RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2026 por la que se modifica el Acuerdo del Consejo de Dirección, de 17 de diciembre de 2025, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de operaciones en apoyo de terceras personas que se tramiten al amparo de la Intervención Leader, cofinanciadas con Feader en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC), y por la que se anuncia la convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento MR701L).

DOG Núm. 157
Jueves, 20 de agosto de 2026

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2026 por la que se modifica el Acuerdo del Consejo de Dirección, de 17 de diciembre de 2025, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de operaciones en apoyo de terceras personas que se tramiten al amparo de la Intervención Leader, cofinanciadas con Feader en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC), y por la que se anuncia la convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento MR701L).

El Consejo de Dirección de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, que tuvo lugar el 17 de diciembre de 2025, aprobó las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de operaciones en apoyo de terceras personas que se tramiten al amparo de la Intervención Leader, cofinanciadas con Feader en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC) y anunció la convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento MR701L). Dicho acuerdo se publicó mediante la Resolución de 30 de diciembre de 2026 (DOG núm.21, de 2 de febrero).

El artículo 5 de las bases reguladoras, referido a la financiación, forma y cuantía máxima de las ayudas, prevé una distribución de importes por anualidades y aplicaciones contables.

A este respecto, conviene señalar que el artículo 28.1 de las bases reguladoras dispone lo siguiente: «Dentro de las disponibilidades presupuestarias globales para cada uno de los GDR que se establezcan en cada convocatoria, le corresponde a cada GDR solicitar a la Agencia, en función de lo señalado en la convocatoria y en su estrategia de desarrollo local, la aprobación del importe máximo disponible para cada una de las tipologías de proyectos que se indican en el párrafo primero del punto 1 de este artículo. Las solicitudes de cada uno de los GDR deberán remitirse a la Agencia durante los tres meses siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda».

Teniendo en cuenta que el 6 de abril de 2026 finalizó el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria 2026 de las ayudas para la ejecución de operaciones en apoyo de terceras personas que se tramiten al amparo de la Intervención Leader, y que transcurrió el plazo de tres meses desde esa fecha, con la finalidad de cumplir con lo que dispone el artículo 28.1 de las bases reguladoras, procede proponer una redistribución de los importes entre las diferentes aplicaciones presupuestarias, que se corresponden con las tipologías de proyectos objeto de esta convocatoria, para dar cabida a lo solicitado por los GDR.

De conformidad con lo expuesto, en el ejercicio de las competencias delegadas por el Acuerdo del Consejo de Dirección de la Agencia de 13 de julio de 2013 (DOG núm. 148, de 5 de agosto),

RESUELVO:

Artículo único. Modificación del Acuerdo del Consejo de Dirección, de 17 de diciembre de 2025, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de operaciones en apoyo de terceras personas que se tramiten al amparo de la Intervención Leader, cofinanciadas con Feader en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC), y por el que se anuncia la convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento MR701L), en los siguientes términos:

Primero. El artículo 5 queda redactado de la siguiente manera:

«Artigo 5. Financiación, forma y cuantía máxima de las ayudas

Para la financiación de esta convocatoria está previsto un crédito de veintiocho millones setecientos cincuenta mil euros (28.750.000,00 €), con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los presupuestos de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural para el año 2026.

Aplicaciones-proyectos para la anualidad 2026:

Aplicación Agader

Proyecto Agader

Presupuesto redistribución Feader (euros)

Presupuesto redistribución AGE (euros)

Presupuesto redistribución Xunta (euros)

Presupuesto redistribución GPT (euros)

15.A1.712A.760.00

2024-00008

454.033,92

90.806,78

22.701,69

567.542,39

15.A1.712A.770.00

2024-00008

1.623.781,10

324.756,22

81.189,06

2.029.726,38

15.A1.712A.781.00

2024-00008

222.184,98

44.437,00

11.109,25

277.731,23

Total

2.300.000,00

460.000,00

115.000,00

2.875.000,00

Aplicaciones-proyectos para la anualidad 2027:

Aplicación Agader

Proyecto Agader

Presupuesto redistribución Feader (euros)

Presupuesto redistribución AGE (euros)

Presupuesto redistribución Xunta (euros)

Presupuesto redistribución GPT (euros)

15.A1.712A.760.00

2024-00008

1.816.137,23

363.227,44

90.806,86

2.270.171,53

15.A1.712A.770.00

2024-00008

6.495.122,78

1.299.024,56

324.756,14

8.118.903,48

15.A1.712A.781.00

2024-00008

888.739,99

177.748,00

44.437,00

1.110.924,99

Total

9.200.000,00

1.840.000,00

460.000,00

11.500.000,00

Aplicaciones-proyectos para la anualidad 2028:

