar la información a la ciudadanía y son especialmente relevantes en una jornada de huelga, en la que se tiene que dar puntual cuenta de datos relacionados con posibles incidencias de seguridad o situaciones de urgencia que puedan acaecer, siendo, además, el canal más adecuado por su inmediatez para informar a aquellas personas que se encuentren participando en manifestaciones o concentraciones convocadas en esa jornada. La gestión de las redes como vías directas de transmisión de información a la ciudadanía, así como la atención a medios en el caso de que suceda alguna incidencia, supone que deba contarse con una persona localizada en cada turno de trabajo, puesto que puede ser preciso atender la demanda de información sobre movilización de recursos o informaciones sobre asistencias que puedan ser necesarias ante situaciones o eventualidades que tengan lugar durante las manifestaciones, concentraciones, etc. Dichas funciones justifican los servicios mínimos establecidos para el personal de esta categoría del CIAE 112.

Asimismo, dentro del personal de estructura se encuentran tanto los efectivos pertenecientes al área de Calidad, Protocolos y Documentación como los correspondientes al área de Formación, respecto de los cuales no se señalan servicios mínimos, atendido el carácter de sus funciones.

Finalmente, dentro del personal de estructura se integra también el área de Operación del CIAE 112, que comprende tres secciones: de coordinación, de enlace y de operación.

La sección de coordinación tiene por finalidad el control de la calidad y de la correcta gestión telefónica, según la estructura de llamada definida por procedimiento, por parte del área de Operación del CIAE 112 en la recepción de llamadas ordinarias, de emergencia o de urgencia realizadas por la ciudadanía, dándoles el tratamiento correspondiente. Supervisa y asesora a los/las operadores/as si la emergencia es de cierta entidad y, en atención a su cualificación, lleva a cabo la coordinación, supervisión y seguimiento directo de la actividad de los/las operadores/as, a los/las cuales presta su asesoramiento cuando la situación lo requiere. De este modo, no contar con esta figura dificultaría el correcto desarrollo del servicio y afectaría a la labor de los/las operadores/as, que no podrían tomar determinadas decisiones ante una emergencia en las debidas condiciones de rapidez y eficacia.

Entre sus funciones podemos destacar: el seguimiento de las incidencias y de los recursos movilizados por la Sala de Operaciones del CIAE 112, en especial de aquellas situaciones de emergencia que puedan dar lugar a la activación de algún plan; el control de la recepción, respuesta y atención de llamadas recibidas; el control de la tipificación y gestión de las llamadas, así como la confirmación de la aplicación de los procedimientos y de las tácticas operativas; o el seguimiento de las incidencias hasta su cierre. Los/Las coordinadores/as toman la decisión de la conversión de la actividad de gestión en la sala al modelo de «sala partida» en momentos de alta actividad, creando grupos de trabajo compartimentados dentro de los/las operadores/as y aumentando sus funciones y tareas de modo proporcional a este incremento.

Por cuanto antecede, atendiendo a su cualificación y especialización, la figura del/de la coordinador/a no resulta sustituible por otra categoría de personal del CIAE 112.

La sección de enlace está formada por personal cualificado al cual le corresponde recibir las llamadas de los/las jefes/as de los servicios de emergencias y demás organismos y autoridades públicos para coordinar actuaciones, evitando que estas llamadas pasen al resto de operadores/as que están recibiendo las llamadas de la ciudadanía. A ello se suma que les corresponde hacer el seguimiento de los fenómenos meteorológicos adversos y de la documentación precisa para el envío de las distintas alertas o avisos. La sección de enlace también informa y asiste al personal técnico de guardia del CIAE 112 no solo en las emergencias ordinarias de cierta envergadura, sino también en aquellas que alcanzan niveles de gravedad importante en las que sea necesaria la activación de planes y toma de medidas extraordinarias, de acuerdo con los procedimientos del mismo. Los/Las operadores/as de enlace son personal con especialización en sus funciones, que no pueden ser desempeñadas por ningún/ninguna otro/a operador/a.

La sección de operación tiene por finalidad la recepción de llamadas, tanto ordinarias como de emergencia o de urgencia, realizadas por la ciudadanía. Los/Las operadores/as de atención telefónica constituyen la pieza básica del sistema de gestión de llamadas de emergencia. Su función consiste en la recepción de las llamadas, en la recogida de los datos precisos, en la tipificación de las incidencias y en su transmisión a los organismos implicados en la movilización de recursos. El personal operador de atención telefónica es quien, a través de la aplicación de gestión de emergencias, tiene que conseguir gestionar en el menor tiempo posible una situación de emergencia desde la llamada inicial. De no contar con el suficiente personal de esta categoría, se pondría en riesgo el funcionamiento del servicio. Si no existen operadores/as telefónicos/as suficientes, el servicio prestado por el 112 carecería del primero y fundamental eslabón de la cadena. Sería imposible funcionar, según los estándares mínimos de rapidez y eficacia exigibles en un centro de esta naturaleza, con un dimensionamiento inferior al establecido atendiendo al número diario de llamadas que, de media, se reciben en el 112.

En este caso se reducen los efectivos de operadores/as al 80 %, lo que supone un número de efectivos incluso inferior al establecido para un viernes.

Por último, respecto del personal de soporte técnico (área de Informática del CIAE 112), hay que señalar que resulta fundamental, dada la especificidad y criticidad de un centro como el CIAE 112 y atendidas las características y complejidad de la plataforma de gestión de emergencias. Se trata de personal formado y especializado y resulta imprescindible, al menos, su disponibilidad (estar localizables) para resolver cualquier incidencia, avería o eventualidad de tipo técnico que pueda surgir, máxime teniendo en cuenta que en el CIAE 112 se integraron servicios en el edificio de A Estrada (el 061 y la UPA).

Por cuanto antecede, para el CIAE 112 se establecen en su conjunto para la jornada del 27 de septiembre de 2024 unos servicios mínimos que son incluso inferiores al dimensionamiento de un viernes.

En el ámbito de la Dirección General de Movilidad, en el sector del transporte, los servicios que se prestan tienen un carácter esencial para la ciudadanía en cuanto que suponen una herramienta básica para el ejercicio de otros derechos, como son los de a la libre circulación dentro del territorio nacional (artículo 19 de la Constitución), a la educación (artículo 27) y al trabajo (artículo 35). De esta manera, la garantía de una mínima movilidad de la ciudadanía durante las jornadas de huelga se convierte en una demanda del interés general que debe ser atendida por la Administración en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas.

En el ámbito de las competencias de esta consellería en el sector del transporte, se hace necesario distinguir:

A) Servicios públicos de transporte regular de viajeros de uso general por carretera: están afectadas por la huelga las concesiones de servicio público de transporte regular de viajeros por carretera de uso general relacionadas en el anexo I.

Dentro de la regulación de los servicios mínimos del servicio público de transporte regular de uso general de viajeros por carretera se diferencia, por un lado, los servicios correspondientes a las expediciones integradas, en los que existe una reserva de plaza a favor de escolares en aplicación de la Ley 2/2017, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación, y en las que se establecen como servicios mínimos las expediciones con una longitud superior a cuatro (4) kilómetros.

Por otro lado, respecto del resto de expediciones no integradas, se diferencian los servicios de proximidad, con una longitud inferior a veinticinco (25) kilómetros, en los que, en las franjas horarias de la primera y última hora del día, de las 6:00 a las 9:00 horas y de las 18:00 a las 21:00 horas, se establecen como servicios mínimos el 50 % de las expediciones existentes; los servicios periurbanos prestados en el ámbito de ciudades que, contando con la obligación legal de prestación del servicio de transporte colectivo, carecen del mismo, con el mismo porcentaje del 50 % respecto de las expediciones existentes a lo largo de la jornada; y las expediciones no integradas de longitud superior a veinticinco (25) kilómetros con origen o destino en alguna de las siete ciudades, en las que se mantiene una expedición de ida y otra de vuelta en los servicios con salida anterior a las 14:00 horas y posterior a las 18:00 horas.

Atendiendo a los anteriores criterios, el volumen de servicios públicos de transporte regular de uso general por carretera que se deberán prestar en todo caso como servicios mínimos se sitúa en el entorno del 57 % respecto de los que correspondería prestar en condiciones normales, reduciéndose a menos del 31 % en el caso de los servicios públicos regulares de viajeros de uso general por carretera que no tienen el carácter de servicios integrados.

De acuerdo con lo anterior, los servicios mínimos para la jornada de huelga del viernes 27 de septiembre se señalan en el anexo II de este decreto.

B) Servicios regulares de uso especial para transporte de escolares: el campo de estos servicios resulta especialmente sensible, tanto por ser el transporte un mecanismo auxiliar para el ejercicio de un derecho fundamental, como es el de la educación, como por las especiales exigencias que implica la protección a los menores.

Del mismo modo, la dispersión de la población en Galicia determina que, diariamente, se tenga que realizar una significativa cantidad de desplazamientos para los que no existe alternativa real de movilidad, por lo que el mantenimiento de los servicios de transporte público resulta fundamental.

Con la finalidad de ponderar la garantía del esencial derecho a la huelga de los trabajadores y trabajadoras, junto con la garantía del igualmente elemental derecho de acceso al sistema educativo, deberán mantenerse como esenciales los servicios de entrada a los centros desde las 7:30 hasta las 10:30 horas, y los de salida desde las 13:30 a las 19:00 horas, en los itinerarios de transporte escolar de estudiantes de niveles de enseñanza obligatoria cuya longitud total sea superior a 4 kilómetros.

C) Servicios regulares de uso especial para transporte de trabajadores: con el fin de garantizar la llegada y la salida de los puestos de trabajo en aquellos servicios de carácter interurbano en que la ausencia de una previsión mínima quebraría toda posibilidad de acceso al trabajo, se proponen como mínimos todos los servicios en las expediciones anteriores a las 9:00 horas y posteriores a las 18:00 horas.

D) Servicios de transporte público regular de uso especial de usuarios de centros socioasistenciales para la atención diurna de personas mayores en situación de dependencia o grave riesgo de padecerla y de centros de atención a personas con discapacidad: debido a la especial necesidad de protección de las personas usuarias de los centros de día para personas mayores y centros de atención a personas con discapacidad, equipamientos destinados a la atención de personas con pérdida de su autonomía física o psíquica y en situación de dependencia o en grave riesgo de padecerla que, residiendo en sus propios hogares, por su vulnerabilidad precisan de una serie de cuidados y atenciones de carácter personal, terapéutico o social, se mantendrán como esenciales los servicios de entrada a los centros desde las 8:00 horas hasta las 11:30 horas, y los de salida desde las 16:30 horas hasta las 20:00 horas, así como los traslados del centro ocupacional «O Saiar» de Caldas de Reis, en horario de las 6:00 a las 8:45 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas.

E) Transporte de mercancías: en este ámbito debe tenerse en cuenta la dependencia que de este tipo de transporte tienen los servicios de asistencia sanitaria, que no pueden afrontar una falta de suministro suficiente de los productos precisos para la atención a la ciudadanía.

En consecuencia, se propone mantener la totalidad de los transportes de toda clase de mercancías para y desde los establecimientos sanitarios.

F) Transporte funerario: por las necesidades sociales inaplazables que atiende esta modalidad de transporte, deberá mantenerse la totalidad de los servicios de transporte funerario.

• En el marco de las competencias atribuidas a la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático, resulta necesaria la fijación de servicios mínimos en la Sociedad Gallega del Medio Ambiente, empresa que tiene encomendada la gestión de los residuos sólidos urbanos a partir de su depósito en las estaciones de transferencia o plantas de tratamiento, ya que la parada de las instalaciones centrales de Sogama (motores, calderas y turbinas) y plantas de transferencia, en caso de que no se fijasen servicios mínimos, imposibilitaría directamente la prestación de los servicios esenciales, lo que ocasionaría graves consecuencias ambientales y de salud pública, y desde la base de que estos servicios mínimos afectan a un menor personal que el que estaría operativo en sábados, domingos o festivos.

En el ámbito de las competencias de meteorología y cambio climático de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático, es necesario establecer unos servicios mínimos en el ámbito de la modelización numérica asociada al servicio que presta MeteoGalicia. Las funciones que se desarrollan son las de ejecutar modelos matemáticos precisos para elaborar la predicción meteorológica, por lo que es preciso fijar unos servicios mínimos que garanticen la predicción meteorológica tanto en el turno de mañana como en el de tarde, ya que los modelos se ejecutan dos veces al día.

En el ámbito de competencias de la conservación del patrimonio natural, es precisa la fijación de unos servicios mínimos que garanticen el adecuado desarrollo de la gestión de los recursos naturales y cinegéticos, y se considera indispensable la presencia de personal de los espacios naturales protegidos y de la biodiversidad, dada la especial protección que requieren tanto los bienes como los recursos naturales existentes en estos espacios.

Asimismo, también se han tenido en cuenta las necesidades mínimas de funcionamiento, sin colapso, de los centros de recuperación de la fauna salvaje, piscifactorías y demás centros de fauna. Constituye esta propuesta el personal mínimo para poder cubrir las contingencias que puedan acontecer en cada distrito, parque natural y en los centros de trabajo de la Conselleria que, por sus características especiales, precisen de una atención instantánea.

En lo que atañe al ámbito concreto del Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia, se hace necesario fijar unos servicios mínimos que puedan atender una eventual situación de urgencia en los usos autorizados en el mismo, teniendo en cuenta que son cuatro archipiélagos (Cíes, Ons, Sálvora y Cortegada). Finalizada la temporada de verano ya no opera el servicio público de transporte regular a las islas, por lo que para garantizar los desplazamientos del personal es preciso fijar servicios mínimos en la tripulación.

• En el ámbito de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, por lo que se refiere al servicio esencial de la educación, este no puede ser reducido exclusivamente a la actividad docente, ya que junto a esta actividad se realizan otras funciones, como son la vigilancia y cuidado de los niños y niñas, menores de edad, que acuden a los centros docentes públicos, así como el cuidado, mantenimiento y vigilancia de las instalaciones destinadas al servicio público educativo.

Con carácter general, el artículo 39 de la Constitución depara una protección especial a los menores; de un modo más específico, la Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa (DOG de 15 de julio), dispone en su artículo 7 que el alumnado tiene derecho a que se respete su identidad, integridad y dignidad personal, y a la protección integral contra toda agresión física y moral. Por lo tanto, la custodia y seguridad de los menores de edad que accedan a un centro docente, así como el cumplimiento de los principios constitucionales mencionados y de los derechos citados, es responsabilidad ineludible de esta Administración educativa y parte indivisible del derecho esencial a la educación.

El derecho a la seguridad y el correlativo deber de protección de los menores, dada su entidad, debe ejercerse continuamente. Como servicio mínimo para garantizarlos se establece que los centros docentes permanezcan abiertos en su horario habitual, con la necesaria presencia en dichos centros del/de la director/a o, en su caso, de otro miembro del equipo directivo que lo/la sustituya, ya que tales miembros del equipo directivo tienen la representación del centro y garantizan el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes, como señalan los apartados a) y d) del artículo 132 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y por lo tanto están capacitados y facultados para resolver cualquier incidencia respecto de la seguridad de los menores de edad. Asimismo, de conformidad con la normativa citada, el/la directora/a también está facultado/a y capacitado/a para resolver cualquier incidencia que se pueda producir respecto del conjunto de los bienes que integran un centro docente.

La presencia de un subalterno o subalterna se deriva de las funciones que a este tipo de personal compete respecto del cuidado y vigilancia de las instalaciones y del control de entrada y salida del centro educativo, tanto para evitar la entrada de personas ajenas al centro como para evitar la salida de los menores de edad cuando no les corresponda.

Dentro del deber de otorgar protección básica al menor de edad debemos incluir su alimentación; así, cuando un servicio público asume esta responsabilidad, no puede desatenderla, lo que motiva que una persona con funciones de cocina deba permanecer en los centros educativos ordinarios con servicio de comedor.

El derecho a la seguridad y el correlativo deber de protección de los menores, que, como se dijo, no puede ser paralizado, incluye la actividad básica de cuidar la integridad física e higiene de aquellos que por tener disminuidas sus capacidades necesitan una constante vigilancia y atención (artículo 49 de la Constitución) por parte de cuidadores de alumnado con necesidades educativas especiales presentes en los centros docentes ordinarios. El alumnado de los centros de educación especial tiene unas necesidades relativas a su atención aun más reforzadas, por lo que debe haber una presencia mínima de personal sanitario y de personal cuidador, de comedores y de limpieza.

Los centros residenciales docentes tienen como característica propia la presencia del alumnado fuera del horario lectivo para realizar actos de la vida cotidiana que el resto hace en su domicilio particular, como estudiar, dormir o comer. En estos centros debe quedar garantizada, por lo tanto, la atención mínima para que esas actividades no se puedan ver alteradas con riesgo o desatención para los usuarios del servicio; se trata de garantizar mínimamente la higiene, la alimentación y la seguridad, razón por la cual resulta necesaria la presencia de un miembro del equipo directivo, así como de parte del personal de limpieza, de comedor y subalternos.

• En el ámbito de la Consellería de Política Social e Igualdad se toma en consideración para determinar los servicios mínimos la necesidad de la presencia efectiva que garantice el funcionamiento de los centros, teniendo como referencia para los centros asistenciales el número de efectivos presentes en un día festivo por ser estos los días en que la prestación de servicios y la realización de actividades, así como el número de usuarios, alcanzan sus niveles mínimos, y se limitarán al mantenimiento básico y esencial de los centros, el cual no puede ser desatendido. Estos servicios mínimos fijados en el ámbito de los servicios sociales se consideran imprescindibles para garantizar una atención adecuada a las personas residentes o usuarias de estos centros, máxime cuando es necesario dar una respuesta inmediata a las diferentes situaciones de emergencia social.

• En el ámbito de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, a través del Servicio de Listas de Contratación Temporal, realiza diariamente las coberturas con carácter temporal de puestos reservados tanto a personal funcionario de las administraciones general y especial como de los reservados al personal laboral de la Xunta de Galicia.

Los puestos que se provén temporalmente corresponden, entre otros, a personal no docente de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, a inspectores veterinarios dependientes de la Consellería de Sanidad y a personal de los centros asistenciales de la Consellería de Política Social e Igualdad.

Dado que dentro de la actividad de estos ámbitos se producen diariamente situaciones que motivan la cobertura urgente de los puestos por no ser previsibles con la antelación suficiente, y que es necesario dar respuesta a la misma de modo urgente para evitar graves perjuicios en el funcionamiento y/o prestación del servicio público, es necesario establecer los servicios mínimos que se concretan en el articulado.

En el ámbito de la Agencia Tributaria de Galicia se hace necesaria la fijación de servicios mínimos para garantizar el funcionamiento del sistema de cita en los servicios centrales y en sus delegaciones, ya que el día de la huelga puede coincidir con el último día para:

– La presentación de los impuestos que gestiona esta agencia (el ISD tiene seis meses o un mes, según los casos, para presentarse; el ITPAJD tiene un mes para presentarse), que necesariamente, según la normativa vigente, tiene que realizarse para los sujetos pasivos no obligados a relacionarse electrónicamente con la Atriga de modo presencial en nuestras delegaciones, sin que quepa su presentación por Registro General según regulan sus órdenes.

– Aportar un certificado de estar al corriente con las obligaciones con la Xunta de Galicia en relación con solicitudes de ayudas, subvenciones o procedimientos de contratación, que se emiten de modo presencial únicamente en las dependencias de esta agencia.

Finalmente, Redes de Telecomunicación Gallegas Retegal, S.A. garantiza la atención de emisores y reemisores para conseguir la cobertura de la señal de comunicación audiovisual, la continuidad de la red de emergencias y la conectividad de la Xunta de Galicia.

Redes de Telecomunicación Gallegas Retegal, S.A. es la sociedad mercantil pública autonómica cuyo objeto social, de acuerdo con sus estatutos, es:

«1. [ … ] la realización de actividades dirigidas a la prestación de servicios en materia de telecomunicaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia, para las cuales obtendrá los títulos habilitantes que sean necesarios en cada caso.

Asimismo, tendrá por objeto tanto la planificación, instalación, gestión, mantenimiento y explotación de infraestructuras, sistemas y servicios de telecomunicaciones en Galicia como la elaboración de propuestas, análisis y estudios relacionados con las telecomunicaciones que correspondan a la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. En particular, constituirán parte de su objeto social las siguientes actividades:

a) La promoción, planificación, diseño, construcción, conservación, mantenimiento, dotación de equipamiento y explotación, por sí misma o mediante terceros, de toda clase de infraestructuras y servicios de telecomunicaciones que sean promovidas por la Comunidad Autónoma de Galicia o en que esta participe, vinculadas al ámbito de las telecomunicaciones».

Para el desarrollo de sus funciones, Retegal cuenta con seis (6) centros emisores:

– San Marcos-O Pedroso-Santiago de Compostela (A Coruña); A Bailadora-Ares (A Coruña); Domaio-Moaña (Vigo); O Xistral-Vilalba (Lugo); O Páramo-Sarria (Lugo); y A Meda-Montederramo (Ourense).

Así como con un Centro de Gestión y Atención de Red (Cexar).

Los trabajadores prestan servicios en estos centros, ininterrumpidamente, 24 horas al día, los 365 días del año, en horario presencial en el Cexar. En los centros emisores se prestan servicios ininterrumpidamente las 24 horas del día, los 365 días del año, y parte son en horario presencial y parte en disponibilidad (guardias).

Resultan necesarios la presencia o el atendimiento (disponibilidad) de los referidos centros permanentemente con la finalidad de asegurar las prestaciones de servicios contratadas.

A mayor abundamiento, Retegal, contractualmente, tiene cláusulas de penalización por indisponibilidades en la prestación de los servicios que realiza.

Por los servicios esenciales que presta Retegal, que no son objeto de discrepancia y que se justifican en la nota de la SETSI sobre la huelga general del 29 de septiembre de 2010, en el centro de San Marcos, en las oficinas centrales de Retegal, los sábados, domingos y festivos siempre hay un/una ingeniero/a del departamento técnico de guardia (soporte nivel 2), imprescindible para atender las incidencias que no pueden ser resueltas por el personal de los centros emisores.

La inclusión de cuatro técnicos/as en el Cexar obedece a que el horario de la jornada de huelga comienza a las 00:00 horas, y se incluye, por tanto, el personal que inicia su jornada el día anterior a las 22:30 horas.

• En la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, en el ámbito de la materia de infraestructuras viarias, la Comunidad gallega se caracteriza por la dispersión de su población y por la existencia de innumerables asentamientos de población (más de 30.000 entidades de población en el conjunto de los 313 municipios gallegos) distribuidos en un territorio caracterizado por su difusión geográfica y atendidos por una extensa red de infraestructuras de diversa escala.

Garantizar su utilización por la ciudadanía en condiciones de normalidad exige, por un lado, mantener las carreteras en unas condiciones mínimas que garanticen el funcionamiento de las infraestructuras con las debidas condiciones de seguridad para sus usuarios y usuarias, y de otro, permitir su utilización de acuerdo con los principios de igualdad, universalidad y no discriminación, posibilitando, de este modo, la libertad de circulación y, junto a esta, el acceso al ejercicio de otros derechos fundamentales, como el acceso a los servicios de salud o la libertad de elección entre el ejercicio al derecho de huelga y el derecho al trabajo.

En este marco, en las vías de alta capacidad en régimen de concesión y en aquellas cuya contraprestación sea el pago de una tarifa por parte de la Administración debe prestarse el servicio en unas condiciones mínimas que garanticen el funcionamiento de las infraestructuras con las debidas condiciones de seguridad, y se considera indispensable la presencia de personal en los centros de control, así como la existencia de personal que actuará cuando se prevean circunstancias adversas de cualquier tipo: emergencias o situaciones excepcionales derivadas de accidentes, posibilidad de obstáculos en la carretera o desprendimientos, presencia de animales en la vía, circulación de vehículos con cargas peligrosas, fenómenos meteorológicos (nieve, hielo, granizo, lluvia), etc.

Por su parte, y al respecto de la conservación ordinaria de las carreteras de titularidad autonómica que no se gestionen bajo el régimen de concesión, por parte de las empresas adjudicatarias de los contratos de servicio para la conservación ordinaria también se considera indispensable la existencia de personal que actuará cuando se prevean circunstancias adversas de cualquier tipo: emergencias o situaciones excepcionales derivadas de accidentes, posibilidad de obstáculos en la carretera o desprendimientos, presencia de animales en la vía, circulación de vehículos con cargas peligrosas, fenómenos meteorológicos (hielo, granizo, lluvia), etc. En ambos casos, tanto las empresas concesionarias como las empresas adjudicatarias de servicio en vías explotadas por la Administración atenderán a las necesidades, para lo que establecerán las medidas preventivas y correctivas y la transmisión de información sobre ellas, a cuyo efecto adoptarán las medidas precisas para atender adecuadamente las incidencias acaecidas durante las horas en que tenga lugar la huelga convocada.

De igual modo, se considera necesario que en las áreas de peaje de las autopistas A Coruña-Carballo (AG-55) y Puxeiros-Val Miñor (AG-57), en que no existen vías automáticas, permanezca operativa una vía manual, dado que de otra forma se impediría la circulación de vehículos por esos trechos.

• En lo que respecta a la Consellería de Sanidad, los servicios mínimos que se establecen resultan totalmente necesarios para mantener la adecuada cobertura de los servicios esenciales que presta la Consellería de Sanidad, evitando que se produzcan graves perjuicios para la salud de los/las ciudadanos/as y permitiendo cumplir con la normativa vigente.

Tales servicios mínimos responden a la necesidad de compatibilizar el respeto ineludible al ejercicio del derecho a la huelga con el mantenimiento de una serie de servicios a la población, que bajo ningún concepto pueden quedar desasistidos, ya que se realizan en el ámbito de la protección de la salud, con un carácter marcadamente preventivo, y deberán ser prestados teniendo en cuenta las obligaciones que el marco normativo vigente, en el contexto europeo, nacional o autonómico, establece en materia ambiental y alimentaria con el objetivo de proteger la salud de los ciudadanos y ciudadanas. En el ámbito sanitario, los servicios deben garantizar el cumplimiento de las normas esenciales para asegurar el control de cualquier incidencia que se pueda producir en los establecimientos y servicios de salud ambiental o alimentaria.

En cuanto a la inspección de salud pública, se cubrirán las necesidades urgentes o de perentoria necesidad, tanto en los servicios centrales como en los periféricos, así como actuaciones especiales en el marco de sus competencias, dado que fueron designados como servicios esenciales en la emergencia sanitaria actual.

Los/Las inspectores/as veterinarios/as oficiales de salud pública de comarca cubrirán las necesidades urgentes o de perentoria necesidad de su ámbito, entre las cuales se encuentran alertas de nivel I, intoxicaciones alimentarias, brotes y actuaciones especiales en establecimientos y servicios en el marco de las competencias de la Consellería de Sanidad.

Los/Las inspectores/as veterinarios/as de salud pública de matadero cubrirán las situaciones especiales derivadas de las urgencias que se puedan producir, entre las cuales se encuentran las de bienestar animal, las de desabastecimiento que se puedan producir por festividades locales en el día anterior o posterior al día de la huelga y otras de semejante naturaleza.

Los/Las inspectores/as veterinarios/as de salud pública de lonja asegurarán la calidad sanitaria de los productos que son objeto de inspección.

Los/Las inspectores/as farmacéuticos/as de salud pública cubrirán las necesidades urgentes o de perentoria necesidad, entre las cuales se encuentran alertas, casos aislados de legionela, brotes y actuaciones especiales en establecimientos y servicios en el marco de sus competencias.

En cuanto a las alertas epidemiológicas, el objetivo principal es el de detectar rápidamente aquellas amenazas y situaciones que puedan tener un impacto grave en la salud de la población y requieran la toma de medidas de modo rápido, con la finalidad de dar una respuesta de salud pública adaptada a la situación, por lo que la persona que esté de guardia en esta fecha cubrirá los servicios mínimos.

Es por lo tanto que se considera imprescindible la presencia de estos/as trabajadores/as como servicio esencial.

• En el ámbito de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud se toma en consideración, para determinar los servicios mínimos, la necesidad de la presencia efectiva que permita garantizar el funcionamiento de sus residencias juveniles y mantener las necesidades básicas de las personas residentes durante la huelga.

• En el ámbito de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración se toma en consideración, para determinar los servicios mínimos, la necesidad de la presencia de personal técnico en seguridad y salud laboral que garantice el inmediato desplazamiento y las actuaciones necesarias para la investigación en el caso de recibir comunicación de un siniestro laboral grave o mortal y de conformidad con el sistema preestablecido de guardias provinciales, por tener carácter esencial.

En cuanto a la seguridad y salud laboral, el mínimo imprescindible para cubrir las necesidades urgentes es contar con 1 técnico/a de prevención de riesgos laborales por cada uno de los centros provinciales del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Galicia, o bien con el/la jefe/a del centro territorial de la provincia.

La dotación que prestarán los servicios mínimos corresponden a los/las funcionarios/as que presten el servicio de guardia.

• En lo que respecta a la Consellería del Medio Rural, a la Subdirección General de Ganadería le corresponde, entre otras funciones, realizar el análisis y planificación de la ejecución y seguimiento de los programas de prevención, lucha, control, vigilancia y erradicación de las enfermedades de los animales, epizootias y zoonosis, así como de las alertas sanitarias animales, y otras medidas para el establecimiento de garantías sanitarias y de la trazabilidad de las producciones ganaderas.

El Servicio de Sanidad Animal, adscrito a la Subdirección General de Ganadería, tiene entre sus funciones la ejecución y seguimiento de los programas de prevención, lucha, control, vigilancia y erradicación de las enfermedades animales, epizootias y zoonosis, y la gestión de las alertas sanitarias de los animales.

Al Laboratorio de Sanidad y Producción Animal de Galicia, con nivel orgánico de servicio, le corresponde la realización de análisis y estudios de investigación en relación con la sanidad e higiene de los animales, de las producciones ganaderas y de los medios de producción ganaderos; la coordinación de las actuaciones realizadas por los laboratorios de sanidad animal de Mabegondo (A Coruña) y Salcedo (Pontevedra), integrados en un sistema de la calidad único; y el control de aquellos laboratorios privados reconocidos por la consellería y dedicados a las materias señaladas.

Al Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia, con nivel orgánico de servicio, le corresponde la elaboración y el desarrollo de los programas de conservación y fomento de todas las razas autóctonas gallegas en peligro de extinción. En el marco de estos programas de fomento, el centro cuenta con los rebaños fundacionales de las razas bovinas en peligro de extinción, formado por cerca de 300 animales, así como unidades de la gallina de Mos.

En el marco de los órganos periféricos, e integrados en las jefaturas territoriales de la Consellería del Medio Rural, el servicio de ganadería de cada provincia ejerce en el respectivo ámbito territorial las funciones de la Subdirección General de Ganadería de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias. Asimismo, le corresponde la coordinación de las actuaciones de los servicios técnicos veterinarios de la estructura de área y comarcal.

El personal de las oficinas rurales, que en el caso de los servicios veterinarios oficiales se agrupa en áreas veterinarias, tiene como funciones la ejecución, en su ámbito territorial, de las actuaciones de la consellería en materia agraria. En el marco de las competencias de la Consellería del Medio Rural, la existencia actual en Galicia de enfermedades animales de declaración obligatoria transmitidas por vectores (lengua azul, enfermedad hemorrágica epizoótica), así como el riesgo de aparición de alguna otra de las enfermedades de los animales que, por su gran difusibilidad y patogenicidad, están incluidas en el listado de enfermedades de declaración obligatoria en la UE, exige disponer de un sistema de alerta sanitaria veterinaria, que incluye los protocolos de organización y actuación en el caso de sospecha de la aparición de alguna de estas epizootias.

La sospecha en un momento determinado de la existencia de determinadas enfermedades animales, como pueden ser la fiebre aftosa, la peste porcina clásica y africana, la peste equina africana, la gripe aviaria, la peste de los pequeños rumiantes, la peste bovina, la viruela ovina y caprina, la fiebre del Nilo Occidental y muchas otras, así como la existencia actualmente en la Comunidad de casos de lengua azul o enfermedad hemorrágica epizoótica, exige la realización inmediata, y sin posibilidad de demora, por parte de los servicios veterinarios oficiales de determinadas actuaciones que son de urgente e inaplazable aplicación: la visita de la explotación o explotación afectadas, la toma de muestras de los animales sospechosos, la realización de la correspondiente encuesta epidemiológica para determinar el origen y extensión de la enfermedad, la restricción de movimientos de los animales, el control de movimientos de vehículos (con el apoyo de las fuerzas de seguridad) en las zonas próximas a las explotaciones afectadas o el envío inmediato de las muestras a los laboratorios de confirmación de la enfermedad en cuestión.

En este mismo marco, y por la necesidad de disponer de modo permanente de servicios veterinarios oficiales que aborden estas actuaciones, ante determinadas situaciones cuya resolución resulte inaplazable por razones de la salvaguarda de la sanidad o del bienestar de los animales, o de la seguridad alimentaria en las producciones ganaderas, en su día se firmó el Acuerdo para la ordenación y mejora de la prestación de servicios veterinarios oficiales en el ámbito de la Xunta de Galicia, que recoge específicamente el régimen de prestación de los servicios veterinarios del Sistema de atención continuada y de alerta veterinaria de la Consellería del Medio Rural, que define la organización para la prestación efectiva de los servicios veterinarios fuera de los horarios habituales a través del «Sistema de atención continuada y de alerta veterinaria».

Aunque este acuerdo se refiere a todas aquellas actuaciones que se llevan a cabo fuera de la jornada habitual de trabajo, refleja la importancia de disponer de un sistema de alerta continuada, que debe funcionar incluso durante la jornada habitual de trabajo, mediante el cual se aborden de modo inmediato todas aquellas medidas de inaplazable aplicación para detectar y controlar una epizootia grave. De este modo, en él se establece:

– La existencia de turnos de localización, tanto en las tardes como en los fines de semana y festivos, y tanto en los servicios provinciales como en las áreas veterinarias y en los laboratorios de sanidad animal.

– La posibilidad de determinar la adaptación y prolongación horaria de los servicios veterinarios oficiales de los servicios provinciales o comarcales ante la constatación de circunstancias imprevistas cuya resolución resulte inaplazable por razón de la salvaguarda de la sanidad o del bienestar de los animales, o de la seguridad alimentaria de las producciones ganaderas.

– La posibilidad de que la persona directora del Lasapaga, ante situaciones de especial gravedad para la sanidad animal que requieran una actuación urgente del personal del laboratorio con el objeto de dictaminar en el menor espacio de tiempo posible sobre una muestra recibida, pueda ordenar que el personal funcionario destinado en el área que deba realizar el dictamen adapte su horario a la necesidad sobrevenida.

Por otra parte, en el Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia resulta necesario establecer una dotación mínima de personal que asegure el manejo, el cuidado y la alimentación de los animales.

Los servicios mínimos que se establecerán en este contexto responden, por un lado, a la necesidad imperiosa de mantener activo el Sistema de alerta sanitaria veterinaria, y, por otro, a atender de modo inexcusable los animales existentes en el Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia, y son determinados en el menor grado posible en los siguientes termos:

– Una única persona veterinaria en el Servicio de Sanidad de los servicios centrales para realizar todas las labores de coordinación en el caso de aparición de una grave epizootia, o para realizar gestiones respecto a las existentes tanto con los servicios provinciales de Ganadería como con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

– Una única persona en cada uno de los servicios provinciales de Ganadería para, en su caso, realizar la oportuna coordinación en el ámbito provincial, tanto con los servicios veterinarios comarcales como con los servicios centrales.

– Una única persona veterinaria por cada una de las áreas veterinarias de Galicia para, en caso necesario, realizar las oportunas actuaciones en la explotación o explotaciones afectadas en las mismas.

– Una única persona veterinaria en el Laboratorio de Sanidad y Producción Animal de Galicia (Lugo) para cubrir la necesidad de recibir las muestras que pudiesen existir en una alerta sanitaria. Resulta evidente que es muy posible que una única persona no pudiese realizar de modo efectivo los análisis, pero sí podría recibir estas muestras en el laboratorio y, en caso de urgente necesidad, derivarlas a los laboratorios nacionales de referencia.

No se han establecido servicios mínimos en los restantes laboratorios (Mabegondo-A Coruña y Salcedo-Pontevedra).

– Dos personas, con la categoría de oficial/a de 2ª agrario, para asegurar los cuidados, manejo y alimentación de los animales del Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia.

El número total de personas veterinarias nombradas en servicios mínimos en toda la Comunidad es de 21, y el número de personas oficial/a de 2ª agrario es de 2. En ninguna de las unidades señaladas se establecen servicios mínimos para personal administrativo ni auxiliar de laboratorio, ni de ningún otro tipo.

En el ámbito del Servicio de Prevención y Defensa contra los Incendios Forestales, de la Dirección General de Defensa del Monte, debido a la época de alto riesgo de incendios en la que nos encontramos, los servicios mínimos estarán formados por el 100 % del personal del operativo que se encuentra de servicio en el cuadrante.

Este dispositivo comprende los servicios prestados en los centros de coordinación central y en los cuatro centros de coordinación provincial de cada una de las cuatro provincias, así como los servicios prestados en cada uno de los diecinueve distritos forestales.

– La Avincis-Demontes Coordinación Xunta de Galicia, UTE Helicópteros de Galicia, UTE Airworks-Rebofosa 2023, y la empresa Planificación y Soluciones Aéreas, S.L.U., deberán garantizar que las aeronaves que afectan al Servicio de Prevención de Incendios Forestales prestarán el servicio contratado ajustado a los servicios mínimos fijados por la Xunta de Galicia en este ámbito durante la jornada de huelga.

En los centros de formación y experimentación agroforestales dependientes de la Agencia Gallega de Calidad Alimentaria es necesario nombrar al menos un responsable de la apertura del centro para garantizar el derecho de asistencia de las personas usuarias. Los centros que tienen el servicio de internado (Sergude y Lourizán) deberán disponer al menos de un/una cocinero/a y, en su caso, personal de limpieza. Además, en aquellos centros que tienen ganado a su cuidado (Sergude y Pedro Murias) deberá designarse el personal necesario e imprescindible para su cuidado y atención.

En los centros de investigación y estaciones experimentales dependientes que, por su carácter y actividad propias, tienen actividades de investigación agraria en curso y ganado a su cuidado, deberá designarse el personal necesario e imprescindible para el mantenimiento de los cultivos y ganado.

• Finalmente, en relación con la Consellería del Mar, los servicios mínimos establecidos por esta consellería se fundamentan en los siguientes motivos:

A. Centros de enseñanza:

En los centros educativos con el alumnado en régimen de internado es preciso un mínimo de personal que mantenga la atención que se debe prestar a los/las residentes.

Los dos centros de enseñanza dependientes de esta consellería en los que se propone fijar servicios mínimos, el IPMP de Vigo y el EONP de Ferrol, tienen durante los días lectivos de la semana servicio de residencia y comedor, pero los sábados, domingos y festivos permanecen cerrados. Existe un servicio de vigilancia exclusivamente de dos horas los domingos y los festivos que son víspera de días lectivos, que tienen como misión abrir el centro y permanecer en el para recibir a los/las residentes mientras no empieza el turno de el/la educador/a.

Los/las educadores/as desarrollarán su traballo por turnos, de lunes a viernes en horario de mañana, tarde y noche. En ausencia de un servicio de vigilancia se hace necesario garantizar que al menos un/una educador/a esté presente de manera permanente para control y servicio del alumnado residente.

