RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2025, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación de la delimitación del suelo del núcleo rural de Salgueiros, del ayuntamiento de Dumbría (PTU-AC-23/038).

DOG Núm. 200
Jueves, 16 de octubre de 2025

III. Otras disposiciones

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2025, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación de la delimitación del suelo del núcleo rural de Salgueiros, del ayuntamiento de Dumbría (PTU-AC-23/038).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 144.18 y 199 del Decreto 143/2016, de 23 de septiembre, por el que se aprueba su reglamento, se hace pública la aprobación definitiva de la delimitación del suelo del núcleo rural de Salgueiros, del ayuntamiento de Dumbría, mediante la Orden de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, de 7 de octubre de 2025, que figura como anexo.

Una vez inscrita la dicha delimitación del suelo del núcleo rural en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia, la documentación íntegra del mismo, incluido el extracto ambiental, podrá consultarse en el siguiente enlace:

https://territorioeurbanismo.xunta.gal/gl/territorio-e-urbanismo/rexistro-de-ordenacion-do-territorio-e-urbanismo/buscador

Asimismo, el informe ambiental estratégico y la demás documentación del procedimiento de evaluación ambiental del referido plan podrá ser consultada en el siguiente enlace:

https://medioambiente.xunta.gal/busca-por-palabra-clav1.e?p_p_id=aaeKeyword_WAR_aae&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_count=1&_aaeKeyword_WAR_aae__spage=%2Fportlet_action%2Faae%2FdetalleProxecto%3Fid%3D2593&_aaeKeyword_WAR_aae_id=2593

Santiago de Compostela, 8 de octubre de 2025

Mª Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Urbanismo

ANEXO

Orden de aprobación definitiva de la delimitación del suelo del núcleo rural de Salgueiros, del ayuntamiento de Dumbría (A Coruña) (PTU-AC-23/038)

El Ayuntamiento de Dumbría remite la delimitación del suelo de núcleo rural referido, en solicitud de su aprobación definitiva conforme al artículo 78.2.c) de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia (LSG), que corresponde con el artículo 191.1.d) de su reglamento aprobado por el Decreto 143/2016 (RLSG).

Analizada la documentación suscrita por el arquitecto Isidro López Yáñez, con diligencia de aprobación provisional de 30.4/2025, y vista la propuesta literal que eleva la Dirección General de Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

1. El Ayuntamiento de Dumbría carece en la actualidad de instrumento de planeamiento general. Fueron aprobadas seis delimitaciones de suelo de núcleo rural entre 2012 y 2015, al amparo de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

2. La Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo (DGOTU) emitió el 5.6.2023 un informe de contestación en el trámite de consultas previsto en el artículo 60.4 de la LSG.

3. La Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático formuló el informe ambiental estratégico el 30.6.2023 (DOG de 18 de julio), en el que se resuelve no someterla a evaluación ambiental estratégica ordinaria, señalando determinaciones a tener en cuenta en materia de repoblaciones forestales y de patrimonio cultural. En el marco del proceso de consultas previas, contestaron además de la DGOTU:

a) El Instituto de Estudios del Territorio: informe de 29.5.2023, en el que se concluye que la delimitación no va a producir un impacto paisajístico significativo.

b) La Dirección General de Patrimonio Cultural: observaciones y sugerencias de 9.5.2023.

4. Consta informe del secretario municipal de 17.1.2024, sobre la tramitación.

5. El pleno municipal aprobó inicialmente el expediente en sesión de 22.1.2024. Fue sometido a información pública por el plazo de dos meses (El Ideal Gallego y La Voz de Galicia de 2.2.2024 y Diario Oficial de Galicia de 2.2.2024). La aprobación inicial fue notificada a los titulares de los terrenos afectados. Fueron presentadas dos alegaciones conforme al certificado del secretario municipal de 10.4.2024.

6. El Ayuntamiento solicitó los informes sectoriales de Augas de Galicia, de la Consellería del Medio Rural, de la Delegación del Gobierno, de la Diputación de A Coruña, de la Dirección General de Telecomunicaciones, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Instituto de Estudios del Territorio, mediante oficios de 13.3.2024. Consta la emisión de informes:

a) Del Instituto de Estudios del Territorio de 4.4.2024, de no ser preceptivo.

b) De la Dirección General de Patrimonio Cultural de 16.4.2024, favorable con condiciones.

c) De la Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de Servicios de Comunicación Audiovisual: desfavorable de 9.5.2024 y favorable de 19.12.2024.

