Viernes, 20 de febrero de 2026
III. Otras disposiciones
Escuela Gallega de Administración Pública
RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2026 por la que se convoca una actividad formativa para el personal veterinario de la Consellería del Medio Rural y personal veterinario colegiado en el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Galicia y de los demás colegios oficiales de veterinarios de Galicia.
De acuerdo con el Protocolo de colaboración suscrito entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación,
RESUELVO:
Convocar el curso que figura en el anexo II, que deberá desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.
Santiago de Compostela, 13 de febrero de 2026
Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública
ANEXO I
Primera. Requisitos del personal participante
1. Podrá participar en las acciones formativas convocadas en esta resolución los veterinarios colegiados de la Consellería del Medio Rural y los veterinarios colegiados en el ejercicio libre de la profesión. Todos los solicitantes se deben encontrar en situación de servicio activo (incluido el personal que tenga concedido un permiso por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) y reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II.
Segunda. Desarrollo de las actividades de formación
Las actividades formativas se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para estas actividades se indique en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>
Tercera. Solicitudes y plazos
1. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 23 de febrero hasta el 27 de febrero de 2026.
2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 9.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.
3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.
4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.
5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.
6. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad o permisos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral), de acuerdo con los criterios de selección, deben cubrir en su área de matrícula todos los campos, marcando la casilla de verificación de que están en alguna de estas situaciones específicas y remitirle a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, a la dirección de correo electrónico <[email protected]>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en el caso contrario solo serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el punto 1 de esta base.
7. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57, 981 54 62 53, 981 54 62 73, 981 54 62 54 y 981 54 63 35 y de la dirección de correo electrónico <[email protected]> en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 horas).
Cuarta. Comprobación de datos
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de las acciones formativas necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se opusiera a ello. En este caso, la persona interesada deberá indicarlo incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar además una copia de los documentos a cuya consulta se opone a través de la siguiente dirección electrónica: <[email protected]>
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través de la siguiente dirección electrónica <xestion.egap@ xunta.gal>
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.
Quinta. Criterios de selección
1. Una vez recibidas las solicitudes correctamente la distribución de las plazas será la siguiente: 25 plazas destinadas para los veterinarios colegiados que trabajan en la Consellería del Medio Rural y otras 25 para los veterinarios colegiados en el ejercicio libre de la profesión.
La selección se hará por orden de inscripción en la EGAP, y siempre con preferencia los colegiados en Lugo. En el supuesto de que no se cubran las plazas en el grupo de los veterinarios de la Consellería del Medio Rural esas plazas pasarían al grupo de veterinarios colegiados en el ejercicio libre de la profesión.
En el caso de quedar plazas vacantes se admitirán veterinarios colegiados en las otras provincias gallegas.
Todo ello sin perjuicio de la aplicación de los criterios de reserva de plazas para personas con discapacidad así como de las medidas de promoción de la igualdad y de la conciliación establecidas en la normativa autonómica vigente.
2. En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que cumplan los requisitos del curso podrá completarse el número de participantes asignado mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP.
Sexta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado
1. La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> la relación de las personas admitidas, en reserva y excluidas para participar en cada curso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación de acuerdo con el artículo 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. Una vez transcurrido el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> la lista definitiva de personas admitidas en el curso. Contra esta lista se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Séptima. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y el seguimiento de las actividades
1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.
2. La renuncia.
a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP. En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.
1) Para formalizar la renuncia se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la dirección de correo electrónico <[email protected]>
2) El plazo para presentar escrito de renuncia se iniciará a partir de la publicación de la lista de personas admitidas, en reserva y excluidas y finalizará tres días antes del inicio de la actividad formativa.
b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad, salvo que la renuncia tenga alguna de las siguientes causas:
– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.
– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.
– Por razones de conciliación familiar.
– Por otras causas justificadas documentalmente.
3. Seguimiento de las actividades presenciales:
a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.
b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.
c) Las faltas de asistencia:
1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo mencionado anteriormente perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.
2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas presenciales, pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.
Octava. Superación de la actividad formativa
Para poder superar la actividad de formación, el alumnado deberá cumplir con el porcentaje de asistencia indicada en el número 3.1 apartado c) y superar la prueba de evaluación que se realizará al final de ellas.
Novena. Certificados
Para la obtención del certificado de aprovechamiento el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe en el que declare apto/a o no apto/a a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.
Décima. Facultades de la EGAP y del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo
1. La EGAP y el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de las actividades formativas, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.
2. En el supuesto de que el número de personas admitidas en alguna actividad sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en el que emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.
3. La EGAP y el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo garantizarán en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.
ANEXO II
Código: CV26019.
Enfermedades emergentes y reemergentes en el ganado vacuno.
Área de formación: Consellería del Medio Rural.
1. Objetivos.
El objetivo de este curso es proporcionar a los participantes una visión de las enfermedades emergentes y reemergentes que están afectando o pueden llegar a afectar a nuestra cabaña bovina.
Ante la problemática expuesta por la aparición de la dermatosis nodular contagiosa en España, vemos la necesidad de contribuir a la formación de nuestros profesionales de la veterinaria en dicha enfermedad con relatores que estuvieron en primera línea ante ella. Al mismo tiempo nos preocupan otras enfermedades ya presentes en nuestra comunidad, lengua azul por ejemplo, así como otras con riesgo de aparición debido a los movimientos del ganado y a la cercanía de otros países donde está presente, caso de la fiebre aftosa.
2. Personas destinatarias.
Veterinarios/as colegiados de la Consellería del Medio Rural y veterinarios/as colegiados en el ejercicio libre de la profesión.
3. Desarrollo.
Modalidad: presencial.
Duración: 13 horas.
Plazas: 50.
Ediciones: una.
Fechas: 26 de marzo, 9, 16 de abril de 2026 de 16.30 a 20.00 horas, y 23 de abril de 2026 de 16.30 a 19.00 horas.
Lugar: salón de actos del Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo.
Calle Ramón y Cajal, 2, Lugo.
Fecha del examen: 23.4.2026 a las 18.30 horas.
Lugar de realización del examen: salón de actos del Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo.
Calle Ramón y Cajal, 2, Lugo.
4. Contenido.
Dermatosis nodular contagiosa.
Dermatosis nodular contagiosa en Cataluña.
Fiebre aftosa.
Fiebre Q en vacuno.
Lengua azul.
Enfermedad hemorrágica epizoótica.
Enfermedad de Schmallenberg.
Carbunco.
Besnoitiosisbabesiosis, theileriosis y anaplasmosis.
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260220/AnuncioO150-110226-0001_es.html
