RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2026, de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por la que se actualizan las zonas demarcadas por la presencia de la plaga de cuarentena de la Tecia solanivora Povolny, o polilla guatemalteca de la patata, en la Comunidad Autónoma de Galicia.

DOG Núm. 18
Miércoles, 28 de enero de 2026

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2026, de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por la que se actualizan las zonas demarcadas por la presencia de la plaga de cuarentena de la Tecia solanivora Povolny, o polilla guatemalteca de la patata, en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Antecedentes:

La plaga de la polilla guatemalteca de la patata, provocada por el organismo nocivo Tecia solanivora Povolny o Scrobipalpopsis solanivora Povolny, fue detectada en la Comunidad Autónoma de Galicia en agosto del año 2015.

A través de la Resolución de 16 de octubre de 2015, de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias (DOG núm. 209, de 3 de noviembre), se declaró la presencia de la plaga, se establecieron las zonas demarcadas y las medidas urgentes de obligado cumplimiento tanto para productores profesionales y de autoconsumo de este tubérculo como para los puntos de venta de patata de semilla.

El día 14 de febrero de 2017 se publicó la Resolución de 9 de febrero de 2017, de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias (DOG núm. 31, de 14 de febrero), que amplió las medidas urgentes para la erradicación y el control de la plaga. Esta resolución estableció para los operadores de patata de semilla, entre otras medidas, la prohibición de comercialización en zonas infestadas, y la obligación de registro de las ventas en toda la Comunidad Autónoma de Galicia.

El día 4 de marzo de 2017 se publicó el Real decreto 197/2017, de 3 de marzo, por el que se establece el Programa nacional de control y erradicación de la Tecia (Scrobipalpopsis) solanivora Povolny (BOE núm. 54, de 4 de marzo).

El día 10 de marzo de 2017 se publicó la Resolución de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por la que se establecen las zonas infestadas y las zonas tampón y se implementan las medidas para la erradicación y control con respecto al organismo de cuarentena de la Tecia solanivora Povolny o polilla guatemalteca de la patata en la Comunidad Autónoma de Galicia, establecidas en el Real decreto 197/2017, por el que se establece el Programa nacional de control y erradicación de la Tecia (Scrobipalpopsis) solanivora Povolny (DOG núm. 49, de 10 de marzo).

En los últimos años se actualizaron las zonas demarcadas de acuerdo a los datos de seguimiento de la plaga, a través de la publicación de varias resoluciones. La última fue la Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias (DOG núm. 22, de 3 de febrero), que actualizó las zonas demarcadas vigentes en ese momento y mantuvo todas las medidas fitosanitarias establecidas previamente en las anteriores resoluciones.

A día de hoy, los datos de seguimiento de este organismo nocivo muestran un avance significativo en su contención, previa a una posible erradicación. En varias zonas demarcadas no se ha detectado la presencia de este organismo durante dos años consecutivos, lo que hace posible el levantamiento de las medidas fitosanitarias de erradicación. En otras zonas es necesario mantener las medidas fitosanitarias vigentes hasta que pasen dos años desde la última captura.

Por todo lo anteriormente expuesto,

RESUELVO:

1. Actualizar la zona demarcada de la Tecia solanivora Povolny (polilla guatemalteca de la patata) en la Comunidad Autónoma de Galicia:

1.1. Se mantienen como zonas infestadas las siguientes parroquias:

En la provincia de A Coruña:

– La parroquia de Abegondo (Santaia), en el ayuntamiento de Abegondo.

– Las parroquias de Cañás (Santa Baia) y Paleo (Santo Estevo), en el ayuntamiento de Carral.

– La parroquia de Maniños (San Salvador), en el ayuntamiento de Fene.

1.2. Las siguientes parroquias pasan de zona infestada a zona tampón:

En la provincia de A Coruña:

– Las parroquias de Cabanas (San Xián), Figueroa (San Miguel) y Sarandós (Santa María), en el ayuntamiento de Abegondo.

– La parroquia de A Pedra (Santa María), en el ayuntamiento de Cariño.

– La parroquia de Barallobre (Santiago), en el ayuntamiento de Fene.

1.3. Se mantienen como zona tampón las siguientes parroquias por ser limítrofes con las zonas infestadas indicadas en el punto 1.1):

En la provincia de A Coruña:

– Las parroquias de Cerneda (San Salvador), Mabegondo (San Tirso), Meangos (Santiago) y Montouto (Santa Cristina), en el ayuntamiento de Abegondo.