Aplicación Agader

Proyecto Agader

Presupuesto redistribución Feader (euros)

Presupuesto redistribución AGE (euros)

Presupuesto redistribución Xunta (euros)

Presupuesto redistribución GPT (euros)

15.A1.712A.760.00

2024-00008

2.270.171,57

454.034,31

113.508,58

2.837.714,46

15.A1.712A.770.00

2024-00008

8.118.903,48

1.623.780,70

405.945,17

10.148.629,35

15.A1.712A.781.00

2024-00008

1.110.924,95

222.184,99

55.546,25

1.388.656,19

Total

11.500.000,00

2.300.000,00

575.000,00

14.375.000,00

Las ayudas reguladas en este acuerdo están cofinanciadas con fondos Feader (el 80 %) y con fondos de la Administración general del Estado (el 16 %) y de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (el 4 %).

El importe disponible para cada GDR se señala en el anexo I de este acuerdo.

2. Las ayudas se concederán en forma de subvención directa de capital no reembolsable y se calcularán sobre los costes subvencionables, teniendo en cuenta el porcentaje de ayuda que resulte de la aplicación al proyecto de los criterios de selección establecidos por cada GDR, siempre y cuando se cumplan las condiciones y requisitos de elegibilidad que sean aplicables a cada proyecto y que este supere la puntuación mínima o de corte que se establezca en la estrategia de desarrollo local seleccionada.

3. La cuantía máxima para cada ayuda será de 200.000,00 € por proyecto.

4. Se exceptúan de lo dispuesto en el número 2 de este artículo, en cuanto al cálculo de la ayuda, las ayudas reguladas en el artículo 15 de este acuerdo (Bono activa rural).

5. El crédito indicado podrá incrementarse en función de las solicitudes presentadas, siempre que tenga lugar una generación, ampliación o incorporación de crédito o siempre que existan remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluídos en el mismo programa, según establecen el artículo 31 de la Lei de subvenciones de Galicia, y el artículo 30 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de dicha ley».

Segundo. Las modificaciones previstas en este acuerdo no afectan al plazo de presentación de solicitudes ni suponen el inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.

Tercero. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Dirección de la Agencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, al amparo del artículo 10.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la citada publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Esta resolución será aplicable desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de agosto de 2026

Mª Paz Rodríguez Rivera
Directora general de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural

ANEXO I

Aplicaciones-proyectos para la anualidad 2026: Distribución por GDR

Número y nombre del GDR

15.A1.712A.760.00

15.A1.712A.770.00

15.A1.712A.781.00

GDR-01 Terras de Miranda

17.529,92

72.443,71

14.000,00

GDR-02 Terra Chá

26.271,95

105.585,96

3.717,21

GDR-03 Montes e Vales O.

33.694,41

104.768,10

7.253,39

GDR-04 Comarca de Lugo

13.338,42

74.217,29

26.624,73

GDR-05 Miño Ulla

37.488,00

93.030,34

7.500,00

GDR-06 Ribeira Sacra Courel

42.067,16

84.233,94

5.849,74

GDR-07 Valdeorras

5.000,00

119.509,59

4.000,00

GDR-08 Sil Bibei Navea

44.289,25

103.341,60

0

GDR-09 Monteval

25.767,85

98.185,83

27.101,45

GDR-10 A Limia Arnoia

23.662,91

87.890,83

23.662,91

GDR-11 Adercou

32.844,06

71.586,81

5.702,69

GDR-12 Carballiño Ribeiro

30.295,16

93.004,12

4.295,28

GDR-13 Condado Paradanta

17.561,62

90.943,13

17.561,62

GDR-14 Eu Rural

10.082,24

62.413,89

23.525,24

GDR-15 Pontevedra Morrazo

4.159,73

86.507,93

10.438,25

GDR-16 Pontevedra Norte

38.359,30

85.977,76

7.936,41

GDR-17 Salnés Ulla Umia

24.047,61

62.808,57

11.334,84

GDR-18 Deloa

27.881,76

64.725,52

6.970,44

GDR-19 Terras de Compostela

9.967,39

80.042,02

8.011,82

GDR-20 Ulla Tambre Mandeo

26.539,31

82.145,49

17.692,87

GDR-21 Comarca de Ordes

31.634,18

91.404,88

584,09

GDR-22 Costa da Morte

14.545,65

75.290,42

11.166,07

GDR-23 Mariñas Betanzos

15.000,00

69.661,43

13.954,09

GDR-24 Seitura 22

15.514,51

70.007,22

18.848,09

Importes totales

567.542,39

2.029.726,38

277.731,23

Aplicaciones-proyectos para la anualidad 2027: Distribución por GDR

Número y nombre del GDR

15.A1.712A.760.00

15.A1.712A.770.00

15.A1.712A.781.00

GDR-01 Terras de Miranda

70.121,68

289.772,82

56.000,00

GDR-02 Terra Chá

105.087,78

422.343,82

14.868,87

GDR-03 Montes e Vales O.