B. Servicio de Guardacostas de Galicia.

La vigilancia pesquera no solo es necesaria para mantener el control del sector con la finalidad de ofrecer una efectiva protección de los recursos marinos, sino que también colabora en tareas y actuaciones de salvamento y rescate marítimo cuando las necesidades así lo exigen. Así pues, los servicios mínimos deben cubrir de modo efectivo el área de busca y salvamento marítimo y lucha contra la contaminación del mar en Galicia, dada la imposibilidad de que tal servicio quede desatendido, por la transcendencia que esta actividad tiene en el salvamento de vidas y en la protección y prevención de contaminaciones marinas.

El Servicio de Guardacostas de Galicia está operativo las 24 horas del día, los 365 días del año, sin que se diferencien los servicios establecidos para festivos, sábados y domingos de los programados para el resto de días laborables. Las emergencias, de producirse en el día fijado para la huelga, pueden ser atendidas garantizando una tripulación (compuesta por un/una patrón/ona, un/una mecánico/a y un/una vigilante marinero/a) por provincia, en las bases operativas de A Coruña, Celeiro y Pontevedra.

C. Ente Público Portos de Galicia:

Los puertos, que comenzaron como puntos de descarga de mercancías y pesca, evolucionaron hasta convertirse en unos complejos industriales y mercantiles donde se llevan a cabo numerosas actividades productivas y administrativas, y asimismo realizan una función de desarrollo regional, permitiendo la localización y promoción de otras industrias, y social, en beneficio de la comunidad concentrada en su zona de influencia.

En Galicia, el funcionamiento y la evolución del sistema portuario tienen una especial importancia, ya que las actividades relacionadas con el mar representan un factor fundamental en su estructura socioeconómica, y no en vano más del 60 % de la población total de las provincias de A Coruña, Lugo y Pontevedra reside en ayuntamientos que cuentan con instalaciones portuarias, y una gran parte de esa población desarrolla actividades directa o indirectamente relacionadas con el sector marítimo.

Los puertos autonómicos que tienen una fuerte actividad comercial, pesquera y náutico-recreativa, tales como los de Ribadeo, Burela, Celeiro, Cariño, Laxe, Brens-Cee, A Pobra do Caramiñal y Ribeira, están sujetos al código internacional de protección de instalaciones portuarias y buques frente a actos terroristas y de atentado a instalación críticas, código PBIP, así como también puertos pesqueros de primer orden e instalaciones náuticas a lo largo de toda la franja costera gallega, que abarca más de 65 ayuntamientos; todo lo anterior implica el control del tránsito de buques, embarcaciones y pasajeros exteriores. Todas ellas son actividades portuarias con relevante impacto en las comarcas del área de influencia de estos puertos, y exigen que el responsable, jefe/a de zona, se relacione con diversos departamentos de la Xunta y de otras administraciones, con ayuntamientos, con capitanías marítimas dependientes de la Dirección General de la Marina Mercante o con los diferentes concesionarios y empresariado en relación con los servicios portuarios; además, considerando el elevado número de puertos de cada zona territorial de puertos y su dispersión en cientos de kilómetros, resulta preciso que los/las jefes/as de zona sean asistidos/as por un mínimo de personal guardamuelles que garantice la posibilidad de desplazarse a los puertos de modo presencial a efectos de control y de policía administrativa de la actividad de los mismos.

Por lo tanto, se considera esencial que se mantenga desde la jefatura, con el mínimo apoyo de un máximo de 2 guardamuelles en la zona centro y sur y de 1 en la zona norte, la capacidad de relación, decisión e inspección in situ de los puertos ante cualquier incidencia que afecte a los puertos gestionados por Puertos de Galicia.

Puertos de Galicia no tiene servicios ordinarios (ni de oficinas ni en los puertos) los sábados y domingos; aunque para casos de incidencias en los puertos en días festivos, sábados o domingos sí se acostumbra a actuar desde los cargos de gobierno del organismo, a través de instrucciones a los tres jefes de zona territorial de Puertos, que a su vez disponen la actuación de los guardamuelles adscritos a cada zona de Puertos.

En su virtud, de acuerdo con la normativa citada y con los argumentos expuestos, vistas las propuestas de las consellerías y en virtud de las facultades que me confiere el Decreto 136/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes y oído el Comité de Huelga,

DISPONGO:

Artículo único

1) Tendrán la consideración de servicios mínimos los que se relacionan a continuación:

1.1. Presidencia de la Xunta de Galicia.

1.1.1. Agencia de Turismo de Galicia:

1 empleado/a de conserjería, por turno de trabajo, en la residencia del Centro Superior de Hostelería de Galicia (CSHG).

1.1.2. Corporación Radio e Televisión de Galicia, S.A.

I. INFORMATIVOS:

I.I. Documentación y archivo:

2 Documentalistas de mañana y 1 de tarde

I.II. Redacción de la Radio Gallega (redactores/as, locutores/as y auxiliares de redacción)

2 Informadores/as de noche, 3 de mañana y 2 de tarde en San Marcos

1 Informador/a de mañana en la Delegación de A Coruña

1 Informador/a de mañana en la Delegación de Lugo

1 Informador/a de mañana en la Delegación de Ourense

1 Informador/a de mañana en la Delegación de Vigo

I.III. Redacción de Televisión de Galicia (redactores/as, locutores/as y auxiliares de redacción)

11 Informadores/as de mañana y 5 de tarde en San Marcos

1 Informador/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de A Coruña

1 Informador/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Ourense

1 Informador/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Vigo

1 Informador/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Lugo

1 Informador/a de mañana en la Delegación de Madrid

I.IV. Reporteros/as gráficos/as:

6 Reporteros/as gráficos/as de mañana y 1 de tarde en San Marcos

1 Reportero/a gráfico/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de A Coruña

1 Reportero/a gráfico/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Vigo

1 Reportero/a gráfico/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Ourense

1 Reportero/a gráfico/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Lugo

I.V. Tiempo real:

1 Informador/a de mañana y 1 de tarde

I.VI. Medios de producción:

I.VI.I. Cámaras:

1 Cámara de primera de mañana y 1 de tarde

1 Control de cámara de mañana y 1 de tarde

I.VI.II. Grafismo:

1 Diseñador/a gráfico/a de mañana y 1 de tarde

3 Grafistas-tituladores/as de mañana y 1 de tarde

I.VI.III. Iluminación:

1 Técnico/a de iluminación de mañana y 1 de tarde

1 Iluminador/a de mañana y 1 de tarde

I.VI.IV. Maquillaje:

1 Maquillador/a de mañana y 1 de tarde

I.VI.V. Producción:

3 Personal de producción de mañana y 1 de tarde

I.VI.VI. Realización:

3 Realizadores/as de mañana y 1 de tarde

7 Ayudantes/as de realización de mañana y 5 de tarde

I.VI.VII. Sonido:

2 Técnico/a de sonido de mañana y 2 de tarde

I.VI.VIII. Operadores/as de vídeo:

1 Operador/a montador/a de vídeo de mañana y 1 operador de posproducción de tarde

2 Operadores/as montadores/as de vídeo de ingesta PAM de mañana y 2 de tarde

2 Operadores/as montadores/as de vídeo de ingesta MAM de mañana y 1 de tarde

2 Operador/a montador/a de vídeo de media de mañana y 2 de tarde

1 Operador/a montador/a de vídeo de mañana en la Delegación de A Coruña

1 Operador/a montador/a de vídeo de mañana en la Delegación de Lugo

1 Operador/a montador/a de vídeo de tarde en la Delegación de Vigo

1 Operador/a montador/a de vídeo de mañana en la Delegación de Ourense

II. SOPORTE Y MANTENIMIENTO DE LAS EMISIONES:

II.I. Soporte y mantenimiento de las emisiones:

II.I.I. Continuidad:

2 Operador/a de continuidad de noche, 3 de mañana y 3 de tarde

II.I.II. Emisiones:

2 Productor/a de mañana y 1 redactor/a de mañana

II.II. Grupo soporte:

1 Operador/a de soporte de noche, 2 de mañana y 1 de tarde

II.III. Medios RG:

1 Técnicos/a de control de noche, 4 de mañana y 3 de tarde

II.IV. Operaciones, emisiones y mantenimiento técnico:

1 Técnico/a electrónico/a de primera de mañana y 2 de tarde

2 Técnico/a electrónico/a de primera de mañana 1 de tarde

II.V. Instalaciones:

1 Electricista de noche, 1 de mañana y 1 de tarde

II.VI. Mantenimiento:

1 Ayudante de mantenimiento de mañana y 1 de tarde

II.VII. Almacén de cámaras:

1 Almacenista de mañana y 1 ayudante de mantenimiento de tarde

II.VIII. Servicio de sistemas:

1 Analista-programador/a o técnico de sistemas de mañana y 1 de tarde

1.2. Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.

1.2.1. Servicios centrales:

1.2.1.1. Secretaría General Técnica:

Jefe del Servicio de gestión de infraestructuras administrativas.

Delineante del Servicio de gestión de infraestructuras administrativas.

1 funcionario/a de la oficina del Registro General en cada turno (uno/a por la mañana y otro/a por la tarde).

1.2.1.2. Secretaría General para el Deporte

– Centro Gallego de Tecnificación Deportiva

2 camareros/as-limpiadores/as en el turno de mañana.

3 ordenanzas: 1 en el turno de mañana, 1 en el turno de tarde y 1 en el turno de noche.

1 oficial/a de cocina en el turno de mañana.

2 preceptores/as: 1 en el turno de mañana y 1 en el turno de tarde.

1.2.1.3. Dirección General de Justicia:

1. Tribunal Superior de Justicia

1.1. Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

– 1 gestor/a o tramitador/a que preste servicios en cada una de las respectivas secciones, y 1 auxilio judicial para todas las secciones.

1.2. Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia

– 1 gestor/a o tramitador/a que preste servicios en cada una de las respectivas secciones, y 1 auxilio judicial para todas las secciones.

1.3. Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia

– 1 gestor/a o tramitador/a y 1 auxilio judicial.

1.4. Oficina de Registro y Reparto del Tribunal Superior de Justicia

– 1 gestor/a o tramitador/a y 1 auxilio judicial.

1.5. Secretaría de Gobierno

– 1 gestor/a o tramitador/a.

2. Audiencias provinciales

2.1. Secciones civiles de las audiencias provinciales

– 1 gestor/a o tramitador/a por cada una de las respectivas secciones, y 1 funcionario/a de auxilio por cada 2 secciones o fracción.

2.2. Secciones penales y mixtas de las audiencias provinciales

– 1 gestor/a, 1 tramitador/a, y 1 auxilio por cada una de las respectivas secciones.

2.3. Oficinas de registro y reparto de las audiencias provinciales

– 1 gestor/a o tramitador/a y 1 auxilio judicial.

3. Juzgados

3.1. Juzgados que actúen de guardia

Tendrán que contar con toda la dotación del personal que efectúa el servicio de guardia habitualmente.

3.2. Registros civiles exclusivos

– 2 gestores/as o 2 tramitadores/as para la sección de defunciones, y 2 gestores/as o 2 tramitadores/as para el resto de las funciones del registro.

3.3. Juzgados de primera instancia

– 1 gestor/a o tramitador/a por cada juzgado, y 1 auxilio para cada 2 juzgados o fracción.

– En los juzgados de primera instancia con competencias en materia de familia, 1 gestor/a, 1 tramitador/a y 1 auxilio.

– En los juzgados de primera instancia con competencias en materia de registro civil, 1 gestor/a y 1 tramitador/a.

3.4. Juzgados de lo mercantil (exclusivos)

– 1 gestor/a o tramitador/a para cada juzgado, y 1 auxilio para cada 2 juzgados o fracción.

3.5. Juzgados de instrucción

– Los juzgados de guardia tendrán que contar con toda la dotación del personal que efectúa el servicio de guardia habitualmente.

– En el resto de juzgados: 1 gestor/a o tramitador/a para cada juzgado, y 1 auxilio para cada 2 juzgados o fracción.

– En los juzgados con competencias en materia de violencia sobre la mujer la dotación será: 1 gestor/a, 1 tramitador/a y 1 auxilio.

3.6. Juzgados de lo penal

– 1 gestor/a y 1 tramitador/a para cada juzgado, y 1 auxilio para cada 2 juzgados o fracción.

3.7. Juzgado de menores

– 1 gestor/a o tramitador/a, y 1 auxilio judicial.

3.8. Juzgados de lo contencioso-administrativo

– 1 gestor/a o tramitador/a en cada juzgado, y 1 auxilio para cada 2 juzgados o fracción.

3.9. Juzgados de lo social

– 1 gestor/a o tramitador/a en cada juzgado, y 1 auxilio para cada 2 juzgados o fracción.

3.10. Juzgado de vigilancia penitenciaria

– 1 gestor/a, 1 tramitador/a y 1 auxilio.

3.11. Juzgados exclusivos de violencia sobre la mujer

– 1 gestor/a, 1 tramitador/a y 1 auxilio.

3.12. Juzgados de primera instancia e instrucción de cada localidad

Los juzgados de guardia tendrán que contar con toda la dotación del personal que efectúa el servicio de guardia habitualmente.

En el resto de juzgados:

– En localidades con 2 juzgados: 1 gestor/a y 1 tramitador/a por juzgado, y 1 auxilio compartido con el juzgado de guardia.

– En localidades con 3 juzgados: 1 gestor/a y 1 tramitador/a por juzgado, y 1 auxilio compartido para los 2 juzgados que no estén de guardia.

– En localidades con 4 juzgados: 1 gestor/a y 1 tramitador/a por juzgado, y 1 auxilio para los 3 juzgados que no estén de guardia.

4. Servicios

4.1. Oficinas de registro y reparto de los decanatos

– A Coruña y Vigo: 3 de gestión o de tramitación y 1 auxilio.

– Santiago, Ourense y Pontevedra: 2 de gestión o de tramitación y 1 auxilio.

– Ferrol y Lugo: 1 de gestión o de tramitación y 1 auxilio.

– En los decanatos de los juzgados de primera instancia e instrucción que realizan dichas funciones: 1 gestor/a o tramitador/a.

4.2. Servicios comunes de atención a la ciudadanía y a la víctima

– 1 de gestión o de tramitación

4.3. Servicios comunes de notificación y embargo

– 1 de gestión, 1 de tramitación y 1 auxilio.

5. Fiscalías

Además del personal que le corresponda al servicio de guardia:

– Fiscalía de la Comunidad Autónoma: 1 gestor/a o tramitador/a y 1 auxilio.

– Fiscalías provinciales: 1 gestor/a o tramitador/a y 1 auxilio; y a mayores, 1 gestor/a o tramitador/a para la Fiscalía de Menores.

– Fiscalías de área: 1 gestor/a o tramitador/a y 1 auxilio.

– Secciones territoriales de la Fiscalía: 1 funcionario/a.

6. Imelga

– En cada subdirección del Imelga: el equipo del personal que presta el servicio de guardia y 1 tramitador/a.

7. Juzgados de paz

– 1 gestor/a o tramitador/a.

1.2.1.4. Dirección General de Emergencias e Interior:

2 técnicos/as del Sistema integrado de protección civil y emergencias con tareas de guardia del sistema.

1.2.1.5. Axega.

– La persona titular de la Gerencia de la Axega.

– La persona titular del área del CIAE 112 Galicia.

– 1 persona con funciones administrativas.

1.2.1.5.1. CIAE 112:

– Jefatura de explotación operativa:

Turno de mañana: 1 persona.

Turno de tarde: 1 persona.

Turno de noche: 1 persona localizada.

Comunicación, prensa e imagen.

1 persona localizada en cada turno de trabajo.

– Sección de coordinación:

1 coordinador/a en cada turno de trabajo.

–Sección de enlace:

1 operador/a de enlace en cada turno de trabajo.

–Sección de operación:

Turno de mañana: 6 operadores/as de atención telefónica.

Turno de tarde: 7 operadores/as de atención telefónica.

Turno de noche de las 22:00 horas a las 8:00 horas: 5 operadores/as de atención telefónica.

Turno de noche (N1) de las 22:00 horas a las 2:00 horas: 2 operadores/as de atención telefónica.

– Personal de soporte técnico (informática CIAE 112).

1 informático/a localizado/a en cada turno de trabajo.

1.2.1.6. Dirección General de Movilidad

Servicios mínimos en materia de transporte público regular de personas viajeras de uso general por carretera:

1. Servicios públicos de transporte regular de uso general: los servicios que se relacionan en el anexo II de este decreto y que se refieren al ámbito de los contratos relacionados en el anexo I.

2. Servicios de transporte público regular de uso especial-escolares: los servicios de entrada a los centros desde las 7:30 hasta las 10:30 horas, y los de salida desde las 13:30 hasta las 19:00 horas, en los itinerarios de transporte escolar de estudiantes de niveles de enseñanza obligatoria cuya longitud total sea superior a 4 kilómetros.

Para los servicios de transporte de alumnado de centros de educación especial se consideran esenciales todos los itinerarios existentes en los horarios habituales.

3. Servicios regulares de uso especial para transporte de personas trabajadoras: todos los servicios en las expediciones anteriores a las 9:00 horas y posteriores a las 18:00 horas.

4. Servicios de transporte público regular de uso especial de usuarios de centros socioasistenciales para la atención diurna de personas mayores en situación de dependencia o grave riesgo de padecerla y de centros de atención a personas con discapacidad: los servicios de entrada a los centros desde las 8:00 horas hasta las 11:30 horas, y los de salida desde las 16:30 horas hasta las 20:00 horas, así como los traslados del centro ocupacional «O Saiar» de Caldas de Reis, en horario de las 6:00 a las 8:45 horas, y de las 16:00 a las 18:00 horas.

5. Transporte de mercancías: se mantendrá la totalidad de los transportes de toda clase de mercancías para y desde los establecimientos sanitarios.

6. Transporte funerario: se mantendrá la totalidad de los servicios de transporte funerario.

Las empresas de transporte darán la máxima difusión de los servicios concretos que resulten afectados por esta orden a las personas usuarias a través de aquellos medios que permitan su conocimiento, y en todo caso en los propios vehículos, con antelación al inicio y durante la huelga.

1.2.2. Servicios periféricos

1.2.2.1. Departamento Territorial de A Coruña:

2 funcionarios/as del Registro del edificio administrativo de A Coruña en el turno de mañana.

1 funcionario/a del Registro del edificio administrativo de A Coruña en el turno de tarde.

1 subalterno/a en el turno de mañana.

2 conductores/as en el turno de mañana.

1 funcionario/a del Servicio de Obras para el mantenimiento del edificio administrativo de A Coruña en el turno de mañana.

2 funcionarios/as del Servicio de Justicia en el turno de mañana.

2 funcionarios/as del Servicio de Administración Local en el turno de mañana.

2 funcionarios/as del Servicio de Deportes en el turno de mañana.

2 funcionarios/as del Servicio Técnico Administrativo en el turno de mañana.

2 funcionarios del Servicio de Movilidad en el turno de mañana.

– Oficina comarcal de Ordes

1 funcionario/a en el turno de mañana.

– Edificios judiciales de A Coruña:

1 persona de limpieza en el turno de mañana.

1 persona de limpieza en el turno de tarde.

1 funcionario/a del pacto de violencia de género en el turno de mañana.

1 subalterno/a en el turno de mañana.

– Tribunal Superior de Justicia de Galicia:

1 persona de limpieza en el turno de mañana.

1 subalterno/a.

– Sección de Menores de la Fiscalía y Juzgado de Menores:

1 funcionario/a psicólogo/a en el turno de mañana.

1 funcionario/a trabajador/a social en el turno de mañana.

1 funcionario/a educador/a en el turno de la mañana.

– Edificios judiciales de Santiago:

1 funcionario/a del pacto de violencia de género en el turno de mañana.

– Edificios judiciales de Ferrol:

1 funcionario/a del pacto de violencia de género en el turno de mañana.

– Instituto de Medicina Legal de Santiago:

1 funcionario/a psicólogo/a en el turno de mañana.

1 funcionario/a trabajador/a social en el turno de mañana.

1 auxiliar de autopsias en el turno de mañana.

– Instituto de Medicina Legal da Coruña:

1 funcionario/a psicólogo/a en el turno de mañana.

1 funcionario/a trabajador/a social en el turno de mañana.

1 auxiliar de autopsias en el turno de mañana.

– Instituto de Medicina Legal de Ferrol:

1 funcionario/a psicólogo/a en el turno de mañana.

1 funcionario/a trabajador/a social en el turno de mañana.

1 auxiliar de autopsias en el turno de mañana.

– Edificio administrativo de Ferrol:

1 funcionario/a del Registro del edificio administrativo en el turno de mañana.

1 funcionario/a del Registro del edificio administrativo en el turno de tarde.

1 subalterno/a en el turno de mañana.

1.2.2.2. Departamento Territorial de Lugo:

1 funcionario/a de la oficina de Registro y Atención a la ciudadanía cada turno.

1.2.2.3. Departamento Territorial de Ourense:

1 funcionario/a de la oficina de Registro y Atención a la ciudadanía cada turno.

1.2.2.4. Departamento Territorial de Pontevedra-Vigo:

1 funcionario/a de la oficina de Registro y Atención a la ciudadanía cada turno.

1 funcionario/a de la Oficina Comarcal de Lalín.

1 funcionario/a del servicio de mantenimiento del edificio administrativo de Pontevedra.

1.3. Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

1.3.1. Servicios mínimos en materia de gestión de residuos:

a) Complejo Medioambiental de Cerceda (CMC):

1 operario/a por turno para control de accesos.

1 operario/a por turno para pesaje.

1 operario/a por turno para limpieza de vestuarios y local de descanso.

1 operario/a por turno para depuradoras CMC.

1 DUE por turno (enfermería).

– Planta termoeléctrica y cogeneración:

1 jefe/a de turno por turno.

2 operadores/as por turno.

1 rondista por turno.

1 auxiliar de rondista por turno.

1 camionero/a de escorias por turno.

1 ensacador/a por turno en ensacado de cenizas.

1 camionero/a de cenizas por turno en ensacado de cenizas.

1 enganchador/a por turno en ensacado de cenizas.

– Planta de clasificación de materiales PCM y PRTEM:

1 jefe/a de turno por turno.

1 agente de circulación por turno.

2 camioneros/as por turno.

3 gruistas por turno (descarga de tren, alimentación de residuos y alimentación de finos a secadero).

4 triadores/as por turno (control de calidad y triaje).

1 operador/a por turno.

1 palista por turno.

2 rondistas por turno.

1 oficial/a de secadero por turno.

1 oficial/a de trituradora por turno.

1 oficial/a de prensa por turno.

1 oficial/a de carretilla por turno.

b) Vertedero de Areosa:

1 jefe/a de turno por turno.

1 palista por turno.

1 operario/a de control de accesos por turno.

1 operario/a de depuradoras por turno.

c) Plantas de transferencia:

A Rúa: 1 operario/a.

Barreiros: 1 operario/a.

Becerreá: 1 operario/a.

Boiro: 1 operario/a.

Cee: 1 operario/a.

Chantada: 1 operario/a.

Lugo: 1 conductor/a de camión por turno.

Monforte de Lemos: 1 operario.

Narón: Turno de día: 1 conductor/a de camión + 1 operario/a de compactación. Turno de noche: 1 conductor/a de camión.

O Rosal: 1 operario/a.

Ortigueira: 1 operario/a.

Ourense: 1 conductor/a de camión por turno.

O Porriño: 1 operario/a de compactación por turno.

Ribadumia: 1 operario/a de compactación por turno + 1 conductor/a de camión por turno.

Santa Comba: 1 operario/a.

Santiago de Compostela: 1 conductor/a de camión por turno.

Sarria: 1 operario/a.

Silleda: 1 operario/a.

Vigo: 1 operario/a de compactación por turno + 1 conductor/a de camión por turno.

Viveiro: 1 operario/a.

d) Transporte de residuos:

A Coruña: 29 conductores/as.

Lugo: 2 conductores/as.

Ourense: 5 conductores/as.

Pontevedra: 9 conductores/as.

1.3.2. Servicios mínimos en el ámbito de la predicción meteorológica:

1. Subdirección General de Cambio Climático y Ordenación del Litoral:

Turno de mañana: 1 puesto base grupo A.

Turno de tarde: 1 puesto base grupo A.

1.3.3. Servicios mínimos en el ámbito de la conservación del patrimonio natural:

a) A Coruña:

1. Distrito ambiental I-Ferrol: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

2. Distrito ambiental II-Bergantiños/As Mariñas Coruñesas: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

3. Distrito ambiental III-Santiago/Meseta interior: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

4. Distrito ambiental IV-Noia: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

5. Distrito ambiental V-Fisterra: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

6. Parque Natural As Fragas do Eume: Turno de mañana: 1 vigilante de recursos naturales. Turno de tarde: 1 vigilante de recursos naturales.

7. Parque Natural Complejo Dunar de Corrubedo y Lagunas de Carregal y Vixán: Turno de mañana: 1 vigilante de recursos naturales. Turno de tarde: 1 vigilante de recursos naturales.

8. Centro de Recuperación de Fauna de Oleiros: Turno de mañana: 1 capataz. Turno de tarde: 1 vigilante de recursos naturales.

b) Lugo:

1. Distrito ambiental VI-A Mariña Lucense: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

2. Distrito ambiental VII-A Fonsagrada/Os Ancares: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

3. Distrito ambiental VIII-Terra de Lemos: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

4. Distrito ambiental IX-Lugo-Sarria: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

5. Distrito ambiental X-A Terra Chá: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

6. Complejo Ambiental O Veral: 1 capataz y 1 peón/a.

c) Ourense:

1. Distrito ambiental XI-Ribeiro/Arenteiro: 1 agente facultativo/a ambiental por turno.

2. Distrito ambiental XII-Miño/Arnoia: 1 agente facultativo/a ambiental por turno.

3. Distrito ambiental XIII-Valdeorras/Trives: 1 agente facultativo/a ambiental por turno.

4. Distrito ambiental XIV-Verín/Viana: 1 agente facultativo/a ambiental por turno.

5. Distrito ambiental XV-A Limia: 1 agente facultativo/a ambiental por turno.

6. Parque Natural Baixa Limia-Serra do Xurés: 1 agente facultativo/a ambiental por turno.

7. Parque Natural Serra da Enciña da Lastra: 1 agente facultativo/a ambiental por turno.

8. Parque Natural do Invernadeiro: 1 agente facultativo/a ambiental por turno.

9. Piscifactoría de O Carballiño: 1 trabajador/a de mañana.

10. Centro de Recuperación de Fauna de O Rodicio: 1 trabajador/a de mañana.

d) Pontevedra:

1. Distrito ambiental XVI-Deza/Tabeirós: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

2. Distrito ambiental XVII-O Condado/A Paradanta: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

3. Distrito ambiental XVIII-Vigo/Baixo Miño: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

4. Distrito ambiental XIX-Caldas/O Salnés: Turno de mañana: 1 agente facultativo/a ambiental. Turno de tarde: 1 agente facultativo/a ambiental.

5. Parque Natural Monte Aloia-LIC Gándaras de Budiño: 1 agente o vigilante.

6. Centro Piscifactoría Carballedo: Turno de mañana: 1 capataz y 1 peón/a. Complejo Ambiental Coutorredondo: 1 capataz y 1 peón/a.

e) Parque Nacional de las Islas Atlánticas de Galicia: • Islas Cíes: 1 agente. • Islas Ons: 1 agente. • Isla de Sálvora: 1 agente. • Isla de Cortegada: 1 agente • 2 trabajadores/as de tripulación.

1.4. Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

1.4.1. Servicios centrales de la consellería:

1 funcionario/a de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos.

1.4.2. Servicios periféricos de la consellería:

1 funcionario/a de la unidad de personal de la jefatura territorial correspondiente.

1.4.3. Centros docentes no universitarios de titularidad pública:

– La dirección o miembro del equipo de dirección y un subalterno o subalterna en cada centro escolar. En los centros de menos de 6 unidades el/la director/a podrá ser sustituido/a por un miembro del equipo docente. En todo caso, quedará garantizada la apertura y cierre de todos los centros.

– Una persona de cocina en los centros ordinarios con comedor escolar de gestión directa. Un encargado del catering en cada uno de los comedores de gestión indirecta.

– 1 auxiliar cuidador/a en cada centro educativo que no sea centro de educación especial y que en este curso tenga asignado personal de esa categoría.

– El 20 % del personal de comedores, limpieza y subalternos en los centros residenciales docentes.

– El 20 % del personal de comedores, ATS, limpieza, cuidadores y personal médico de los centros de educación especial.

La designación nominal del personal que deberá cubrir los distintos servicios relacionados en este punto será realizada por la dirección del centro respectivo y se publicará en el tablón de anuncios del centro.

1.4.4. Centros de enseñanza privados y concertados:

Se mantendrán los servicios mínimos establecidos para los centros docentes públicos de enseñanza dependientes de esta consellería.

1.4.5. Universidades gallegas:

– 1 empleado/a del área de conserjería por turno de trabajo en cada facultad, escuela, centro de investigación y demás centros administrativos.

– 1 funcionario/a en el registro oficial/a de cada campus.

– 1 empleado/a del personal de secretaría del/de la rector/a, y de los/las vicerrectores/as de los campus donde no esté la sede rectoral.

1.5. Consellería de Política Social e Igualdad

1.5.1. A Coruña:

a) Centros de titularidad pública con gestión propia.

– Centro de Menores San Xosé de Calasanz:

3 educadores/as en turno de mañana.

5 educadores/as en turno de tarde.

1 educador/a en turno de noche.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 vigilante nocturno/a en turno de noche.

– Complejo de Atención de Menores de Ferrol:

3 educadores/as en turno de mañana.

5 educadores/as en turno de tarde.

1 educador/a en turno de noche.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

– Centro de Atención a Personas con Discapacidad:

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

2 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

6 educadores/as en turno de mañana.

6 educadores/as en turno de tarde.

18 auxiliares cuidadores/as en turno de mañana.

17 auxiliares cuidadores/as en turno de tarde.

5 auxiliares cuidadores/as en turno de noche.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

8 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

– Residencia de mayores Torrente Ballester de A Coruña:

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

4 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

2 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

7 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

3 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

– Residencia de mayores de Carballo:

1 auxiliar de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 oficial/a segundo/a o ayudante de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a segundo/a o ayudante de cocina en turno de tarde.

– Residencia de mayores de Ferrol:

2 ATS/DUE en turno de mañana.

2 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

9 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

6 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

2 auxiliares de enfermería en turno de noche.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

15 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

5 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

– Residencia asistida de mayores de Oleiros:

1 médico/a.

1 subgobernante/a.

1 coordinador/a.

6 ATS/DUE en turno de mañana.

2 ATS/DUE en turno de tarde.

2 ATS/DUE en turno de noche.

35 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

21 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

8 auxiliares de enfermería en turno de noche.

20 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

5 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

2 oficiales/as segundos/as de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

– Residencia de mayores de A Pobra do Caramiñal:

1 oficial/a segundo/a o ayudante de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a segundo/a o ayudante de cocina en turno de tarde.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

– Residencia de mayores de Santiago de Compostela (Porta do Camiño):

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

2 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

5 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 jefe/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

– Residencia asistida de mayores Volta do Castro:

1 médico/a.

1 coordinador/a enfermería en turno de mañana.

1 coordinador/a enfermería en turno de tarde.

2 ATS/DUE en turno de mañana.

2 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

18 auxiliares enfermería en turno de mañana.

12 auxiliares enfermería en turno de tarde.

4 auxiliares enfermería en turno de noche.

8 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

b) Centros de titularidad pública con gestión externa (en régimen de concesión):

– Centro de menores Concepción Arenal:

1 coordinador/a en turno de mañana.

1 coordinador/a en turno de tarde.

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

8 educadores/as en turno de mañana.

8 educadores/as en turno de tarde.

2 educadores/as en turno de noche.

3 vigilantes de seguridad en turno de mañana.

3 vigilantes de seguridad en turno de tarde.

2 vigilantes de seguridad en turno de noche.

– Residencia de mayores Concepción Arenal:

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

9 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

2 ATS/DUE en turno de mañana.

2 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

16 auxiliares gerocultores/as en turno de mañana.

12 auxiliares gerocultores/as en turno de tarde.

3 auxiliares gerocultores/as en turno de noche.

1 auxiliar gerocultor/a a media jornada en turno de noche.

1 recepcionista en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de tarde.

1 médico/a de guardia localizada.

1 persona del equipo de dirección de guardia localizada.

1 persona de mantenimiento de guardia localizada.

– Residencia de mayores de Laraxe (Pontedeume):

16 gerocultores/as en turno de mañana.

11 gerocultores/as en turno de tarde.

3 gerocultores/as en turno de noche.

7 limpiadores/as en turno de mañana.

3 limpiadores/as en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche

1 recepcionista en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de tarde.

2 cocineros/as en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

1 auxiliar de cocina en turno de mañana.

1 auxiliar de cocina en turno de tarde.

1 médico/a de guardia localizada.

1 técnico/a de guardia localizada.

1 operario/a de mantenimiento de guardia localizada.

– Residencia de mayores de Ribeira:

9 gerocultores/as en turno de mañana.

3 gerocultores/as a media jornada en turno de mañana.

9 gerocultores/as en turno de tarde.

2 gerocultores/as en turno de noche.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

4 limpiadores/as en turno de mañana.

1 limpiador/a en turno de tarde.

1 recepcionista en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de tarde.

– Residencia Fundación José Otero (Santiago):

17 gerocultores/as a jornada completa en turno de mañana.

12 gerocultores/as a jornada completa en turno de tarde.

2 gerocultores/as en turno de noche.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

1 recepcionista en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de tarde.

6 limpiadores/as en turno de mañana.

2 limpiadores/as en turno de tarde.

– Centro Souto de Leixa de Ferrol:

5 cuidadores/as en turno de mañana.

5 cuidadores/as en turno de tarde.

4 cuidadores/as en turno de noche.

1 oficial/a primero/a de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

1 limpiador/a en turno de mañana.

1 limpiador/a en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

2 monitores/as de tiempo libre.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

– Residencia para personas mayores O Castiñeiriño:

7 gerocultores/as en turno de mañana.

5 gerocultores/as en turno de tarde.

2 gerocultores/as en turno de noche.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 supervisor/a asistencial en turno de mañana y/o tarde.

1 dirección en turno de mañana y/o tarde.

1.5.2. Lugo:

a) Centros de titularidad pública con gestión propia:

– Residencia de mayores de Burela:

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

12 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

8 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

2 auxiliares de enfermería en turno de noche.

2 enfermeros/as en turno de mañana.

1 enfermero/a en turno de tarde.

1 enfermero/a en turno de noche.

8 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

– Residencia de mayores de Monforte de Lemos:

1 ordenanza en turno en noche.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

– Residencia de mayores A Milagrosa:

2 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

1 oficial/a primero/a o segundo/a de cocina en turno de mañana.

1 ayudante cocina en turno de mañana.

1 oficial/a primero/a o segundo/a de cocina en turno de tarde.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

– Residencia de mayores As Gándaras:

1 gobernante/a o subgobernante/a en turno de mañana.

9 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

6 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 jefe/a de cocina u oficial/a primero/a en turno de mañana.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 cocinero/a segundo/a en turno de tarde.

2 ATS/DUE en turno de mañana.

14 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

2 ATS/DUE en turno de tarde.

11 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

3 auxiliares de enfermería en turno de noche.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

– Casa del Mar de Burela:

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

– Casa del Mar de Celeiro:

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

– Centro de atención a personas con discapacidad de Sarria:

2 educadores/as en turno de mañana.

2 educadores/as en turno de tarde.

2 ATS-DUE en turno de mañana.

2 ATS-DUE en turno de tarde.

1 ATS-DUE en turno de noche.

22 cuidadores/as en turno de mañana.

20 cuidadores/as en turno de tarde.

6 cuidadores/as en turno de noche.

9 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 cocinero/a (oficial/a primero/a, segundo/a o jefe/a de cocina) en turno de mañana.

1 cocinero/a (oficial/a primero/a o segundo/a) en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

1 oficial/a de servicios técnicos en turno de mañana.

– Centro sociocomunitario de Lugo:

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

– Centro educativo Santo Anxo da Garda:

4 educadores/as en turno de mañana.

1 educador/a en turno de noche.

4 educadores/as en turno de tarde.

1 oficial/a de cocina o auxiliar en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina o auxiliar en turno de tarde.

1 vigilante nocturno/a en turno de noche.

b) Centros de titularidad pública con gestión externa (en régimen de concesión).

– Residencia de mayores de Castro de Ribeiras de Lea:

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

12 gerocultores/as en turno de mañana.

12 gerocultores/as en turno de tarde.

4 gerocultores/as en turno de noche.

1 recepcionista en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de tarde.

7 trabajadores/as de limpieza en turno de mañana.

4 trabajadores/as de limpieza en turno de tarde.

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

1 persona de mantenimiento en turno de mañana.

– Apartamentos tutelados de Antas de Ulla:

1 auxiliar de geriatría en turno de mañana.

1 auxiliar de geriatría en turno de tarde.

1 auxiliar de geriatría en turno de noche

1 cocinero/a en turno de mañana y tarde.

– Residencia de mayores de Quiroga:

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

9 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

6 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

2 auxiliares de enfermería en turno de noche.

4 limpiadores/as en turno de mañana.

2 limpiadores/as en turno de tarde.

1 personal de cocina en turno de mañana.

1 personal de cocina en turno de tarde.

1 portero/a en turno de mañana.

1 portero/a en turno de tarde.

– Punto de encuentro familiar de Lugo:

2 técnicos/as en jornada de mañana/tarde.

1.5.3. Ourense:

a) Centros de titularidad pública con gestión propia:

– Residencia de O Carballiño para mayores con autonomía:

1 auxiliar de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 oficial/a primero/a de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

– Centro de menores A Carballeira:

3 educadores/as en turno de mañana.

3 educadores/as en turno de tarde.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 educador/a en turno de noche.

1 cuidador/a en turno de noche.

1 subalterno en turno de noche.

– Residencia de mayores Nosa Señora dos Milagres:

2 ATS/DUE en turno de mañana.

2 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

12 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

9 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

3 auxiliares de enfermería en turno de noche.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

10 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 portero/a en turno de mañana.

1 portero/a en turno de tarde.

– Residencia de mayores de Castro Caldelas:

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 subalterno/a en turno de mañana.

1 subalterno/a en turno de tarde.

b) Centros de titularidad pública con gestión externa (en régimen de concesión):

– Centro de Menores Montealegre:

5 educadores/as en turno de mañana.

5 educadores/as en turno de tarde.

2 educadores/as en turno de noche.

1 coordinador/a en turno de mañana.

1 coordinador/a en turno de tarde.

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

2 auxiliares de control educativo en turno de mañana.

2 auxiliares de control educativo en turno de tarde.

2 auxiliares de control educativo en turno de noche.

– Centro de atención específica Montefiz:

5 educadores/as en turno de mañana.

5 educadores/as en turno de tarde.

3 educadores/as en turno de noche.

3 vigilantes de seguridad en horario diurno.

1 vigilante de seguridad en turno nocturno.

1 coordinador/a en turno de mañana.

1 coordinador/a en turno de tarde.

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

– Centro de reeducación Monteledo.

8 educadores/as en turno de mañana.

8 educadores/as en turno de tarde.

2 educadores/as en turno de noche.

3 vigilantes de seguridad en turno de mañana.

3 vigilantes de seguridad en turno de tarde.

2 vigilantes de seguridad en turno de noche.

1 coordinador/a en turno de mañana.

