Jueves, 4 de junio de 2026
III. Otras disposiciones
Consellería del Medio Rural
ORDEN de 29 de mayo de 2026 por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027 y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR651A).
La Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027 y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR651A), estableció en su artículo 23.2 que el plazo máximo para la finalización de las actuaciones es el 30 de octubre de 2025 para la anualidad 2025 y el 30 de junio de 2026 para la anualidad 2026.
Posteriormente, el día 9 de junio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 2 de junio de 2025 por la que se amplía la dotación presupuestaria para la concesión de estas ayudas. Esta ampliación no modificó ni el plazo de presentación de solicitudes ni el plazo de finalización y justificación de las ayudas.
Finalmente, el día 16 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 26 de enero de 2026, de la Dirección General de Defensa del Monte, por la que se resuelven las solicitudes de las subvenciones de la Orden de 30 de diciembre de 2024. En el artículo tercero de dicha resolución, apartado c), se indica que «De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de las bases reguladoras, las personas beneficiarias deberán comunicar la finalización de las obras a la Subdirección General de Prevención de la Consellería del Medio Rural. La fecha límite para la finalización y la presentación de la documentación justificativa necesaria para proceder al pago de la subvención es el 30 de junio de 2026, al amparo del artículo único de la Orden de 20 de octubre de 2025 por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2024».
Tras esta publicación, el plazo real de ejecución que inicialmente estaba previsto queda limitado a cuatro meses, un plazo reducido que resulta insuficiente para el correcto desarrollo de los trabajos y que, de no ampliarse, ocasionaría un perjuicio evidente a las personas beneficiarias de las subvenciones.
Por todo ello, la Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027 y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR651A), debe ser modificada para permitir que las personas beneficiarias puedan acogerse a la ampliación del plazo de justificación de los trabajos subvencionados.
Consecuentemente con todo lo anterior, esta consellería, en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,
DISPONE:
Articulo único. Modificación de la Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027 y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR651A).
La Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027 y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR651A), queda modificada como sigue:
El número 2 del artículo 23 queda redactado con el siguiente tenor:
«2. El plazo máximo para la finalización y la justificación de los trabajos finaliza el 15 de septiembre de 2026.».
Disposición final única
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 29 de mayo de 2026
María José Gómez Rodríguez
Conselleira del Medio Rural
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260604/AnuncioG0426-010626-0001_es.html
