Martes, 17 de junio de 2025
III. Otras disposiciones
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes
ORDEN de 5 de junio de 2025 por la que se suprimen las oficinas de registro de las oficinas agrarias comarcales de Tui y Forcarei.
La Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, establece en su artículo 33.3 que las oficinas de la Red de oficinas de atención a la ciudadanía y de registro se crearán, modificarán y suprimirán mediante orden de la persona titular de la Consellería competente en materia de administraciones públicas. De conformidad con el artículo 8.2 del Decreto 191/2011, de 22 de septiembre, de organización y funcionamiento de los registros de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales de la Comunidad Autónoma de Galicia, se tramitarán previa propuesta de la Consellería o entidad correspondiente, tras el informe de la Oficina del Registro General.
El Decreto 136/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, regula en su artículo 12 las funciones de la Subdirección General de Coordinación del Registro y Atención a la Ciudadanía, dependiente de la Secretaría General Técnica, entre las que consta la de dirección, coordinación y control de las oficinas de registro y atención a la ciudadanía.
En el anexo I del Decreto 191/2011, de 22 de septiembre, figuran, entre otras, las oficinas de registro de las oficinas agrarias comarcales de Tui y Forcarei.
El día 21 de abril de 2025 el secretario general técnico de la Consellería del Medio Rural solicitó la supresión de dichas oficinas de registro. La supresión fue informada positivamente por la Oficina del Registro General.
Teniendo en cuenta la necesidad de optimización de los recursos públicos y el principio de eficacia que rigen la actuación de la Xunta de Galicia, se estima conveniente la supresión de las oficinas de registro de las oficinas agrarias comarcales de Tui y Forcarei.
Por lo expuesto, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 34.6 y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,
DISPONGO:
Artículo único
Se suprimen las oficinas de registro de las oficinas agrarias comarcales de Tui y Forcarei.
Disposición final primera
Lo establecido en esta orden no supondrá incremento de gasto.
Disposición final segunda
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
En esa misma fecha se actualizará para la ciudadanía la relación de oficinas de registro, existente en la página web institucional.
Santiago de Compostela, 5 de junio de 2025
Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20250617/AnuncioG0759-060625-0001_es.html