1 coordinador/a en turno de tarde.

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

– Residencia de mayores de Bande:

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

4 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

2 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

2 auxiliares de enfermería en turno de noche.

1 limpiador/a en turno de mañana.

1 limpiador/a en turno de tarde.

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

– Residencia de mayores de Viana do Bolo:

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

6 efectivos de limpieza en turno de mañana.

2 efectivos de limpieza en turno de tarde.

2 cocineros/as en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

14 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

8 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

3 auxiliares de enfermería en turno de noche.

1 supervisor/a en turno de mañana.

1 supervisor/a en turno de tarde.

– Residencia de mayores de Larouco:

7 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

5 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

1 auxiliar de enfermería en turno de noche.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche.

2 efectivos de limpieza en turno de mañana.

2 efectivos de limpieza en turno de tarde.

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

1 auxiliar de cocina en turno de mañana.

1 auxiliar de cocina en turno de tarde.

1 recepcionista.

– Residencia de O Carballiño para personas con dependencia:

1 ATS/DUE mañana y tarde.

8 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

1 auxiliar de enfermería a turno partido mañana y tarde.

4 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

2 auxiliares de enfermería en turno de noche.

1 técnico de animación sociocultural.

– Residencia DomusVi Ourense Centro:

15 auxiliares de enfermería en turno de mañana.

11 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

2 auxiliares de enfermería en turno de noche.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de noche

5 personas de limpieza en turno de mañana.

2 personas de limpieza en turno de tarde.

2 personas de cocina en turno de mañana.

2 personas de cocina en turno de tarde.

– Residencia DomusVi Barbadás:

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de noche.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

16 auxiliares de enfermería en turno de mañana (3 a media jornada).

11 auxiliares de enfermería en turno de tarde.

2 auxiliares de enfermería en turno de noche.

5 efectivos de limpieza/lavandería en turno de mañana (1 en turno corto).

3 efectivos de limpieza/lavandería en turno de tarde (1 en turno corto).

1 cocinero/a en turno de mañana.

1 cocinero/a en turno de tarde.

1 auxiliar de cocina en turno de mañana.

1 auxiliar de cocina en turno de tarde.

1 recepcionista en turno de mañana.

1 recepcionista en turno de tarde.

– Residencia de Tempo Libre de O Carballiño:

1 gobernante/a en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

2 oficiales/as de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

6 camareros/as en turno de mañana.

4 camareros/as en turno de tarde.

1 subalterno/a en turno de mañana.

1 subalterno/a en turno de tarde.

1 subalterno/a en turno de noche.

1 mozo/a de servicio en turno de mañana.

1.5.4. Pontevedra:

a) Centros de titularidad pública con gestión propia:

– Centro de menores Avelino Montero:

3 educadores/as en turno de mañana.

3 educadores/as en turno de tarde.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 subalterno/a en turno de noche.

– Residencia de mayores de Pontevedra:

2 enfermeros/as en turno de mañana.

2 enfermeros/as en turno de tarde.

1 enfermero/a en turno de noche

6 auxiliares de clínica en turno de mañana.

5 auxiliares de clínica en turno de tarde.

2 auxiliares de clínica en turno de noche

1 subalterno/a en turno de mañana.

1 subalterno/a en turno de tarde.

1 subalterno/a en turno de noche.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

7 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

– Residencia de mayores de A Estrada:

1 oficial/a primero/a de cocina en jornada partida.

1 ayudante de cocina en jornada partida.

1 subalterno/a en turno de mañana.

1 subalterno/a en turno de tarde.

1 auxiliar de clínica en turno de mañana.

1 auxiliar de clínica en turno de tarde.

1 auxiliar de clínica en turno de noche.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

– Residencia de mayores de Marín:

2 auxiliares de clínica en turno de mañana.

1 auxiliar de clínica en turno de tarde.

1 auxiliar de clínica en turno de noche.

1 subalterno/a en turno de mañana.

2 subalternos/as en turno de tarde.

1 subalterno/a en turno de noche.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

5 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

– Complejo residencial de atención a personas dependientes (CRAPD) Vigo I:

1 médico/a en turno de mañana.

1 enfermero/a-coordinador/a en turno de mañana.

5 enfermeros/as en turno de mañana.

4 enfermeros/as en turno de tarde.

2 enfermeros/as en turno de noche.

1 subgobernante/a en turno de mañana.

41 auxiliares de clínica en turno de mañana.

31 auxiliares de clínica en turno de tarde.

8 auxiliares de clínica en turno de noche.

2 subalternos/as en turno de mañana.

2 subalternos/as en turno de tarde.

1 subalterno/a en turno de noche.

1 oficial/a de servicios técnicos en turno de mañana.

1 oficial/a de servicios técnicos en turno de tarde.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

2 ayudantes de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

17 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

10 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

– Complejo residencial de atención a personas dependientes (CRAPD) Vigo II:

2 enfermeros/as en turno de mañana.

1 enfermero/a en turno de tarde.

1 enfermero/a en turno de noche.

1 gobernante/a o 1 subgobernante/a en turno de mañana.

11 auxiliares de clínica en turno de mañana.

8 auxiliares de clínica en turno de tarde.

3 auxiliares de clínica en turno de noche.

1 subalterno/a en turno de mañana.

1 subalterno/a en turno de tarde.

1 subalterno/a en turno de noche.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

10 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

5 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

– Centro de atención a personas con discapacidades de Redondela:

2 enfermeros/as en turno de mañana.

2 enfermeros/as en turno de tarde.

1 enfermero/a en turno de noche.

3 educadores/as en turno de mañana.

3 educadores/as en turno de tarde.

24 auxiliares de clínica en turno de mañana.

19 auxiliares de clínica en turno de tarde.

6 auxiliares de clínica en turno de noche.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

9 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

5 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 subalterno/a en turno de mañana.

1 subalterno/a en turno de tarde.

– Casa del Mar de Vigo:

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

– Residencia de Tiempo Libre de Panxón:

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

4 camareros/as-limpiadores/as en turno de tarde.

1 oficial/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

1 empleado/a de cocina en turno de mañana/tarde.

1 gobernante/a en turno de mañana.

1 subgobernante/a en turno de tarde.

1 mozo/a de servicio en turno de mañana.

1 mozo/a de servicio en turno de tarde.

1 encargado/a de trabajos en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de mañana.

1 ordenanza en turno de tarde.

1 ordenanza en turno de noche.

b) Centros de titularidad pública con gestión externa (en régimen de concesión):

– Centro de menores O Seixo:

3 educadores/as en turno de mañana.

3 educadores/as en turno de tarde.

1 auxiliar técnico/a educativo/a en turno de noche.

1 auxiliar de servicios generales en turno de noche.

– Residencia de mayores de Bembrive:

16 auxiliares en turno de mañana.

6 limpiadores/as en turno de mañana.

1 ATS/DUE en turno de mañana.

1 médico/a localizable.

1 recepcionista en turno de mañana.

11 auxiliares en turno de tarde.

3 limpiadores/as en turno de tarde.

1 ATS/DUE en turno de tarde.

1 recepcionista en turno de tarde.

3 auxiliares en turno de noche.

1 ATS/DUE en turno de noche.

1 supervisor asistencial.

1 miembro del equipo técnico en turno de mañana y tarde.

2 personas de cocina en turno de mañana.

2 personas de cocina en turno de tarde.

1 persona de cafetería en turno de mañana.

1 persona de cafetería en turno de tarde.

– Centro de día-Residencia de mayores de Bembrive:

2 auxiliares en turno de mañana.

2 auxiliares en turno de tarde.

1 conductor/a en turno de mañana.

1 conductor/a en turno de tarde.

– Punto de encuentro familiar de Vigo:

1 psicólogo/a.

2 educadores/as sociales.

– Punto de encuentro familiar de Pontevedra:

2 psicólogos/as.

1 trabajador/a social.

1.5.5. Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar

1) Centros de atención a personas mayores

Todos los puestos que se detallan a continuación desarrollarán jornada completa.

a) Centros residenciales de gestión directa:

– Vivienda comunitaria de Vilasantar:

1 trabajador/a en turno de mañana, 1 trabajador/a en turno de tarde y 1 trabajador/a en turno de noche.

– Vivienda comunitaria de A Pontenova:

1 trabajador/a en turno de mañana, 1 trabajador/a en turno de tarde y 1 trabajador/a en turno de noche.

– Vivienda comunitaria de Riotorto:

1 trabajador/a en turno de mañana, 1 trabajador/a en turno de tarde y 1 trabajador/a en turno de noche.

– Vivienda comunitaria de Vilar de Santos:

1 trabajador/a en turno de mañana, 1 trabajador/a en turno de tarde y 1 trabajador/a en turno de noche.

– Hogar residencial/Centro de día de Taboadela:

1 técnico/a.

3 gerocultores/as en turno de mañana.

2 gerocultores/as en turno de tarde.

1 gerocultor/a en turno de noche.

1 PSG en turno de mañana.

1 PSG en turno de tarde.

– Hogar residencial/Centro de día de Cerdedo:

1 técnico/a.

3 gerocultores/as en turno de mañana.

3 gerocultores/as en turno de tarde.

1 gerocultor/a en turno de noche.

1 PSG en turno de mañana.

1 PSG en turno de tarde.

– Hogar residencial de Cerceda:

1 técnico/a.

3 gerocultores/as en turno de mañana.

3 gerocultores/as en turno de tarde.

1 gerocultor/a en turno de noche.

1 PSG en turno de mañana.

1 PSG en turno de tarde.

– Minirresidencia/Centro de día de Melide:

1 técnico/a.

4 gerocultores/as en turno de mañana.

3 gerocultores/as en turno de tarde.

2 gerocultor/a en turno de noche.

3 PSG en turno de mañana.

2 PSG en turno de tarde.

– Residencia/Centro de día de Ortigueira:

1 técnico/a.

6 gerocultores/as en turno de mañana.

4 gerocultores/as en turno de tarde.

2 gerocultores/as en turno de noche.

2 PSG en turno de mañana.

2 PSG en turno de tarde.

b) Centros de día de gestión directa:

Provincia de A Coruña:

Centro de día de Boiro: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Cabana de Bergantiños: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Dodro: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Muros: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Outes: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Sada: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 PSX.

Provincia de Lugo:

Centro de día de Abadín: 1 técnico/a, 4 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Chantada: 1 técnico/a, 4 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Monforte: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de O Corgo: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Pantón: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de A Pobra do Brollón: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Ribadeo: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 PSX.

Provincia de Ourense:

Centro de día de Coles: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Oímbra: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Toén: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Vilar de Santos: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 PSX.

Provincia de Pontevedra:

Centro de día de As Neves: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Ponteareas: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Portas: 1 técnico/a, 4 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Valga: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 PSX.

Centro de día de Vigo Teis: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 PSX.

c) Centros residenciales de gestión externalizada:

– Vivienda comunitaria de Alfoz:

1 trabajador/a en turno de mañana, 1 trabajador/a en turno de tarde y 1 trabajador/a en turno de noche.

– Hogar residencial/Centro de día de A Laracha:

1 técnico/a.

2 gerocultores/as en turno de mañana.

2 gerocultores/as en turno de tarde.

1 gerocultor/a en turno de noche.

1 personal de limpieza en turno de mañana.

1 personal de limpieza en turno de tarde.

– Residencia/Centro de día de Arteixo:

2 técnicos/as.

7 gerocultores/as en turno de mañana.

5 gerocultores/as en turno de tarde.

2 gerocultor/a en turno de noche.

3 personal de limpieza en turno de mañana.

3 personal de limpieza en turno de tarde.

– Hogar residencial/Centro de día de Baleira:

1 técnico/a.

3 gerocultores/as en turno de mañana.

2 gerocultores/as en turno de tarde.

1 gerocultor/a en turno de noche.

1 personal de limpieza en turno de mañana.

1 personal de limpieza en turno de tarde.

– Hogar residencial/Centro de día de Vilar de Barrio:

1 técnico/a.

3 gerocultores/as en turno de mañana.

2 gerocultores/as en turno de tarde.

1 gerocultor/a en turno de noche.

1 personal de limpieza en turno de mañana.

1 personal de limpieza en turno de tarde.

– Hogar residencial/Centro de día de Vilardevós:

1 técnico/a.

3 gerocultores/as en turno de mañana.

2 gerocultores/as en turno de tarde.

1 gerocultor/a en turno de noche.

1 personal de limpieza en turno de mañana.

1 personal de limpieza en turno de tarde.

– Hogar residencial/Centro de día de Redondela:

1 técnico/a.

3 gerocultores/as en turno de mañana.

3 gerocultores/as en turno de tarde.

1 gerocultor/a en turno de noche.

1 personal de limpieza en turno de mañana.

1 personal de limpieza en turno de tarde

– Minirresidencia de Cerdedo-Cotobade:

1 técnico/a.

3 gerocultores/as en turno de mañana.

3 gerocultores/as en turno de tarde.

1 gerocultor/a en turno de noche.

1 personal de limpieza en turno de mañana.

1 personal de limpieza en turno de tarde.

d) Centros de día de gestión externalizada:

Provincia de A Coruña:

Centro de día de Carballo: 1 técnico/a, 4 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de A Coruña (Eirís): 1 técnico/a, 6 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de A Coruña (Montealto): 1 técnico/a, 6 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Culleredo: 1 técnico/a, 6 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Curtis: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Miño: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Oleiros: 1 técnico/a, 6 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Ares: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de As Pontes: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Ferrol (Caranza): 1 técnico/a, 5 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Ferrol (Esteiro): 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de San Sadurniño: 1 técnico/a, 4 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de A Pobra do Caramiñal: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Rois: 1 técnico/a, 4 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Provincia de Lugo:

Centro de día de Begonte: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Cospeito: 1 técnico/a, 4 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Lourenzá: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Provincia de Ourense:

Centro de día de A Rúa: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Allariz: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Maceda: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Xinzo de Limia: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Ourense: 1 técnico/a, 4 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Provincia de Pontevedra:

Centro de día de Baiona: 1 técnico/a, 4 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Mondariz: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de O Porriño: 1 técnico/a, 4 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Tomiño: 1 técnico/a, 4 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Vigo (Coia): 1 técnico/a, 8 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Vigo (Valadares): 1 técnico/a, 5 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Vilagarcía: 1 técnico/a, 2 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Cambados: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Cuntis: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

Centro de día de Marín: 1 técnico/a, 3 gerocultores/as y 1 personal de limpieza.

e) CEMVI:

1 trabajador/a en turno de mañana.

1 trabajador/a en turno de tarde.

1 trabajador/a en turno de noche.

f) En las escuelas infantiles de gestión directa o externalizada:

Dos personas trabajadoras de personal de atención directa a los niños y niñas que garanticen la apertura y cierre de los centros a lo largo de la jornada. En las escuelas de dos o más unidades abiertas habrá, además, una persona de atención directa por cada una de las unidades que tenga la escuela en funcionamiento.

g) Otros centros de trabajo del Consorcio:

1 trabajador/a en su turno habitual para garantizar la apertura y cierre de los centros.

1.5.6. Fundación Gallega para el Apoyo al Ejercicio de la Capacidad Jurídica (Funga).

Los servicios mínimos que se proponen para la Funga serían:

1 representante de la dirección.

2 asesores/as jurídicos/as.

2 trabajadores/as sociales.

2 administrativos/as.

1.5.7. Otros centros de trabajo de la consellería o de organismos públicos vinculados o dependientes.

En todo caso, quedará garantizada la apertura y cierre de todos los centros de trabajo mediante la designación de un/una trabajador/a en su turno habitual.

1.5.8. Centros asistenciales de titularidad privada de atención a personas mayores y/o con discapacidades, servicio de teleasistencia y servicio de ayuda a domicilio.

1.5.9. En las escuelas infantiles de gestión directa, externalizada y privadas:

Dos personas trabajadoras de personal de atención directa a los niños y niñas que garanticen la apertura y cierre de los centros a lo largo de la jornada. En las escuelas de dos o más unidades abiertas habrá, además, una persona de atención directa por cada una de las unidades que tenga la escuela en funcionamiento.

Los servicios mínimos se designarán con la misma intensidad con que los servicios esenciales se ven atendidos un domingo o un día festivo, y para el caso de que se trate de centros que permanezcan absolutamente cerrados tales días, se atenderá a los turnos establecidos para los sábados.

1.6. Consellería de Hacienda y Administración Pública.

1.6.1. Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal.

Servicio de Listas de Contratación: 5 efectivos.

1.6 2. Agencia Tributaria de Galicia.

1. Servicios centrales:

1 funcionario/a del Departamento de Recaudación.

2. Servicios periféricos:

2.1. Delegación de A Coruña:

1 funcionario/a del Departamento de Recaudación.

1 funcionario/a del Departamento de Información y Asistencia.

2.2. Delegación de Lugo:

1 funcionario/a del Departamento de Recaudación.

1 funcionario/a del Departamento de Información y Asistencia.

2.3. Delegación de Ourense:

1 funcionario/a del Departamento de Recaudación.

1 funcionario/a del Departamento de Información y Asistencia.

2.4. Delegación de Pontevedra:

1 funcionario/a del Departamento de Recaudación.

1 funcionario/a del Departamento de Información y Asistencia.

2.5. Delegación de Vigo:

1 funcionario/a del Departamento de Recaudación.

1 funcionario/a del Departamento de Información y Asistencia.

1.6.3. Redes de Telecomunicación Gallegas Retegal, S.A.

– Centro emisor de San Marcos: 2 técnicos/oficiales según turnos (1 de mañana y 1 de tarde).

– Centro emisor de Bailadora: 2 técnicos/oficiales según turnos (1 de mañana y 1 en guardia de tarde).

– Centro emisor de O Xistral: 2 técnicos/oficiales según turnos (1 de mañana y 1 de tarde).

– Centro emisor de Páramo: 2 técnicos/oficiales según turnos (1 de mañana y 1 de tarde).

– Centro emisor de Meda: 2 técnicos/oficiales según turnos (1 de mañana y 1 de tarde).

– Centro emisor de Domaio: 2 técnicos/oficiales según turnos (1 de mañana y 1 de tarde).

– CEXAR: 4 oficiales/as de comunicaciones (1 de noche previa a la convocatoria de huelga, 1 de mañana, 1 de tarde, 1 de noche posterior a la convocatoria de huelga).

– San Marcos oficina: 1 ingeniero/a (en guardia según turnos).

1.7. Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

1.7.1. Servicios mínimos en materia de infraestructuras viarias:

– Las empresas concesionarias en las vías de alta capacidad en régimen de concesión y en aquellas cuya contraprestación sea el pago de una tarifa deberán garantizar el funcionamiento de las infraestructuras en las debidas condiciones de seguridad, manteniendo el personal correspondiente a un domingo o a un día festivo en materia de conservación y mantenimiento.

– Las empresas adjudicatarias de los contratos de servicio para la realización de la conservación ordinaria de las carreteras de titularidad autonómica deberán mantener el personal correspondiente a un domingo para la realización de la conservación y mantenimiento.

– En las áreas de peaje de las autopistas A Coruña-Carballo (AG-55) y Puxeiros-Val Miñor (AG-57), en que no existen vías automáticas, permanecerá operativa una vía manual.

1.8. Consellería de Sanidad.

1.8.1. Dirección General de Salud Pública

1.8.1.1. Servicio de Vigilancia y Epidemiología

Los servicios mínimos estarán compuestos por dos efectivos para cubrir el seguimiento de la vigilancia epidiemológica.

1.8.1.2. Servicio de Prevención y Control de Enfermedades

Los servicios mínimos estarán compuestos por un efectivo para cubrir el seguimiento de las campañas de vacunación.

1.8.1.3. Servicio de Seguridad Alimentaria

Los servicios mínimos estarán compuestos por un efectivo que cubrirá las necesidades urgentes o de perentoria necesidad en el marco de sus competencias, entre las cuales se encuentran alertas y brotes.

1.8.1.4. Servicio de Salud Ambiental

Los servicios mínimos estarán compuestos por un efectivo que cubrirá las necesidades urgentes o de perentoria necesidad de los servicios de inspección de salud pública, entre las cuales se encuentran alertas y brotes.

1.8.1.5. Servicio de Laboratorio de Salud Pública de Galicia

Los servicios mínimos estarán compuestos por cuatro efectivos, de los cuales al menos dos efectivos serán del área de Microbiología y dos efectivos del área de Física-Química, que cubrirán las necesidades urgentes o de perentoria necesidad para los muestreos realizadas en el marco del control oficial/a de salud pública.

1.8.2. Servicios periféricos:

1.8.2.1. Departamento Territorial de A Coruña.

– Zona de A Coruña: 4 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 1 jefe/a de zona, 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de mataderos, 1 inspector/a de lonja y 2 inspectores/as farmacéuticos/as de salud pública.

– Zona de Ferrol: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 1 jefe/a de zona, 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos y 1 inspector/a farmacéutico/a de salud pública.

– Zona de Santiago de Compostela: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 1 jefe/a de zona, 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos y 1 inspector/a farmacéutico/a de salud pública.

– Zona de Noia: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 1 jefe/a de zona, 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos, 1 inspector/a de lonja y 1 inspector/a farmacéutico/a de salud pública.

Respecto de las alertas epidemiológicas, 1 jefe/a de sección, 3 técnicos/as sanitarios/as y 2 gestores/as sanitarios/as.

Los servicios mínimos se desarrollarán en turnos de mañana y tarde, tal y como se prestan los servicios en la actualidad.

1.8.2.2. Departamento Territorial de Lugo.

– Zona de Lugo: 1 jefe/a de zona, 3 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de mataderos y 2 inspectores/as farmacéuticos/as de salud pública.

– Zona de Burela: 1 jefe/a de zona, 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos, 2 inspectores/as de salud pública de lonja y 1 inspector/a farmacéutico/a de salud pública.

– Zona de Monforte de Lemos: 1 jefe/a de zona, 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos y 1 inspector/a farmacéutico/a de salud pública.

Respecto de las alertas epidemiológicas, 1 jefe de sección y 1 gestor sanitario o ATS/DUE.

Los servicios mínimos se desarrollarán en turnos de mañana y tarde, tal y como se prestan los servicios en la actualidad.

1.8.2.3. Departamento Territorial de Ourense.

– Zona de Ourense: 1 jefe/a de zona, 3 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de mataderos y 2 inspectores/as farmacéuticos/as de salud pública.

– Zona de Verín: 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos y 1 inspector/a farmacéutico/a de salud pública.

– Zona del Barco de Valdeorras: 1 jefe/a de zona, 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos y 1 inspector/a farmacéutico/a de salud pública.

Respecto de las alertas epidemiológicas, 1 jefe/a del servicio de alertas epidemiológicas y 1 jefe/a de sección de programas sanitarios.

En el Servicio de Inspección de Servicios Sanitarios, el/la jefe/a del servicio.

Los servicios mínimos se desarrollarán en turnos de mañana y tarde, tal y como se prestan los servicios en la actualidad.

1.8.2.4. Departamento Territorial de Pontevedra.

– Zona de Pontevedra: 1 jefe/a de zona o director/a técnico/a sanitario/a de industrias alimentarias, 3 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 1 inspector/a veterinario/a de salud pública de mataderos, 1 inspector/a de lonja y 2 inspectores/as farmacéuticos/as de salud pública.

– Zona de Vigo: 1 jefe/a de zona o director/a técnico/a sanitario/a de industrias alimentarias, 3 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 1 inspector/a de lonja y 2 inspectores/as farmacéuticos/as de salud pública.

– Zona de Lalín: 1 jefe/a de zona, 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca, 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de mataderos y 1 inspector/a farmacéutico/a de salud pública.

– Zona de O Porriño: 1 jefe/a de zona o director/a técnico/a sanitario/a de industrias alimentarias, 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de comarca y 2 inspectores/as veterinarios/as de salud pública de mataderos.

Respecto de las alertas epidemiológicas, 3 técnicos/as sanitarios/as.

Los servicios mínimos se desarrollarán en turnos de mañana y tarde, tal y como se prestan los servicios en la actualidad.

1.9. Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

– Centro Residencial Juvenil LUG

1 personal de dirección.

1 personal subalterno/a en turno de mañana.

1 personal subalterno/a en turno de tarde.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

– Residencia Juvenil Altamar

1 personal de dirección.

1 personal subalterno/a en turno de mañana.

1 personal subalterno/a en turno de tarde.

2 camareros/as-limpiadores/as en turno de mañana.

1 camarero/a-limpiador/a en turno de tarde.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de tarde.

1 ayudante de cocina en turno de mañana.

1 ayudante de cocina en turno de tarde.

– Residencia Juvenil Florentino Cuevillas

1 personal de dirección.

1 personal subalterno/a en turno de mañana.

1 personal subalterno/a en turno de tarde.

1 personal subalterno/a en turno de noche.

1 oficial/a primero/a de cocina en turno de mañana.

1 oficial/a segundo/a de cocina en turno de tarde.

1 oficial/a primero/a de cocina en turno de mañana.

2 camareros/as-limpiadores/as/ayudantes de cocina en turno de mañana.

2 camareros/as-limpiadores/as/ayudantes de cocina en turno de tarde.

1 camarero/a-limpiador/a-servicio de lavandería.

1 administrativo/a.

1 persona de mantenimiento.

1.10. Consellería de Empleo, Comercio y Emigración.

– Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Galicia:

1 técnico/a de prevención de riesgos laborales de guardia en el centro del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Galicia (Issga) en A Coruña.

1 técnico/a de prevención de riesgos laborales de guardia en el centro del Issga en Lugo.

1 técnico/a de prevención de riesgos laborales de guardia en el centro del Issga en Ourense.

1 técnico/a de prevención de riesgos laborales de guardia en el centro del Issga en Pontevedra.

1.11. Consellería de Medio Rural.

1.11.1. Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias.

– Servicio de Sanidad Animal: 1 persona veterinaria.

– Laboratorio de Sanidad y Producción Animal de Galicia: 1 persona veterinaria.

– Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia: 2 oficiales/as de segunda agrarios/as.

– Servicios provinciales de ganadería: 1 persona veterinaria en cada servicio.

– Áreas veterinarias: 1 persona veterinaria en cada área veterinaria.

1.11.2. Servicio de Prevención y Defensa contra los Incendios Forestales:

Debido a la época de alto riesgo de incendios en la que nos hallamos, los servicios mínimos estarán formados por el 100 % del personal del operativo que se encuentra de servicio en el cuadrante.

Este dispositivo comprende los servicios prestados en los centros de coordinación central y en los cuatro centros de coordinación provincial de cada una de las cuatro provincias, así como los servicios prestados en cada uno de los diecinueve distritos forestales.

– La UTE Avincis-Demontes Coordinación Xunta de Galicia, UTE Helicópteros de Galicia, UTE Airworks-Rebofosa 2023, y la empresa Planificación y Soluciones Aéreas, S.L.U., deberán garantizar que las aeronaves que afectan al Servicio de Prevención de Incendios Forestales prestarán el servicio contratado ajustado a los servicios mínimos fijados por la Xunta de Galicia en este ámbito durante la jornada de huelga.

1.11.3. Agencia Gallega de Calidad Alimentaria

Centro

Total

Servicios mínimos

Puesto

Turno

Centro de Formación y Experimentación Agroforestal de Guísamo (A Coruña)

17

1

Responsable de apertura del centro

 

Centro de Formación y Experimentación Agroforestal de Sergude (A Coruña)

25

1

Responsable de apertura del centro

 

1

Oficial/a 2ª agrario/a

 

1

Cocinero/a 1ª

 

Centro de Formación y Experimentación Agroforestal de Becerreá (Lugo)

15

1

Responsable de apertura del centro

 

Centro de Formación y Experimentación Agroforestal de Monforte de Lemos (Lugo)

9

1

Responsable de apertura del centro

 

Centro de Formación y Experimentación Agroforestal Pedro Murias (Ribadeo-Lugo)

12

1

Responsable de apertura del centro

 

1

Oficial/a 2ª agrario/a

 

Centro de Formación y Experimentación Agroforestal de Lourizán (Pontevedra)

22

1

Responsable de apertura del centro

 

1

Cocinero/a 1ª

 

1

Personal de limpieza

Mañana

1

Personal de limpieza

Mañana

Centro de Investigaciones Agrarias de Mabegondo (A Coruña)

58

1

Capataz agrícola

Mañana

2

Oficiales 2ª agrarios/as

Mañana

1

Capataz agrícola

Tarde

1

Oficial/a 2ª agrario/a

Tarde

Estación Experimental de Ganadería de Montaña de Marco de A Curra (Monfero-A Coruña)

7

1

Capataz agrícola

 

Estación Experimental Agroganadera de A Pobra do Brollón (Lugo)

4

1

Capataz agrícola

 

1.11.4. Xenética Fontao, S.A.

Descripción

Efectivos

Servicio mínimo

Director/a gerente

1

1

Analista de laboratorio

4

2

Auxiliar administrativo/a

1

0

Auxiliar de laboratorio

6

3

Limpiador/a

1

1

Oficial/a 2ª peón/a

5

3

Veterinarios/as-Biólogos/as

8

4

Jefe/a de explotación

2

1

Jefe/a de área

2

2

(1) Analistas de laboratorio: efectivos imprescindibles para asegurar las operaciones de laboratorio en curso y evitar la pérdida de muestras biológicas.

(2) Oficial/a 2ª peón/a: efectivos imprescindibles para el cuidado y alimentación de los 250 sementales de XF.

(3) Veterinarios/as: efectivos imprescindibles para el aseguramiento de procesos de los laboratorios (3) de molecular, F.I.V. y calidad de dosis seminales bovinas.

(4) Resto de puestos directivos: se fijan los efectivos mínimos necesarios para asegurar y coordinar los procedimientos operativos de la empresa.

1.12. Consellería del Mar.

1.12.1. Centros de enseñanza

a) Provincia de A Coruña:

Escola Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol:

– 1 educador/a.

b) Provincia de Pontevedra:

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo:

– 1 educador/a.

1.12.2. Servicio de Guardacostas de Galicia

a) Bases de vigilancia de A Coruña, Celeiro y Pontevedra. En cada una de las bases:

– 1 patrón/a.

– 1 mecánico/a.

– 1 vigilante marinero/a.

b) Salvamento Marítimo y Lucha contra la Contaminación Marina

Las empresas Tragsatec, Remolcanosa y Avincis deberán garantizar que la sala de operaciones y todas las embarcaciones y aeronaves afectas al Servicio de Guardacostas de Galicia estarán operativas las 24 horas de la jornada de huelga.

1.12.3. Ente público Puertos de Galicia

– 1 jefe/a de infraestructuras de zona (Zona Sur-Pontevedra)

– 1 jefe/a de zona (Zona Centro-A Coruña)

– 1 jefe/a de zona (Zona Norte-Lugo)

– 2 guardamuelles (Zona Sur-Pontevedra)

– 2 guardamuelles (Zona Centro-A Coruña)

– 1 guardamuelles (Zona Norte-Lugo)

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de septiembre de 2024

Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes

ANEXO I

Concesiones de servicio público de transporte
regular de viajeros de uso general

Concesión

Denominación

NIF concesionaria

Concesionaria

XG600

Comarca de O Carballiño

U32504565

Empresa Montañesa, S.L.; Rivera Bus, S.L.; Bernárdez e Cía., S.L. y Autocares Pérez S.A., UTE Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG 600)

XG601

Comarca de Baixa Limia

U32503468

Empresa Gavilanes, S.L.; Rutas 82, S.L.; Antonio Salgado Pérez; Autocares E. Losada, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente UTE Río Caldo)

XG602

Este de la Comarca de Allariz-Maceda

U32504730

Sociedad de Transportes, S.L. y Empresa Monforte, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG-602)

XG603

Comarca de Terra de Celanova

U32504672

Sociedad de Transportes, S.L.; Autos González, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U.; Auto Industrial, S.A.; Empresa Villalón, S.A.; Aguas de Incio, S.A. y Eleuterio López y Cía., S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG603 Comarca de Terra de Celanova)

XG604

Comarca de O Ribeiro

U32504631

Autos González, S.L.; Palacios Bus S.L.; Autocares Rodriguez Carballiño, S.L.; Traviacar, S.L.; Auto Industrial, S.A.; Empresa Villalón, S.A.; Augas de Incio, S.A. y Eleuterio López y Cía., S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG-604 Comarca de O Ribeiro)

XG605

Comarca de Ourense

U32504599

Minhobus-Transportes do Minho, S.U.L.; Empresa Gavilanes, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente UTE RIO)

XG610

Comarca de Viana

U32504763

Sociedad de Transportes, S.L.; Agrupación de Transportes de Viajeros, S.A.; Autos Bibey, S.L. y Rafael Pérez Vázquez, Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG 610)

XG611

Comarca de A Limia

U32504698

Sociedad de Transportes, S.L.; Empresa Monforte, S.L.U. y Autocares Reza, S.L., Unión Temporal de empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG 611)

XG612

Comarca de Valdeorras

U32504771

Empresa Monforte, S.A.U.; Autobuses Urbanos de Ponferrada, S.A.; Agrupación de Transporte de Viajeros, S.A., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG 612 )

XG613

Comarcas de Terra de Caldelas y Terra de Trives

U27514777

Empresa Monforte S.A.U.; Palacios Bus, S.L. y Autocares Castro Caldelas, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG 613)

XG614

Comarca de Verín

U27514868

Sociedad de Transportes, S.L.; Autocares Guerra, S.L.; Auto Industrial, S.A.U.; Empresa Villalón, S.A.U.; Castromil, S.A.U.; Eleuterio López y Compañía, S.L.U.; La Hispano-Igualadina, S.L.; Vigo Barcelona, S.A. y Empresa Monforte, S.A.U., Unión Temporal de Empresas Ley 18/1982 (abreviadamente UTE XG-614)

XG615

Oeste de la Comarca de Allariz-Maceda

U32504748

Sociedad de Transportes, S.L. y Empresa Monforte, S.A.U.; Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente UTE XG 615)

XG618

Comarca de A Mariña Occidental

B27009539

Autobuses de Vivero Otero, S.L.

XG620

A Estrada-Pontecesures, con anexos

U94196557

Unión Temporal de Empresas Exprés de Vea, S.L.; Benito Abalo, S.L.; Exprés de Tabeirós, S.L.U.; Autocares Lázara, S.A.; Autocares Troitiño, S.L. y Castromil, S.A., UTE Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE Celta 2019-2029)

XG621

Sur de la comarca de O Condado, este de la de Vigo y término municipal de Tui

U27515485

Servicios de Autobús Lar, S.L.U.; Empresa Viuda de J. Domínguez, S.L.; Transportes La Unión, S.A., Autos Arcade, S.L.; Castromil, S.A.U.; Gómez de Castro, S.A.U.; Auto Industrial, S.A.U.; Empresa Miño, S.L.; Orense Benavente, S.A.; La Hispano Igualadina, S.L. y Empresa Monforte, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-621)

XG622

Norte de las comarcas de A Paradanta y O Condado

U27515493

Autos González, S.L.; Empresa Viuda de J. Domínguez, S.L.; Transportes La Unión, S.A.; Autos Arcade, S.L.; Gómez de Castro, S.A.U.; Auto Industrial, S.A.U.; Empresa Miño, S.L.; Orense-Benavente, S.A.; La Hispano Igualadina, S.L.; Unión Temporal de Empresas, Ley 19/1982 (abreviadamente, UTE XG-622)

XG623

Lugo-Ourense-Vigo, con anexos

U27515394

Auto Industrial, S.A.U.; Empresa Villalón, S.A.U.; Castromil, S.A.U.; Eleuterio López y Compañía, S.L.U.; Gómez de Castro, S.A.U.; Vigo-Barcelona, S.A.; Aguas de Incio, S.A.U. y Empresa Monforte, S.A.U., Unión Temporal de empresas Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-623)

XG624

Sur de la comarca de Pontevedra, norte de la de Vigo y término municipal de Tui

U27515568

Autos González, S.L.; Empresa Viuda de J. Domínguez, S.L.; Transportes La Unión, S.A.; Autos Arcade, S.L.; Castromil, S.A.U.; Empresa Miño, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U.; La Hispano Igualadina, S.L.; Autobuses de Pontevedra, S.A. y Galega de Autocares Gala, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG624)

XG625

Comarca de O Morrazo

U27515519

Eugenio Bermúdez e Hijos, S.L.; Autobuses Cerqueiro e Hijos, S.L.; Empresa Viuda de J. Domínguez, S.L.; Transportes La Unión, S.A.; Autos Arcade, S.L., Castromil, S.A.U.; Empresa Miño, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U.; Autobuses de Pontevedra, S.A.; Galega de Autocares Gala, S.L.; La Hispano Igualadina, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-625)

XG626

Sur de la comarca de O Salnés y término municipal de Poio

U27515469

José Acha García e Hijos, S.L.; Transportes La Unión, S.A.; Autos Arcade, S.L.; Castromil, S.A.U.; Empresa Monforte, S.A.U.; La Hispano Igualadina, S.L.; Autobuses de Pontevedra, S.A.; Galega de Autocares Gala, S.L.; Vigo-Barcelona, S.A., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-626)

XG627

Norte de la comarca de O Salnés y término municipal de Catoira

U27515477

José Acha García e Hijos, S.L.; Empresa Pereira, S.L.U.; Benito Abalo, S.L.; Transportes José Núñez Barros, S.A.U.; Exprés de Tabeirós, S.L.U.; Transportes La Unión, S.A.; Autos Arcade, S.L., Castromil, S.A.U.; Empresa Monforte, S.A.U.; La Hispano Igualadina, S.L.; Autobuses de Pontevedra, S.A.; Galega de Autocares Gala, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-627)

XG628

Metropolitano de Pontevedra

U27515550

Autocares Rías Baixas, S.L.; Transportes La Unión, S.A.; Autos Arcade, S.L.; Castromil, S.A.U.; Autobuses de Pontevedra, S.A.; Galega de Autocares Gala, S.L. y Auto Industrial, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-628)

XG630

Norte y este de la comarca de Noia

U70604889

Autos Dosil, S.L., Hermanos Ferrín, S.L. y Autos Comparado, S.L. (abreviadamente, UTE XG-630)

XG632

Comarca de Bergantiños

U70587241

Galicia, Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE Galicia)

XG633

Comarcas de A Mariña Central y Oriental

B15067416

Autos Carballo, S.L.U.

XG634

Comarca de A Fonsagrada y este de la comarca de Lugo

U27513191

José García Sarceda, Hervei, S.L.; Luarca Bus, S.L., Autocares Hermanos Toxedo, S.L.; Autocares Silva, S.L.; Alferher, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG634 Comarca Fonsagrada y Este Comarca de Lugo)

XG635

A Coruña-Lugo-A Mariña, con anexos

B15067416

Autos Carballo, S.L.U.

XG636

Comarca de Terra Chá

B15067416

Autos Carballo, S.L.U.

XG637

Comarca de A Ulloa y sur de la comarca de Lugo

U27514736

UTE XG-637 Comarca de A Ulloa y Sur de Lugo (abreviadamente, UTE XG-637 Comarca de Ulloa y Sur de Lugo)

XG638

Comarca de Meira

B27474204

Autocares Cotá, S.L.

XG639

Términos municipales de Pontedeume, Cabanas, Vilarmaior, Irixoa y Monfero

B15067416

Autos Carballo, S.L.U.

XG640

Noroeste de las comarcas de Ferrol y Ortegal

U27514629

Rías Altas, S.A.; Castromil, S.A.U.; Euleuterio López y Compañía, S.L.U.; Empresa Luber, S.L.; Gómez de Castro, S.A.U; Autobuses Alcalá 2010, S.L.; La Hispano Igualadina, S.L., Empresa Sánchez, S.L.U. y Autos Rivas, S.L.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente UTE XG-640)

XG641

Nordeste de la comarca de Eume

B15067416

Autos Carballo, S.L.U.