d) De la Dirección del Área de Fomento de la Subdelegación del Gobierno en A Coruña: de 13.5.2024, de no incidencia en el Inventario de bienes y derechos del Estado ni en el de las entidades gestoras de la Seguridad Social, y de 13.8.2024 de afectación a infraestructuras gestionadas por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

e) De la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: de 17.4.2024, con observaciones de carácter general.

f) De la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio de Defensa: favorable, de 21.5.2024.

g) De la Diputación Provincial de A Coruña: desfavorable de la Xunta de Gobierno, de 15.5.2024, y favorable del Servicio de Vías y Obras, de 13.2.2025.

h) Del Servicio de Infraestructuras Agrarias de la Consellería del Medio Rural de A Coruña: de 5.6.2024, que constata que la DNR afecta a terrenos de concentración parcelaria.

i) De Augas de Galicia: requerimiento del 26.6.2024 e informe favorable de 20.12.2024.

7. El redactor del proyecto realizó un informe sobre las alegaciones el 21.2.2025.

8. La delimitación fue aprobada provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento de 30.4.2025.

9. El Ayuntamiento solicitó la aprobación definitiva el 13.5.2025. El Servicio de Urbanismo requirió la enmienda documental el 11.6.2025. El Ayuntamiento aporta nueva documentación el 7.7.2025.

II. Objeto de descripción del proyecto.

1. El objeto del expediente es delimitar el núcleo rural de Salgueiros, de la parroquia del mismo nombre, en un ayuntamiento carente de planeamiento general. Aparece en su parte tradicional en las fotografías del vuelo americano de 1956-57 y cuenta con un entramado viario tradicional, modificado parcialmente por la concentración parcelaria.

2. Se delimitan 30.648 m2 de suelo de núcleo rural tradicional y 46.813 m2 de suelo de núcleo rural común. Según la normativa propuesta, las parcelas y frentes mínimos son 600 m2 y 9 m para el suelo de núcleo rural tradicional y de 900 m2 y 16 m en el suelo de núcleo rural común, excepto, en los dos tipos, casos excepcionales debidamente justificados de parcelas inferiores ubicadas entre otras ya edificadas que imposibiliten alcanzar la parcela mínima.

3. El núcleo viene identificado en el Plan básico autonómico vigente (PBA), que recoge las siguientes afectaciones: carretera provincial (DP-3402), aguas (zona de policía de cauces), energía (líneas eléctricas), zona de concentración parcelaria (con acuerdo firme, código 150343380, Salgueiros (Dumbría), afecta casi a todo el núcleo), patrimonio cultural (crucero e iglesia catalogados en el PBA). De acuerdo con el PBA, está fuera del ámbito del POL, no hay espacios naturales ni áreas de interés paisajístico.

III. Análisis y consideraciones.

1. El núcleo de Salgueiros cuenta con topónimo incluido en el Nomenclátor de la provincia de A Coruña aprobado por el Decreto 189/2003, de 6 de febrero. Asimismo, aparece en la cartografía del Plan básico autonómico aprobado por el Decreto 83/2018, de 26 de julio (PBA) (artículo 23.1 de la LSG y 33.1 del RLSG). Dentro del sistema de asentamientos definido en las directrices de ordenación del territorio, aprobadas por Decreto 19/2011) este núcleo es una «pequeña entidad de población» (directriz excluyente 1.3.1.d).

2. Respecto del borrador y del documento aprobado inicialmente, el proyecto aprobado provisionalmente incorpora dentro de la delimitación del suelo de núcleo rural tradicional unos terrenos de unos 2.000 m2 en el extremo norte del núcleo, en atención a una alegación del propietario de la parcela 15034B50100139, de 13.336 m2, y el resto queda como suelo rústico.

3. El proyecto justifica que la delimitación resultante cumple con el grado de consolidación exigido en el artículo 23.3 de la LSG y es contigua a la delimitación inicialmente propuesta del núcleo rural tradicional.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de las delimitaciones de suelo de núcleo rural corresponde a la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.2.c) de la LSG y en el 191.1.d) del RLSG, en relación con el Decreto 42/2024, de 14 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, y con el Decreto 142/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras.

IV. Resolución.

En consecuencia, y visto lo que antecede,

RESUELVO:

1. Aprobar definitivamente la delimitación del suelo de núcleo rural de Salgueiros, en el ayuntamiento de Dumbría.

2. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

3. De conformidad con el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en el artículo 212.1 de su reglamento, la Dirección General de Urbanismo inscribirá de oficio la delimitación en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia.

4. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y por el 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y ordenanzas de la delimitación aprobada definitivamente.

5. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20251016/AnuncioG0765-091025-0001_es.html

Ingeniería Arza
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