134.777,65

419.072,41

29.013,52

GDR-04 Comarca de Lugo

53.353,68

296.869,14

106.498,93

GDR-05 Miño Ulla

149.952,01

372.121,34

30.000,00

GDR-06 Ribeira Sacra Courel

168.268,63

336.935,74

23.398,98

GDR-07 Valdeorras

20.000,00

478.038,36

16.000,00

GDR-08 Sil Bibei Navea

177.157,02

413.366,39

0

GDR-09 Monteval

103.071,38

392.743,35

108.405,80

GDR-10 A Limia Arnoia

94.651,66

351.563,30

94.651,66

GDR-11 Adercou

131.376,23

286.347,25

22.810,76

GDR-12 Carballiño Ribeiro

121.180,64

372.016,51

17.181,10

GDR-13 Condado Paradanta

70.246,46

363.772,56

70.246,46

GDR-14 Eu Rural

40.328,98

249.655,56

94.100,94

GDR-15 Pontevedra Morrazo

16.638,89

346.031,73

41.753,01

GDR-16 Pontevedra Norte

153.437,23

343.911,02

31.745,63

GDR-17 Salnés Ulla Umia

96.190,43

251.234,29

45.339,38

GDR-18 Deloa

111.527,04

258.902,07

27.881,76

GDR-19 Terras de Compostela

39.869,57

320.168,06

32.047,27

GDR-20 Ulla Tambre Mandeo

106.157,24

328.581,94

70.771,50

GDR-21 Comarca de Ordes

126.536,72

365.619,52

2.336,36

GDR-22 Costa da Morte

58.182,57

301.161,71

44.664,29

GDR-23 Mariñas Betanzos

60.000,00

278.645,71

55.816,38

GDR-24 Seitura 22

62.058,04

280.028,88

75.392,39

Importes totales

2.270.171,53

8.118.903,48

1.110.924,99

Aplicaciones-proyectos para la anualidad 2028: Distribución por GDR

Número y nombre del GDR

15.A1.712A.7600

15.A1.712A.7700

15.A1.712A.7810

GDR-01 Terras de Miranda

87.652,09

362.216,04

70.000,00

GDR-02 Terra Chá

131.359,73

527.929,77

18.586,09

GDR-03 Montes e Vales O.

168.472,07

523.840,52

36.266,89

GDR-04 Comarca de Lugo

66.692,11

371.086,41

133.123,66

GDR-05 Miño Ulla

187.440,01

465.151,68

37.500,00

GDR-06 Ribeira Sacra Courel

210.335,79

421.169,67

29.248,73

GDR-07 Valdeorras

25.000,00

597.547,95

20.000,00

GDR-08 Sil Bibei Navea

221.446,28

516.707,98

0

GDR-09 Monteval

128.839,23

490.929,18

135.507,26

GDR-10 A Limia Arnoia

118.314,57

439.454,13

118.314,57

GDR-11 Adercou

164.220,30

357.934,06

28.513,43

GDR-12 Carballiño Ribeiro

151.475,80

465.020,64

21.476,37

GDR-13 Condado Paradanta

87.808,08

454.715,69

87.808,08

GDR-14 Eu Rural

50.411,22

312.069,45

117.626,18

GDR-15 Pontevedra Morrazo

20.798,61

432.539,67

52.191,26

GDR-16 Pontevedra Norte

191.796,53

429.888,78

39.682,04

GDR-17 Salnés Ulla Umia

120.238,04

314.042,86

56.674,22

GDR-18 Deloa

139.408,81

323.627,58

34.852,20

GDR-19 Terras de Compostela

49.836,97

400.210,08

40.059,08

GDR-20 Ulla Tambre Mandeo

132.696,55

410.727,43

88.464,37

GDR-21 Comarca de Ordes

158.170,90

457.024,41

2.920,45

GDR-22 Costa da Morte

72.728,22

376.452,14

55.830,35

GDR-23 Mariñas Betanzos

75.000,00

348.307,14

69.770,47

GDR-24 Seitura 22

77.572,55

350.036,09

94.240,49

Importes totales

2.837.714,46

10.148.629,35

1.388.656,19

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260820/AnuncioO90-140826-0001_es.html

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