XG642

Metropolitano de Ferrol

U24734022

Transportes Adaptados Regionales, S.L.U., Mai Tours, S.L.U., Interurbana de Autocares, S.A.U. y Compostelana, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE FERROLBUS)

XG643

Comarca de O Deza

U94196797

Autocares Meijide, S.L. y Gomserbus, S.L. UTE, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE KM0 Galicia)

XG644

O Barco de Valdeorras-Monforte de Lemos-Ourense, con anexos

U27514926

Agrupación de Transportes de Viajeros, S.A., Palacios Bus, S.L., Luisa Rodríguez Núñez y Empresa Monforte, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG 644)

XG645

Castro Caldelas-Monforte de Lemos, con anexos

U27514751

Palacios Bus, S.L., Autocares Castro Caldelas, S.L. y Empresa Monforte, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG 645)

XG646

Términos municipales de Melide, Boimorto, Sobrado y Toques

U70603675

UTE Transporte Interior de Galicia, Ley 18/1982, de 26 de mayo, y Ley 12/1991, de 29 de abril (abreviadamente, UTE Transporte Interior de Galicia, Ley 18/1982, de 26 de mayo, y Ley 12/1991, de 29 de abril)

XG647

Comarca de Sarria

U27514744

UTE XG-647 Comarca de Sarria (abreviadamente, UTE XG-647 Comarca de Sarria)

XG648

Monforte de Lemos-Sarria-Lugo, con anexos

U27514769

Piñeiro Castro Salvador, Autocares Vilabus, S.L., Viledobus, S.L., Empresa Monforte, S.A.U., Aguas de Incio, S.A. y Empresa Luber, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-648)

XG649

Comarca de Chantada

U27515428

Palacios Bus, S.L., Luís Díaz Almuiña, S.L., Empresa Villamarín, S.L., Empresa Monforte, S.A.U., Gómez de Castro, S.A.U. y Aguas de Incio, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-649)

XG651

Norte de la comarca de Ferrol y término municipal de Cerdido

U27514652

Rias Altas, S.A.; Castromil, S.A.U.; Euleuterio López y Compañía, S.L.U.; Empresa Luber, S.L.; Gómez de Castro, S.A.U; Autobuses Alcalá 2010, S.L.; Empresa Sánchez, S.L.U. y Autos Rivas, S.L.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente UTE XG-651)

XG654

Términos municipales de Valdoviño y Narón

U27514637

Rias Altas, S.A.; Castromil, S.A.U.; Euleuterio López y Compañía, S.L.U.; Empresa Luber, S.L.; Gómez de Castro, S.A.U; Autobuses Alcalá 2010, S.L.; Empresa Sánchez, S.L.U. y Autos Rivas, S.L.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente UTE XG-654)

XG656

Sureste de la comarca de Bergantiños

U70587241

Galicia, Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE Galicia)

XG658

Este y sur del término municipal de A Estrada

B36019990

Autocares Rías Baixas, S.L.

XG659

Norte del término municipal de A Estrada

U94196557

Unión Temporal de Empresas Exprés de Vea, S.L.; Benito Abalo, S.L.; Exprés de Tabeirós, S.L.U.; Autocares Lázara, S.A.; Autocares Troitiño, S.L. y Castromil, S.A.-UTE, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE Celta 2019-2029)

XG660

Santiso-Melide-Toques, con anexos

U94196797

Autocares Meijide, S.L. y Gomserbus, S.L. UTE, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE KM0 Galicia)

XG661

Término municipal de Santiso

U70603675

UTE Transporte Interior de Galicia, Ley 18/1982, de 26 de mayo y Ley 12/1991, de 29 de abril (abreviadamente, UTE Transporte Interior de Galicia, Ley 18/1982, de 26 de mayo y Ley 12/1991, de 29 de abril)

XG662

Sur de los términos municipales de Lalín y Silleda

B36019990

Autocares Rías Baixas, S.L.

XG663

Término municipal de Agolada y nordeste del de Lalín

U94196797

Autocares Meijide, S.L. y Gomserbus, S.L. UTE, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE KM0 Galicia)

XG664

Términos municipales de Dozón y Rodeiro y sureste del de Lalín

U32504557

Autocares Meijide, S.L. y Autocares Pérez, S.A., UTE Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG664)

XG665

Término municipal de Forcarei

U32504664

Empresa Montañesa, S.L.; Rivera Bus, S.L.; Bernárdez y Cía., S.L.; Autocares Rodriguez Carballiño, S.L. y Traviacar, S.L., UTE, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG 665)

XG666

Términos municipales de A Cañiza y Arbo

U27514702

Autos González, S.L.; Autocares Meiriño, S.L.; Empresa Viuda J. Domínguez, S.L.; Autos Arcade, S.L.; Gómez de Castro, S.A.U.; Auto Industrial, S.A.U.; Empresa Miño, S.L. y Orense Benavente, S.A., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-666)

XG667

Término municipal de Mondariz y oeste del de Covelo

U94198074

Subus Grupo de Transporte, S.L.; Secc. Automóvil, S.L.; Ángel Mariano Molla, S.A.; Autobuses del Triángulo, S.L.; Empresa Raul, S.A.; Autocres Fadista, S.L.U. y Asistencia Técnica Maturo, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE LUGOVE 1)

XG668

Término municipal de Mondariz

U94198090

Subus Grupo de Transporte, S.L.; Secc. Automóvil, S.L.; Ángel Mariano Molla, S.A.; Autobuses del Triángulo, S.L.; Empresa Raul, S.A.; Autocres Fadista, S.L.U. y Asistencia Técnica Maturo, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE LUGOVE 2)

XG669

Término municipal de Ponteareas

U94198116

Subus Grupo de Transporte, S.L.; Secc. Automóvil, S.L.; Ángel Mariano Molla, S.A.; Autobuses del Triángulo, S.L.; Empresa Raul, S.A.; Autocares Fadista, S.L.U. y Asistencia Técnica Maturo, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE LUGOVE 3)

XG670

Términos municipales de Mos, O Porriño y Tui

U27515501

Servicios de Autobus Lar, S.L.U.; Empresa Viuda de J. Domínguez, S.L.; Transportes La Unión, S.A.; Autos Arcade, S.L.; Gómez de Castro, S.A.U; Auto Industrial, S.A.U.; Empresa Miño, S.L., Empresa Monforte, S.A.U. y Orense Benavente, S.A., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente UTE XG-670)

XG671

Términos municipales de Salvaterra do Miño y Salceda de Caselas

U27514686

Empresa Viuda de J. Dominguez, S.L.; Transportes La Unión, S.A.; Autos Arcade, S.L.; Castromil, S.A.U.; Gómez de Castro, S.A.U; Auto Industrial, S.A.U.; Empresa Miño, S.L. Orense Benavente, S.A. y Empresa Monforte, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente UTE XG-671)

XG672

Términos municipales de Moaña y Vilaboa

U27514876

Eugenio Bermúdez e Hijos, S.L.; Empresa Viuda J. Domínguez, S.L.; Transportes La Unión, S.A.U.; Autos Arcade S.L.; Empresa Miño, S.L., Autobuses de Pontevedra, S.A.; Galega de Autocares Gala, S.L. y La Hispano Igualadina, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente UTE XG-672)

XG673

Entorno metropolitano de Pontevedra

U27514538

Empresa Viuda J. Domínguez, S.L.; Transportes La Unión, S.A.U.; Autos Arcade, S.L.; Castromil, S.A.U.; Empresa Miño, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U.; Autobuses de Pontevedra, S.A; Galega de Autocares Gala, S.L. y Auto Industrial, S.A., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente UTE XG 673)

XG676

Nordeste de la comarca de Terra Chá

U27513530

Autos Lozano, S.L., Minerva e Hijos, S.A., Minerva Díaz Cendán, Autocares Llano, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, Autos Lozano, S.L., Minerva e Hijos, S.A., Minerva Díaz Cendán, Autocares Llano, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo)

XG677

Comarca de Terra de Lemos

U27514785

Palacios Bus, S.L.; Autocares Tito y Gil, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U.; Aguas de Incio, S.A.U. y Empresa Luber, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-677)

XG680

Begonte-Rábade, con anexos

U27514793

Mourenza y Pardo, S.L.; Her-Vei, S.L.; Luber, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U.; Gómez de Castro, S.A.U.; Luarca Bus, S.L. y Autos Meilán, S.L. Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente UTE XG-680)

XG681

Aranga-Guitiriz y Begonte-Outeiro de Rei, con anexos

U27514801

Vigo Álvarez, S.L.; Empresa Luber, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U. y Gómez de Castro, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-681)

XG682

Norte de la comarca de A Mariña Central y oeste de la comarca de A Mariña Occidental

B15067416

Autos Carballo, S.L.U.

XG684

Beariz-O Irixo-O Carballiño, con anexos

U32504656

Empresa Montañesa, S.L.; Rivera Bus, S.L.; Bernárdez y Cía., S.L.; Autocares Rodriguez Carballiño, S.L. y Traviacar, S.L., UTE, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG 684)

XG685

Boborás-O Carballiño, con anexos

U32504649

Empresa Montañesa, S.L.; Rivera Bus, S.L.; y Bernárdez e Cía., S.L., UTE, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG 685)

XG686

Términos municipales de San Cristovo de Cea, Dozón y Piñor

A32032013

Autocares Pérez, S.A.

XG687

O Irixo-O Carballiño, con anexos

U32504623

Empresa Montañesa, S.L.; Rivera Bus, S.L.; Bernárdez y Cía., S.L., Autocares Rodriguez Carballiño, S.L. y Traviacar, S.L., UTE, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG 687)

XG688

Términos municipale de O Pereiro de Aguiar, Coles y Barbadás

U27514710

Autos Gonzalez, S.L.; Auto Industrial, S.A.U.; Empresa Villalón, S.A.U., Aguas de Incio, S.A., Eleuterio López y Compañía, S.L.U. y Empresa Monforte, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-688)

XG689

A Peroxa-Coles-Ourense, con anexos

U32504375

Autocares Alfer, S.A.; Empresa Toén, S.L.; Autos Gómez, S.L.; Autocares Manolete, S.L.; Autocares A. González, S.L.; Autocares la Mezquita, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, Alma de Ourense UTE)

XG690

San Cibrao das Viñas-Ourense, con anexos

B32024580

Autocares González, S.L.

XG691

O Pereiro de Aguiar-Ourense, con anexos

U27514694

Auto Industrial, S.A.U., Empresa Villalón, S.A.U., Aguas de Incio, S.A.U., Eleuterio López y Compañía, S.L.U. y Empresa Monforte, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-691)

XG692

Nogueira de Ramuín-Ourense, con anexos

U27514850

Autocares Pérez, S.A.; Auto Industrial, S.A.U.; Aguas de Incio, S.A.U., Eleuterio López y Compañía, S.L.U. y Empresa Monforte, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-692)

XG695

Términos municipales de Meaño y Cambados

U27515543

Autocares Rías Baixas, S.L.; Viuda de J. Domímguez, S.L.; Transportes La Unión, S.A.; Autos Arcade S.L.; Empresa Miño, S.L.; Autobuses de Pontevedra, S.A.; Galega de Autocares Gala, S.L. y La Hispano Igualadina, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-695)

XG696

Centro del término municipal de Lalín

U94198165

Autocares Ofelia E. Souto Castro, S.L. y Autocares Lázara, S.A., UTE, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE Deza 696)

XG698

Este de la comarca de Pontevedra y norte de la comarca de Vigo

U27514892

Autocares Manuel García Castro, S.L., Empresa Viuda J. Domínguez, S.L., Transportes La Unión, S.A., Autos Arcade, S.L.; Empresa Miño, S.L., Autobuses de Pontevedra, S.A., Galega de Autocares Gala, S.L. y La Hispano Igualadina, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-698)

XG699

Norte del término municipal de Lalín

B36019990

Autocares Rías Baixas, S.L.

XG701

Muíños-Bande, con anexos

U32503443

Autocares E. Losada, S.L.-Antonio Salgado Pérez-Empresa Gavilanes, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente UTE CADOS)

XG703

Celanova-Cartelle, con anexos

U32503450

Autocares E. Losada, S.L.-Autocares Camilo Heredia, S.L.-Empresa Gavilanes, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente UTE Coto Novelle)

XG705

Leiro-Cenlle-Ribadavia, con anexos

U32504680

Autos González, S.L.; Palacios Bus, S.L.; Autocares Rodríguez Carballiño, S.L.; Traviacar, S.L.; Auto Industrial, S.A.; Empresa Villalón, S.A.; Aguas de Incio, S.A. y Eleuterio López y Cía., S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG 705)

XG706

Avión-Carballeda de Avia, con anexos

U32504706

Autos González, S.L.; Palacios Bus, S.L.; Autocares Rodríguez Carballiño, S.L.; Traviacar, S.L.; Auto Industrial, S.A.; Empresa Villalón, S.A.; Aguas de Incio, S.A. y Eleuterio López y Cía., S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG-706)

XG707

Toén-Barbadás-Ourense, con anexos

U32504375

Autocares Alfer, S.A.; Empresa Toén, S.L.; Autos Gómez, S.L.; Autocares Manolete, S.L.; Autocares A. González, S.L.; Autocares la Mezquita, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, Alma de Ourense UTE)

XG708

Término municipal de O Barco de Valdeorras

U32504714

Empresa Monforte, S.A.U.; Autobuses Urbanos de Ponferrada, S.A.; y Agrupación de Transportes de Viajeros, S.A., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, UTE XG 708)

XG709

Oeste de las comarcas de Betanzos y Eume

B15067416

Autos Carballo, S.L.U.

XG714

Oeste de la comarca de Ferrol

U27514645

Rias Altas, S.A.; Castromil, S.A.; Eleuterio López y Cía., S.L.U.; Empresa Luber, S.L.; Gómez de Castro, S.A.U.; Autobuses Alcalá 2010, S.L.; Autos Rivas, S.L.U. y Empresa Sanchez S.L.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, XG-714)

XG717

Términos municipales de Quiroga y Ribas de Sil

U27514512

Aguas de Incio, S.A. y Empresa Luber, S.L., Unión Temporal de Empresas Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-717)

XG719

Barreiros-Ribadeo, con anexos

B27007913

Autos Rodríguez Eocar, S.L.

XG720

Castro de Rei-Outeiro de Rei, con anexos

U27514819

José Carreiras Valiña; Autocares Darriba, S.L.; Empresa Trigo, S.L.; Empresa Luber, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U. y Gómez de Castro, S.A.U., Unión Temporal de Empresas Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-720)

XG721

Portomarín-Guntín, con anexos

U27514918

González y de la Riva, S.L.; Muralla Bus, S.L.; Autocares Silva, S.L.; Autobuses Urbanos de Ponferrada, S.A.; Empresa Monforte, S.A.U.; Gómez de Castro, S.A.U. y Luber, S.L., Unión Temporal de Empresas Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-721)

XG723

Término municipal de A Pastoriza

U27514967

Autocares Servando, S.L. y Autocares Úbeda, S.L., Unión Temporal de Empresas Número Uno, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE A Pastoriza)

XG724

O Incio-Sarria, con anexos

U27514827

Empresa Portomarín, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U.; Aguas de Incio, S.A. y Empresa Luber, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-724)

XG727

Sarria-Láncara, con anexos

U27514835

Piñeiro Castro, Salvador; Reboleira, S.L.; Autocares Juanma, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U.; Aguas de Incio S.A. y Empresa Luber, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-727)

XG728

Término municipal de Chantada

U27515436

Palacios Bus, S.L., Luís Díaz Almuiña, S.L., Viladebús, S.L., Autocares Viladebús, S.L., Empresa Monforte, S.A.U., Gómez de Castro, S.A.U. y Aguas de Incio, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-728)

XG729

Vilalba-Xermade, con anexos

U27513530

Autos Lozano, S.L., Minerva e Hijos, S.A., Minerva Díaz Cendán, Autocares Llano, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo (abreviadamente, Autos Lozano, S.L., Minerva e Hijos, S.A., Minerva Díaz Cendán; Autocares Llano, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, de 26 de mayo)

XG730

Término municipal de Cervantes

U27514496

UTE XG730 González de la Riva, S.L.; Transportes Méndez Tarnas, S.L. y Autobuses Urbanos de Ponferrada, S.A., Unión Temporal de Empresas Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-730)

XG732

Lugo-O Corgo, con anexos

U27514520

Empresa Luber, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U. y Gómez de Castro, S.A.U., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-732)

XG743

Términos municipales de Pantón y Sober

U27514843

Aguas de Incio, S.A.; Empresa Luber, S.L.; Autocares Vilabús, S.L. y Viledobús, S.L., Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-743)

XG800

Comarca de Ordes y norte de la de Santiago

U01866326

UTE Autos Grabanxa, S.L., Autocares Salvado, S.A., Empresa Gómez de Mesía, S.L., Autocares Meijide, S.L., Autos Cal Pita, S.A., Compostelana, S.A.U., Auto Fernando Alvarez, S.L. y Autos Rico, S.L. (abreviadamente, UTE XG-800)

XG802

Lugo-Santiago de Compostela, con anexos

U02741254

UTE Empresa Monforte, S.A.U.; Augas de Incio, S.A.U.; Gómez de Castro, S.A.U.; Transportes La Unión, S.A.; Autobuses de Pontevedra, S.A.; Galega de Autocares Gala, S.L.; Castromil, S.A.U.; Interurbana de Autocares, S.A.U. y Compostelana, S.A.U. (abreviadamente, UTE XG-802)

XG804

Oeste de la comarca de Santiago

U02724169

UTE Castromil, S.A.U.; Empresa Monforte, S.A.U.; Eleuterio López y Cía., S.L.U.; Rías Altas, S.A.; Auto Industrial, S.A.U.; La Hispano Igualadina, S.L.; Hermanos Ferrín, S.L. y Autocares Modesto Riveiro, S.L. (abreviadamente, UTE XG-804)

XG807

Sur de la comarca de Santiago

U01891886

UTE Empresa Monforte, S.A.U.; Eleuterio López y Cía., S.L.U.; Rías Altas, S.A.; Auto Industrial, S.A.U.; La Hispano Igualadina, S.L.; Hermanos Ferrín, S.L.; Empresa Seoane, S.L.; Autocares Bustelo, S.L.; Benito Abalo, S.L.; Exprés de Tabeirós, S.L.U.; Empresa Pereira, S.L.U. y Transportes José Núñez Barros, S.A.U. (abreviadamente, UTE XG-807)

XG811

Norte de la comarca de Bergantiños y término municipal de Camariñas

U01891696

UTE Vehículos Costa, S.L.; Autocares Pedro Pombo, S.L.; Autocares J. Pombo, S.L.; Autocares López e Hijo, S.L.; Autos Fondo e Hijos, S.L.; Autocares González Rodríguez, S.L.; Autocares Ferrín-Costa, S.L.; Autocares Facal, S.L.; Facal Bus, S.L.; Autocares Rey Varela, S.L.; Autocares Meijide, S.L. y Transportes Cotelo, S.L. (abreviadamente, UTE Galicia XG-811)

XG813

Sur de la comarca de Fisterra

U01884824

UTE Empresa Luber, S.L.; Empresa Monforte, S.A.U. y Galega de Autocares Gala, S.L. (abreviadamente, UTE XG-813)

XG814

Centro de la comarca de O Salnés

U01870971

UTE Benito Abalo, S.L.; Empresa Pereira, S.L.U.; Exprés de Tabeirós, S.L.U.; Transportes José Núñez Barros, S.A.U. y Autocares Rías Baixas, S.L. (abreviadamente, UTE XG-814)

XG817

Eje Atlántico y conexiones con Lugo, Lalín y Fisterra, con anexos

U02740652

La unión temporal Castromil, S.A., Empresa Monforte, S.A.U., Gómez De Castro, S.A., Transportes La Unión, S.A., Eleuterio López y Cía., S.L., Rias Altas, S.A., Autos Arcade, S.L., Auto Industrial, S.A., La Hispano Igualadina, S.L., Vigo Barcelona, S.A., Autocares Rías Baixas, S.L., Empresa Sanchez, S.L.U., Interurbana De Autocares, S.A.U. y Compostelana, S.A.U. (abreviadamente, UTE XG-817)

XG830

Comarca de Caldas y norte de la de O Salnés

U01891753

UTE Autos Arcade, S.L.; Galega de Autocares Gala, S.L.; Autobuses de Pontevedra, S.A.; Benito Abalo, S.L.; Exprés de Tabeirós, S.L.U.; Empresa Pereira, S.L.U.; Transportes José Núñez Barros, S.A.U. y Exprés de Vea, S.L. (abreviadamente, UTE XG-830)

XG833

Términos municipales de Begonte y Guitiriz

U02724201

UTE Gómez de Castro, S.A.U.; Empresa Luber, S.L. y Autocares Carreira, S.L. (abreviadamente, UTE XG-833)

XG835

Sureste de la comarca de Pontevedra

U01889674

UTE Autos Arcade, S.L.; Galega de Autocares Gala, S.L.; Autobuses de Pontevedra, S.A.; Autocares Manuel García Castro, S.L. y Autocares Vda. de Cándido, S.L.U. (abreviadamente, UTE XG-835)

XG843

A Coruña-Ferrol-Ortigueira-Viveiro-Vilalba-Lugo, con anexos

B15067416

Autos Carballo, S.L.U.

XG845

Términos municipales de Santa Comba, Mazaricos y Zas

U70599204

UTE Vehículos Costa, S.L.; Autocares Pedro Pombo, S.L.; Autocares J. Pombo, S.L.; Autocares López e Hijo, S.L.; Autos Fondo e Hijos, S.L.; Autocares González Rodríguez, S.L.; Autocares Ferrín-Costa, S.L.; Autocares Facal, S.L.; Facal Bus, S.L. y Autocares Rey Varela, S.L. (abreviadamente, UTE Galicia XG-845)

XG846

Sur de la comarca de Betanzos

U70610977

UTE Vehículos Costa, S.L.; Autos Rico, S.L.; Empresa Gilsanz, S.A.; Autobuses Santiso, S.L.; Hermanos Gabeiras, S.L.; Autocares, Barbantia, S.L.U.; Empresa Sánchez, S.L.; Autocares J. Pombo, S.L. y Autos Morán, S.L. (abreviadamente, UTE Hercules)

XG847

Comarca de O Barbanza

U02724292

UTE Castromil, S.A.U.; Empresa Monforte, S.A.U.; Eleuterio López y Cía., S.L.U.; Rías Altas, S.A.; Auto Industrial, S.A.U.; La Hispano Igualadina, S.L.; Hermanos Ferrín, S.L.; Agustín Sarasquete e Hijos, S.L.; Autos Ramón Outeiral, S.L. y Autocares Muíños, S.L. (abreviadamente, UTE XG-847)

XG848

Norte de las comarcas de Fisterra, Bergantiños y A Coruña

B15067416

Autos Carballo, S.L.U.

XG852

Oeste de la comarca de O Morrazo

U01889542

UTE Galega de Autocares Gala, S.L.; Empresa Viuda J. Domínguez, S.L.; Autobuses de Pontevedra, S.A. y Autobuses Cerqueiro, S.L. (abreviadamente, UTE XG-852)

XG859

Término municipal de Tui

U02695617

UTE Asistencia Técnica Maturo, S.L.; Empresa Raúl, S.A.; Autocares Fadista, S.L.U.; Subús Grupo de Transporte, S.L.U.; Secc. Automóvil, S.L.; Angel Mariano Molla, S.A. y Autobuses del Triángulo, S.L. (abreviadamente, UTE LUGOVE 4)

XG860

Comarca de Tabeirós-Terra de Montes

U01891837

UTE Empresa Viuda J. Domínguez, S.L.; Transportes La Unión, S.A.; Autos Arcade, S.L.; Castromil, S.A.; Autobuses de Pontevedra, S.A.; Galega de Autocares Gala, S.L.; Autocares Rías Baixas, S.L.; Autocares Meijide, S.L; Autocares Lázara, S.A.; Empresa Lázara, S.A.; Benito Abalo, S.L.; Exprés de Tabeirós, S.L.U.; Empresa Pereira, S.L.U. y Transportes José Núñez Barros, S.A.U., Unión Temporal de Empresas Ley 18/1982 (abreviadamente, UTE XG-860)

XG863

Este de la comarca de Santiago y norte de la de Deza

U01870856

UTE Autocares Rías Baixas, S.L. y Empresa Lázara, S.A. (abreviadamente, UTE XG-863)

XG871

Norte de la comarca de Betanzos, sur de la de Ferrol y oeste de la de Eume

U01881184

Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, Hércules Norte (abreviadamente UTE Hércules Norte)

XG872

Norte de la comarca de Eume y este de la de Ferrol

U01804228

UTE Autos Morán, S.L.; Hermanos Gabeiras, S.L. y Autos Rico, S.L. (abreviadamente, UTE Terras do Eume)

XG881

Este de la comarca de A Coruña

U01914142

UTE Transportes Adaptados Regionales, S.L.U.; Interurbana de Autocares, S.A.U.; Compostelana, S.A.U.; Autocares Castilla y León, S.A.U.; Nex Continental Holdings, S.L.U., Rías Altas, S.A.; Empresa Luber, S.L.U. y Eleuterio López y Cía., S.L.U. (abreviadamente, UTE XG-881 este de la Comarca de A Coruña)

XG883

Comarca de O Baixo Miño y sur de la comarca de Vigo

U02695310

UTE Asistencia Técnica Maturo, S.L.; Empresa Raúl, S.A.; Autocares Fadista, S.L.U.; Subús Grupo de Transporte, S.L.U.; Secc. Automóvil, S.L.; Ángel Mariano Molla, S.A. y Autobuses del Triángulo, S.L. (abreviadamente, UTE LUGOVE 5)

XG884

Términos municipales de Ortigueira y Mañón

U01971399

UTE Autos Morán, S.L. y Autocares Rodríguez Domínguez, S.L. (abreviadamente, UTE Transporte Ortegal)

XG888

Sur de la comarca de Paradanta y centro de la de O Condado

U02723708

UTE Empresa Viuda J. Domínguez, S.L.; Transportes La Unión, S.A.; Autos Arcade, S.L.; Gómez de Castro, S.A.U.; Empresa Miño, S.L.; Auto Industrial, S.A.U.; La Hispano Igualadina, S.L.;, Empresa Ojea, S.A.; Autocares Meiriño, S.L. y Autos González, S.L. (abreviadamente, UTE XG-888)

XG889

Términos municipales de Riotorto y A Pontenova

U01870609

UTE José Antonio López Acebras; María del Mar Acebras Rico; Empresa Rodil, S.L. y Empresa Acebras Rico, S.L. (abreviadamente, UTE Rodil)

XG890

Términos municipales de Outeiro de Rei y Guntín

U01885870

Gómez de Castro, S.A.U.; Luber, S.L.; Augas de Incio, S.A.U.; Transportes La Unión, S.A.; Empresa Portomarin, S.A.; Autos Meilán, S.L., Mourenza y Pardo, S.L., Her-Vei, S.L. y Luarca Bus, S.L.; Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982 (abreviadamente UTE XG-890)

XG891

Términos municipales de Pantón y O Saviñao

A32009656

Autocares Alfer, S.A.

ANEXO II

Código de expedición

Nombre de ruta

Sentido

Hora de salida

Hora de llegada

Integrada

XG60000101001

Abeleira-IES Chamoso Lamas

Ida

7:15

8:25

XG60000101005

Abeleira-IES Chamoso Lamas

Vuelta

12:20

13:30

XG60001801004

Vilariñofrío-CPI Virxe da Saleta

Ida

8:50

9:20

XG60001801005

Vilariñofrío-CPI Virxe da Saleta

Vuelta

16:00

16:30

XG60002101003

Betar-CPI Virxe da Saleta

Ida

8:40

9:24

XG60002101004

Betar-CPI Virxe da Saleta

Vuelta

16:00

16:44

XG60002401001

Confurco-Ourense E.I.

Ida

7:45

8:39

No

XG60002501001

Devesa-Carballiño E.A.

Ida

7:20

7:50

No

XG60002701004

Irixo-Carballiño E.A.

Ida

9:00

9:17

No

XG60003101001

Carballiño E.A.-As Lagoas

Ida

7:50

8:30

No

XG60003101002

Carballiño E.A.-As Lagoas

Vuelta

8:40

9:20

No

XG60003101009

Carballiño E.A.-As Lagoas

Ida

19:00

19:40

No

XG60003101010

Carballiño E.A.-As Lagoas

Vuelta

19:40

20:20

No

XG60003201003

Gaime-San Amaro (casa consistorial)

Ida

8:45

9:15

XG60003201004

Gaime-San Amaro (casa consistorial)

Vuelta

14:15

14:45

XG60003301003

A Caseta-CEIP Plurilingüe Lansbricae

Ida

8:26

9:00

XG60003301004

A Caseta-CEIP Plurilingüe Lansbricae

Vuelta

14:15

14:49

XG60003401004

Eiras-CPI Terras de Maside

Ida

8:27

9:15

XG60003401005

Eiras-CPI Terras de Maside

Vuelta

14:45

15:33

XG60003501004

Carreira-Maside

Ida

8:45

9:19

XG60003501005

Carreira-Maside

Vuelta

14:40

15:14

XG60003601004

Cima de Vila-CPI Terras de Maside

Ida

8:30

9:10

XG60003601005

Cima de Vila-CPI Terras de Maside

Vuelta

14:45

15:25

XG60004101004

Alen-CEIP Virxe da Pena da Sela

Ida

8:20

9:00

XG60004101005

Alen-CEIP Virxe da Pena da Sela

Vuelta

14:30

15:10

XG60100101004

IES Aquis Querquernis-Compostela

Vuelta

7:20

8:26

XG60100101005

IES Aquis Querquernis-Compostela

Ida

14:10

15:16

XG60100501002

CEIP Xoaquín Lourenzo Xocas-Casal do Bispo

Ida

15:30

16:25

XG60100501005

CEIP Xoaquín Lourenzo Xocas-Casal do Bispo

Vuelta

8:30

9:25

XG60100601001

CEIP Santa María A Real-Guxinde

Vuelta

8:43

9:25

XG60100601002

CEIP Santa María A Real-Guxinde

Ida

15:30

16:12

XG60100701002

CEIP Xoaquín Lourenzo Xocas-Facos

Ida

15:30

16:11

XG60100701005

CEIP Xoaquín Lourenzo Xocas-Facos

Vuelta

8:43

9:24

XG60100801004

IES Aquis Querquernis-Guxinde

Vuelta

7:43

8:25

XG60100801005

IES Aquis Querquernis-Guxinde

Ida

14:10

14:52

XG60100901001

CEIP do Xurés-A Cela

Vuelta

9:12

9:50

XG60100901002

CEIP do Xurés-A Cela

Ida

16:10

16:48

XG60101001009

Vilar de Cas (marquesina)-CEIP Valle Inclán

Ida

8:23

8:55

XG60101001010

Vilar de Cas (marquesina)-CEIP Valle Inclán

Vuelta

15:00

15:32

XG60101101001

Muiños-Bande

Ida

7:00

7:18

No

XG60101401005

IES Aquis Querquernis-Esperanzo (marquesina)

Vuelta

7:43

8:25

XG60101401006

IES Aquis Querquernis-Esperanzo (marquesina)

Ida

14:10

14:52

XG60101501005

Entrimo (biblioteca)-Enlaces-Olelas (cementerio)

Vuelta

7:15

7:50

XG60101501006

Entrimo (biblioteca)-Enlaces-Olelas (cementerio)

Ida

14:45

15:20

XG60101601001

CEIP Santa María A Real-Queguas

Vuelta

9:04

9:25

XG60101601002

CEIP Santa María A Real-Queguas

Ida

15:30

15:51

XG60101701001

CEIP do Xurés-Silvares

Vuelta

9:31

9:52

XG60101701002

CEIP do Xurés-Silvares

Ida

16:05

16:26

XG60101801001

Lobios (carretera)-Quintela

Vuelta

9:05

9:50

XG60101801002

Lobios (carretera)-Quintela

Ida

16:10

16:55

XG60102401001

Muiños-Bande (a demanda)

Vuelta

21:00

21:18

No

XG60200101001

Ourense E.I.-Vilardecás (por OU-101)

Ida

18:15

19:35

No

XG60200101002

Ourense E.I.-Vilardecás (por OU-101)

Ida

11:45

13:05

No

XG60200201001

Ourense E.I.-Maceda cruce OU-103 (por OU-101)

Ida

13:15

14:00

No

XG60200301003

Vilardecás-Ourense E.I. (por OU-101)

Ida

8:05

9:25

No

XG60200401001

Ourense E.I.-Ourense E.I.

Ida

10:30

11:28

No

XG60200501001

Ourense E.I.-Covelo-Ourense E.I.

Vuelta

12:45

13:29

No

XG60200601001

Ourense E.I.-Seixalbo-Ourense E.I.

Ida

9:30

10:15

No

XG60200801001

Arcucelos-Ourense E.I. (por OU-536)

Ida

6:25

7:45

No

XG60200901001

Vilar de Barrio (plaza Toural)-Ourense E.I. (por OU-536)

Vuelta

13:00

13:56

No

XG60201101003

Arcucelos-CEIP O Castiñeiro

Ida

8:50

9:04

XG60201101004

Arcucelos-CEIP O Castiñeiro

Vuelta

15:00

15:14

XG60201301002

Penouzos-Maceda cruce OU-103

Ida

7:35

8:20

XG60201301003

Penouzos-Maceda cruce OU-103

Vuelta

14:10

14:55

XG60201401001

Ourense E.I.-Seixalbo-Baños de Molgas-Maceda cruce OU-103

Vuelta

9:40

10:49

No

XG60201401002

Ourense E.I.-Seixalbo-Baños de Molgas-Maceda cruce OU-103

Ida

12:45

13:54

No

XG60201601001

CEIP de Maceda-Pardeconde (marquesina)

Vuelta

8:57

9:25

XG60201601002

CEIP de Maceda-Pardeconde (marquesina)

Ida

15:30

15:58

XG60201701001

CEIP de Maceda-Rioseco (farmacia)

Vuelta

8:51

9:20

XG60201701002

CEIP de Maceda-Rioseco (farmacia)

Ida

15:30

15:59

XG60201801003

IES San Mamede-As Lagoas (por OU-101)

Vuelta

7:16

8:20

XG60201801004

IES San Mamede-As Lagoas (por OU-101)

Ida

14:10

15:14

XG60201901001

IES San Mamede-Pardeconde (marquesina)

Ida

7:30

8:01

No

XG60201901005

IES San Mamede-Pardeconde (marquesina)

Ida

14:10

14:41

XG60201901007

IES San Mamede-Pardeconde (marquesina)

Vuelta

7:49

8:20

XG60202001001

CEIP Plurilingüe de Vilar de Barrio-Aldea de Abaixo (bar Vilas)

Vuelta

9:08

9:50

XG60202001004

CEIP Plurilingüe de Vilar de Barrio-Aldea de Abaixo (bar Vilas)

Ida

15:40

16:22

XG60202101001

CEIP de Maceda-Casetas do Rodicio

Vuelta

8:28

9:20

XG60202101002

CEIP de Maceda-Casetas do Rodicio

Ida

15:30

16:22

XG60202201004

IES San Mamede-Alto do Rodicio

Vuelta

7:46

8:20

XG60202201005

IES San Mamede-Alto do Rodicio

Ida

14:10

14:44

XG60202301001

Ourense E.I.-Santabaia-Esgos-Maceda-Baños de Molgas (por OU-536)

Vuelta

10:15

11:03

No

XG60202301002

Ourense E.I.-Santabaia-Esgos-Maceda-Baños de Molgas (por OU-536)

Ida

7:50

8:38

No

XG60202401002

Ourense E.I.-Polígono-Baños de Molgas

Ida

19:45

20:35

No

XG60202401003

Ourense E.I.-Polígono-Baños de Molgas

Ida

9:30

10:28

No

XG60202501002

Salgueiros-Baños de Molgas

Vuelta

6:15

6:40

No

XG60202601001

Ourense E.I.-Parque tecnológico-Maceda cruce OU (por Seixalbo)

Vuelta

6:20

7:03

No

XG60202601003

Ourense E.I.-Parque tecnológico-Maceda cruce OU (por Seixalbo)

Ida

19:00

19:53

No

XG60300101002

Bande-Ourense E.I.

Ida

7:45

8:40

No

XG60300101003

Bande-Ourense E.I.

Vuelta

13:00

13:55

No

XG60300101005

Bande-Ourense E.I.

Vuelta

20:00

20:55

No

XG60300201001

O Rial-Ourense E.I.

Ida

7:55

8:30

No

XG60300301002

Cortegada (centro)-Ourense E.I.