– La parroquia de Laraxe (San Mamede), en el ayuntamiento de Cabanas.

– La parroquia de Vigo (Santa María), en el ayuntamiento de Cambre.

– Las parroquias de Quembre (San Pedro), Sergude (San Xián), Tabeaio (San Martiño) y Vigo (San Vicente), en el ayuntamiento de Carral.

– La parroquia de As Encrobas (San Román), en el ayuntamiento de Cerceda.

– La parroquia de Castelo (Santiago), en el ayuntamiento de Culleredo.

– La parroquia de Limodre (Santa Eulalia), en el ayuntamiento de Fene.

– Las parroquias de Franza (Santiago) y Piñeiro (San Xoán), en el ayuntamiento de Mugardos.

1.4. Las siguientes parroquias pasan a ser consideradas zonas libres:

En la provincia de A Coruña:

– Las parroquias de Folgoso (Santa Dorotea) y Viós (San Salvador), en el ayuntamiento de Abegondo.

– Las parroquias de Cariño (San Bartolomeu), Landoi (Santiago) y Sismundi (Santo Estevo), en el ayuntamiento de Cariño.

– La parroquia de Beira (Santa Mariña), en el ayuntamiento de Carral.

– La parroquia de Régoa (Santa María), en el ayuntamiento de Cedeira.

– Las parroquias de Magalofes (San Xurxo) y Perlío (Santo Estevo), en el ayuntamiento de Fene.

– La parroquia de San Xurxo de Moeche (San Xurxo), en el ayuntamiento de Moeche.

En la provincia de Lugo:

– La parroquia de Trabada (Santa María), en el ayuntamiento de Trabada.

En el anexo I de esta resolución se puede consultar el plano de situación de la nueva zona demarcada, y en el anexo II la relación de parroquias de la zona infestada y de la zona tampón.

2. Medidas obligatorias en las zonas demarcadas de la Tecia solanivora en Galicia:

2.1. Los agricultores de todas las zonas tampón indicadas en esta resolución deberán comunicar inmediatamente después de la siembra y, en todo, caso antes de 1 de abril, todas las parcelas cultivadas con patata. Esta comunicación se realizará utilizando el modelo del anexo II de la Orden de 6 de julio de 2021, y podrá presentarse en la oficina rural más próxima o en cualquiera de los lugares y de los registros establecidos en la Normativa reguladora del procedimiento administrativo común, o a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal/portada) utilizando el procedimiento MR465C.

En cuanto al destino de la patata plantada en la zona tampón serán de aplicación las medidas establecidas en la Resolución de 8 de marzo de 2017 y en la Resolución de 28 de diciembre de 2022.

2.2. Mantener todas las medidas fitosanitarias establecidas en la Resolución de 8 de marzo de 2017 y, en concreto, la expresa prohibición del cultivo de patata en las zonas infestadas.

2.3. Mantener todas las medidas fitosanitarias establecidas en la Resolución de 9 de febrero de 2017 para los operadores de patata de siembra en el referente a la comercialización y registro de ventas.

Santiago de Compostela, 15 de enero de 2026

Silvestre José Balseiros Guinarte
Director general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

ANEXO I

Plano de situación de las zonas demarcadas de la Tecia solanivora Povolny

missing image file

ANEXO II

Relación de zonas demarcadas de la Tecia solanivora Povolny

Zona demarcada

Provincia

Ayuntamiento

Parroquia

Zona infestada

A Coruña

Abegondo

Abegondo (Santaia)

Carral

Cañás (Santa Baia)

Paleo (Santo Estevo)

Fene

Maniños (San Salvador)

Zona tampón

A Coruña

Abegondo

Cabanas (San Xián)

Cerneda (San Salvador)

Figueroa (San Miguel)

Mabegondo (San Tirso)

Meangos (Santiago)

Montouto (Santa Cristina)

Sarandós (Santa María)

Cabanas

Laraxe (San Mamede)

Cambre

Vigo (Santa María)

Cariño

A Pedra (Santa María)

Carral

Quembre (San Pedro)

Sergude (San Xián)

Tabeaio (San Martiño)

Vigo (San Vicente)

Cerceda

As Encrobas (San Román)

Culleredo

Castelo (Santiago)

Fene

Barallobre (Santiago)

Limodre (Santa Eulalia)

Mugardos

Franza (Santiago)

Piñeiro (San Xoán)

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260128/AnuncioG0426-190126-0003_es.html

Ingeniería Arza
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.