RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2025 por la que se da publicidad a las ayudas concedidas y denegadas a las organizaciones profesionales agrarias y a las asociaciones agrarias para la realización de actividades de interés agrario al amparo de la Orden de 18 de septiembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y a las asociaciones agrarias para la realización de actividades de interés agrario y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR321A).

DOG Núm. 244
Jueves, 18 de diciembre de 2025

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2025 por la que se da publicidad a las ayudas concedidas y denegadas a las organizaciones profesionales agrarias y a las asociaciones agrarias para la realización de actividades de interés agrario al amparo de la Orden de 18 de septiembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y a las asociaciones agrarias para la realización de actividades de interés agrario y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR321A).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 17.1.b) de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario a que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y la finalidad o finalidades de la subvención.

Según el artículo 11 de la Orden de 18 de septiembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias para la realización de actividades de interés agrario, y se convocan para el año 2025, se publicará en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la resolución de concesión y denegación, lo que surtirá los efectos de la notificación.

En su virtud, la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

RESUELVE:

Dar publicidad a la Resolución de 9 de diciembre de 2025 por la que se resuelven las solicitudes de ayuda presentadas al amparo de la Orden de 18 de septiembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y a las asociaciones agrarias para la realización de actividades de interés agrario, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR321A), que figuran en el anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 9 de diciembre de 2025

La conselleira del Medio Rural
P.D. (Orden de 17.11.2015)
Silvester José Balseiros Guinarte
Director general de Ganadería Agricultura e Industrias Agroalimentarias

ANEXO

a) Norma reguladora de la convocatoria: Orden de 18 de septiembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias para la realización de actividades de interés agrario, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR321A).

b) Financiación de las ayudas con cargo a la aplicación presupuestaria: 15.04.712C.481.1. (proyecto 2013.00635).

c) Crédito presupuestario: 700.000 euros.

d) Establecimiento de la cuantía de la ayuda:

1. Los fondos disponibles para pagar las subvenciones se asignarán en dos partidas:

a. Partida 1: para subvencionar a las organizaciones profesionales agrarias, dotado con el 80 % del crédito.

b. Partida 2: para subvencionar a las asociaciones agrarias, dotado con el 20 % restante del crédito.

Sin embargo, los fondos asignados podrán trasvasarse parcialmente de una partida a la otra, si es que en una de ellas no se consumen completamente.

2. La cuantía de las ayudas consistirá en una prima base de 20.000 €, que se incrementará conforme a los siguientes valores, en tanto no se agote el presupuesto de la partida correspondiente:

a. Organizaciones profesionales agrarias que tramitaron más del 2 % de solicitudes PAC de Galicia de la campaña 2025 y asociaciones agrarias que tramitaron más del 1 % de estas solicitudes: 50 € por cada solicitud tramitada a partir de estos umbrales, hasta un máximo de 150.000 €.

b. Entidades con más de un representante en los consejos reguladores de Galicia: 5.000 € por cada representante a partir del sexto, en el caso de las organizaciones profesionales agrarias, y del primero, en el caso de las asociaciones agrarias, hasta un máximo de 100.000 €.

c. Entidades con más de una oficina de atención permanente al público en Galicia (cinco días a la semana durante un año en el período del artículo 5): 10.000 € por cada oficina adicional, hasta un máximo de 50.000 €. Las oficinas ubicadas en el mismo ayuntamiento tendrán la consideración de una única oficina a efectos de esta orden.

Al resto de los fondos disponibles se aplicará el prorrateo hasta agotar el presupuesto.

3. Cada una de las partidas del punto 1 tendrá un prorrateo independiente.

4. El importe de las ayudas no podrá ser superior al coste de las actividades subvencionables.

e) La finalidad de las ayudas concedidas es la realización de actividades de representación y de formación de las personas asociadas de las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias legalmente constituidas y con implantación en Galicia y de las agricultoras gallegas en general.

f) Entidades beneficiarias:

1

Organizaciones

profesionales

agrarias

S.U. PAC 2025

Costes

justificados

Nº de representantes

Nº de oficinas

Prima base

Prima PAC

Prima de

representantes

Prima de

oficina

Prima total

justificada

Costes no

cubiertos

Prorrateo sobre costes no cubiertos

Prorrateo sobre la prima total justificada

Total

UUAA

4.443

417.224,56 €

22

7

20.000,00 €

150.000,00 €

85.000,00 €

50.000,00 €

305.000,00 €

112.224,56 €

298.106,29 €

298.106,29 €

Asaga

243

229.978,62 €

29

4

20.000,00 €

100.000,00 €

30.000,00 €

150.000,00 €

79.978,62 €

146.609,65 €

146.609,65 €

SLG

1.108

157.543,07 €

8

15

20.000,00 €

32.950,00 €

15.000,00 €

50.000,00 €

117.950,00 €

39.593,07 €

115.284,06 €

115.284,06 €

Subtotal

5.794

804.746,25 €

572.950,00 €

231.796,25 €

560.000,00 €

560.000,00 €

Sobrante a prorratear

% de prorrateo

sobre la prima total de costes justificados

97,739767868051

2

Asociaciones

agrarias

S.U. PAC 2025

Costes

justificados

Nº de representantes

Nº de oficinas

Prima base

Prima PAC

Prima de

representantes

Prima de oficina

Prima total

justificada

Costes no

cubiertos

Prorrateo sobre

costes no cubiertos

Prorrateo sobre la prima total justificada

Total

Agromacen

566

158.719,72 €

0

1

20.000,00 €

17.100,00 €

37.100,00 €

121.619,72 €

18.577,52 €

55.677,52 €

Xeagro

487

144.312,21 €

0

2

20.000,00 €

13.150,00 €

10.000,00 €

43.150,00 €

101.162,21 €

15.452,62 €

58.602,62 €

Xeruga

264

46.352,43 €

0

1

20.000,00 €

2.000,00 €

22.000,00 €

24.352,43 €

3.719,86 €

25.719,86 €

Subtotal

1.317

349.384,36 €

102.250,00 €

247.134,36 €

37.750,00 €

140.000,00 €

Total

7.111

1.154.130,61 €

Sobrante a prorratear

37.750,00 €

% de prorrateo sobre los costes no cubiertos

15,2750916545963

Total 2025

22.443

Total

700.000,00 €

g) Solicitudes denegadas:

Expediente

NIF

Nombre

Causa de la denegación

MR321A_2025_005

F70509096

Asociación de Amistad con China

Incumple el artículo 4.3

h) Recursos administrativos:

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la conselleira del Medio Rural en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución de conformidad con el establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20251218/AnuncioG0426-101225-0003_es.html

Ingeniería Arza
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