Vuelta

13:50

15:18

No

XG60300401001

Bar Villabus-Rotonda A Valenzá/Marcelo Macías nº 150

Ida

7:20

8:05

No

XG60300801001

Parbón-A Manchica

Ida

7:30

7:59

No

XG60300901003

CEIP San Marcos-Santa Baia (As Regadas)

Vuelta

9:20

9:50

XG60300901004

CEIP San Marcos-Santa Baia (As Regadas)

Ida

15:50

16:20

XG60301001003

Celanova (centro salud)-Moimenta

Vuelta

8:53

9:20

XG60301001004

Celanova (centro salud)-Moimenta

Ida

15:30

15:56

XG60301101003

Celanova (centro salud)-Rabal de Arriba

Vuelta

8:52

9:20

XG60301101004

Celanova (centro salud)-Rabal de Arriba

Ida

15:30

15:57

XG60301201004

IES de Celanova-Parbón

Vuelta

7:35

8:35

XG60301201005

IES de Celanova-Parbón

Ida

14:25

15:24

XG60301301003

CPI de Padrenda-Crespos-Condado (marquesina)

Vuelta

8:18

8:48

XG60301301004

CPI de Padrenda-Crespos-Condado (marquesina)

Ida

15:05

15:35

XG60301401003

CPI de Padrenda-Crespos-Cela de Arriba

Vuelta

8:16

8:50

XG60301401004

CPI de Padrenda-Crespos-Cela de Arriba

Ida

15:05

15:38

XG60301501004

Celanova (centro salud)-Campo Real

Vuelta

7:23

8:29

XG60301501005

Celanova (centro salud)-Campo Real

Ida

14:25

15:31

XG60301601003

CPI de Padrenda-Crespos-Vilar (pueblo)

Vuelta

8:23

8:50

XG60301601004

CPI de Padrenda-Crespos-Vilar (pueblo)

Ida

15:05

15:31

XG60301701001

San Martiño-A Manchica

Ida

7:50

8:17

No

XG60301801005

IES de Celanova-Telleira (A Mezquita)-Bar Bernardino

Vuelta

7:37

8:30

XG60301801006

IES de Celanova-Telleira (A Mezquita)-Bar Bernardino

Ida

14:25

15:18

XG60301901005

IES de Celanova-O Castro

Vuelta

8:09

8:35

XG60301901006

IES de Celanova-O Castro

Ida

14:25

14:50

XG60302001005

IES de Celanova-Berredo

Vuelta

7:41

8:35

XG60302001006

IES de Celanova-Berredo

Ida

14:25

15:18

XG60302101005

IES de Celanova-Caseta de Ansemil (marquesina)

Vuelta

8:08

8:34

XG60302101006

IES de Celanova-Caseta de Ansemil (marquesina)

Ida

14:35

15:00

XG60302201005

IES San Mamede-Esgos

Vuelta

7:49

8:20

XG60302201006

IES San Mamede-Esgos

Ida

14:10

14:40

XG60302301005

IES San Mamede-Santirso

Vuelta

8:01

8:23

XG60302301006

IES San Mamede-Santirso

Ida

14:10

14:31

XG60302401005

Maceda (centro)-A Lamela

Vuelta

7:50

8:28

XG60302401006

Maceda (centro)-A Lamela

Ida

14:15

14:52

XG60302501005

Maceda (centro)-Sta Eufemia

Vuelta

8:04

8:43

XG60302501006

Maceda (centro)-Sta Eufemia

Ida

14:10

14:48

XG60302601003

A Merca-Forxás dos Montes (marquesina)

Vuelta

8:27

9:05

XG60302601004

A Merca-Forxás dos Montes (marquesina)

Ida

15:05

15:42

XG60302701003

A Merca-Cruce carretera Barrio

Vuelta

8:53

9:15

XG60302701004

A Merca-Cruce carretera Barrio

Ida

15:05

15:26

XG60302801003

A Merca-Alto de Espiñoso

Vuelta

8:43

9:04

XG60302801004

A Merca-Alto de Espiñoso

Ida

15:05

15:25

XG60302901003

CEIP Plurilingüe de Vilar de Barrio-Folgoso (marquesina)

Vuelta

8:57

9:50

XG60302901004

CEIP Plurilingüe de Vilar de Barrio-Folgoso (marquesina)

Ida

15:40

16:32

XG60303001003

Picouto-Ver

Vuelta

8:19

9:00

XG60303001004

Picouto-Ver

Ida

15:00

15:40

XG60303101003

CEIP Mariñamansa-Cantoña (marquesina)

Vuelta

8:40

9:23

XG60303101004

CEIP Mariñamansa-Cantoña (marquesina)

Ida

15:54

16:36

XG60303201003

Santo Cristo-Santa Cruz Rabeda

Vuelta

8:53

9:20

XG60303201004

Santo Cristo-Santa Cruz Rabeda

Ida

15:40

16:06

XG60303301001

CEIP de Maceda-Outeiro do Cabo

Vuelta

8:35

9:20

XG60303301002

CEIP de Maceda-Outeiro do Cabo

Ida

15:30

16:14

XG60303401001

Maceda (centro)-Esgos (marquesina)

Vuelta

8:54

9:25

XG60303401002

Maceda (centro)-Esgos (marquesina)

Ida

15:30

16:00

XG60303501001

CEIP de Maceda-Vilar de Cans (O Conso-Refuxio)

Vuelta

8:59

9:20

XG60303501002

CEIP de Maceda-Vilar de Cans (O Conso-Refuxio)

Ida

15:30

15:50

XG60303601003

CEIP Curros Enríquez-Pardavedra (marquesina)

Vuelta

8:47

9:20

XG60303601004

CEIP Curros Enríquez-Pardavedra (marquesina)

Ida

15:30

16:03

XG60303701003

CEIP Curros Enríquez-Furriolo (marquesina)

Vuelta

8:59

9:25

XG60303701004

CEIP Curros Enríquez-Furriolo (marquesina)

Ida

15:30

15:55

XG60303801003

CEIP Curros Enríquez-Correxás

Vuelta

8:35

9:10

XG60303801004

CEIP Curros Enríquez-Correxás

Ida

15:29

16:04

XG60303901003

CEIP Curros Enríquez-Chaos

Vuelta

8:51

9:20

XG60303901004

CEIP Curros Enríquez-Chaos

Ida

15:35

16:03

XG60304001003

CEIP Curros Enríquez-Maravillas

Vuelta

8:47

9:15

XG60304001004

CEIP Curros Enríquez-Maravillas

Ida

15:30

15:57

XG60304101003

Celanova-Caseta de Ansemil (marquesina)

Vuelta

8:49

9:20

XG60304101004

Celanova-Caseta de Ansemil (marquesina)

Ida

15:30

16:00

XG60304201001

Ourense E.I.-Parque tecnológico (recinto interior)

Ida

7:30

7:55

No

XG60304401001

Parada Autobuses (Rocarine)-Ourense E.I.

Ida

9:30

10:10

No

XG60304501001

IES de Celanova-Parderrubias

Vuelta

8:04

8:35

XG60304501002

IES de Celanova-Parderrubias

Ida

14:35

15:05

XG60400101001

Ribadavia E.A.-Pazos de Arenteiro

Vuelta

7:55

8:35

No

XG60400301001

Ourense E.I.-Cortella (cruce)

Vuelta

7:00

7:47

No

XG60400301002

Ourense E.I.-Cortella (cruce)

Ida

12:00

12:47

No

XG60400401001

Ourense E.I.-Ribadavia E.A.

Ida

7:45

8:15

No

XG60400401002

Ourense E.I.-Ribadavia E.A.

Vuelta

8:30

9:00

No

XG60400401007

Ourense E.I.-Ribadavia E.A.

Ida

19:30

20:00

No

XG60400401008

Ourense E.I.-Ribadavia E.A.

Vuelta

20:00

20:30

No

XG60400601002

Ourense E.I.-Laias

Ida

15:30

16:07

XG60400601003

Ourense E.I.-Laias

Vuelta

8:43

9:20

XG60400801002

CEIP de Castrelo de Miño-A Bouza (Macendo)

Ida

15:15

15:42

XG60400801003

CEIP de Castrelo de Miño-A Bouza (Macendo)

Vuelta

8:49

9:16

XG60401001001

IES de Rivadabia-Barbantes-Estación

Ida

14:20

14:37

XG60401001005

IES de Rivadabia-Barbantes-Estación

Vuelta

8:00

8:17

XG60401101003

CEIP San Salvador-A Reza

Vuelta

8:30

8:55

XG60401101004

CEIP San Salvador-A Reza

Ida

14:45

15:10

XG60401201003

CEIP Virxe de Guadalupe-Lagoa (Plaza)

Vuelta

9:30

9:50

XG60401201004

CEIP Virxe de Guadalupe-Lagoa (Plaza)

Ida

15:10

15:30

XG60401301003

CEIP de Rivadabia-Sanin (marquesina)

Vuelta

8:24

8:55

XG60401301004

CEIP de Rivadabia-Sanin (marquesina)

Ida

15:00

15:31

XG60401401004

IES de Ribadavia-Remoiño

Vuelta

8:10

8:30

XG60401401005

IES de Ribadavia-Remoiño

Ida

14:25

14:45

XG60401601004

IES de Rivadabia-Casardeita

Vuelta

7:20

8:07

XG60401601005

IES de Rivadabia-Casardeita

Ida

14:20

15:07

XG60401801006

IES de Ribadavia-Lagoa (plaza)

Vuelta

7:20

8:25

XG60401801007

IES de Ribadavia-Lagoa (plaza)

Ida

14:20

15:35

XG60401901003

CEIP Virxe de Guadalupe-Espiñeiro

Vuelta

9:19

9:51

XG60401901004

CEIP Virxe de Guadalupe-Espiñeiro

Ida

15:10

15:42

XG60402001001

Avión-Liñares

Vuelta

7:00

7:30

No

XG60402001002

Avión-Liñares

Ida

19:45

20:15

No

XG60402101002

CEIP de Castrelo de Miño-Santa María

Ida

15:15

15:35

XG60402101005

CEIP de Castrelo de Miño-Santa María

Vuelta

9:00

9:20

XG60402501001

Ponte Barxas-IES de Ribadavia-Ourense E.I.

Ida

7:30

9:02

XG60402501002

Ponte Barxas-IES de Ribadavia-Ourense E.I.

Vuelta

13:15

14:47

XG60500201001

Xardín do Posío-Vilamarín-Amoeiro-Xardín do Posío

Ida

6:30

7:38

No

XG60500301001

Casardeita-Cartelle-Toén-Ourense E.I.

Ida

7:10

8:17

No

XG60500301003

Casardeita-Cartelle-Toén-Ourense E.I.

Vuelta

18:45

19:52

No

XG60500301004

Casardeita-Cartelle-Toén-Ourense E.I.

Vuelta

13:00

14:07

No

XG60500701001

Alongos-Ourense-Alameda

Ida

8:20

8:48

No

XG60500801001

Piñeiro-Ourense E.I.

Vuelta

9:00

9:19

No

XG60500901002

Piñeiro-Ourense E.I. (por Parada)

Vuelta

20:15

20:36

No

XG60501001001

Ourense E.I.-Piñor-Toén-Piñor-Ourense E.I.

Ida

7:25

8:24

No

XG60501001003

Ourense E.I.-Piñor-Toén-Piñor-Ourense E.I.

Ida

21:25

22:24

No

XG60501101001

Ourense E.I.-Toén-Ourense E.I. (circular)

Vuelta

18:45

19:55

No

XG60501101002

Ourense E.I.-Toén-Ourense E.I. (circular)

Ida

9:30

10:40

No

XG60501201006

Ourense E.I.-Moreiras-Toén-Moreiras-Ourense E.I.

Ida

21:00

22:02

No

XG60501501001

Ourense E.I.-Vilamarín-A Tolda

Vuelta

7:15

7:55

No

XG60501501002

Ourense E.I.-Vilamarín-A Tolda

Ida

13:00

13:40

No

XG60501501004

Ourense E.I.-Vilamarín-A Tolda

Ida

19:30

20:10

No

XG60501601001

Alameda-San Miguel do Campo

Vuelta

7:10

7:42

No

XG60501601004

Alameda-San Miguel do Campo

Ida

20:00

20:32

No

XG60501701001

Ourense E.I.-Belesar (carretera)

Ida

8:15

8:31

No

XG60501801002

Os Peares (zona norte)-Peroxa-Ourense E.I. (por Fontaíño)

Ida

9:00

9:44

No

XG60501901001

Ourense E.I.-Ribela-Barra de Miño-Vilarchao-Ourense E.I.

Ida

13:00

13:50

No

XG60501901002

Ourense E.I.-Ribela-Barra de Miño-Vilarchao-Ourense E.I.

Ida

19:30

20:20

No

XG60502001002

Xardín do Posío-Vilamarín

Ida

10:00

10:26

No

XG60502001003

Xardín do Posío-Vilamarín

Vuelta

11:00

11:26

No

XG60502101001

Ourense E.I.-Os Peares (zona sur)

Vuelta

9:45

10:17

No

XG60502101003

Ourense E.I.-Os Peares (zona sur)

Ida

19:15

19:47

No

XG60502201002

Ourense E.I.-Os Peares (zona norte) (por Penasalbas)

Ida

12:55

13:45

No

XG60502201003

Ourense E.I.-Os Peares (zona norte) (por Penasalbas)

Vuelta

13:55

14:45

No

XG60502301002

Ourense E.I.-Os Peares (zona norte)

Ida

8:50

9:31

No

XG60502401001

Ourense E.I.-Os Peares (zona norte) (por Cambeo)

Ida

18:30

19:15

No

XG60502501001

Ourense E.I.-San Romao

Vuelta

7:40

8:19

No

XG60502501002

Ourense E.I.-San Romao

Ida

12:00

12:39

No

XG60502601002

Ourense E.I.-Peroxa-San Romao

Vuelta

18:30

19:13

No

XG60502701001

Ourense E.I.-Esgos

Ida

20:00

20:54

No

XG60502701003

Ourense E.I.-Esgos

Vuelta

18:30

19:24

No

XG60502901003

As Lagoas-Loiro-As Lagoas

Ida

11:00

12:16

No

XG60502901004

As Lagoas-Loiro-As Lagoas

Ida

20:05

21:21

No

XG60503101069

As Lagoas-A Valenzá 1

Vuelta

7:00

7:16

No

XG60503101070

As Lagoas-A Valenzá 1

Ida

7:20

7:36

No

XG60503101074

As Lagoas-A Valenzá 1

Vuelta

8:00

8:16

No

XG60503101080

As Lagoas-A Valenzá 1

Ida

8:40

8:56

No

XG60503101082

As Lagoas-A Valenzá 1

Ida

8:55

9:11

No

XG60503101083

As Lagoas-A Valenzá 1

Vuelta

9:00

9:16

No

XG60503101134

As Lagoas-A Valenzá 1

Ida

18:00

18:16

No

XG60503101137

As Lagoas-A Valenzá 1

Vuelta

18:30

18:46

No

XG60503101140

As Lagoas-A Valenzá 1

Ida

19:00

19:16

No

XG60503101141

As Lagoas-A Valenzá 1

Vuelta

19:30

19:46

No

XG60503101146

As Lagoas-A Valenzá 1

Vuelta

20:05

20:21

No

XG60503101149

As Lagoas-A Valenzá 1

Ida

20:20

20:36

No

XG60503101150

As Lagoas-A Valenzá 1

Vuelta

20:40

20:56

No

XG60503301001

Ourense E.I.-Parque tecnológico-Carballeira-Ourense E.I.

Ida

8:05

9:27

No

XG60503401001

Ourense E.I.-Carballeira-Parque tecnológico (recinto interior)-Ourense E.I.

Ida

12:20

13:36

No

XG60503401003

Ourense E.I.-Carballeira-Parque tecnológico (recinto interior)-Ourense E.I.

Ida

18:20

19:36

No

XG60503501003

CPI José García García-Río Sil 24

Ida

14:30

15:15

XG60503501004

CPI José García García-Río Sil 24

Vuelta

8:00

8:45

XG60503601003

CPI Antonio Faílde-Casanova

Vuelta

8:37

8:59

XG60503601004

CPI Antonio Faílde-Casanova

Ida

14:55

15:17

XG60503701003

CPI Antonio Faílde-Toldavia (en la entrada al pueblo marquesina)

Vuelta

8:46

9:11

XG60503701004

CPI Antonio Faílde-Toldavia (en la entrada al pueblo marquesina)

Ida

14:55

15:20

XG60503801003

CPI Antonio Faílde-Outraldea (Orbán)

Vuelta

8:35

9:02

XG60503801004

CPI Antonio Faílde-Outraldea (Orbán)

Ida

14:55

15:22

XG60503901003

CPI Antonio Faílde-Costela (Miradorrio)

Vuelta

8:43

9:07

XG60503901004

CPI Antonio Faílde-Costela (Miradorrio)

Ida

14:55

15:19

XG60504001003

CPI Antonio Faílde-A Barra (plaza centro pueblo)

Vuelta

8:45

9:07

XG60504001004

CPI Antonio Faílde-A Barra (plaza centro pueblo)

Ida

14:55

15:17

XG60504101003

Luíntra-Moura

Vuelta

8:25

8:32

XG60504101004

Luíntra-Moura

Ida

13:55

14:02

XG60504201003

CEIP Ben-Cho-Shey-Ermide

Vuelta

8:55

9:25

XG60504201004

CEIP Ben-Cho-Shey-Ermide

Ida

16:05

16:35

XG60504301003

CPI José García García-San Lorenzo

Ida

14:30

15:20

XG60504301004

CPI José García García-San Lorenzo

Vuelta

7:55

8:45

XG60504401003

Avda. Vicente Risco-IES O Couto-Reboreda

Vuelta

7:40

8:10

XG60504401004

Avda. Vicente Risco-IES O Couto-Reboreda

Ida

14:10

14:40

XG60504601002

Bubeiras-Amoeiro-Ourense E.I.

Vuelta

15:15

16:21

XG60504601005

Bubeiras-Amoeiro-Ourense E.I.

Ida

8:24

9:30

XG60504701003

CPI José García García-As Vendas

Ida

14:30

15:15

XG60504701004

CPI José García García-As Vendas

Vuelta

8:00

8:45

XG60504801001

CEIP Mariñamansa-Vilarchao

Vuelta

8:45

9:13

XG60504801002

CEIP Mariñamansa-Vilarchao

Ida

15:10

15:38

XG60504901001

Xardín do Posío-Barrio (casas)

Vuelta

8:53

9:26

XG60504901002

Xardín do Posío-Barrio (casas)

Ida

15:45

16:18

XG60505001002

IES Universidade Laboral-Cantoña (marquesina)

Vuelta

7:23

8:14

XG60505001003

IES Universidade Laboral-Cantoña (marquesina)

Ida

14:10

15:01

XG60505301002

Ourense E.I.-Taboadela-Ourense E.I.

Ida

13:30

14:45

No

XG60505401001

Vilariñofrío-Parada do Sil-Ourense E.I.

Ida

6:30

7:59

No

XG60505401003

Vilariñofrío-Parada do Sil-Ourense E.I.

Vuelta

18:30

19:59

No

XG60505501001

Ourense E.I.-Pereiro de Aguiar-Cortiñas-Ourense E.I.

Ida

11:00

12:16

No

XG60505601001

Eiradela-Luíntra-Ourense E.I.

Vuelta

8:10

9:03

No

XG60505601002

Eiradela-Luíntra-Ourense E.I.

Ida

9:45

10:38

No

XG60505701001

A Peroxa-Ourense E.I.

Ida

10:15

11:03

No

XG60505901001

Ourense E.I.-Trasalba-Amoeiro-Ourense E.I.

Ida

6:55

7:57

No

XG60505901002

Ourense E.I.-Trasalba-Amoeiro-Ourense E.I.

Vuelta

18:30

19:32

No

XG60506001003

CEIP Ben-Cho-Shey-Cruce de Rivela (entre Sta. Baia y Casanova)

Vuelta

8:50

9:25

XG60506001004

CEIP Ben-Cho-Shey-Cruce de Rivela (entre Sta. Baia y Casanova)

Ida

16:05

16:40

XG60506101001

Ourense E.I.-Tamallancos-Amoeiro-Trasalba-Ourense E.I.

Ida

9:30

10:51

No

XG60506101002

Ourense E.I.-Tamallancos-Amoeiro-Trasalba-Ourense E.I.

Ida

19:15

20:36

No

XG60506201002

Ourense E.I.-Amoeiro-Tamallancos-Ourense E.I.

Ida

12:45

14:16

No

XG60506301001

Ourense E.I.-Os Peares (por OU-120)-Penalba-Ourense E.I.

Ida

7:55

8:54

No

XG60506501001

Ourense E.I.-Parque tecnológico (recinto interior)

Ida

7:00

7:47

No

XG60506501004

Ourense E.I.-Parque tecnológico (recinto interior)

Vuelta

20:30

21:17

No

XG60506601004

Reboreda-Ourense E.I.

Vuelta

20:00

20:22

No

XG60506701007

As Lagoas-A Valenzá 1 (centro médico)

Ida

8:25

8:39

No

XG60506901002

CEIP de Luíntra – Vilanova

Ida

14:40

15:16

XG60506901004

CEIP de Luíntra – Vilanova

Vuelta

7:59

8:35

XG60507701001

Lagoas-Sobrado-Loiro

Vuelta

7:15

7:42

No

XG60507801002

IES Xesús Ferro Couselo-A Valenzá 1

Vuelta

8:00

8:12

XG60507801003

IES Xesús Ferro Couselo-A Valenzá 1

Ida

14:10

14:22

XG60507901001

Xardín do Posío-Vilamarín (a demanda)

Vuelta

21:45

22:11

No

XG60508101001

Cruce Outeiro de Laxe (OU-102)-Parque tecnológico-Ourense E.I. (a demanda)

Ida

12:05

12:50

No

XG60508201001

Ourense E.I.-Moreiras-Toén-Moreiras-Ourense E.I. (Trelle a demanda)

Ida

7:00

8:02

No

XG60508301001

Os Peares (zona norte)-Peroxa-Ourense E.I. (por Fontaíño) (lectivos)

Ida

7:00

7:54

No

XG60508501001

Ourense E.I.-Vilarchao-A Peroxa

Vuelta

8:10

8:37

No

XG60508601001

Ourense E.I.-San Cibrao Desvío Polígono

Ida

20:00

20:17

No

XG61000501004

Tameiron (marquesina)-A Gudiña (gasolinera)

Ida

9:30

9:51

XG61000501005

Tameiron (marquesina)-A Gudiña (gasolinera)

Vuelta

15:40

16:01

XG61000601004

Carracedo (marquesina)-A Gudiña (gasolinera)

Ida

9:30

9:44

XG61000601005

Carracedo (marquesina)-A Gudiña (gasolinera)

Vuelta

15:35

15:49

XG61000701004

Bouzas (marquesina)-A Gudiña (gasolinera)

Ida

9:50

9:57

XG61000701005

Bouzas (marquesina)-A Gudiña (gasolinera)

Vuelta

15:30

15:37

XG61000801007

Castromil Zamora-Pereiro de Arriba (enlace)-A Gudiña (gasolinera)

Ida

8:45

9:45

XG61000901002

Castromil Zamora-CEIP Augusto Assía

Vuelta

14:20

14:58

XG61001001003

Vilavella (gasolinera)-Pereiro de Arriba (enlace)

Vuelta

15:45

15:51

XG61001101003

Vilavella (gasolinera)-Pereiro de Arriba (enlace)-A Mezquita

Ida

8:55

9:05

XG61001101004

Vilavella (gasolinera)-Pereiro de Arriba (enlace)-A Mezquita

Vuelta

14:20

14:30

XG61001201004

Parada da Serra-CPI Laureano Prieto

Ida

9:10

9:55

XG61001201005

Parada da Serra-CPI Laureano Prieto

Vuelta

15:35

16:20

XG61001301004

A Ponte-A Veiga+Enlace

Ida

7:30

8:16

XG61001301005

A Ponte-A Veiga+Enlace

Vuelta

15:00

15:46

XG61001401004

Pradocabalos-IES Carlos Casares

Ida

8:37

9:10

XG61001401005

Pradocabalos-IES Carlos Casares

Vuelta

14:30

15:03

XG61001501004

Penouta-CEIP Bibei

Ida

8:36

9:05

XG61001501005

Penouta-CEIP Bibei

Vuelta

14:30

14:59

XG61001601004

Lamalonga (marquesina)-CEIP Bibei

Ida

7:57

9:00

XG61001601005

Lamalonga (marquesina)-CEIP Bibei

Vuelta

14:30

15:33

XG61001701004

Vilardemilo (centro del pueblo)-IES Carlos Casares

Ida

8:25

8:52

XG61001701005

Vilardemilo (centro del pueblo)-IES Carlos Casares

Vuelta

14:30

14:57

XG61001801004

Pixeiros (entrada pueblo)-IES Carlos Casares

Ida

8:35

9:05

XG61001801005

Pixeiros (entrada pueblo)-IES Carlos Casares

Vuelta

14:30

14:55

XG61001901004

Tabazoa de Humoso-CEIP Bibei

Ida

8:10

9:00

XG61001901005

Tabazoa de Humoso-CEIP Bibei

Vuelta

14:30

15:20

XG61002001004

Mormentelos (centro pueblo)-CEIP de Vilariño de Conso

Ida

8:09

8:44

XG61002001005

Mormentelos (centro pueblo)-CEIP de Vilariño de Conso

Vuelta

14:05

14:40

XG61002001008

Mormentelos (centro pueblo)-CEIP de Vilariño de Conso

Vuelta

15:05

15:40

XG61002101001

Xares (cruce)-Covelo (cruce)

Ida

6:30

7:10

No

XG61002501001

Cambela (cruce O Bao)-Viana do Bolo E.A.

Ida

6:50

7:20

No

XG61002901003

San Pedro de Pousada-Riós (ayuntamiento)

Ida

8:45

9:05

XG61002901004

San Pedro de Pousada-Riós (ayuntamiento)

Vuelta

14:00

14:20

XG61003001003

Cortegada-Riós (ayuntamiento)

Ida

8:45

9:05

XG61003001004

Cortegada-Riós (ayuntamiento)

Vuelta

14:05

14:25

XG61003101003

Trepa-CEIP das Vendas da Barreira

Ida

8:45

9:10

XG61003101004

Trepa-CEIP das Vendas da Barreira

Vuelta

14:05

14:30

XG61003201002

A Veiga (plaza Concello)-Alto do Covelo

Vuelta

20:30

20:50

No

XG61003301003

Chaguazoso (escolar)-CEIP de Vilariño de Conso-CEIP Bibei-IES Carlos Casares-Viana do Bolo E.A.

Ida

7:42

9:10

XG61003401003

Chaguazoso (escolar)-CEIP de Vilariño de Conso-Vilariño de Conso (pueblo)

Vuelta

14:05

15:07

XG61003701002

Chaguazoso (escolar)-CEIP Bibei-Viana do Bolo E.A.-IES Carlos Casares

Vuelta

14:30

15:50

XG61003801002

CEIP Eduardo Ávila Bustillo-Prada (cruce)

Ida

15:15

15:41

XG61003801005

CEIP Eduardo Ávila Bustillo-Prada (cruce)

Vuelta

9:24

9:50

XG61003901003

Castromil Zamora-Pereiro de Abaixo-A Gudiña (gasolinera)

Vuelta

15:35

16:37

XG61004401002

Covelo (cruce)-Xares (cruce)

Ida

18:30

19:10

No

XG61004601002

CEIP Eduardo Ávila Bustillo-Lamalonga (marquesina)

Ida

15:15

15:35

XG61004601003

CEIP Eduardo Ávila Bustillo-Lamalonga (marquesina)

Vuelta

9:20

9:50

XG61100101004

Congostro (escolar)-Xinzo de Limia E.A.

Ida

7:32

8:27

XG61100101005

Congostro (escolar)-Xinzo de Limia E.A.

Vuelta

14:20

15:15

XG61100401004

San Mamede (carretera)-Xinzo de Limia E.A.

Ida

7:50

8:18

XG61100401005

San Mamede (carretera)-Xinzo de Limia E.A.

Vuelta

14:20

14:48

XG61100501001

Chamusiños-Xinzo de Limia E.A.

Ida

8:35

8:51

XG61100501005

Chamusiños-Xinzo de Limia E.A.

Vuelta

15:15

15:31

XG61100601002

Nocedo de Ribeira-CEIP Dos Blancos

Vuelta

15:30

15:38

XG61100601005

Nocedo de Ribeira-CEIP Dos Blancos

Ida

9:25

9:33

XG61100701001

Granxas (Toxal)-CEIP Carlos Casares

Ida

8:40

8:57

XG61100701005

Granxas (Toxal)-CEIP Carlos Casares

Vuelta

15:30

15:47

XG61100801002

Rioseco-Os Blancos

Vuelta

15:30

16:15

XG61100801005

Rioseco-Os Blancos

Ida

8:52

9:37

XG61100901004

As Estibadas-IES Cidade de Antioquía

Ida

7:35

8:15

XG61100901005

As Estibadas-IES Cidade de Antioquía

Vuelta

14:20

15:00

XG61101001001

Solveira (carretera)-Xinzo de Limia E.A.

Ida

8:45

9:00

XG61101001005

Solveira (carretera)-Xinzo de Limia E.A.

Vuelta

15:30

15:45

XG61101101004

Forxás-Xinzo de Limia E.A.

Ida

7:20

8:28

XG61101101005

Forxás-Xinzo de Limia E.A.

Vuelta

14:10

15:18

XG61101201001

Viladerrei (marquesina)-Xinzo de Limia E.A.

Ida

8:30

8:51

XG61101201005

Viladerrei (marquesina)-Xinzo de Limia E.A.

Vuelta

15:15

15:36

XG61101301004

Mugueimes-IES Cidade de Antioquía

Ida

7:10

8:26

XG61101301005

Mugueimes-IES Cidade de Antioquía

Vuelta

14:20

15:36

XG61101401003

A Venda-Rairiz de Veiga (centro)

Ida

8:31

9:20

XG61101401004

A Venda-Rairiz de Veiga (centro)

Vuelta

15:30

16:19

XG61101501004

Fontela (cruce)-CEIP de Sandiás

Ida

9:25

9:45

XG61101501005

Fontela (cruce)-CEIP de Sandiás

Vuelta

15:00

15:20

XG61101601004

A Fontela (cruce)-IES Lagoa de Antela

Ida

7:40

8:15

XG61101601005

A Fontela (cruce)-IES Lagoa de Antela

Vuelta

14:20

14:55

XG61101701003

Vieiro (núcleo)-CEIP Carlos Cid Arregui

Ida

8:27

9:05

XG61101701004

Vieiro (núcleo)-CEIP Carlos Cid Arregui

Vuelta

15:30

16:08

XG61101801004

A Cantarilla-CEIP de Sandiás

Ida

9:37

9:55

XG61101801005

A Cantarilla-CEIP de Sandiás

Vuelta

15:00

15:18

XG61101901006

San Millán (marquesina)-IES Cidade de Antioquía

Ida

7:15

8:26

XG61101901007

San Millán (marquesina)-IES Cidade de Antioquía

Vuelta

14:20

15:31

XG61102001003

Outeiro (parque)-Rairiz de Veiga (centro)

Ida

9:05

9:26

XG61102001004

Outeiro (parque)-Rairiz de Veiga (centro)

Vuelta

15:30

15:51

XG61102101003

Xinzo de Limia E.A.-Sarreaus (marquesina-norte)

Ida

8:15

8:50

XG61102101004

Xinzo de Limia E.A.-Sarreaus (marquesina-norte)

Vuelta

14:15

14:50

XG61102201002

Paradiña-Sarreaus + enlace

Ida

7:19

7:40

No

XG61102301004

Paradela-IES Cidade de Antioquía

Ida

7:35

8:15

XG61102301005

Paradela-IES Cidade de Antioquía

Vuelta

14:20

15:00

XG61102401003

Vilariño Frío-CEIP de Sarreaus

Ida

8:30

8:50

XG61102401004

Vilariño Frío-CEIP de Sarreaus

Vuelta

14:15

14:35

XG61102501001

Couso de Salas-Xinzo de Limia E.A.

Ida

8:14

9:20

XG61102501005

Couso de Salas-Xinzo de Limia E.A.

Vuelta

15:30

16:36

XG61102601004

Rebordechao-IES Cidade de Antioquía

Ida

7:13

8:26

XG61102601006

Rebordechao-IES Cidade de Antioquía

Vuelta

14:20

15:33

XG61102801001

Soutelo de Pena-Xinzo de Limia E.A.

Ida

8:51

9:08

XG61102801005

Soutelo de Pena-Xinzo de Limia E.A.

Vuelta

15:30

15:47

XG61102901001

San Mamede (carretera)-CEIP Carlos Casares

Ida

8:40

9:09

XG61102901005

San Mamede (carretera)-CEIP Carlos Casares

Vuelta

15:30

15:59

XG61103101006

Meaus (marquesina)-IES Cidade de Antioquía

Ida

7:10

8:26

XG61103101007

Meaus (marquesina)-IES Cidade de Antioquía

Vuelta

14:20

15:36

XG61103301004

Rabal (cruce)-IES Cidade de Antioquía

Ida

7:40

8:21

XG61103301005

Rabal (cruce)-IES Cidade de Antioquía

Vuelta

14:20

15:01

XG61103401001

Seoane-cruce A Granxa-Xinzo de Limia E.A.

Ida

8:33

8:50

XG61103401005

Seoane-cruce A Granxa-Xinzo de Limia E.A.

Vuelta

15:15

15:32

XG61103501003

Piñeira de Arcos (marquesina)-Xinzo de Limia E.A.

Ida

8:45

9:05

No

XG61103701001

San Millán (marquesina)-Cualedro

Ida

8:15

8:37

No

XG61105001002

Vila de Rei (cruce)-Xinzo de Limia E.A.

Ida

8:40

9:18

No

XG61105101009

As Mercedes-Cualedro

Ida

8:05

8:50

XG61105101010

As Mercedes-Cualedro

Vuelta

15:10

15:55

XG61105401005

Os Blancos-Pexeirós

Vuelta

7:40

7:55

XG61105401006

Os Blancos-Pexeirós

Ida

14:50

15:05

XG61105501002

CEIP dos Blancos-Aguis

Ida

15:30

15:54

XG61105501005

CEIP dos Blancos-Aguis

Vuelta

9:11

9:35

XG61105901001

Casas da Veiga-Marquesina-Penín

Ida

8:22

8:45

No

XG61106001001

Meaus (marquesina)-CEIP de Baltar

Ida

8:50

9:21

XG61106001002

Meaus (marquesina)-CEIP de Baltar

Vuelta

15:40

16:11

XG61106101001

Niñodaguia (carretera)-Baltar

Ida

9:15

9:30

XG61106101002

Niñodaguia (carretera)-Baltar

Vuelta

15:30

15:45

XG61200201003

Raxoá-O Barco de Valdeorras

Ida

9:18

9:40

XG61200201004

Raxoá-O Barco de Valdeorras

Vuelta

16:15

16:37

XG61200301004

Soulecín-O Barco de Valdeorras

Ida

7:30

8:20

XG61200301005

Soulecín-O Barco de Valdeorras

Vuelta

14:05

14:55

XG61200501003

Quereño (estación Renfe de Quereño)-O Barco de Valdeorras

Vuelta

15:10

15:55

XG61200501006

Quereño (estación Renfe de Quereño)-O Barco de Valdeorras

Ida

8:35

9:20

XG61200601004

Valbuxán-A Rúa E.A.

Ida

7:24

8:21

XG61200601005

Valbuxán-A Rúa E.A.

Vuelta

14:10

15:07

XG61200701003

As Ermidas (escolar)-O Bolo (plaza)

Ida

8:57

9:22

XG61200701004

As Ermidas (escolar)-O Bolo (plaza)

Vuelta

15:15

15:40

XG61200801003

Pusmazán-Sobradelo (centro)

Vuelta

15:25

15:47

XG61200801006

Pusmazán-Sobradelo (centro)

Ida

8:30

8:52

XG61200901003

Vilariño (plaza junto a iglesia)-O Barco de Valdeorras

Ida

9:17

9:40

XG61200901004

Vilariño (plaza junto a iglesia)-O Barco de Valdeorras

Vuelta

16:15

16:38

XG61201001004

Larouco-O Barco de Valdeorras

Ida

7:50

8:25

XG61201001005

Larouco-O Barco de Valdeorras

Vuelta

13:50

14:25

XG61201101003

San Vicente-Vilamartín de Valdeorras (bar Marbella)

Ida

8:30

9:00

XG61201101004

San Vicente-Vilamartín de Valdeorras (bar Marbella)

Vuelta

15:00

15:30

XG61201301004

Penouta (N120)-O Barco de Valdeorras

Ida

7:50

8:16

XG61201301005

Penouta (N120)-O Barco de Valdeorras

Vuelta

14:10

14:36

XG61201401003

Vilamartín de Valdeorras (bar Marbella)-Penouta (plaza)

Vuelta

8:11

8:55

XG61201401004

Vilamartín de Valdeorras (bar Marbella)-Penouta (plaza)

Ida

15:00

15:44

XG61201501002

A Portela de Portomourisco-A Rúa E.A.

Ida

9:00

9:15

XG61201501005

A Portela de Portomourisco-A Rúa E.A.

Vuelta

15:30

15:45

XG61201701003

Forcadela-O Barco de Valdeorras

Ida

9:21

9:40

XG61201701004

Forcadela-O Barco de Valdeorras

Vuelta

16:15

16:34

XG61201901004

Pardollán-O Barco de Valdeorras

Ida

7:00

8:20

XG61201901005

Pardollán-O Barco de Valdeorras

Vuelta

14:10

15:30

XG61202001003

Casaio-Sobradelo (centro)

Vuelta

15:25

15:54

XG61202001006

Casaio-Sobradelo (centro)

Ida

8:20

8:49

XG61202701001

Correxais-Vilamartín-Enlace

Ida

7:30

7:45

XG61202701003

Correxais-Vilamartín-Enlace

Vuelta

14:30

14:45

XG61300101001

Vilarmeao (marquesina)-Manzaneda-Ourense E.I.

Ida

6:15

8:02

No

XG61300101005

Vilarmeao (marquesina)-Manzaneda-Ourense E.I.

Vuelta

18:30

20:17

No

XG61300201004

Paradela de Abaixo-A Pobra de Trives

Ida

7:50

8:20

XG61300201005

Paradela de Abaixo-A Pobra de Trives

Vuelta

14:00

14:30

XG61300301003

Vilarmeao (marquesina)-Manzaneda

Ida

8:45

9:30

XG61300301004

Vilarmeao (marquesina)-Manzaneda

Vuelta

14:30

15:15

XG61300401003

Celeiros-A Pobra de Trives

Ida

8:26

9:11

XG61300401004

Celeiros-A Pobra de Trives

Vuelta

15:15

16:00

XG61300501003

A Cruz de Lumeares (frente a su casa)-CPI Virxe dos Remedios

Ida

9:05

9:45

XG61300501004

A Cruz de Lumeares (frente a su casa)-CPI Virxe dos Remedios

Vuelta

15:10

15:50

XG61300601004

Requeixo-A Pobra de Trives

Ida

7:20

8:19

XG61300601005

Requeixo-A Pobra de Trives

Vuelta

14:00

14:59

XG61300701003

Návea-A Pobra de Trives

Ida

8:40

9:08

XG61300701004

Návea-A Pobra de Trives

Vuelta

15:15

15:43

XG61300801004

Castro Caldelas-A Pobra de Trives

Ida

6:55

8:15

XG61300801005

Castro Caldelas-A Pobra de Trives

Vuelta

14:00

15:20

XG61300901003

Valados-A Pobra de Trives

Ida

8:45

9:25

XG61300901004

Valados-A Pobra de Trives

Vuelta

15:15

15:55

XG61301001001

Rabal-Castro Caldelas

Ida

7:30

7:50

No

XG61301601003

CEIP Manuel Bermúdez Couso-Coba (centro pueblo)

Vuelta

8:16

9:07

XG61301601004

CEIP Manuel Bermúdez Couso-Coba (centro pueblo)

Ida

15:25

16:16

XG61301701003

A Pobra de Trives-San Mamede (p. km. Ou 0,753)

Vuelta

8:48

9:05

XG61301701004

A Pobra de Trives-San Mamede (p. km. Ou 0,753)

Ida

15:25

15:42

XG61301801005

IES Xermán Ancochea Quevedo-Návea

Vuelta

7:40

8:15

XG61301801006

IES Xermán Ancochea Quevedo-Návea

Ida

14:10

14:45

XG61301901003

Sobrado-A Mata

Vuelta

8:59

9:20

XG61301901004

Sobrado-A Mata

Ida

14:40

15:01

XG61302101002

Vilarmeao (marquesina)-IES Xermán Ancochea Quevedo

Ida

7:24

8:20

XG61302101003

Vilarmeao (marquesina)-IES Xermán Ancochea Quevedo

Vuelta

14:00

14:56

XG61400101001

Ourense E.I.-Verín E.A.

Vuelta

6:15

8:00

No

XG61400101002

Ourense E.I.-Verín E.A.

Ida

9:00

10:45

No

XG61400101012

Ourense E.I.-Verín E.A.

Ida

20:00

21:45

No

XG61400101013

Ourense E.I.-Verín E.A.

Vuelta

22:10

23:55

No

XG61400201003

Portocamba-Castrelo do Val

Ida

8:25

9:05

XG61400201004

Portocamba-Castrelo do Val

Vuelta

14:15

14:55

XG61400301005

Campobecerros-Verín E.A.

Ida

7:42

8:45

XG61400501003

Nocedo do Val (escolar marquesina)-Verín E.A.

Ida

8:55

9:15

XG61400501004

Nocedo do Val (escolar marquesina)-Verín E.A.

Vuelta

14:15

14:35

XG61400601004

Queirugas (marquesina)-Verín E.A.

Ida

9:20

9:52

XG61400601005

Queirugas (marquesina)-Verín E.A.

Vuelta

15:18

15:50

XG61400701005

Videferre-Verín E.A.

Ida

7:45

8:55

XG61400801004

San Millán (marquesina)-CEIP de Medeiros

Vuelta

14:30

15:03

XG61400901003

San Millán (marquesina)-Cualedro

Ida

8:25

8:55

XG61400901004

San Millán (marquesina)-Cualedro

Vuelta

15:10

15:40

XG61401001005

Lamas-Verín E.A.

Ida

7:30

8:40

XG61401201005

Veiga do Seixo-Verín E.A.

Ida

7:35

8:49

XG61401301007

Toro-Verín E.A.

Ida

7:05

8:57

XG61401501004

Vences (bar Veloso)-CEIP Princesa de España

Ida

9:20

9:45

XG61401501005

Vences (bar Veloso)-CEIP Princesa de España

Vuelta

15:30

15:55

XG61401601001

Carraxo (salida pueblo)-Verín E.A.

Ida

7:10

8:36

XG61401701004

Infesta (marquesina)-Verín E.A.

Ida

9:10

9:40

XG61401701005

Infesta (marquesina)-Verín E.A.

Vuelta

15:30

16:00

XG61401801003

O Terrón-Oímbra (centro médico)

Ida

8:25

8:38

XG61401801004

O Terrón-Oímbra (centro médico)

Vuelta

13:30

13:43

XG61401901005

Flariz (carretera)-Verín E.A.

Ida

7:30

8:33

XG61402101004

Feces de Abaixo (fuente del crucero)-Verín E.A.

Ida

9:15

9:40

XG61402101005

Feces de Abaixo (fuente del crucero)-Verín E.A.

Vuelta

15:30

15:55

XG61402201005

Rubios-Marquesina-Verín E.A.

Ida

7:40

8:48

XG61402401003

Videferre-CEIP de Oímbra

Ida

8:04

8:32

XG61402401004

Videferre-CEIP de Oímbra

Vuelta

13:30

13:58

XG61402501002

Pedroso-(marquesina)-IES Castro de Baronceli

Ida

7:45

8:35

XG61402501003

Pedroso-(marquesina)-IES Castro de Baronceli

Vuelta

14:30

15:20

XG61402601003

Vilardecervos (marquesina)-Vilardevós

Ida

8:55

9:08

XG61402601004

Vilardecervos (marquesina)-Vilardevós

Vuelta

15:05

15:18

XG61402701006

1º de Maio (plaza del grupo de viviendas)-Verín E.A.

Ida

8:20

8:33

XG61402801004

Ábedes (carretera acceso al pueblo)-Verín E.A.

Ida

9:25

9:41

XG61402801005

Ábedes (carretera acceso al pueblo)-Verín E.A.

Vuelta

15:30

15:46

XG61402901005

Vilarello da Cota-Verín E.A.

Vuelta

14:40

15:32

XG61403001005

Vilardevos-Enlace-Verín E.A.

Ida

8:01

8:43

XG61403101003

Vilarello-CEIP Rodolfo Núñez Rodríguez

Ida

8:35

9:02

XG61403101004

Vilarello-CEIP Rodolfo Núñez Rodríguez

Vuelta

15:05

15:32

XG61403201006

Ábedes (carretera acceso al pueblo)-Verín E.A.

Ida

8:30

8:44

XG61403201007

Ábedes (carretera acceso al pueblo)-Verín E.A.

Vuelta

14:13

14:28

XG61403301004

Grupo Monterrei-Verín E.A.

Ida

9:25

9:40

XG61403301005

Grupo Monterrei-Verín E.A.

Vuelta

15:30

15:36

XG61403401002

Arzoá-Vilardevos-Enlace

Ida

7:07

7:57

XG61403401003

Arzoá-Vilardevos-Enlace

Vuelta

15:00

15:50

XG61403501003

Verín E.A.-Vilardevós

Ida

8:40

9:06

XG61403501004

Verín E.A.-Vilardevós

Vuelta

15:15

15:41

XG61403601003

Arzoá (pueblo)-Vilardevós

Ida

8:15

9:06

XG61403601004

Arzoá (pueblo)-Vilardevós

Vuelta

15:05

15:56

XG61403701005

Feces de Abaixo (fuente del crucero)-Verín E.A.

Ida

7:55

8:39

XG61403901004

Feces de Cima (marquesina)-Verín E.A.

Ida

9:15

9:45

XG61403901005

Feces de Cima (marquesina)-Verín E.A.

Vuelta

15:30

16:00

XG61404301002

Empalme Atás-Verín E.A.

Vuelta

18:00

18:26

No

XG61404501002

Cualedro-Verín E.A.

Vuelta

18:00

18:32

No

XG61405501003

Trez-CEIP O Castiñeiro

Ida

8:40

9:20

XG61405501004

Trez-CEIP O Castiñeiro

Vuelta

14:50

15:30

XG61405601003

Carraxo (centro)-CEIP O Castiñeiro

Ida

8:35

9:10

XG61405601004

Carraxo (centro)-CEIP O Castiñeiro

Vuelta

15:00

15:35

XG61405801003

Riós (ayuntamiento)-Mourisco

Vuelta

8:40

9:05

XG61405801004

Riós (ayuntamiento)-Mourisco

Ida

14:10

14:35

XG61406101001

Cualedro-Verín E.A.

Vuelta

14:20

15:11

XG61406201001

Flariz (carretera)-Verín E.A.

Vuelta

14:14

15:05

XG61406301001

A Madanela-Verín E.A.

Vuelta

14:20

15:17

XG61406401002

Salgueira-Medeiros

Ida

8:25

9:05

XG61406501002

Salgueiro (marquesina)-Verín E.A.

Ida

8:05

8:40

XG61406601001

Vilarello da Cota-Peto

Ida

7:25

8:25

XG61406701004

Campobecerros-Verín E.A. (vuelta)

Vuelta

14:06

15:09

XG61406801004

Videferre-Verín E.A. (vuelta)

Vuelta

14:00

15:10

XG61407001004

Veiga do Seixo-Verín E.A. (vuelta)

Vuelta

14:02

15:16

XG61407101005

Toro-Verín E.A. (vuelta)

Vuelta

13:43

15:35

XG61407201001

Carraxo (salida pueblo)-Verín E.A. (vuelta)

Vuelta

14:14

15:40

XG61407401004

Rubios-Marquesina-Verín E.A. (vuelta)

Vuelta

14:01

15:10

XG61407501004

1º de Maio (plaza del grupo de viviendas)-Verín E.A. (vuelta)

Vuelta

14:18

14:32

XG61407601003

Vilardevos-Enlace-Verín E.A. (vuelta)

Vuelta

14:15

14:57

XG61407701004

Feces de Abaixo (fuente del crucero)-Verín E.A. (vuelta)

Vuelta

14:15

14:59

XG61407801002

Salgueiro (marquesina)-Verín E.A. (vuelta)

Vuelta

14:10

14:45

XG61500101003

Cachagonza-Baños de Molgas

Ida

9:10

9:34

XG61500101004

Cachagonza-Baños de Molgas

Vuelta

15:30

15:54

XG61500201008

Corvillón (marquesina)-Allariz

Ida

7:41

8:20

XG61500201009

Corvillón (marquesina)-Allariz

Vuelta

14:05

14:44

XG61500301007

A Coruxeira-Allariz

Ida

8:45

9:05

XG61500301008

A Coruxeira-Allariz

Vuelta

15:30

15:50

XG61500401008

Coedo-IES de Allariz

Ida

7:50

8:20

XG61500401009

Coedo-IES de Allariz

Vuelta

14:05

14:35

XG61500501003

Coedo-CEIP Padre Feijoó

Ida

8:45

9:05

XG61500501004

Coedo-CEIP Padre Feijoó

Vuelta

15:30

15:50

XG61500601004

Sobradelo-IES de Allariz

Ida

7:30

8:18

XG61500601005

Sobradelo-IES de Allariz

Vuelta

14:05

14:43

XG61500701008

Tosende-Allariz

Ida

7:50

8:30

XG61500701009

Tosende-Allariz

Vuelta

14:05

14:45

XG61500801003

Tosende-Allariz

Ida

8:39

9:05

XG61500801004

Tosende-Allariz

Vuelta

15:30

15:56

XG61500901002

A Chouzana-CEIP Padre Crespo

Vuelta

15:10

15:40

XG61500901005

A Chouzana-CEIP Padre Crespo

Ida

8:50

9:20

XG61501101004

San Fiz (carretera general)-Allariz

Ida

7:48

8:20

XG61501101005

San Fiz (carretera general)-Allariz

Vuelta

14:05

14:37

XG61501201003

San Fiz (cruce entrada pueblo)-Allariz

Ida

8:28

9:05

XG61501201004

San Fiz (cruce entrada pueblo)-Allariz

Vuelta

15:30

16:07

XG61501301003

Vilariño (marquesina)-CEIP de Baños de Molgas

Ida

9:05

9:40

XG61501301004

Vilariño (marquesina)-CEIP de Baños de Molgas

Vuelta

15:30

16:05

XG61501401004

Os Casares-IES de Allariz

Ida

8:01

8:27

XG61501401005

Os Casares-IES de Allariz

Vuelta

14:05

14:31

XG61501501003

Corvillón (marquesina)-CEIP Padre Feijoó

Ida

8:22

9:02

XG61501501004

Corvillón (marquesina)-CEIP Padre Feijoó

Vuelta

15:30

16:10

XG61502101001

Maceda cruce OU-103-Allariz

Ida

7:05

7:30

No

XG61502201003

Rabeda (marquesina explanación)-Seixalbo

Ida

8:55

9:22

XG61502201004

Rabeda (marquesina explanación)-Seixalbo

Vuelta

15:55

16:22

XG61502901002

Casnaloba-CEIP Padre Crespo

Vuelta

15:00

15:18

XG61502901005

Casnaloba-CEIP Padre Crespo

Ida

9:02

9:20

XG61503001002

Sobradelo-Xunqueira de Ambía (cruce O Portelo)

Vuelta

15:00

15:20

XG61503001005

Sobradelo-Xunqueira de Ambía (cruce O Portelo)

Ida

9:05

9:25

XG61503101003

CEIP Padre Feijoó-Requeixo (centro pueblo)

Vuelta

8:22

9:03

XG61503101004

CEIP Padre Feijoó-Requeixo (centro pueblo)

Ida

15:40

16:21

XG61800101004

Viveiro E.A.-Laxe

Ida

13:45

14:10

XG61800201001

Viveiro E.A.-Cruce Bustelo

Vuelta

8:36

9:25

XG61800301001

Viveiro E.A.-Cristo Landrove

Ida

14:25

14:53

XG61801001005

Viveiro E.A.-Covas Motel

Ida

19:30

19:40

No

XG61801101005

Covas Motel-Viveiro E.A.

Ida

19:40

19:50

No

XG61801601014

Viveiro E.A.-Viveiro E.A.

Ida

18:00

18:10

No

XG61801601016

Viveiro E.A.-Viveiro E.A.

Ida

20:00

20:10

No

XG61801801001

O Valadouro-Mondoñedo E.A.

Ida

8:00

8:45

No

XG61801901003

Viveiro E.A.-Ruanova

Vuelta

8:30

9:28

XG61802101003

Viveiro E.A.-Brieiro (Area)

Ida

15:30

16:10

XG61802201004

Viveiro E.A.-Pedriña-Area

Vuelta

8:30

9:20

XG61802301001

Iglesia de Galdo-Valcarría (iglesia)

Ida

15:55

16:30

XG61802401001

A Painceira (enlace)-A Cernada

Vuelta

8:12

9:10

XG61802401002

A Painceira (enlace)-A Cernada

Ida

16:20

17:18

XG61802501003

Viveiro E.A.-Abuín

Vuelta

8:50

9:30

XG61802501004

Viveiro E.A.-Abuín

Ida

15:45

16:25

XG61802601003

CEIP Santa Rita-Cruce As Quintás (enlace)

Vuelta

8:50

9:20

XG61802601004

CEIP Santa Rita-Cruce As Quintás (enlace)

Ida

16:00

16:30

XG61802701004

Viveiro E.A.-Iglesia Valcarria

Vuelta

7:45

8:20

XG61802701005

Viveiro E.A.-Iglesia Valcarria

Ida

13:45

14:20

XG61802801005

Viveiro E.A.-Aldea

Ida

13:45

14:15

XG61802901004

Viveiro E.A.-Abuin

Vuelta

7:25

8:20

XG61802901005

Viveiro E.A.-Abuin

Ida

13:45

14:40

XG61803001004

Viveiro E.A.-Penido

Vuelta

7:25

8:30

XG61803001005

Viveiro E.A.-Penido

Ida

14:30

15:35

XG61803101002

Viveiro E.A.-A Viga (enlace 1)

Vuelta

7:45

8:20

XG61803101003

Viveiro E.A.-A Viga (enlace 1)

Ida

13:45

14:20

XG61803201006

Viveiro E.A.-Morgallón-Vicedo (casa cultura)

Vuelta

7:25

8:25

XG61803201008

Viveiro E.A.-Morgallón-Vicedo (casa cultura)

Ida

14:30

15:30

XG61803301004

Viveiro E.A.-Vicedo (casa cultura)

Vuelta

7:45

8:25

XG61803301005

Viveiro E.A.-Vicedo (casa cultura)

Ida

14:30

15:10

XG61803401004

Cristo da Devesa (enlace 3)-Burgas

Vuelta

7:22

7:58

XG61803401005

Cristo da Devesa (enlace 3)-Burgas

Ida

14:30

15:06

XG61803501001

Vicedo (casa cultura)-Viveiro E.A.

Vuelta

9:00

10:00

XG61803501002

Vicedo (casa cultura)-Viveiro E.A.

Ida

15:50

16:50

XG61803601001

Vicedo (casa cultura)-Vilar

Vuelta

8:40

10:00

XG61803601002

Vicedo (casa cultura)-Vilar

Ida

15:50

17:10

XG61804101001

Viveiro E.A.-Cruce Bustelo

Ida

14:35

15:20

XG61804301004

Viveiro E.A.-Iglesia Sixto

Vuelta

7:14

8:30

XG61804301005

Viveiro E.A.-Iglesia Sixto

Ida

14:30

15:46

XG61804401001

Viveiro E.A.-Magazos

Ida

13:45

14:10

XG61804701001

Cruceiro-Xove 2

Ida

7:05

7:35

No

XG61804901001

Xove 2-IES Vilar Ponte

Ida

7:45

8:05

No

XG61805001001

Xove 2-IES Marqués de Sargadelos

Ida

7:35

7:59

No

XG61805201001

Lago-Xove 2

Ida

7:00

7:24

No

XG61805601001

Laxe-Viveiro E.A.

Ida

7:45

8:13

XG61806001001

Pedriña-Area-Viveiro E.A.

Ida

7:50

8:20

XG61806301001

Covas Motel-Xove 2

Ida

7:15

7:40

No

XG62000101003

A Canda-A Estrada E.A.

Ida

7:40

8:40

XG62000101006

A Canda-A Estrada E.A.

Vuelta

14:20

15:20

XG62000201004

A Estrada E.A.-CEIP Cabada Vázquez

Ida

8:45

9:35

XG62000201008

A Estrada E.A.-CEIP Cabada Vázquez

Vuelta

15:35

16:25

XG62000301005

Pontecesures-A Estrada E.A.

Ida

8:18

9:44

XG62000301006

Pontecesures-A Estrada E.A.

Vuelta

13:00

14:26

XG62000401006

CEIP Cabada Vázquez-C/ Alfonso Castelao

Ida

15:35

16:15

XG62000601001

CEIP do Foxo-Vilancosta

Vuelta

8:45

9:15

XG62000601002

CEIP do Foxo-Vilancosta

Ida

15:40

16:10

XG62000701001

CEIP do Foxo-A Mota III

Vuelta

8:55

9:20

XG62000701002

CEIP do Foxo-A Mota III

Ida

15:35

16:00

XG62000801001

IES Pintor Colmeiro-Xindiriz

Vuelta

8:15

8:35

XG62000801002

IES Pintor Colmeiro-Xindiriz

Ida

14:30

14:50

XG62000901001

CEIP Cabada Vázquez-Avda. Pontevedra

Vuelta

8:55

9:35

XG62100101001

Mos-Hospital Álvaro Cunqueiro

Ida

7:05

8:02

No

XG62100201003

Mos-Vigo E.I.

Vuelta

20:20

21:05

No

XG62100501001

Salvaterra-A Agrela

Vuelta

7:36

8:16

XG62100501006

Salvaterra-A Agrela

Ida

14:07

14:47

XG62100601001

Salvaterra-San Roque

Vuelta

7:47

8:15

XG62100601004

Salvaterra-San Roque

Ida

14:06

14:34

XG62100701001

Salvaterra-A Penela

Vuelta

7:31

8:15

XG62100701004

Salvaterra-A Penela

Ida

14:08

14:52

XG62100801001

IES de Salvaterra de Miño-A Devesa (Salceda)

Vuelta

7:55

8:10

No

XG62100901003

Salvaterra-A Fraga

Ida

13:57

14:22

XG62100901004

Salvaterra-A Fraga

Vuelta

8:20

8:45

XG62101001003

Salvaterra-A Cruz

Ida

13:57

14:22

XG62101001004

Salvaterra-A Cruz

Vuelta

8:20

8:45

XG62101101003

CEIP Infante Felipe de Borbón-Vilanova

Ida

14:00

14:22

XG62101101004

CEIP Infante Felipe de Borbón-Vilanova

Vuelta

8:25

8:47

XG62101201003

Ponte Internacional-A Devesa (Salceda)

Vuelta

6:15

6:40

No

XG62101201004

Ponte Internacional-A Devesa (Salceda)

Ida

20:10

20:35

No

XG62101301003

IES Pedras Rubias-O Mosteiro

Vuelta

7:45

8:15

XG62101301005

IES Pedras Rubias-O Mosteiro

Ida

14:08

14:38

XG62101401003

A Revolta-Cruce Rosalía-Tilve/Parque Raíña Aragonta

Vuelta

7:53

8:21

XG62101401005

A Revolta-Cruce Rosalía-Tilve/Parque Raíña Aragonta

Ida

14:03

14:31

XG62101701003

A Devesa (Salceda)-A Laxe

Ida

14:38

14:58

XG62101701004

A Devesa (Salceda)-A Laxe

Vuelta

9:00

9:20

XG62101801003

A Devesa (Salceda)-A Becerreira

Ida

14:38

15:13

XG62101801004

A Devesa (Salceda)-A Becerreira

Vuelta

8:50

9:25

XG62101901001

A Devesa (Salceda)-Tui (rúa Ourense)

Ida

7:00

7:35

No

XG62101901006

A Devesa (Salceda)-Tui (rúa Ourense)

Vuelta

18:00

18:35

No

XG62102001001

Cerquido-Porriño (avda. de Galicia)

Ida

6:15

6:29

No

XG62102001006

Cerquido-Porriño (avda. de Galicia)

Vuelta

18:00

18:14

No

XG62102101003

San Blas-Porriño (avda. de Galicia)

Vuelta

18:30

18:45

No

XG62102301001

Porriño (avda. de Galicia)-Vigo E.I.

Ida

6:30

7:08

No

XG62102301009

Porriño (avda. de Galicia)-Vigo E.I.

Ida

18:40

19:18

No

XG62102301014

Porriño (avda. de Galicia)-Vigo E.I.

Vuelta

7:20

7:58

No

XG62102301066

Porriño (avda. de Galicia)-Vigo E.I.

Vuelta

20:10

20:48

No

XG62102401001

Louredo-Porriño (avda. de Galicia)

Ida

7:15

7:30

No

XG62102401003

Louredo-Porriño (avda. de Galicia)

Vuelta

20:30

20:45

No

XG62102501005

Porriño (avda. de Galicia)-Hospital Álvaro Cunqueiro

Ida

6:45

7:10

No

XG62102501016

Porriño (avda. de Galicia)-Hospital Álvaro Cunqueiro

Vuelta

20:00

20:25

No

XG62102601006

Cruce Torneiros-O Picouzo

Vuelta

8:02

8:29

XG62102601010

Cruce Torneiros-O Picouzo

Ida

14:21

14:48

XG62102701003

Cruce Torneiros-A Quinta

Vuelta

8:25

8:50

XG62102701004

Cruce Torneiros-A Quinta

Ida

13:53

14:18

XG62102801003

Puxeiros-O Pombal

Ida

13:55

14:25

XG62102801004

Puxeiros-O Pombal

Vuelta

8:25

8:55

XG62102901003

Cruce Torneiros-Herville (centro cultural)

Ida

14:35

15:03

XG62102901004

Cruce Torneiros-Herville (centro cultural)

Vuelta

9:00

9:28

XG62103001003

CEIP Mestre Valverde Mayo-Campo Alerta (Cerqueirás)

Ida

14:25

14:39

XG62103001004

CEIP Mestre Valverde Mayo-Campo Alerta (Cerqueirás)

Vuelta

8:56

9:10

XG62103101003

CEP Carlos Casares-Aldea

Ida

14:50

15:21

XG62103101004

CEP Carlos Casares-Aldea

Vuelta

8:59

9:30

XG62103201003

CEIP de Leirado-Bos Aires

Ida

14:40

15:02

XG62103201004

CEIP de Leirado-Bos Aires

Vuelta

9:24

9:46

XG62103301003

CEIP de Leirado-A Luz

Ida

14:40

15:06

XG62103301004

CEIP de Leirado-A Luz

Vuelta

8:54

9:20

XG62103601001

Salvaterra-Vigo E.I.

Ida

6:30

7:50

No

XG62103601009

Salvaterra-Vigo E.I.

Ida

20:25

21:45

No

XG62103601010

Salvaterra-Vigo E.I.

Vuelta

8:00

9:20

No

XG62103601012

Salvaterra-Vigo E.I.

Vuelta

22:00

23:20

No

XG62103701001

Pavillón-Vigo E.I.

Ida

6:35

7:49

No

XG62103701003

Pavillón-Vigo E.I.

Vuelta

11:00

12:14

No

XG62103701004

Pavillón-Vigo E.I.

Vuelta

21:15

22:29

No

XG62103801001

Salvaterra-Vigo E.I.

Ida

8:20

9:25

No

XG62103801003

Salvaterra-Vigo E.I.

Ida

19:00

20:05

No

XG62103901001

Salvaterra-Hospital Álvaro Cunqueiro (Ponteareas)

Ida

8:20

9:48

No

XG62104001001

Pavillón-Hospital Álvaro Cunqueiro (Alxán-Salceda)

Vuelta

9:45

11:11

No

XG62104001002

Pavillón-Hospital Álvaro Cunqueiro (Alxán-Salceda)

Ida

12:30

13:56

No

XG62104201001

Pavillón-Hospital Álvaro Cunqueiro (Ponteareas)

Ida

18:35

20:15

No

XG62104301001

Pavillón-Hospital Álvaro Cunqueiro (Alxán-Salceda-Cabral)

Ida

10:35

12:06

No

XG62104401001

Pavillón-Vigo E.I. (Salceda-Cabral)

Vuelta

19:15

20:43

No

XG62104501001

Salvaterra-Hospital Álvaro Cunqueiro (Ponteareas-CUVI)

Ida

7:45

9:22

No

XG62104601001

Salvaterra-Hospital Álvaro Cunqueiro (Alxán-Salceda-CUVI)

Ida

9:45

11:24

No

XG62104601002

Salvaterra-Hospital Álvaro Cunqueiro (Alxán-Salceda-CUVI)

Vuelta

13:45

15:24

No

XG62104701001

Torneiros-Vigo E.I.

Ida

7:25

8:00

No

XG62104701005

Torneiros-Vigo E.I.

Ida

19:30

20:05

No

XG62104701006

Torneiros-Vigo E.I.

Vuelta

6:45

7:20

No

XG62104701011

Torneiros-Vigo E.I.

Vuelta

21:00

21:35

No

XG62104801001

Salvaterra-Porriño (avda. de Galicia)

Ida

7:45

8:21

No

XG62105001001

Salvaterra-Vigo E.I.

Vuelta

9:30

10:48

No

XG62105101001

Salvaterra-Hospital Álvaro Cunqueiro (Ponteareas)

Vuelta

12:30

13:58

No

XG62105201001

Salvaterra-Hospital Álvaro Cunqueiro (Alxán-Salceda)

Vuelta

20:45

22:04

No

XG62200101002

A Cañiza-Vigo E.I.

Ida

12:15

13:27

No

XG62200101004

A Cañiza-Vigo E.I.

Vuelta

10:45

11:57

No

XG62200101006

A Cañiza-Vigo E.I.

Vuelta

19:00

20:12

No

XG62200301001

Mondariz-Hospital Álvaro Cunqueiro

Ida

11:50

13:09

No

XG62200301003

Mondariz-Hospital Álvaro Cunqueiro

Ida

19:10

20:29

No

XG62200301006

Mondariz-Hospital Álvaro Cunqueiro

Vuelta

20:30

21:49

No

XG62200301015

Mondariz-Hospital Álvaro Cunqueiro

Vuelta

10:20

11:39

No

XG62200401004

Ponteareas-Mondariz

Ida

18:45

19:05

No

XG62200501001

Toumillo-O Monxidorio

Vuelta

9:20

9:54

XG62200501002

Toumillo-O Monxidorio

Ida

16:11

16:45

XG62200601001

Toumillo-Bugariña

Vuelta

9:20

9:55

XG62200601002

Toumillo-Bugariña

Ida

16:10

16:45

XG62200701001

CPI Mondariz-Fontáns-Crespos

Vuelta

8:31

9:05

XG62200701002

CPI Mondariz-Fontáns-Crespos

Ida

15:25

15:59

XG62200801001

Ponteareas-Prado de Canda

Vuelta

8:06

8:49

XG62200801002

Ponteareas-Prado de Canda

Ida

14:38

15:21

XG62200901001

Covelo-Prado de Canda

Vuelta

9:20

9:55

XG62200901002

Covelo-Prado de Canda

Ida

16:15

16:50

XG62201001001

CPI Cañiza-A Carreira

Vuelta

7:42

8:35

No

XG62201101001

CPI Mondariz-Lougares

Vuelta

8:28

9:05

XG62201101002

CPI Mondariz-Lougares

Ida

15:25

16:02

XG62201201001

Mondariz-Iglesia de Gargamala

Vuelta

8:34

9:05

XG62201201002

Mondariz-Iglesia de Gargamala

Ida

15:20

15:51

XG62201301001

Ponteareas-Bugariña

Vuelta

7:43

8:41

XG62201301002

Ponteareas-Bugariña

Ida

14:35

15:33

XG62201401003

CEIP Manuel Sieiro-A Cañiza

Vuelta

8:13

9:00

XG62201401004

CEIP Manuel Sieiro-A Cañiza

Ida

14:15

15:02

XG62201601001

Vila Nova-Lougares

Ida

8:29

9:00

XG62201601002

Vila Nova-Lougares

Vuelta

15:25

15:56

XG62201701001

Ponteareas-Pazos

Vuelta

8:04

8:40

XG62201701002

Ponteareas-Pazos

Ida

14:38

15:14

XG62201801001

Lougares-Mondariz

Ida

7:20

7:50

No

XG62201801002

Lougares-Mondariz

Vuelta

18:40

19:10

No

XG62201901001

CPI da Cañiza-Lobariñas

Vuelta

8:20

8:35

XG62201901002

CPI da Cañiza-Lobariñas

Ida

15:25

15:40

XG62202001003

CEIP Manuel Sieiro-Perdigón

Vuelta

8:33

9:10

XG62202001004

CEIP Manuel Sieiro-Perdigón

Ida

14:20

14:57

XG62202101003

CEIP Manuel Sieiro-Lobariñas

Vuelta

8:58

9:10

XG62202101004

CEIP Manuel Sieiro-Lobariñas

Ida

14:20

14:32

XG62202201001

CEIP Antonio Blanco Rodríguez-As Pereiras

Vuelta

9:22

9:50

XG62202201002

CEIP Antonio Blanco Rodríguez-As Pereiras

Ida

16:15

16:43

XG62202301003

CEIP Manuel Sieiro-Cruce de Villar

Vuelta

8:49

9:14

XG62202301004

CEIP Manuel Sieiro-Cruce de Villar

Ida

14:20

14:45

XG62202401003

CEIP Manuel Sieiro-Lameiro

Vuelta

9:01

9:10

XG62202401004

CEIP Manuel Sieiro-Lameiro

Ida

14:20

14:29

XG62202601001

Fielato-Río Cortiñas

Vuelta

9:05

9:12

XG62202601002

Fielato-Río Cortiñas

Ida

16:50

16:57

XG62202701001

Couto I (casa cultura)-Campados

Ida

8:30

8:41

XG62202701002

Couto I (casa cultura)-Campados

Vuelta

16:50

17:01

XG62202801001

CEIP Antonio Blanco Rodríguez-Mangón-Congostra

Vuelta

9:28

9:50

XG62202801002

CEIP Antonio Blanco Rodríguez-Mangón-Congostra

Ida

16:15

16:37

XG62202901001

CPI da Cañiza-Perdigón

Vuelta

7:55

8:30

XG62202901002

CPI da Cañiza-Perdigón

Ida

15:15

15:50

XG62203001001

Xunqueiras-Noceifas

Vuelta

7:46

8:00

XG62203001002

Xunqueiras-Noceifas

Ida

16:00

16:14

XG62203201001

Riocortiñas-Maceiras

Ida

8:00

8:13

XG62203201003

Riocortiñas-Maceiras

Vuelta

15:03

15:16

XG62203401001

Ponteareas-Vigo E.I.

Ida

7:00

7:50

No

XG62203501001

IES da Cañiza-CPI da Cañiza (enlace)

Vuelta

8:40

8:48

No

XG62203601001

Maceiras-Hospital Álvaro Cunqueiro

Ida

7:30

9:16

No

XG62203601003

Maceiras-Hospital Álvaro Cunqueiro

Vuelta

11:50

13:36

No

XG62203801002

Maceiras-Vigo E.I.

Vuelta

19:30

21:16

No

XG62203901001

Maceiras-Prado

Vuelta

7:56

8:13

XG62203901002

Maceiras-Prado

Ida

15:03

15:20

XG62300101003

Lugo E.A.-Ourense E.I.

Ida

9:45

11:27

No

XG62300101010

Lugo E.A.-Ourense E.I.

Ida

18:45

20:27

No

XG62300101014

Lugo E.A.-Ourense E.I.

Vuelta

11:30

13:12

No

XG62300101020

Lugo E.A.-Ourense E.I.

Vuelta

19:00

20:42

No

XG62300201001

Vigo E.I.-Ourense E.I. (por Ponteareas)

Ida

8:45

10:25

No

XG62300201006

Vigo E.I.-Ourense E.I. (por Ponteareas)

Ida

18:45

20:25

No

XG62300201009

Vigo E.I.-Ourense E.I. (por Ponteareas)

Vuelta

9:00

10:40

No

XG62300201014

Vigo E.I.-Ourense E.I. (por Ponteareas)

Vuelta

21:00

22:40

No

XG62300301001

Ourense E.I.-Pontevedra E.A.

Ida

13:00

14:43

No

XG62300501002

Vigo E.I.-Ourense E.I. (directo)

Ida

11:45

13:03

No

XG62300501006

Vigo E.I.-Ourense E.I. (directo)

Ida

20:45

22:03

No

XG62300501008

Vigo E.I.-Ourense E.I. (directo)

Vuelta

10:25

11:43

No

XG62300601001

Ourense-Vigo E.I.-Cuvi

Ida

6:10

8:01

No

XG62300901001

Ourense-Pontevedra E.A. (X)

Ida

6:00

7:44

No

XG62301101006

Vigo E.I.-Ourense E.I. (semidirecto)

Vuelta

19:15

20:34

No

XG62301301003

Vigo E.I.-Ourense E.I. (X)

Ida

6:10

7:29

No

XG62301401001

Ourense E.I.-Pontevedra E.A.

Vuelta

9:00

10:43

No

XG62301401002

Ourense E.I.-Pontevedra E.A.

Vuelta

19:00

20:43

No

XG62301501001

Lugo E.A.-Ourense E.I. (semidirecto)

Ida

5:00

6:15

No

XG62301601001

Lugo E.A.-Taboada-Ourense E.I.

Vuelta

5:50

7:20

No

XG62400101001

A Xunqueira-Castelo de Soutomaior-Pazos de Borbén

Ida

11:47

12:37

No

XG62400101002

A Xunqueira-Castelo de Soutomaior-Pazos de Borbén

Ida

19:30

20:20

No

XG62400101004

A Xunqueira-Castelo de Soutomaior-Pazos de Borbén

Vuelta

9:10

10:00

No

XG62400201001

Antas 1 (Ramallal)-Vigo E.I.

Ida

6:10

6:55

No

XG62400201004

Antas 1 (Ramallal)-Vigo E.I.

Vuelta

19:00

19:45

No

XG62400202002

Antas 1 (Ramallal)-Vigo E.I.

Vuelta

12:00

12:45

No

XG62400301001

Pontevedra E.A.-Ponte Internacional

Ida

12:15

13:25

No

XG62400301002

Pontevedra E.A.-Ponte Internacional

Ida

19:00

20:10

No

XG62400301003

Pontevedra E.A.-Ponte Internacional

Vuelta

6:45

7:55

No

XG62400401003

CEIP A Lama-Caño Sifón-Verducido

Vuelta

9:00

9:45

XG62400401005

CEIP A Lama-Caño Sifón-Verducido

Ida

15:30

16:15

XG62400501001

CEIP Manuel Padín Truiteiro-Rial

Ida

14:20

14:35

XG62400501002

CEIP Manuel Padín Truiteiro-Rial

Vuelta

8:55

9:10

XG62400601003

CEIP Manuel Padín Truiteiro-Vela

Ida

14:20

14:42

XG62400601005

CEIP Manuel Padín Truiteiro-Vela

Vuelta

8:48

9:10

XG62400701003

A Calle-Aranza

Ida

14:20

14:40

XG62400701006

A Calle-Aranza

Vuelta

8:50

9:10

XG62400801003

Casa da cultura (Arcade)-Paredes (Centro)

Ida

14:10

14:58

XG62400801004

Casa da cultura (Arcade)-Paredes (Centro)

Vuelta

8:40

9:28

XG62400901001

Arcade (Caixanova)-Vilar de Cas (marquesina)

Ida

14:10

14:30

XG62400901002

Arcade (Caixanova)-Vilar de Cas (marquesina)

Vuelta

8:33

8:53

XG62401101001

IES de Ponte Caldelas-A Grifa

Vuelta

8:15

9:15

XG62401101003

IES de Ponte Caldelas-A Grifa

Ida

14:35

15:35

XG62401401001

Redondela-Raíns

Ida

13:45

14:11

XG62401401002

Redondela-Raíns

Vuelta

8:20

8:46

XG62401501001

Redondela-Pazos de Borbén

Ida

13:45

14:10

XG62401501002

Redondela-Pazos de Borbén

Vuelta

8:20

8:45

XG62401601001

IES de Soutomaior-Cacheiro

Ida

14:20

15:10

XG62401601004

IES de Soutomaior-Cacheiro

Vuelta

8:20

9:10

XG62401701003

CEPI Manuel Padín Truiteiro-Cortellas

Ida

14:20

14:44

XG62401701004

CEPI Manuel Padín Truiteiro-Cortellas

Vuelta

8:26

8:50

XG62401901001

Caño Sifón-Verducido-Fornelos de Montes-Redondela-Vigo-Hospital “Álvaro Cunqueiro” Vigo

Ida

7:30

9:30

No

XG62401901003

Caño Sifón-Verducido-Fornelos de Montes-Redondela-Vigo-Hospital “Álvaro Cunqueiro” Vigo

Vuelta

11:30

13:30

No

XG62401901004

Caño Sifón-Verducido-Fornelos de Montes-Redondela-Vigo-Hospital “Álvaro Cunqueiro” Vigo

Vuelta

18:45

20:45

No

XG62402001016

Redondela (av. Ernestina Otero, 24)-N-550-Vigo (Areal)

Ida

18:30

18:58

No

XG62402002001

Redondela (av. Ernestina Otero, 24)-N-550-Vigo (Areal)-Vigo (Bouzas)

Ida

6:15

7:00

No

XG62402002002

Redondela (av. Ernestina Otero, 24)-N-550-Vigo (Areal)-Vigo (Bouzas)

Ida

8:15

9:00

No

XG62402002008

Redondela (av. Ernestina Otero, 24)-N-550-Vigo (Areal)-Vigo (Bouzas)

Ida

20:30

21:15

No

XG62402002016

Redondela (av. Ernestina Otero, 24)-N-550-Vigo (Areal)-Vigo (Bouzas)

Ida

6:55

7:40

No

XG62402003001

Redondela (av. Ernestina Otero, 24)-N-550-Vigo (Areal)-Vigo (Bouzas)-Hospital “Álvaro Cunqueiro” Vigo

Ida

7:00

8:00

No

XG62402003005

Redondela (av. Ernestina Otero, 24)-N-550-Vigo (Areal)-Vigo (Bouzas)-Hospital “Álvaro Cunqueiro” Vigo

Ida

21:30

22:30

No

XG62402101002

Fornelos de Montes-Redondela (Feira Redondela)

Vuelta

9:00

9:31

No

XG62402201005

Redondela (A Farola)-Castelo de Soutomaior

Ida

20:30

20:50

No

XG62402201010

Redondela (A Farola)-Castelo de Soutomaior

Ida

7:30

7:50

No

XG62402401001

Cedeira (O Cruceiro)-Redondela (av. Ernestina Otero, 24)

Ida

9:00

9:30

No

XG62402501001

A Pena-Redondela (Fonte de Santiago)

Ida

9:00

9:30

No

XG62402501004

A Pena-Redondela (Fonte de Santiago)

Vuelta

20:00

20:30

No

XG62402601001

Redondela (Mercado)-CUVI

Ida

8:10

8:55

No

XG62402601004

Redondela (Mercado)-CUVI

Vuelta

21:00

21:45

No

XG62402901001

San Esteban-Bouzas

Ida

6:45

7:30

No

XG62402901003

San Esteban-Bouzas

Vuelta

20:05

20:50

No

XG62403001003

San Esteban-Bouzas

Ida

8:52

10:03

No

XG62403001005

San Esteban-Bouzas

Vuelta

10:15

11:26

No

XG62403001012

San Esteban-Bouzas

Vuelta

19:15

20:26

No

XG62403101003

IES Soutomaior-Santradán

Vuelta

8:15

8:46

No

XG62403201001

CPI do Toural-Vilar

Vuelta

8:15

8:40

XG62403301001

CPI do Toural-Santradán

Vuelta

8:10

8:37

XG62403501001

Arcade (Muxica)-PSA CITROEN

Ida

4:50

5:40

No

XG62403501003

Arcade (Muxica)-PSA CITROEN

Ida

20:30

21:20

No

XG62403501004

Arcade (Muxica)-PSA CITROEN

Vuelta

6:10

7:00

No

XG62403501006

Arcade (Muxica)-PSA CITROEN

Vuelta

22:10

23:00

No

XG62403601001

Antas 1 (Ramallal)-Vigo E.I.

Ida

19:10

19:55

No

XG62403701014

Redondela (A Farola)-N-550-Vigo (Areal)

Vuelta

18:30

18:58

No

XG62403701017

Redondela (A Farola)-N-550-Vigo (Areal)

Vuelta

20:30

20:58

No

XG62403702001

Redondela (A Farola)-N-550-Vigo (Areal)-Vigo (Bouzas)

Vuelta

6:50

7:35

No

XG62403702002

Redondela (A Farola)-N-550-Vigo (Areal)-Vigo (Bouzas)

Vuelta

7:35

8:20

No

XG62403703002

Redondela (A Farola)-N-550-Vigo (Areal)-Vigo (Bouzas)-Hospital “Álvaro Cunqueiro” Vigo

Vuelta

22:15

23:15

No

XG62403801001

Redondela (av. Ernestina Otero, 24)-Castelo de Soutomaior

Vuelta

7:50

8:10

No

XG62403801006

Redondela (av. Ernestina Otero, 24)-Castelo de Soutomaior

Vuelta

19:45

20:05

No

XG62500102001

Cangas E.A.Bouzas/Psa Vigo Zona Franca

Ida

20:35

21:35

No

XG62500102003

Cangas E.A.Bouzas/Psa Vigo Zona Franca

Ida

4:50

5:50

No

XG62500102004

Cangas E.A.Bouzas/Psa Vigo Zona Franca

Vuelta

6:15

7:15

No

XG62500102005

Cangas E.A.Bouzas/Psa Vigo Zona Franca

Vuelta

22:15

23:15

No

XG62500201003

Bueu-Cangas-Moaña-Mexoeiro-Cuvi-A. Cunqueiro

Ida

7:10

8:40

No

XG62500201005

Bueu-Cangas-Moaña-Mexoeiro-Cuvi-A. Cunqueiro

Vuelta

13:45

15:15

No

XG62500201006

Bueu-Cangas-Moaña-Mexoeiro-Cuvi-A. Cunqueiro

Vuelta

20:45

22:15

No

XG62500301007

Cangas E.A.-Pontevedra E.A.

Ida

18:30

19:26

No

XG62500301009

Cangas E.A.-Pontevedra E.A.

Ida

7:30

8:26

No

XG62500301035

Cangas E.A.-Pontevedra E.A.

Vuelta

20:30

21:26

No

XG62500301061

Cangas E.A.-Pontevedra E.A.

Vuelta

13:00

13:56

No

XG62500401007

Pontevedra E.A.-Cangas E.A. (por Vilaboa)

Vuelta

7:00

7:50

No

XG62500401012

Pontevedra E.A.-Cangas E.A. (por Vilaboa)

Ida

19:00

20:26

No

XG62500402002

Pontevedra E.A.-Cangas E.A. (por Vilaboa)

Ida

13:00

13:45

No

XG62500501001

Cangas E.A.-Vigo E.I.-Meixoeiro-Hospital A. Cunqueiro

Ida

13:40

15:10

No

XG62500501010

Cangas E.A.-Vigo E.I.-Meixoeiro-Hospital A. Cunqueiro

Ida

20:30

22:00

No

XG62500501029

Cangas E.A.-Vigo E.I.-Meixoeiro-Hospital A. Cunqueiro

Vuelta

22:15

23:45

No

XG62500501030

Cangas E.A.-Vigo E.I.-Meixoeiro-Hospital A. Cunqueiro

Vuelta

8:15

9:45

No

XG62500601007

Pontevedra E.A.-IES Torrente-Cruce Vilaboa

Vuelta

7:55

8:25

XG62500602001

Pontevedra E.A.-IES Torrente-Cruce Vilaboa-Entrada Ap-9

Ida

14:20

15:05

XG62500701003

Verdeal-IES As Barxas

Vuelta

14:35

15:16

XG62500701009

Verdeal-IES As Barxas

Ida

8:13

8:55

XG62500801001

Concello-IES Barxas-O Casal

Ida

14:35

14:54

XG62500801007

Concello-IES Barxas-O Casal

Vuelta

8:27

8:46

XG62500901006

CPI do Toural-As Cernadas

Ida

14:25

14:45

XG62501001001

Bueu-Marín-Col.Placeres-Pontevedra E.A.

Ida

8:07

8:57

No

XG62501101005

Concello-IES Paralaia-Curva Ameixoada

Ida

14:00

14:23

XG62501101008

Concello-IES Paralaia-Curva Ameixoada

Vuelta

8:00

8:23

XG62501201006

IES A Paralaia-Estación Marítima

Ida

14:00

14:15

XG62501201012

IES A Paralaia-Estación Marítima

Vuelta

8:05

8:20

XG62501301001

CEIP de Seixo-Marín (Alameda)

Ida

14:30

15:03

XG62501301005

CEIP de Seixo-Marín (Alameda)

Vuelta

9:05

9:38

XG62501401003

Marín-CEIP Carballal-Pastoriza

Ida

14:35

15:00

XG62501401005

Marín-CEIP Carballal-Pastoriza

Vuelta

9:00

9:25

XG62501501002

CEIP de Ardán-Aguete (Pobo)

Ida

14:00

14:17

XG62501501006

CEIP de Ardán-Aguete (Pobo)

Vuelta

8:40

8:57

XG62501601007

IES Paralaia-Bar do Xastre

Ida

14:00

14:25

XG62501601008

IES Paralaia-Bar do Xastre

Vuelta

7:50

8:15

XG62501901004

IES As Barxas-San Lorenzo

Ida

14:35

15:20

XG62501901008

IES As Barxas-San Lorenzo

Vuelta

8:25

9:10

XG62502101001

CEIP de Seara-A Paradela

Ida

14:20

14:32

XG62502101002

CEIP de Seara-A Paradela

Vuelta

8:58

9:10

XG62502701001

CEIP de Seara-Villarosa

Ida

14:20

14:45

XG62502701002

CEIP de Seara-Villarosa

Vuelta

8:42

9:07

XG62502801001

IES As Barxas-Couso-Otilia

Ida

14:35

15:00

XG62502801004

IES As Barxas-Couso-Otilia

Vuelta

8:30

8:55

XG62503001001

CEIP de Reibón-Rosal

Ida

14:20

14:40

XG62503001002

CEIP de Reibón-Rosal

Vuelta

8:50

9:10

XG62503101001

CEIP de Reibón-A Fraga

Ida

14:20

14:35

XG62503101002

CEIP de Reibón-A Fraga

Vuelta

8:50

9:05

XG62503301009

Cangas E.A.-Bouzas-H. Alv. Cunqueiro

Vuelta

11:40

13:10

No

XG62503301010

Cangas E.A.-Bouzas-H. Alv. Cunqueiro

Vuelta

18:40

20:10

No

XG62503501001

CPI do Toural-CEP Riomaior-As Cernadas

Vuelta

8:05

8:40

XG62503601003

Cangas E.A.-Bouzas

Ida

7:05

7:55

No

XG62503601017

Cangas E.A.-Bouzas

Ida

20:15

21:05

No

XG62503701002

Cangas E.A.-Bouzas-H. Alv. Cunqueiro

Ida

10:15

11:45

No

XG62503801001

Cangas E.A.-Meixoeiro-Hospital A. Cunqueiro

Ida

6:40

7:32

No

XG62600101003

O Grove E.A.-Pontevedra E.A.

Ida

6:20

7:40

No

XG62600101012

O Grove E.A.-Pontevedra E.A.

Ida

20:00

21:20

No

XG62600101030

O Grove E.A.-Pontevedra E.A.

Vuelta

21:10

22:30

No

XG62600101046

O Grove E.A.-Pontevedra E.A.

Vuelta

12:30

13:50

No

XG62600201009

O Grove E.A.-Portonovo-Pontevedra E.A.

Ida

12:15

13:45

No

XG62600201012

O Grove E.A.-Portonovo-Pontevedra E.A.

Ida

19:00

20:30

No

XG62600201013

O Grove E.A.-Portonovo-Pontevedra E.A.

Ida

21:00

22:30

No

XG62600201033

O Grove E.A.-Portonovo-Pontevedra E.A.

Vuelta

9:00

10:30

No

XG62600301001

O Grove E.A.-San Vicente do Mar

Ida

14:23

14:45

XG62600301005

O Grove E.A.-San Vicente do Mar

Vuelta

8:20

8:42

XG62600401002

Mercado (1º y 3º)-Cruce Cotos (Dorrón)

Ida

14:55

15:21

XG62600401008

Mercado (1º y 3º)-Cruce Cotos (Dorrón)

Vuelta

9:00

9:26

XG62600501007

Mercado (1º y 3º)-Nanín

Ida

14:55

15:15

XG62600501011

Mercado (1º y 3º)-Nanín

Vuelta

9:10

9:30

XG62600601003

IES de Sanxenxo-Nosa Sra. da Lanzada

Ida

14:55

15:20

XG62600601009

IES de Sanxenxo-Nosa Sra. da Lanzada

Vuelta

9:05

9:30

XG62600701002

CEIP Magaláns-Dorrón-Freixeiro

Ida

14:10

14:27

XG62600701004

CEIP Magaláns-Dorrón-Freixeiro

Vuelta

8:50

9:07

XG62600901005

IES de Poio-Campañó de Arriba

Ida

18:15

18:41

XG62600901009

IES de Poio-Campañó de Arriba

Vuelta

8:14

8:40

XG62601001004

IES de Poio-O Pumar

Ida

14:35

14:53

XG62601001010

IES de Poio-O Pumar

Vuelta

8:25

8:43

XG62601101004

IES de Poio-Vilar

Ida

14:35

14:56

XG62601101007

IES de Poio-Vilar

Vuelta

8:35

8:56

XG62601201004

IES de Vilalonga-Portonovo (farmacia)

Ida

14:10

14:45

XG62601201011

IES de Vilalonga-Portonovo (farmacia)

Vuelta

7:45

8:20

XG62601301003

IES de Vilalonga-Costiña

Ida

14:15

14:40

XG62601301010

IES de Vilalonga-Costiña

Vuelta

8:05

8:30

XG62601401003

Raxo-Mercado (1º y 3º)

Ida

14:00

14:20

XG62601401004

Raxo-Mercado (1º y 3º)

Vuelta

8:30

8:50

XG62601501001

Portonovo (farmacia)-Telleiro

Ida

8:43

8:58

XG62601501008

Portonovo (farmacia)-Telleiro

Vuelta

14:05

14:20

XG62601601006

IES de Vilalonga-Igrexa-Simes

Ida

14:15

14:48

XG62601601012

IES de Vilalonga-Igrexa-Simes

Vuelta

7:42

8:15

XG62601701010

IES de Vilalonga-Arén

Vuelta

7:25

8:15

No

XG62601801006

IES de Vilalonga-O Grove E.A.

Ida

14:15

14:50

XG62601801010

IES de Vilalonga-O Grove E.A.

Vuelta

7:55

8:30

XG62601901002

Vilalonga Gasol.Outon-Pontevedra E.A.

Ida

7:00

7:55

No

XG62601901003

Vilalonga Gasol.Outon-Pontevedra E.A.

Vuelta

19:00

19:55

No

XG62602001001

Couso-Pontevedra E.A.

Ida

7:15

8:00

No

XG62602101001

IES de Vilalonga-Mercado Portonovo

Ida

14:10

14:45

XG62602101010

IES de Vilalonga-Mercado Portonovo

Vuelta

7:45

8:20

XG62602201001

IES de Vilalonga-Viliquín

Ida

14:15

14:34

XG62602201010

IES de Vilalonga-Viliquín

Vuelta

8:00

8:19

XG62602301003

Cruce Aios-Nosa Sra. da Lanzada

Ida

8:43

8:58

XG62602301010

Cruce Aios-Nosa Sra. da Lanzada

Vuelta

14:05

14:20

XG62602401018

O Grove E.A.-O Grove E.A. por San Vicente do Mar y San Vicente do Grove

Ida

6:00

6:31

No

XG62602401047

O Grove E.A.-O Grove E.A. por San Vicente do Mar y San Vicente do Grove

Ida

20:30

21:01

No

XG62602601002

O Grove E.A.-Aeropuerto Peinador-CUVI

Ida

9:45

11:35

No

XG62602601003

O Grove E.A.-Aeropuerto Peinador-CUVI

Vuelta

11:50

13:40

No

XG62602601004

O Grove E.A.-Aeropuerto Peinador-CUVI

Vuelta

20:00

21:50

No

XG62603001001

IES As Bizocas-Campos

Ida

14:15

14:30

XG62603001006

IES As Bizocas-Campos

Vuelta

8:05

8:20

XG62603101001

IES de Sanxenxo-A Granxa

Ida

15:05

15:25

XG62603101006

IES de Sanxenxo-A Granxa

Vuelta

9:05

9:25

XG62603201002

IES Monte da Vila-Porto Meloxo

Ida

14:25

14:45

XG62603201005

IES Monte da Vila-Porto Meloxo

Vuelta

8:05

8:25

XG62603301001

CEIP de Noalla-Telleiro-Revolta II

Ida

14:05

14:15

XG62603301006

CEIP de Noalla-Telleiro-Revolta II

Vuelta

8:45

8:55

XG62603401002

CEIP de Espedregada-Rabo de Porco

Ida

14:10

14:16

XG62603401003

CEIP de Espedregada-Rabo de Porco

Vuelta

8:50

8:56

XG62603501002

IES de Sanxenxo-Cementerio

Ida

15:05

15:15

XG62603501008

IES de Sanxenxo-Cementerio

Vuelta

9:10

9:20

XG62603701002

IES de Vilalonga-Mirasol

Ida

14:20

14:45

XG62603701007

IES de Vilalonga-Mirasol

Vuelta

7:45

8:10

XG62700201004

Hospital do Salnés-Campo (Illa de Arousa)

Vuelta

7:10

7:55

No

XG62700201008

Hospital do Salnés-Campo (Illa de Arousa)

Ida

19:50

20:35

No

XG62700301009

Vilagarcía-Estación Bus-Campo (Illa de Arousa)

Vuelta

19:00

19:37

No

XG62700301024

Vilagarcía-Estación Bus-Campo (Illa de Arousa)

Ida

6:45

7:22

No

XG62700401003

CEIP de San Roque-Os Casás

Ida

14:40

15:02

XG62700401004

CEIP de San Roque-Os Casás

Vuelta

9:08

9:30

XG62700501003

O Facho-Ponte Castrelo

Vuelta

8:50

9:00

XG62700501004

O Facho-Ponte Castrelo

Ida

14:05

14:15

XG62700601002

CEIP de Coirón-Dena-Igrexa-Padrenda

Ida

13:45

14:06

XG62700701002

CEIP de Coirón-Dena-Pazos

Vuelta

8:20

8:42

XG62700801003

CEIP de Coirón-Dena-Igrexa-Covas

Ida

13:45

14:11

XG62700901003

CEIP de Viñagrande-Deiro-Pabellón Vilanova

Ida

14:10

14:35

XG62700901004

CEIP de Viñagrande-Deiro-Pabellón Vilanova

Vuelta

8:35

9:00

XG62701001001

Cobas (Aldea de Abaixo)-Vilalonga (frente al instituto)

Ida

7:35

8:15

No

XG62701001004

Cobas (Aldea de Abaixo)-Vilalonga (frente al instituto)

Vuelta

18:00

18:40

No

XG62701101001

Carril-Merendero-Urbanizacion O Rial

Ida

8:00

8:30

No

XG62701101002

Carril-Merendero-Urbanizacion O Rial

Vuelta

8:30

9:00

No

XG62701101003

Carril-Merendero-Urbanizacion O Rial

Ida

9:00

9:30

No

XG62701101016

Carril-Merendero-Urbanizacion O Rial

Vuelta

18:00

18:30

No

XG62701102002

Carril-Merendero-Vilaxoán. Freixo

Vuelta

9:00

9:25

No

XG62701102024

Carril-Merendero-Vilaxoán. Freixo

Ida

18:30

18:55

No

XG62701102026

Carril-Merendero-Vilaxoán. Freixo

Vuelta

19:00

19:25

No

XG62701102027

Carril-Merendero-Vilaxoán. Freixo

Ida

19:30

19:55

No

XG62701102029

Carril-Merendero-Vilaxoán. Freixo

Vuelta

20:00

20:25

No

XG62701102030

Carril-Merendero-Vilaxoán. Freixo

Ida

20:30

20:55

No

XG62701102032

Carril-Merendero-Vilaxoán. Freixo

Vuelta

21:00

21:25

No

XG62701201001

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Vilaxoán

Ida

7:30

7:38

No

XG62701201004

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Vilaxoán

Vuelta

8:40

8:48

No

XG62701201015

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Vilaxoán

Ida

18:00

18:08

No

XG62701201016

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Vilaxoán

Vuelta

18:10

18:18

No

XG62701201019

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Vilaxoán

Ida

20:15

20:23

No

XG62701303003

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Renzá

Ida

7:45

8:10

No

XG62701401001

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Guillán Plaza

Ida

7:50

7:58

No

XG62701401013

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Guillán Plaza

Ida

18:30

18:38

No

XG62701501001

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Cornazo

Ida

8:15

8:26

No

XG62701501006

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Cornazo

Ida

19:45

19:56

No

XG62701601001

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Trabanca-Vilagarcía-Avda. A Mariña

Ida

19:30

19:48

No

XG62701602001

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Trabanca

Ida

8:10

8:20

No

XG62702002002

Vilagarcía-Avda. A Mariña-Complexo de Fontecarmoa

Vuelta

19:00

19:05

No

XG62702201005

Pontecesures-Nogueirido-Vilagarcía-Estación Bus

Vuelta

19:00

19:35

No

XG62702202001

Catoira-Area Estacionamiento-Vilagarcía-Estación Bus

Vuelta

8:15

8:34

No

XG62702301001

Coaxe-IES Armando Cotarelo Valledor

Ida

7:55

8:45

No

XG62702303001

Dimo-Iglesia-Vilagarcía-Estación Bus

Vuelta

18:00

18:34

No

XG62702303002

Dimo-Iglesia-Vilagarcía-Estación Bus

Ida

18:30

19:04

No

XG62702601001

Pontecesures-Mirador-Vilagarcía-Estación Bus

Ida

8:00

8:35

No

XG62702901003

CEIP de San Roque-Rotonda Isla

Vuelta

9:08

9:25

XG62702901004

CEIP de San Roque-Rotonda Isla

Ida

14:40

14:57

XG62703001003

CEIP de Viñagrande-Deiro-Carballeira

Vuelta

8:30

8:55

XG62703001004

CEIP de Viñagrande-Deiro-Carballeira

Ida

14:10

14:35

XG62703101003

CEIP de San Roque-Cruce Eibiño

Vuelta

9:04

9:25

XG62703101004

CEIP de San Roque-Cruce Eibiño

Ida

14:40

15:01

XG62703201003

CEIP Xulio Camba-Aduanas

Vuelta

8:25

8:50

XG62703201004

CEIP Xulio Camba-Aduanas

Ida

14:10

14:35

XG62703301001

Cornazo-Vilagarcía-Avda. A Mariña

Ida

8:30

8:36

No

XG62703301006

Cornazo-Vilagarcía-Avda. A Mariña

Ida

20:00

20:11

No

XG62800101002

Marín-Residencia Montecelo

Ida

21:00

21:55

No

XG62800101005

Marín-Residencia Montecelo

Ida

7:00

7:55

No

XG62800101037

Marín-Residencia Montecelo

Vuelta

18:40

19:35

No

XG62800201005

Castelo Alto-Pintos

Ida

19:00

19:40

No

XG62800201007

Castelo Alto-Pintos

Ida

10:20

11:00

No

XG62800201009

Castelo Alto-Pintos

Vuelta

9:40

10:20

No

XG62800301001

Fontáns-Pontevedra E.A.

Ida

15:15

15:54

No

XG62800301004

Fontáns-Pontevedra E.A.

Ida

7:25

8:04

No

XG62800301009

Fontáns-Pontevedra E.A.

Vuelta

12:45

13:24

No

XG62800401003

Casa Falcón-Pontevedra E.A.

Ida

6:55

7:24

No

XG62800401005

Casa Falcón-Pontevedra E.A.

Ida

19:35

20:04

No

XG62800401009

Casa Falcón-Pontevedra E.A.

Ida

10:35

11:04

No

XG62800401015

Casa Falcón-Pontevedra E.A.

Ida

16:00

16:29

No

XG62800401023

Casa Falcón-Pontevedra E.A.

Vuelta

10:00

10:29

No

XG62800401025

Casa Falcón-Pontevedra E.A.

Vuelta

19:10

19:39

No

XG62800401026

Casa Falcón-Pontevedra E.A.

Vuelta

15:40

16:09

No

XG62800401029

Casa Falcón-Pontevedra E.A.

Vuelta

6:30

6:59

No

XG62800501002

Canicouba-Pontevedra E.A.

Ida

6:00

6:30

No

XG62800501010

Canicouba-Pontevedra E.A.

Ida

20:30

21:00

No

XG62800501028

Canicouba-Pontevedra E.A.

Vuelta

7:15

7:45

No

XG62800501032

Canicouba-Pontevedra E.A.

Vuelta

19:55

20:25

No

XG62800601005

Ponte Bora (ITV)-Parada

Ida

7:00

7:44

No

XG62800701025

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Ida

8:40

9:03

No

XG62800701030

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Ida

19:20

19:43

No

XG62800701031

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Ida

20:40

21:03

No

XG62800701032

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Ida

18:00

18:23

No

XG62800701054

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Ida

7:00

7:23

No

XG62800701070

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Ida

18:40

19:03

No

XG62800701071

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Ida

8:00

8:23

No

XG62800701120

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Ida

20:00

20:23

No

XG62800701138

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Vuelta

20:10

20:33

No

XG62800701140

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Vuelta

6:30

6:53

No

XG62800701163

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Vuelta

19:30

19:53

No

XG62800701183

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Vuelta

18:50

19:13

No

XG62800701185

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Vuelta

18:10

18:33

No

XG62800701188

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Vuelta

7:50

8:13

No

XG62800701198

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Vuelta

8:50

9:13

No

XG62800701203

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Vuelta

20:50

21:13

No

XG62800701217

Marín-Plaza de Galicia (marquesina)

Vuelta

8:30

8:53

No

XG62800901005

Pontevedra E.A.-Soutonovo

Ida

20:10

20:50

No

XG62800901009

Pontevedra E.A.-Soutonovo

Ida

6:50

7:20

No

XG62801001001

Pontevedra E.A.-Marín

Ida

8:15

8:55

No

XG62801101006

Postemirón de Arriba-Xistro-Ponte do Burgo/Plaza de Abastos

Ida

18:15

18:40

No

XG62801101007

Postemirón de Arriba-Xistro-Ponte do Burgo/Plaza de Abastos

Vuelta

19:15

19:40

No

XG62801201001

Birrete-Xistro-Ruibal-Ponte do Burgo/Plaza de Abastos

Ida

9:40

9:55

No

XG62801301001

Ponte Bora (ITV)-Pontevedra E.A.

Ida

9:45

10:10

No

XG62801401002

Postemirón de Arriba-O Casal-Ponte do Burgo/Plaza de Abastos

Vuelta

21:00

21:30

No

XG62801601002

Figueirido-Xistro-Salcedo-Campolongo-Ponte do Burgo/Plaza de Abastos

Vuelta

7:10

7:35

No

XG62801701001

Acuña-A Xunqueira

Ida

7:15

8:00

No

XG62801901002

Pontevedra E.A.-Marín

Ida

14:20

14:54

XG62801901006

Pontevedra E.A.-Marín

Vuelta

8:00

8:34

XG62802001002

CEIP a Carballeira-A Ruibal (parada bus-puente autopista)

Ida

14:00

14:29

XG62802001005

CEIP a Carballeira-A Ruibal (parada bus-puente autopista)

Vuelta

8:30

8:59

XG62802401002

IES Torrente Ballester-Escola Naval de Marín

Ida

14:20

14:43

XG62802401003

IES Torrente Ballester-Escola Naval de Marín

Vuelta

7:55

8:18

XG62802501002

IES Torrente Ballester-Campodaporta-Birrete (Ponte Batán)

Ida

14:20

14:49

XG62802601001

CEIP de Vilaverde Mourente-Pasarela (calle 12 de Novembro)

Ida

14:04

14:20

XG62802701001

IES Torrente Ballester-A Ruibal

Ida

14:25

14:39

XG62802701003

IES Torrente Ballester-A Ruibal

Vuelta

8:02

8:16

XG62802901001

Soutonovo-Pontevedra E.A.

Ida

7:20

8:00

No

XG62802901004

Soutonovo-Pontevedra E.A.

Ida

20:50

21:30

No

XG62803001001

IES Torrente Ballester-Birrete-Campodaporta

Vuelta

7:53

8:24

XG62803101001

CEIP de Vilaverde Mourente-Pasarela (calle 12 de Novembro)

Vuelta

8:32

8:48

XG62803201001

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

7:35

8:30

No

XG62803201002

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

8:15

9:10

No

XG62803201007

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

10:45

11:40

No

XG62803201008

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

11:15

12:10

No

XG62803201013

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

13:45

14:40

No

XG62803201014

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

14:15

15:10

No

XG62803201015

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

14:45

15:40

No

XG62803201016

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

15:15

16:10

No

XG62803201021

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

17:45

18:40

No

XG62803201022

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

18:15

19:10

No

XG62803201026

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

20:15

21:10

No

XG62803201027

Estacións-A Xunqueira-Monteporreiro (circular L1)

Ida

20:45

21:40

No

XG62803202001

Estacións-Xunqueira-Monteporreiro

Ida

21:15

21:45

No

XG62803202002

Estacións-Xunqueira-Monteporreiro

Ida

21:45

22:15

No

XG62803203001

Monteporreiro-Xunqueira-Estacións

Ida

7:05

7:30

No

XG62803203002

Monteporreiro-Xunqueira-Estacións

Ida

7:45

8:10

No

XG62803301001

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

7:30

8:22

No

XG62803301002

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

8:00

8:52

No

XG62803301003

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

8:30

9:22

No

XG62803301008

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

11:00

11:52

No

XG62803301009

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

11:30

12:22

No

XG62803301012

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

13:00

13:52

No

XG62803301013

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

13:30

14:22

No

XG62803301014

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

14:00

14:52

No

XG62803301015

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

14:30

15:22

No

XG62803301020

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

17:00

17:52

No

XG62803301021

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

17:30

18:22

No

XG62803301022

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

18:00

18:52

No

XG62803301023

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

18:30

19:22

No

XG62803301029

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

21:30

22:22

No

XG62803301030

Plaza Galicia-Montecelo-Monteporreiro (circular L2)

Ida

22:00

22:52

No

XG62803302001

Monteporreiro-Montecelo-Plaza de Galicia

Ida

7:25

7:52

No

XG63000301003

Noia E.A.-Zaramagoso

Vuelta

8:10

9:25

XG63000301004

Noia E.A.-Zaramagoso

Ida

15:25

16:40

XG63000401003

Noia E.A.-Burzó

Vuelta

8:10

9:25

XG63000401004

Noia E.A.-Burzó

Ida

15:25

16:40

XG63000501003

Noia E.A.-Merelle

Vuelta

8:17

9:17

XG63000501004

Noia E.A.-Merelle

Ida

15:25

16:25

XG63000601001

Gorgosa (Naval, Sou, Arsels)-Noia E.A.

Ida

7:15

7:45

No

XG63000801001

Suevos (zona Muros)-Noia E.A.

Ida

7:55

8:44

No

XG63001301001

Augasantas-Noia E.A.

Ida

7:00

7:30

No

XG63001502001

Noia E.A.-Cuns

Vuelta

8:10

8:27

XG63001502002

Noia E.A.-Cuns

Ida

14:30

14:47

XG63001502003

Noia E.A.-Cuns

Ida

19:00

19:17

No

XG63002001003

CPI Cernadas de Castro-Outeiro

Vuelta

8:40

9:00

XG63002001004

CPI Cernadas de Castro-Outeiro

Ida

15:40

16:00

XG63002101003

CPI Cernadas de Castro-Mirón

Vuelta

8:30

9:00

XG63002101004

CPI Cernadas de Castro-Mirón

Ida

15:50

16:20

XG63002201003

CPI Cernadas de Castro-Bargo

Vuelta

8:09

9:00

XG63002201004

CPI Cernadas de Castro-Bargo

Ida

15:40

16:31

XG63002301003

CPI Cernadas de Castro-Ponte San Francisco

Vuelta

8:37

9:00

XG63002301004

CPI Cernadas de Castro-Ponte San Francisco

Ida

15:40

16:03

XG63002601002

Gorgosa (Naval, Sou, Arsels)-Noia E.A.

Vuelta

18:40

19:25

No

XG63200301001

Carballo E.A.-O Rodeiro

Vuelta

8:20

9:02

XG63200301002

Carballo E.A.-O Rodeiro

Ida

14:15

14:57

XG63200301003

Carballo E.A.-O Rodeiro

Ida

15:55

16:37

XG63200901001

Centro médico-Laracha

Vuelta

8:00

8:30

No

XG63200901005

Centro médico-Laracha

Ida

19:00

19:30

No

XG63201001007

Centro médico-Vilardefrancos

Vuelta

7:20

7:30

No

XG63201101005

Centro médico-A Piña (Sofán)

Ida

20:00

20:19

No

XG63201301002

Carballo E.A.-Ramil

Ida

14:10

14:33

XG63201301003

Carballo E.A.-Ramil

Vuelta

7:55

8:18

XG63201401003

Carballo E.A.-Cances da Vila

Vuelta

7:50

8:18

XG63201401004

Carballo E.A.-Cances da Vila

Ida

14:10

14:38

XG63201501003

Centro médico-A Milagrosa

Vuelta

8:00

8:20

XG63201501004

Centro médico-A Milagrosa

Ida

14:10

14:30

XG63201601003

Carballo E.A.-Noicela

Vuelta

7:33

8:19

XG63201701003

Arnados-Encrucilladas 2

Vuelta

9:00

9:30

XG63201701004

Arnados-Encrucilladas 2

Ida

14:50

15:20

XG63201801003

Centro médico-Figueroa

Vuelta

8:55

9:31

XG63201801005

Centro médico-Figueroa

Ida

14:50

15:26

XG63201901003

Centro médico-Cances da Vila 2

Vuelta

9:05

9:28

XG63201901004

Centro médico-Cances da Vila 2

Ida

14:50

15:13

XG63202001003

Carballo E.A.-A Brea 3

Vuelta

8:04

8:20

XG63202001004

Carballo E.A.-A Brea 3

Ida

14:10

14:26

XG63202101003

Carballo E.A.-Arnados

Ida

14:10

14:54

XG63202201003

Nétoma-S.M. Vilela

Ida

14:50

15:29

XG63202301003

CEIP de Nétoma-Razo-Vilela

Vuelta

9:01

9:29

XG63300101004

IES de Foz-Mourente

Vuelta

8:35

8:55

XG63300101005

IES de Foz-Mourente

Ida

15:35

15:55

XG63300201001

CEIP O Cantel-Casa Primo

Vuelta

8:45

9:20

XG63300201002

CEIP O Cantel-Casa Primo

Ida

16:00

16:35

XG63300301001

CEIP O Cantel-Xercido

Vuelta

8:35

9:20

XG63300301002

CEIP O Cantel-Xercido

Ida

16:10

16:55

XG63300401001

A Seara-Lourenzá

Ida

8:18

9:03

XG63300501003

Viveiro E.A.-Leborín

Vuelta

8:25

9:35

XG63300501004

Viveiro E.A.-Leborín

Ida

15:40

16:50

XG63300701003

San Cibrao Av. da Mariña-Rua (Curuxeiras)

Vuelta

8:02

8:45

XG63300701004

San Cibrao Av. da Mariña-Rua (Curuxeiras)

Ida

14:25

15:08

XG63300801002

CEIP de Cervo-Rua (Curuxeiras)

Vuelta

8:58

9:33

XG63300801003

CEIP de Cervo-Rua (Curuxeiras)

Ida

16:00

16:35

XG63301101002

Espiñeira de Foz-A Fornea (casas)

Ida

15:35

16:20

XG63301101003

Espiñeira de Foz-A Fornea (casas)

Ida

7:45

8:30

No

XG63301301001

Ribadeo E.A.-Remourelle (iglesia)

Vuelta

7:35

8:30

XG63301301004

Ribadeo E.A.-Remourelle (iglesia)

Ida

14:30

15:25

XG63301401001

Ribadeo E.A.-A Aldea de Baixo (Vilamartín Pequeno)

Vuelta

8:34

9:25

XG63301401002

Ribadeo E.A.-A Aldea de Baixo (Vilamartín Pequeno)

Ida

15:45

16:36

XG63301601001

Ribadeo E.A.-Arante-Teleclub

Vuelta

7:31

8:25

XG63301601004

Ribadeo E.A.-Arante-Teleclub

Ida

14:28

15:16

XG63301701001

Ribadeo E.A.-A Barca

Vuelta

8:28

9:25

XG63301701002

Ribadeo E.A.-A Barca

Ida

15:40

16:37

XG63301801004

Ribadeo E.A.-Mozandeo

Vuelta

7:14

8:30

XG63301801005

Ribadeo E.A.-Mozandeo

Ida

14:30

15:46

XG63302001003

CEIP Celso Currás-Igrexa Balboa

Vuelta

8:15

9:14

XG63302001004

CEIP Celso Currás-Igrexa Balboa

Ida

14:45

15:44

XG63302101003

CEIP Celso Currás-Carreira Chá

Vuelta

8:47

9:12

XG63302101004

CEIP Celso Currás-Carreira Chá

Ida

14:37

15:02

XG63302401002

Trabada-Vilaformán (iglesia)

Vuelta

7:18

7:40

XG63302401003

Trabada-Vilaformán (iglesia)

Ida

15:02

15:24

XG63302601001

Os Curras-Navallo de Abaixo

Ida

16:40

17:00

XG63302601002

Os Curras-Navallo de Abaixo

Vuelta

8:20

8:40

XG63302701001

Vilabuín-Vilares (pueblo)

Ida

8:40

8:57

XG63302701002

Vilabuín-Vilares (pueblo)

Vuelta

16:10

16:27

XG63400101001

A Fonsagrada-Lugo E.A.

Ida

7:15

8:40

No

XG63400101006

A Fonsagrada-Lugo E.A.

Vuelta

18:30

19:55

No

XG63400101018

A Fonsagrada-Lugo E.A.

Vuelta

13:30

14:55

No

XG63400201002

CEIP Plurilingüe Santa María-Lodos

Ida

15:45

16:38

XG63400201004

CEIP Plurilingüe Santa María-Lodos

Vuelta

8:31

9:25

XG63400301002

CEIP Plurilingüe Santa María-Rio de Sabugos

Ida

15:45

16:50

XG63400301006

CEIP Plurilingüe Santa María-Rio de Sabugos

Vuelta

8:20

9:25

XG63400401002

Castroverde-Fonte dos Poios

Vuelta

8:45

9:25

XG63400401003

Castroverde-Fonte dos Poios

Ida

15:25

16:05

XG63400501001

Sobrado de Picato (campo da feira)-Lugo E.A.

Ida

7:10

8:20

No

XG63400501002

Sobrado de Picato (campo da feira)-Lugo E.A.

Vuelta

19:30

20:40

No

XG63400601002

Castroverde-Agustín

Vuelta

8:37

9:25

XG63400601003

Castroverde-Agustín

Ida

15:25

16:13

XG63400701001

Enlaces O Corgo-Veiga de Anzuelos

Ida

14:25

15:03

XG63400801002

Fontoira-CPI Luís Díaz Moreno

Vuelta

16:10

17:02

XG63400901001

Cádavo-Lugo E.A.

Ida

7:25

8:12

No

XG63401001001

Sobrado de Picato (campo da feira)-Lugo E.A.

Ida

10:10

11:25

No

XG63401001004

Sobrado de Picato (campo da feira)-Lugo E.A.

Vuelta

13:30

14:45

No

XG63401101001

Castroverde-Lugo E.A.

Ida

9:45

10:25

No

XG63401401011

Paradanova-Cospeito

Vuelta

8:30

9:21

XG63401401012

Paradanova-Cospeito

Ida

15:50

16:41

XG63401501011

CEIP Plurilingüe Santa María-Vilarchao II (dársena)

Vuelta

8:50

9:35

XG63401501012

CEIP Plurilingüe Santa María-Vilarchao II (dársena)

Ida

15:45

16:30

XG63500101005

Ferrol E.A.-Hospital da Costa-Burela

Ida

12:30

15:00

No

XG63500101007

Ferrol E.A.-Hospital da Costa-Burela

Ida

19:00

21:30

No

XG63500101008

Ferrol E.A.-Hospital da Costa-Burela

Vuelta

6:30

9:00

No

XG63500201003

Lugo E.A.-Meira-Ribadeo E.A.

Ida

13:30

15:20

No

XG63500201005

Lugo E.A.-Meira-Ribadeo E.A.

Ida

20:30

22:20

No

XG63500201006

Lugo E.A.-Meira-Ribadeo E.A.

Vuelta

6:45

8:35

No

XG63500301002

Coruña E.A.-HULA-Lugo E.A.

Ida

8:30

9:55

No

XG63500301014

Coruña E.A.-HULA-Lugo E.A.

Vuelta

6:30

7:55

No

XG63500301022

Coruña E.A.-HULA-Lugo E.A.

Vuelta

20:00

21:25

No

XG63500301024

Coruña E.A.-HULA-Lugo E.A.

Ida

18:30

19:55

No

XG63500401002

Coruña E.A.-Guitiriz-Lugo E.A.

Ida

11:00

13:08

No

XG63500401005

Coruña E.A.-Guitiriz-Lugo E.A.

Ida

19:00

21:08

No

XG63500401008

Coruña E.A.-Guitiriz-Lugo E.A.

Vuelta

8:30

10:38

No

XG63500401015

Coruña E.A.-Guitiriz-Lugo E.A.

Vuelta

21:15

23:23

No

XG63500601002

Coruña E.A.-Viveiro E.A.

Vuelta

7:30

10:50

No

XG63500701001

Lugo E.A.-Vilalba E.A.

Ida

11:15

12:00

No

XG63500701005

Lugo E.A.-Vilalba E.A.

Vuelta

12:00

12:45

No

XG63500801002

Lugo E.A.-Viveiro E.A.

Vuelta

6:45

8:48

No

XG63500901001

Lugo E.A.-Mondoñedo-Viveiro E.A.

Ida

9:00

11:53

No

XG63500901004

Lugo E.A.-Mondoñedo-Viveiro E.A.

Ida

18:15

21:08

No

XG63501001001

Lugo E.A.-Ribadeo E.A.

Ida

20:00

22:15

No

XG63501001002

Lugo E.A.-Ribadeo E.A.

Vuelta

11:00

13:15

No

XG63501101001

Guitiriz Campo da Feira-Lugo E.A.

Ida

7:30

8:30

No

XG63501301001

Canzobre-Coruña E.A.

Ida

7:30

8:00

No

XG63501301004

Canzobre-Coruña E.A.

Vuelta

19:00

19:30

No

XG63502101001

Coruña E.A.-Matogrande-HULA-Lugo E.A.

Ida

6:30

7:55

No

XG63600101001

Friol-Lugo E.A.

Ida

10:00

10:50

No

XG63600201004

Outeiro de Rei-As Pallotas

Vuelta

7:45

8:35

XG63600201005

Outeiro de Rei-As Pallotas

Ida

14:10

15:00

XG63600301003

CEIP de Xermade-Cruce A Pía (dársena)

Vuelta

8:44

9:30

XG63600301004

CEIP de Xermade-Cruce A Pía (dársena)

Ida

15:20

16:06

XG63600401001

Rodrigas-Lugo E.A.

Ida

6:50

8:25

No

XG63600401006

Rodrigas-Lugo E.A.

Vuelta

19:15

20:50

No

XG63600501001

Meira-Muimenta-Lugo E.A.

Ida

11:00

12:35

No

XG63600501003

Meira-Muimenta-Lugo E.A.

Vuelta

19:30

21:05

No

XG63600601001

Vilalba E.A.-Lugo E.A.

Vuelta

10:00

11:10

No

XG63600601002

Vilalba E.A.-Lugo E.A.

Ida

12:00

13:10

No

XG63600601004

Vilalba E.A.-Lugo E.A.

Vuelta

19:00

20:10

No

XG63600701004

Castro residencia-Fontela

Ida

14:10

15:16

XG63600701005

Castro residencia-Fontela

Vuelta

7:14

8:20

XG63600801003

Feira do Monte-A Veiga da Acea

Vuelta

8:28

9:08

XG63600801004

Feira do Monte-A Veiga da Acea

Ida

15:54

16:34

XG63600901004

CEIP Veleiro-Docampo-Rego de Bouzas

Ida

15:08

15:46

XG63600901005

CEIP Veleiro-Docampo-Rego de Bouzas

Vuelta

8:27

9:05

XG63601001003

CEIP Ramón Falcón-Azumara

Vuelta

8:44

9:29

XG63601001004

CEIP Ramón Falcón-Azumara

Ida

15:39

16:24

XG63601101003

CPI Virxe do Monte-Plaza-Muimenta

Vuelta

8:25

9:14

XG63601101004

CPI Virxe do Monte-Plaza-Muimenta

Ida

15:45

16:34

XG63601201003

Cruce de Carradelas-Xermar-Feira do Monte

Ida

8:20

9:06

XG63601201004

Cruce de Carradelas-Xermar-Feira do Monte

Vuelta

15:55

16:41

XG63601301003

CPI Virxe do Monte-C. Matías-Lagoa de Abaixo

Vuelta

8:35

9:05

XG63601301004

CPI Virxe do Monte-C. Matías-Lagoa de Abaixo

Ida

15:45

16:15

XG63601401001

Lugo E.A.-Lugo E.A.

Ida

7:00

7:50

No

XG63601401004

Lugo E.A.-Lugo E.A.

Ida

19:15

20:05

No

XG63601501003

CEIP Veleiro-Docampo-Rozas Lu-113

Ida

15:10

15:39

XG63601601003

Cruce Xesto-Fondal Graña

Vuelta

8:25

8:55

XG63601601004

Cruce Xesto-Fondal Graña

Ida

13:53

14:23

XG63601701004

Castro residencia-Abelleiras

Ida

14:09

14:47

XG63601701005

Castro residencia-Abelleiras

Vuelta

7:49

8:27

XG63601801003

CEIP Terra Chá-Vilaester

Vuelta

9:15

9:40

XG63601801004

CEIP Terra Chá-Vilaester

Ida

15:20

15:45

XG63601901005

IES Santiago Basanta Silva-O Santo

Vuelta

7:43

8:35

XG63601901006

IES Santiago Basanta Silva-O Santo

Ida

14:15

15:07

XG63602101001

Hospital Hula-Parga

Vuelta

7:15

8:30

No

XG63602101002

Hospital Hula-Parga

Ida

19:15

20:30

No

XG63602201001

Muimenta-Lugo E.A.

Ida

7:00

8:33

No

XG63602201002

Muimenta-Lugo E.A.

Vuelta

13:00

14:33

No

XG63602301001

Vilalba E.A.-Lugo E.A.

Ida

8:00

9:15

No

XG63602501002

Moncelos-Abadín (plaza del ayuntamiento)

Vuelta

7:00

7:09

No

XG63700101005

Sarria E.A.-Hospital Hula

Vuelta

10:30

12:00

No

XG63700101006

Sarria E.A.-Hospital Hula

Ida

8:45

10:15

No

XG63700101009

Sarria E.A.-Hospital Hula

Vuelta

19:00

20:30

No

XG63700201001

Palas de Rei-Lugo E.A.

Ida

7:00

8:00

No

XG63700301001

Lousada-Tosende

Vuelta

8:30

9:15

XG63700301002

Lousada-Tosende

Ida

15:20

16:05

XG63700301003

Lousada-Tosende

Ida

16:55

17:40

XG63700401001

CEIP San Miguel-Grallás

Vuelta

8:45

9:25

XG63700401002

CEIP San Miguel-Grallás

Ida

15:30

16:10

XG63700501001

CEIP Lousada-Xubín (Mosteiro)

Vuelta

8:40

9:15

XG63700501002

CEIP Lousada-Xubín (Mosteiro)

Ida

16:55

17:30

XG63700501003

CEIP Lousada-Xubín (Mosteiro)

Ida

15:20

15:55

XG63700601001

Outeiro-CEIP San Miguel

Ida

8:50

9:30

XG63700601002

Outeiro-CEIP San Miguel

Vuelta

15:30

16:10

XG63700701001

Paradela (enlace)-Loio (escolar)

Vuelta

7:45

8:10

XG63700801003

Lugo E.A.-Portomarín (dársena) (enlace)

Vuelta

7:47

8:35

XG63700901001

Palas de Rei-Hospital Hula (por N-540)

Ida

8:30

9:15

No

XG63701001001

Paradela (enlace)-Os Lusoiros

Vuelta

7:45

8:40

XG63701101001

CEIP San Miguel-A Matanza

Vuelta

8:32

9:20

XG63701301005

Pacios (Paradela)-Vilacha 2

Vuelta

8:45

9:25

XG63701401003

Paradela (enlace)-Vilacha 2

Vuelta

7:37

8:14

XG63701501004

Paradela (enlace)-Nai

Vuelta

7:35

8:12

XG63701701003

CEIP San Miguel-Nai

Vuelta

8:53

9:30

XG63701901001

IES Gregorio Fernández-Paradela (enlace)

Ida

15:10

15:47

XG63701901004

IES Gregorio Fernández-Paradela (enlace)

Vuelta

7:58

8:35

XG63702001001

CEIP San Miguel-Vilacha 2

Ida

15:30

16:10

XG63702101001

CEIP San Miguel-Aldosende

Ida

15:35

16:15

XG63702201001

Guntin de Pallares-Lousada (enlaces)

Vuelta

9:15

9:35

XG63702201002

Guntin de Pallares-Lousada (enlaces)

Ida

16:35

16:55

XG63702301001

CEIP San Miguel-A Matanza (enlace)

Ida

15:30

16:18

XG63702401001

IES Nosa Sra. dos Ollos Grandes-Portomarín (dársena) (enlace)

Ida

14:20

15:08

XG63800101001

Meira-Lugo E.A.

Ida

7:10

7:55

No

XG63800101002

Meira-Lugo E.A.

Vuelta

13:00

13:45

No

XG63800101005

Meira-Lugo E.A.

Vuelta

18:30

19:15

No

XG63800201001

IES Pedregal de Irimia-Barangón

Vuelta

8:24

9:06

XG63800201002

IES Pedregal de Irimia-Barangón

Ida

15:50

16:32

XG63800201004

IES Pedregal de Irimia-Barangón

Ida

14:35

15:17

XG63800301002

IES Pedregal de Irimia-Rois

Ida

15:50

16:18

XG63800301003

IES Pedregal de Irimia-Rois

Vuelta

8:52

9:20

XG63800401003

Mosteiro-Valín das Trabas

Vuelta

7:55

8:43

XG63800401004

Mosteiro-Valín das Trabas

Ida

14:34

15:22

XG63800601004

IES Pedregal de Irimia-Casa Campos

Ida

15:50

16:27

XG63800701003

CEIP Rosalía de Castro-Fraialde

Vuelta

8:07

8:43

XG63800701004

CEIP Rosalía de Castro-Fraialde

Ida

14:35

15:11

XG63800801003

CEIP Rosalía de Castro-Crende

Vuelta

8:09

8:43

XG63800801004

CEIP Rosalía de Castro-Crende

Ida

14:35

15:09

XG63800901004

Ancado Pequeno Núcleo-Casa Pernas

Vuelta

7:47

7:57

No

XG63801001004

IES Pedregal de Irimia-Pousadela

Ida

15:50

16:27

XG63801001005

IES Pedregal de Irimia-Pousadela

Vuelta

8:43

9:20

XG63801101003

IES Pedregal de Irimia-Casa Campos

Vuelta

8:47

9:24

XG63900301003

A Viña-A Aira Vella

Ida

15:32

16:13

XG63900301004

A Viña-A Aira Vella

Vuelta

9:03

9:44

XG63900401003

A Viña-A Esperela

Ida

15:31

16:20

XG63900401004

A Viña-A Esperela

Vuelta

8:56

9:45

XG63900501003

A Viña-O Bullo

Ida

15:35

16:05

XG63900501004

A Viña-O Bullo

Vuelta

9:10

9:40

XG63900601003

A Viña-A Maceira

Ida

15:33

16:09

XG63900601004

A Viña-A Maceira

Vuelta

9:06

9:42

XG63900701003

A Viña-A Casanova

Ida

15:31

16:14

XG63900701004

A Viña-A Casanova

Vuelta

9:01

9:44

XG63900801006

Pontedeume-Taboada

Ida

14:19

14:48

XG63900801007

Pontedeume-Taboada

Vuelta

7:50

8:19

XG63900901003

Centro salud Pontedeume-Vilachá

Vuelta

8:38

9:27

XG63900901004

Centro salud Pontedeume-Vilachá

Ida

14:40

15:29

XG63901001003

Centro salud Pontedeume-Vilar-C. G. Civil

Ida

14:20

14:25

XG63901001004

Centro salud Pontedeume-Vilar-C. G. Civil

Vuelta

8:05

8:10

XG63901201001

Betanzos instituto-A Viña

Vuelta

8:00

8:29

No

XG64000101002

Plaza de Galicia-Cedeira E.A.

Ida

6:30

7:40

No

XG64000101006

Plaza de Galicia-Cedeira E.A.

Vuelta

18:30

19:40

No

XG64000101007

Plaza de Galicia-Cedeira E.A.

Ida

20:30

21:40

No

XG64000201001

Plaza de Galicia-Playa de A Frouxeira-Cedeira E.A.

Vuelta

11:30

12:40

No

XG64000201003

Plaza de Galicia-Playa de A Frouxeira-Cedeira E.A.

Vuelta

21:30

22:40

No

XG64000201005

Plaza de Galicia-Playa de A Frouxeira-Cedeira E.A.

Ida

9:30

10:40

No

XG64000201008

Plaza de Galicia-Playa de A Frouxeira-Cedeira E.A.

Ida

19:00

20:10

No

XG64000301003

Plaza de Galicia-Vilaboa

Vuelta

10:45

11:42

No

XG64000301004

Plaza de Galicia-Vilaboa

Ida

11:45

12:42

No

XG64000301007

Plaza de Galicia-Vilaboa

Ida

18:30

19:12

No

XG64000401002

CPI de Atios-A Cavada

Vuelta

9:00

9:30

XG64000501002

CPI de Atios-O Casal

Ida

14:45

15:15

XG64000601007

CPI do Feal-Os Bicás

Vuelta

8:20

8:55

XG64000601008

CPI do Feal-Os Bicás

Ida

14:00

14:35

XG64000701005

Porta do Sol (marquesina)-Loira Vella

Vuelta

8:45

9:28

XG64000701006

Porta do Sol (marquesina)-Loira Vella

Ida

15:35

16:18

XG64000801002

CPI de Atios-Castro

Ida

14:45

15:16

XG64000901004

CPI de Atios-Outeiro-Os Outeiros

Ida

15:15

16:09

XG64001001002

CPI de Atios-Os Outeiros

Vuelta

9:10

9:35

XG64001201002

CPI de Atios-Lavacerido (Costa)

Ida

14:45

15:16

XG64001301007

CPI do Feal-Pedroso

Vuelta

8:20

8:50

XG64001301008

CPI do Feal-Pedroso

Ida

14:00

14:30

XG64001401006

Freixeiro Ec-Domirón

Ida

14:16

14:36

XG64001501003

Coval-Sequeiro

Ida

15:15

15:45

XG64001601002

Porta do Sol (marquesina)-Sabín

Vuelta

9:05

9:35

XG64001801006

Plaza de Galicia-Sedes-Playa de A Frouxeira

Vuelta

19:30

20:10

No

XG64001801021

Plaza de Galicia-Sedes-Playa de A Frouxeira

Vuelta

21:00

21:40

No

XG64001901001

Plaza de Galicia-Polígono Río do Pozo-Sedes-Playa de A Frouxeira

Ida

6:40

7:14

No

XG64002001001

Plaza de Galicia-Polígono As Lagoas-O Feal-Polígono Río do Pozo

Ida

7:45

8:13

No

XG64002401001

Cedeira E.A.-Ferrol E.A. (por AC-566)

Ida

9:30

10:30

No

XG64002701003

CPI de Atios-Castro

Ida

15:15

15:50

XG64002801003

CPI de Atios-Poi

Vuelta

9:10

9:35

XG64002901006

Concello de Narón-Baltar

Vuelta

8:25

8:55

XG64002901007

Concello de Narón-Baltar

Ida

14:00

14:30

XG64003001001

Plaza de Galicia-Cedeira E.A. (por Concello de Narón)

Ida

12:30

13:40

No

XG64003101001

Plaza de Galicia-Playa de A Frouxeira-Cedeira E.A. (por Concello de Narón)

Vuelta

10:30

11:22

No

XG64003401002

Freixeiro Ec-Domirón-O Val

Vuelta

7:45

8:20

XG64003501001

Ferrol E.A.-Cedeira E.A. (por Castro)

Vuelta

6:55

8:00

No

XG64003601001

Plaza de Galicia-Vilaboa (por Meirás)

Vuelta

7:00

8:00

No

XG64003701001

Plaza de Galicia-Porta do Sol Concello-Playa de A Frouxeira (por Sedes)

Vuelta

7:15

7:55

No

XG64100101007

Plaza de Galicia-As Neves

Ida

19:00

19:35

No

XG64100201001

As Neves-O Ameneiro

Ida

15:20

16:10

XG64100201002

As Neves-O Ameneiro

Vuelta

8:40

9:30

XG64100301001

As Neves-As Neves

Ida

15:30

16:15

XG64100301002

As Neves-As Neves

Vuelta

8:45

9:30

XG64100401001

As Neves-Plaza de Galicia

Ida

7:00

7:40

No

XG64100601001

Plaza de Galicia-As Neves

Vuelta

7:30

8:05

No

XG64200101001

Mercado de San Xulián-O Val

Ida

7:30

8:00

No

XG64200101005

Mercado de San Xulián-O Val

Ida

9:30

10:00

No

XG64200101006

Mercado de San Xulián-O Val

Vuelta

10:00

10:30

No

XG64200101010

Mercado de San Xulián-O Val

Ida

13:30

14:00

No

XG64200101011

Mercado de San Xulián-O Val

Vuelta

14:00

14:30

No

XG64200101013

Mercado de San Xulián-O Val

Vuelta

6:45

7:15

No

XG64200201009

Mercado de San Xulián-A Graña

Vuelta

7:30

7:48

No

XG64200201011

Mercado de San Xulián-A Graña

Vuelta

10:00

10:18

No

XG64200201013

Mercado de San Xulián-A Graña

Vuelta

13:10

13:28

No

XG64200201015

Mercado de San Xulián-A Graña

Vuelta

17:00

17:18

No

XG64200301005

Mercado de San Xulián-San Felipe

Vuelta

7:45

8:17

No

XG64200301006

Mercado de San Xulián-San Felipe

Ida

8:00

8:32

No

XG64200301009

Mercado de San Xulián-San Felipe

Vuelta

13:00

13:32

No

XG64200301010

Mercado de San Xulián-San Felipe

Ida

15:30

16:02

No

XG64200301012

Mercado de San Xulián-San Felipe

Ida

19:00

19:32

No

XG64200401001

Mercado de San Xulián-Circular

Ida

7:20

8:20

No

XG64200401004

Mercado de San Xulián-Circular

Vuelta

11:35

12:35

No

XG64200401005

Mercado de San Xulián-Circular

Vuelta

14:35

15:35

No

XG64200401008

Mercado de San Xulián-Circular

Ida

19:20

20:20

No

XG64200501005

Hospital Novoa Santos-Mougá Escolar

Ida

14:29

14:58

XG64200501006

Hospital Novoa Santos-Mougá Escolar

Vuelta

8:04

8:33

XG64200601003

San Pablo-Hospital Novoa Santos

Vuelta

8:38

8:56

XG64200601004

San Pablo-Hospital Novoa Santos

Ida

14:08

14:26

XG64200701003

Cemiterio-A Pedreira

Vuelta

8:07

8:45

XG64200701004

Cemiterio-A Pedreira

Ida

14:00

14:38

XG64200801003

Plaza de España-Claudina

Ida

14:17

15:17

XG64200801004

Plaza de España-Claudina

Vuelta

7:24

8:24

XG64200901003

CEIP San Xoán de Filgueira-San Pedro de Leixa

Vuelta

8:19

8:49

XG64200901004

CEIP San Xoán de Filgueira-San Pedro de Leixa

Ida

14:10

14:40

XG64201001003

Valón (carretera)-San Felipe

Vuelta

9:06

9:33

XG64201001004

Valón (carretera)-San Felipe

Ida

14:47

15:14

XG64201101003

Cemiterio-Mougá

Vuelta

7:51

8:43

XG64201101004

Cemiterio-Mougá

Ida

14:02

14:54

XG64201201003

CEIP de Pazos-O Cruce

Vuelta

8:17

8:40

XG64201201004

CEIP de Pazos-O Cruce

Ida

14:05

14:28

XG64201301003

Cee Terra de Ferrol-Canido

Vuelta

8:55

9:30

XG64201301004

Cee Terra de Ferrol-Canido

Ida

16:00

16:35

XG64201401003

Valón (carretera)-Claudina

Vuelta

8:44

9:32

XG64201401004

Valón (carretera)-Claudina

Ida

14:48

15:36

XG64201501003

Valón (pueblo)-Plaza de A Graña

Vuelta

9:10

9:32

XG64201501004

Valón (pueblo)-Plaza de A Graña

Ida

14:48

15:10

XG64201601001

Canido-Canido

Vuelta

8:00

8:44

No

XG64201601004

Canido-Canido

Ida

15:00

15:44

No

XG64201601006

Canido-Canido

Ida

7:15

7:59

No

XG64201701001

Mercado de San Xulián-O Val

Ida

16:30

17:00

No

XG64201701002

Mercado de San Xulián-O Val

Vuelta

17:00

17:30

No

XG64201701005

Mercado de San Xulián-O Val

Vuelta

19:00

19:30

No

XG64201901001

Canido-Canido

Vuelta

16:00

16:46

No

XG64201901003

Canido-Canido

Ida

19:30

20:16

No

XG64202001021

Porto-O Puntal

Ida

15:10

16:00

No

XG64202001022

Porto-O Puntal

Vuelta

15:20

16:10

No

XG64202001023

Porto-O Puntal

Ida

15:30

16:20

No

XG64202001024

Porto-O Puntal

Vuelta

15:40

16:30

No

XG64202001025

Porto-O Puntal

Ida

15:50

16:40

No

XG64202001026

Porto-O Puntal

Vuelta

16:00

16:50

No

XG64202001046

Porto-O Puntal

Vuelta

18:40

19:30

No

XG64202001047

Porto-O Puntal

Ida

18:50

19:40

No

XG64202001048

Porto-O Puntal

Vuelta

19:00

19:50

No

XG64202001049

Porto-O Puntal

Ida

19:10

20:00

No

XG64202001050

Porto-O Puntal

Vuelta

19:20

20:10

No

XG64202001051

Porto-O Puntal

Ida

19:30

20:20

No

XG64202001052

Porto-O Puntal

Vuelta

19:40

20:30

No

XG64202001053

Porto-O Puntal

Ida

19:50

20:40

No

XG64202001054

Porto-O Puntal

Vuelta

20:00

20:50

No

XG64202001057

Porto-O Puntal

Ida

20:10

21:00

No

XG64202001066

Porto-O Puntal

Vuelta

22:00

22:50

No

XG64202001069

Porto-O Puntal

Ida

22:00

22:50

No

XG64202001070

Porto-O Puntal

Ida

22:40

23:30

No

XG64202001205

Porto-O Puntal

Vuelta

7:00

7:50

No

XG64202001206

Porto-O Puntal

Ida

7:10

8:00

No

XG64202001207

Porto-O Puntal

Vuelta

7:20

8:10

No

XG64202001208

Porto-O Puntal

Ida

7:35

8:25

No

XG64202001209

Porto-O Puntal

Vuelta

7:40

8:30

No

XG64202001210

Porto-O Puntal

Ida

7:55

8:45

No

XG64202001211

Porto-O Puntal

Vuelta

8:00

8:50

No

XG64202001224

Porto-O Puntal

Ida

10:10

11:00

No

XG64202001225

Porto-O Puntal

Vuelta

10:20

11:10

No

XG64202001226

Porto-O Puntal

Ida

10:30

11:20

No

XG64202001227

Porto-O Puntal

Vuelta

10:40

11:30

No

XG64202001228

Porto-O Puntal

Ida

10:50

11:40

No

XG64202001229

Porto-O Puntal

Vuelta

11:00

11:50

No

XG64202001230

Porto-O Puntal

Ida

11:10

12:00

No

XG64202001231

Porto-O Puntal

Vuelta

11:20

12:10

No

XG64202001232

Porto-O Puntal

Ida

11:30

12:20

No

XG64202001233

Porto-O Puntal

Vuelta

11:40

12:30

No

XG64202001244

Porto-O Puntal

Ida

13:30

14:20

No

XG64202001245

Porto-O Puntal

Vuelta

13:40

14:30

No

XG64202001246

Porto-O Puntal

Ida

13:50

14:40

No

XG64202001247

Porto-O Puntal

Vuelta

14:00

14:50

No

XG64202001248

Porto-O Puntal

Ida

14:10

15:00

No

XG64202001249

Porto-O Puntal

Vuelta

14:20

15:10

No

XG64202001250

Porto-O Puntal

Ida

14:30

15:20

No

XG64202001251

Porto-O Puntal

Vuelta

14:40

15:30

No

XG64202001252

Porto-O Puntal

Ida

14:50

15:40

No

XG64202001253

Porto-O Puntal

Vuelta

15:00

15:50

No

XG64202101001

Porto-Hospital Novoa Santos

Ida

6:00

6:45

No

XG64202101003

Porto-Hospital Novoa Santos

Ida

7:00

7:45

No

XG64202101005

Porto-Hospital Novoa Santos

Ida

8:00

8:45

No

XG64202101007

Porto-Hospital Novoa Santos

Ida

9:00

9:45

No

XG64202101009

Porto-Hospital Novoa Santos

Ida

10:00

10:45

No

XG64202101011

Porto-Hospital Novoa Santos

Ida

11:00

11:45

No

XG64202101013

Porto-Hospital Novoa Santos

Ida

12:00

12:45

No

XG64202101015

Porto-Hospital Novoa Santos

Ida

13:00

13:45

No

XG64202101017

Porto-Hospital Novoa Santos

Ida

14:00

14:45

No

XG64202101020

Porto-Hospital Novoa Santos

Ida

15:00

15:45

No

XG64202201002

Hospital Novoa Santos-Porto

Ida

6:45

7:30

No

XG64202201004

Hospital Novoa Santos-Porto

Ida

7:45

8:30

No

XG64202201006

Hospital Novoa Santos-Porto

Ida

8:45

9:30

No

XG64202201008

Hospital Novoa Santos-Porto

Ida

9:45

10:30

No

XG64202201010

Hospital Novoa Santos-Porto

Ida

10:45

11:30

No

XG64202201012

Hospital Novoa Santos-Porto

Ida

11:45

12:30

No

XG64202201014

Hospital Novoa Santos-Porto

Ida

12:45

13:30

No

XG64202201016

Hospital Novoa Santos-Porto

Ida

13:45

14:30

No

XG64202201018

Hospital Novoa Santos-Porto

Ida

14:45

15:30

No

XG64202301001

Canido-Hospital Novoa Santos

Ida

7:00

8:00

No

XG64202301003

Canido-Hospital Novoa Santos

Ida

9:00

10:00

No

XG64202301005

Canido-Hospital Novoa Santos

Ida

11:00

12:00

No

XG64202301007

Canido-Hospital Novoa Santos

Ida

13:00

14:00

No

XG64202301009

Canido-Hospital Novoa Santos

Ida

15:00

16:00

No

XG64202401001

Hospital Novoa Santos-Canido

Ida

7:00

8:00

No

XG64202401003

Hospital Novoa Santos-Canido

Ida

9:00

10:00

No

XG64202401005

Hospital Novoa Santos-Canido

Ida

11:00

12:00

No

XG64202401007

Hospital Novoa Santos-Canido

Ida

13:00

14:00

No

XG64202401009

Hospital Novoa Santos-Canido

Ida

15:00

16:00

No

XG64202701001

Canido-Plaza de A Graña

Ida

8:00

8:19

No

XG64202701003

Canido-Plaza de A Graña

Ida

10:00

10:19

No

XG64202701005

Canido-Plaza de A Graña

Ida

12:00

12:19

No

XG64202701007

Canido-Plaza de A Graña

Ida

14:00

14:19

No

XG64202701009

Canido-Plaza de A Graña

Ida

16:00

16:19

No

XG64202701011

Canido-Plaza de A Graña

Ida

18:00

18:19

No

XG64202701013

Canido-Plaza de A Graña

Ida

20:00

20:19

No

XG64202701015

Canido-Plaza de A Graña

Ida

22:00

22:19

No

XG64202801001

Plaza de A Graña-Canido

Ida

7:30

7:51

No

XG64202801003

Plaza de A Graña-Canido

Ida

9:30

9:51

No

XG64202801005

Plaza de A Graña-Canido

Ida

11:30

11:51

No

XG64202801007

Plaza de A Graña-Canido

Ida

13:30

13:51

No

XG64202801009

Plaza de A Graña-Canido

Ida

15:30

15:51

No

XG64202801011

Plaza de A Graña-Canido

Ida

17:30

17:51

No

XG64202801013

Plaza de A Graña-Canido

Ida

19:30

19:51

No

XG64202801015

Plaza de A Graña-Canido

Ida

21:30

21:51

No

XG64203001001

Plaza de Galicia-Couto

Ida

7:30

7:51

No

XG64203001003

Plaza de Galicia-Couto

Ida

9:30

9:51

No

XG64203001005

Plaza de Galicia-Couto

Ida

11:30

11:51

No

XG64203001007

Plaza de Galicia-Couto

Ida

13:30

13:51

No

XG64203001009

Plaza de Galicia-Couto

Ida

15:30

15:51

No

XG64203001011

Plaza de Galicia-Couto

Ida

17:30

17:51

No

XG64203001013

Plaza de Galicia-Couto

Ida

19:30

19:51

No

XG64203001015

Plaza de Galicia-Couto

Ida

21:30

21:51

No

XG64203101001

Couto-Plaza de Galicia

Ida

7:00

7:19

No

XG64203101003

Couto-Plaza de Galicia

Ida

9:00

9:19

No

XG64203101005

Couto-Plaza de Galicia

Ida

11:00

11:19

No

XG64203101007

Couto-Plaza de Galicia

Ida

13:00

13:19

No

XG64203101009

Couto-Plaza de Galicia

Ida

15:00

15:19

No

XG64203101011

Couto-Plaza de Galicia

Ida

17:00

17:19

No

XG64203101013

Couto-Plaza de Galicia

Ida

19:00

19:19

No

XG64203101015

Couto-Plaza de Galicia

Ida

21:00

21:19

No

XG64203201079

Plaza Vella-Caranza

Ida

7:00

7:16

No

XG64203201081

Plaza Vella-Caranza

Ida

7:40

7:56

No

XG64203201083

Plaza Vella-Caranza

Ida

8:10

8:26

No

XG64203201085

Plaza Vella-Caranza

Ida

8:40

8:56

No

XG64203201087

Plaza Vella-Caranza

Ida

9:10

9:26

No

XG64203201089

Plaza Vella-Caranza

Ida

9:40

9:56

No

XG64203201091

Plaza Vella-Caranza

Ida

10:10

10:26

No

XG64203201093

Plaza Vella-Caranza

Ida

10:40

10:56

No

XG64203201095

Plaza Vella-Caranza

Ida

11:10

11:26

No

XG64203201097

Plaza Vella-Caranza

Ida

11:40

11:56

No

XG64203201099

Plaza Vella-Caranza

Ida

12:10

12:26

No

XG64203201101

Plaza Vella-Caranza

Ida

12:40

12:56

No

XG64203201103

Plaza Vella-Caranza

Ida

13:10

13:26

No

XG64203201105

Plaza Vella-Caranza

Ida

13:40

13:56

No

XG64203201107

Plaza Vella-Caranza

Ida

14:10

14:26

No

XG64203201109

Plaza Vella-Caranza

Ida

14:40

14:56

No

XG64203201111

Plaza Vella-Caranza

Ida

15:10

15:26

No

XG64203201113

Plaza Vella-Caranza

Ida

15:40

15:56

No

XG64203201115

Plaza Vella-Caranza

Ida

16:10

16:26

No

XG64203201117

Plaza Vella-Caranza

Ida

16:40

16:56

No

XG64203201119

Plaza Vella-Caranza

Ida

17:10

17:26

No

XG64203201121

Plaza Vella-Caranza

Ida

17:40

17:56

No

XG64203201123

Plaza Vella-Caranza

Ida

18:10

18:26

No

XG64203201125

Plaza Vella-Caranza

Ida

18:40

18:56

No

XG64203201127

Plaza Vella-Caranza

Ida

19:10

19:26

No

XG64203201129

Plaza Vella-Caranza

Ida

19:40

19:56

No

XG64203201131

Plaza Vella-Caranza

Ida

20:10

20:26

No

XG64203201133

Plaza Vella-Caranza

Ida

20:40

20:56

No

XG64203201135

Plaza Vella-Caranza

Ida

21:10

21:26

No

XG64203201137

Plaza Vella-Caranza

Ida

21:40

21:56

No

XG64203201139

Plaza Vella-Caranza

Ida

22:10

22:26

No

XG64203301079

Caranza-Plaza Vella

Ida

6:45

7:03

No

XG64203301081

Caranza-Plaza Vella

Ida

7:30

7:48

No

XG64203301083

Caranza-Plaza Vella

Ida

8:00

8:18

No

XG64203301085

Caranza-Plaza Vella

Ida

8:30

8:48

No

XG64203301087

Caranza-Plaza Vella

Ida

9:00

9:18

No

XG64203301089

Caranza-Plaza Vella

Ida

9:30

9:48

No

XG64203301091

Caranza-Plaza Vella

Ida

10:00

10:18

No

XG64203301093

Caranza-Plaza Vella

Ida

10:30

10:48

No

XG64203301095

Caranza-Plaza Vella

Ida

11:00

11:18

No

XG64203301097

Caranza-Plaza Vella

Ida

11:30

11:48

No

XG64203301099

Caranza-Plaza Vella

Ida

12:00

12:18

No

XG64203301101

Caranza-Plaza Vella

Ida

12:30

12:48

No

XG64203301103

Caranza-Plaza Vella

Ida

13:00

13:18

No

XG64203301105

Caranza-Plaza Vella

Ida

13:30

13:48

No

XG64203301107

Caranza-Plaza Vella

Ida

14:00

14:18

No

XG64203301109

Caranza-Plaza Vella

Ida

14:30

14:48

No

XG64203301111

Caranza-Plaza Vella

Ida

15:00

15:18

No

XG64203301113

Caranza-Plaza Vella

Ida

15:30

15:48

No

XG64203301115

Caranza-Plaza Vella

Ida

16:00

16:18

No

XG64203301117

Caranza-Plaza Vella

Ida

16:30

16:48

No

XG64203301119

Caranza-Plaza Vella

Ida

17:00

17:18

No

XG64203301121

Caranza-Plaza Vella

Ida

17:30

17:48

No

XG64203301123

Caranza-Plaza Vella

Ida

18:00

18:18

No

XG64203301125

Caranza-Plaza Vella

Ida

18:30

18:48

No

XG64203301127

Caranza-Plaza Vella

Ida

19:00

19:18

No

XG64203301129

Caranza-Plaza Vella

Ida

19:30

19:48

No

XG64203301131

Caranza-Plaza Vella

Ida

20:00

20:18

No

XG64203301133

Caranza-Plaza Vella

Ida

20:30

20:48

No

XG64203301135

Caranza-Plaza Vella

Ida

21:00

21:18

No

XG64203301137

Caranza-Plaza Vella

Ida

21:30

21:48

No

XG64203301139

Caranza-Plaza Vella

Ida

22:05

22:23

No

XG64203401031

Porto-Hospital Naval

Ida

15:30

16:15

No

XG64203401033

Porto-Hospital Naval

Ida

16:30

17:15

No

XG64203401035

Porto-Hospital Naval

Ida

17:30

18:15

No

XG64203401037

Porto-Hospital Naval

Ida

18:30

19:15

No

XG64203401039

Porto-Hospital Naval

Ida

19:30

20:15

No

XG64203401041

Porto-Hospital Naval

Ida

20:30

21:15

No

XG64203401043

Porto-Hospital Naval

Ida

21:30

22:15

No

XG64203501031

Hospital Naval-Porto

Ida

15:45

16:30

No

XG64203501033

Hospital Naval-Porto

Ida

16:45

17:30

No

XG64203501035

Hospital Naval-Porto

Ida

17:45

18:30

No

XG64203501037

Hospital Naval-Porto

Ida

18:45

19:30

No

XG64203501039

Hospital Naval-Porto

Ida

19:45

20:30

No

XG64203501041

Hospital Naval-Porto

Ida

20:45

21:30

No

XG64203501043

Hospital Naval-Porto

Ida

21:45

22:30

No

XG64203601001

Canido-Hospital Naval

Ida

16:00

17:00

No

XG64203601003

Canido-Hospital Naval

Ida

18:00

19:00

No

XG64203601005

Canido-Hospital Naval

Ida

20:00

21:00

No

XG64203601007

Canido-Hospital Naval

Ida

22:00

23:00

No

XG64203701001

Hospital Naval-Canido

Ida

16:00

17:00

No

XG64203701003

Hospital Naval-Canido

Ida

18:00

19:00

No

XG64203701005

Hospital Naval-Canido

Ida

20:00

21:00

No

XG64203701007

Hospital Naval-Canido

Ida

22:00

23:00

No

XG64204001001

Porto-O Puntal (Navantia)

Vuelta

5:50

6:40

No

XG64204001002

Porto-O Puntal (Navantia)

Ida

6:25

7:15

No

XG64204101001

Caranza-Canido

Ida

6:20

6:55

No

XG64204201001

Hospital Novoa Santos-Porto (Navantia)

Ida

6:00

6:53

No

XG64204601001

Ferrol E.A.-Caranza

Ida

6:05

6:20

No

XG64204701001

Caranza-Ferrol E.A.

Ida

5:45

6:00

No

XG64300101001

Rañestras-Rodeiro

Ida

7:37

8:05

No

XG64300201003

Alemparte-Rodeiro

Ida

8:55

9:25

XG64300301003

Rodeiro-Riobó

Vuelta

8:49

9:19

XG64300301004

Rodeiro-Riobó

Ida

13:45

14:15

XG64300401003

CPI de Rodeiro-Alto da Fraga

Vuelta

8:50

9:25

XG64300401004

CPI de Rodeiro-Alto da Fraga

Ida

13:45

14:20

XG64300501003

Rodeiro-Cuñarro do Cabo

Vuelta

8:55

9:20

XG64300501004

Rodeiro-Cuñarro do Cabo

Ida

13:45

14:10

XG64300601003

Rodeiro-Adelán-Alto da Fraga

Vuelta

8:50

9:15

XG64300601004

Rodeiro-Adelán-Alto da Fraga

Ida

13:45

14:10

XG64300701006

Lalín E.A.-Casiñas-Berredo

Vuelta

7:45

8:25

XG64300701008

Lalín E.A.-Casiñas-Berredo

Ida

14:35

15:15

XG64300801001

Lalín E.A.-Pena

Vuelta

8:00

8:40

XG64300801003

Lalín E.A.-Pena

Ida

14:25

15:05

XG64300901001

Castro Dozón-Lalín E.A.

Ida

7:15

7:35

No

XG64301001004

Rodeiro-Lalín E.A.

Vuelta

19:00

19:20

No

XG64301001005

Rodeiro-Lalín E.A.

Vuelta

8:25

8:45

No

XG64301701001

Rodeiro-Fondevila

Ida

13:45

14:15

XG64400101001

Viloira-O Barco de Valdeorras-Ourense E.I.

Ida

8:00

9:44

No

XG64400101002

Viloira-O Barco de Valdeorras-Ourense E.I.

Vuelta

13:00

14:44

No

XG64400101004

Viloira-O Barco de Valdeorras-Ourense E.I.

Vuelta

20:00

21:44

No

XG64400201001

Viloira-O Barco de Valdeorras-San Francisco E.F.-Ourense E.I.

Vuelta

6:00

8:03

No

XG64400201002

Viloira-O Barco de Valdeorras-San Francisco E.F.-Ourense E.I.

Ida

22:00

23:59

No

XG64400301004

A Rúa E.A.-Tuxe (carretera Cambela)

Vuelta

7:32

8:15

XG64400301005

A Rúa E.A.-Tuxe (carretera Cambela)

Ida

14:10

14:53

XG64400401002

CEIP Manuel Respino-O Seixo-Celavente

Vuelta

8:30

9:20

XG64400401005

CEIP Manuel Respino-O Seixo-Celavente

Ida

15:30

16:20

XG64400501004

A Rúa E.A.-Celavente

Vuelta

7:35

8:20

XG64400501005

A Rúa E.A.-Celavente

Ida

14:10

14:55

XG64400601003

CEIP Manuel Respino-A Vacariza

Vuelta

9:00

9:35

XG64400601004

CEIP Manuel Respino-A Vacariza

Ida

15:35

16:10

XG64400701006

Quiroga-Bustelo do Lor

Vuelta

7:50

8:39

XG64400701007

Quiroga-Bustelo do Lor

Ida

14:40

15:29

XG64400801004

Quiroga-Barreiro

Vuelta

7:49

9:45

XG64400801007

Quiroga-Barreiro

Ida

15:30

17:26

XG64400901004

CEIP de Quiroga-Bustelo do Lor

Vuelta

9:10

9:45

XG64400901007

CEIP de Quiroga-Bustelo do Lor

Ida

15:30

16:05

XG64401001005

IES Cosme López Rodríguez-Vilamartín de Valdeorras (Bar Marbella)

Ida

14:30

14:50

XG64401201001

A Rúa E.A.-Tuxe (carretera Cambela)

Vuelta

8:50

9:38

XG64401201002

A Rúa E.A.-Tuxe (carretera Cambela)

Ida

15:00

15:48

XG64401501002

CEIP do Bolo-Celavente

Ida

15:25

15:40

XG64401501005

CEIP do Bolo-Celavente

Vuelta

9:06

9:21

XG64401601001

Vilamartín de Valdeorras (bar Marbella)-IES Cosme López Rodríguez

Ida

7:55

8:15

XG64401701004

IES de Quiroga-Leixazós

Vuelta

8:00

8:30

XG64401701005

IES de Quiroga-Leixazós

Ida

14:40

15:10

XG64500201003

CEIP Virxe do Carme-Canabal

Ida

15:45

16:35

XG64500201004

CEIP Virxe do Carme-Canabal

Vuelta

8:50

9:40

XG64500301003

CPI Virxe dos Remedios-Portela

Vuelta

8:28

9:52

XG64500301004

CPI Virxe dos Remedios-Portela

Ida

15:15

16:39

XG64500401003

CPI Virxe dos Remedios-Rabacallos (carretera)